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Tópico: Coeficiente de utilidad (elevado)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 05, 2013 18:15:41 Asunto: Coeficiente de utilidad (elevado)
Por cierto, pregunta al margen, ¿Qué dato pusieron en la declaración anual de 2012?, en ese rubro que se solicita el dato del Coeficiente de Utilidad a utilizar en el ejercicio siguiente.
Tópico: Coeficiente de utilidad (elevado)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 05, 2013 18:11:54 Asunto: C.U. desproporcional, curioso pero factible.
Este caso pasa a la colección de rarezas... tan extraño como el caso que se expuso en el siuiente link;[url] http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=38923&idCat=10&p=1#224211 [/url] (si el link no funciona, favor de copiar todo en la barra de direcciones) Si bien es una rareza lo que se expone y comenta, la pregunta aplica igual, ¿Existe historial de pérdidas fiscales?, uno supone que si, dado que en algo tuvieron que gastarse el dinero del que derivan las deudas que se tienen y que provocan lo que provocan. Por lo que por absurdo que parezca el coeficiente de utilidad que determinas puede considerarse correcto. Lamentablemente Saulo (el iniciador del mensaje que refiero) nunca regreso a comentarnos como le fue con la autoridad y que hizo en el caso que expuso, es una pena, pero por desgracia es una actitud demasiado frecuente en los foristas, pregunto, si bien va digo gracias y es todo... Lo grandioso de este tipo de espacios es el compartir conocimientos, experiencias, pero bueno, eso es tema de otro tipo de mensajes, que no viene al caso estar citando, por respeto a lo que se pregunta. Una curiosidad adicional, la autoridad considera correcta y apegada a ley el cálculo realizado, yo no veo mucho de que preocuparse, ya que reitero que considero existan pérdidas fiscales bastas y suficientes como para eliminar los posibles efectos de un Coeficiente de Utilidad tan desproporcionado como irreal. Adicional nos comentas que NO TIENE INGRESOS OPERATIVOS, por lo que durante el ejercicio supongo no habría ingresos a los cuales aplicar el Coeficiente de Utilidad y de existirlos (mínimos por la situación expuesta) no van a tener efecto o trasendencia si como sospecho efectivamente existe un historial de pérdidas fiscales que amortizar. Mi aseveración de que la autoridad considera correcto y apegado el cálculo realizado deriva no sólo de conversaciones con auditores, si no de la revisión que cualquiera puede realizar de su plataforma de Pago Referenciado, si uno intenta llenar el dato del Coeficiente de Utilidad con valores mayor a la unidad, lo acepta sin problema alguno. Comentar que en tu caso a pesar de que lo deseen no van a poder teclear dicho coeficiente, ya que el espacio destinado para ello admite como máximo según aviso que se despliega en la misma plataforma al intentar capturar el C.U. determinado con el siguiente mensaje, 'Sólo acepta dos números enteros positivos y hasta cuatro décimales', por lo que lo que se capture no podrá ser mayor a 99.9999, dicho lo cual me parece que voy a terminar con el mismo comentario o consejo que se le realizo en aquella ocasión al compañero Saulo, 'vale la pena realizar la consulta al SAT'. saludos cordiales sos
Tópico: compras fiscal vs costo de ventas contable
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2013 17:17:24 Asunto: Bien dices, una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa...
Efectivamente estas revolviendo y ello lleva a confundir la magnesia con la gimnasia. La contabilidad es una, en base a principios, a NIF, lo fiscal en base a disposiciones fiscales en vigor. El contribuyente que expones deduce las Adquisiciones Netas para efectos de ISR, si revisas una anual de este tipo de contribuyentes puedes darte cuenta que no se incluye en la misma estado de resultados contable. El contribuyente puede tener distintas combinaciones de resultados, es decir, ya que para efectos de ISR deduce las Adquisicones Netas y que contablemente va a impactar el Costo de lo Vendido, bien puede tener Utilidad Contable y Pérdida Fiscal en el mismo ejercicio o al revés volteado. saludos cordiales.
Tópico: trabajador no quiere gozar las vacac mejor que se le paguen
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 14, 2013 13:07:31 Asunto: ¿Quién manda?
Se supone que el que paga manda, bueno al menos eso decía mi abuelo, y mire que el era un hombre sabio... yo no, lamentablemente lo único que le saque a mi abuelo, según él, fueron canas verdes... El fundamento para que el patrón 'le obligue' ¿? a descansar como Dios y la Ley mandan lo puede ubicar en el artículo 79 de la Ley Federal del Trabajo. No se trata en las relaciones de trabajo de hacer la voluntad de una u otra parte, si no de ser respetuosos de las disposiciones legales, para que uno no atropelle y el otro no sea atropellado... Si el trabajador por necesidades personales requiere de dinero puede solicitar un préstamo, pero lo sano y recomendable es el descanso, dialogar, exponer que la ley dispone y uno obedece, es el consejo. No se trata de resignarse e imitar las conductas erradas. saludos cordiales sos
Tópico: Pago Referenciado de los Representados -Copropiedad por Arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 05, 2013 10:42:35 Asunto: Re: Pago Referenciado de los Representados -Copropiedad por Arrendamiento
Vabdo, el detalle es que en 2009 no aplicaba el D y P, Ngm, a mi ver y entender al fisco y sus programadores simple y sencillamente por error y omisión se les 'olvido' que existe el esquema de tributación mediante la copropiedad... y quien sabe que más se les haya olvidado, pero la realidad es que la plataforma de Pago Referenciado o D y P no esta diseñada para casos de copropiedad, ni por arrendamiento ni actividad empresarial. Se vuelve todo un cotorreo tomar una decisión de cómo cumplir, informar y requisitar la dichosa plataforma. Veamos el siguiente supuesto. Copropiedad de tres integrantes, dos representados y un representante. Para todos los únicos ingresos acumulables son los derivados de la copropiedad, por lo que el representante debe cumplir con la obligación de pagos provisionales y todos con los de la anual. En la plataforma de DyP, en el pago provisional para ISR, si se anota el total de ingresos de la copropiedad y el total de deducciones, va a arrojar la plataforma la utilidad total, pero al representante solo le corresponde una tercera parte... de tal suerte si selecciona cálculo autómatico, le va a arrojar un ISR mayor al que le corresponde... no puede informar solo el ingreso que le corresponde a él, ya que si así lo hace, el pago le va a resultar mucho menor a su realidad y obligación... Algunos he sabido lo han solucionado informando el total de ingresos y deducciones de la copropiedad y eliminan la opción de cálculo autómatico... En la anual cierto existe un anexo en el que se informa sobre la copropiedad, integrantes y partcipaciones, en pesos y porcentajes, pero en la plataforma de pago referenciado simplemente no hay una alternativa que brinde la oportunidad de informar en forma correcta y concreta sobre la copropiedad. Haga lo que haga será solo resultado de una maña para manejar la información... lamentable, pero a eso orilla la autoridad y sus programadores. Yo expuse esa duda al SAT mediante correo y chat, no han sabido, podido o querido darme respuesta.
Tópico: QUE HACER SI EL TRABAJADOR NO ACEPTA QUE LO DEN DE ALTA EN EL IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 01, 2013 09:24:40 Asunto: Curiosidades de esas en la que realidad supera la ficción.
La obligación patronal persiste, ya lo dijo Juan Cam., [b]irrenunciables los derechos de la trabajadora[/b] ni por escrito... Menudo problema para el patrón, lo mejor es no contratarle, ¿Ya le contrató?, ¿Ye le hizó algún pago? El traspaso de la casa realizado ante notario igualmente puede tener múltiples y diversos problemas, vamos a suponer que esta casada por bienes mancomunados, ¿Firmo el esposo en el traspaso, digo, el 50% es de él?, ¿Tiene hijos?, según un abogado ellos pueden demandar no estar conformes con el traspaso y todo se cae... ¿El infonavit sabe del traspaso? Pueden existir mil inconvenientes, un accidente en trayecto, un accidente en el lugar de trabajo, si es leve, leve el problema, si es grave, ¿Qué piensa hacer el patrón?, supongo hay mil y un candidatas para ese puesto, no tiene porque quedarse con la que mas conflictos le avisora, pero cada quien, uno solo opina.
Tópico: QUE HACER SI EL TRABAJADOR NO ACEPTA QUE LO DEN DE ALTA EN EL IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 01, 2013 09:24:39 Asunto: Curiosidades de esas en la que realidad supera la ficción.
La obligación patronal persiste, ya lo dijo Juan Cam., [b]irrenunciables los derechos de la trabajadora[/b] ni por escrito... Menudo problema para el patrón, lo mejor es no contratarle, ¿Ya le contrató?, ¿Ye le hizó algún pago? El traspaso de la casa realizado ante notario igualmente puede tener múltiples y diversos problemas, vamos a suponer que esta casada por bienes mancomunados, ¿Firmo el esposo en el traspaso, digo, el 50% es de él?, ¿Tiene hijos?, según un abogado ellos pueden demandar no estar conformes con el traspaso y todo se cae... ¿El infonavit sabe del traspaso? Pueden existir mil inconvenientes, un accidente en trayecto, un accidente en el lugar de trabajo, si es leve, leve el problema, si es grave, ¿Qué piensa hacer el patrón?, supongo hay mil y un candidatas para ese puesto, no tiene porque quedarse con la que mas conflictos le avisora, pero cada quien, uno solo opina.
Tópico: Que servicios prestados a una Agricola causan iva del 16%?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2013 09:14:14 Asunto: Favor de dar lectura al 2A deLIVA.
No resulta tan complicado, vamos a partir de decir que aplica o califica para ser gravado al cero lo que se dispone y contempla en el 2A de LIVA, en consecuencia lo que no se contemple en dicho artículo debe quedar gravado al 16%, dado que van a existir situaciones peculiares y particulares en los conceptos o servicios a prestar/enajenar y facturar, va a resultar complejo que seamos nosotros quienes describamos y definamos, resulta prudente pues que si hay alguna duda en lo particular sobre alguna particularidad del giro sea planteada como tal. Me explico, revisando documentos de un establo me encuentro con que facturan la venta de 'una vaca gorda tirada', 'una vaca flaca caída', situaciones que son peculiares para mi, pero normales en el día a día del establo. Yo tuve que andar preguntando la diferencia entre una vaca tirada y una caída, al igual que conocer a partir de cuántos kilos las consideran 'gordas', se divierte uno vamos... En la agrícultura igual existen 'peculiaridades', ya alguna ocasión tuve una factura que de entrada cualquiera considera como NO Deducible, amparaba 'camas', otra solo decía 'tareas', ya que le explican a uno lo que era la 'cama' o la 'tarea' dice como Capulina, 'A bueno, así pos si'. La invitación pues a la lectura del 2A de LIVA y a que si es gustoso comparta sus conclusiones y de existir una duda en particular, exponerla para ver como se logra darle un mejor comentario.
Tópico: Que servicios prestados a una Agricola causan iva del 16%?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2013 09:14:00 Asunto: Favor de dar lectura al 2A deLIVA.
No resulta tan complicado, vamos a partir de decir que aplica o califica para ser gravado al cero lo que se dispone y contempla en el 2A de LIVA, en consecuencia lo que no se contemple en dicho artículo debe quedar gravado al 16%, dado que van a existir situaciones peculiares y particulares en los conceptos o servicios a prestar/enajenar y facturar, va a resultar complejo que seamos nosotros quienes describamos y definamos, resulta prudente pues que si hay alguna duda en lo particular sobre alguna particularidad del giro sea planteada como tal. Me explico, revisando documentos de un establo me encuentro con que facturan la venta de 'una vaca gorda tirada', 'una vaca flaca caída', situaciones que son peculiares para mi, pero normales en el día a día del establo. Yo tuve que andar preguntando la diferencia entre una vaca tirada y una caída, al igual que conocer a partir de cuántos kilos las consideran 'gordas', se divierte uno vamos... En la agrícultura igual existen 'peculiaridades', ya alguna ocasión tuve una factura que de entrada cualquiera considera como NO Deducible, amparaba 'camas', otra solo decía 'tareas', ya que le explican a uno lo que era la 'cama' o la 'tarea' dice como Capulina, 'A bueno, así pos si'. La invitación pues a la lectura del 2A de LIVA y a que si es gustoso comparta sus conclusiones y de existir una duda en particular, exponerla para ver como se logra darle un mejor comentario.
Tópico: Retiro de utilidad antes de anul
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 01, 2013 09:01:38 Asunto: Re: Retiro de utilidad antes de anul
Veamos, primero hay que celebrar asamblea de accionistas en la que se discuta y apruebe el resultado del ejercicio y lo que se a proceder realizar con el mismo, es decir, si hay utilidad que se va a hacer con ella... Si no se ha celebrado la asamblea, ¿Cómo repartir una utilidad que no ha sido aprobado por la asamblea y mucho menos su reparto? A mi ver deben pues esperar no ha marzo, si no a lo que acuerde la asmablea en la fecha que lo dispongan... Por tanto, no ha lugar a darle trato de dividendos, ya anticipa que 'por el momento' lo van a manejar como préstamo... así sea.

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