Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de sosgtorreon

Autor Mensaje
Tópico: Resolucion IMSS determina no relacion laboral.
sosgtorreon

Mensajes: 25
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: Re: Resolucion IMSS determina no relacion laboral.
[quote:9c19016594="mir100"]........ hoy recibi una resolucion del IMSS , de un cliente mio, y la verdad me sorprendio. [color=darkblue:9c19016594]La siguiente parte de tu comentario la voy a segmentar por considerarlo conveniente.[/color:9c19016594] Este cliente tiene una secretaria desde hace cuatro años, pero mi cliente es patron ante el IMSS desde hace 15 años, en los cuales ha cambiado de secretaria, [b:9c19016594]todas las ha dado de alta ante el IMSS[/b:9c19016594], siendo esta su unico trabajador, [color=darkblue:9c19016594]Y siendo su obligación afiliarles conforme a LSS art 12. El que siempre haya cumplido con la obligación de dar de alta a sus anteriores secretarias es ya un antecedente favorable para el caso del patrón. Conviene en caso de existir contrato de trabajo con la actual secretaria el tenerlo a la mano.[/color:9c19016594] .... y la resolucion que me envian hoy de 7 hojas en pocas palabras me dicen, que la subdelegacion procedio a verificar la informacion datos y demas documentos proporcionados por el patron( nunca nos habia solicitado nada) de hecho nunca se habia tenido ningun problema con el IMMS, ni nos han visitado, o investigado algo. [color=darkblue:9c19016594]Resulta extraño, por lo regular el IMSS (auditoría patrones) entrega oficios en los que solicita información al patrón, por lo general copia de los avisos al IMSS por tal o cual trabajador, nóminas comprendidas desde la fecha de ingreso a la fecha de la notificación, anuales de sueldos y salarios y copia del contrato, pregunto, ¿No cabe la posibilidad de que tu cliente no te hubiera informado del oficio en el que se le pidió la información?.[/color:9c19016594] Y del analisis que dicen ellos que llevaron a cabo determinan, que no hay relacion laboral, y que existe una simulacion, y que tengo cinco dias hablies para que de respuesta en tiempo y forma a la resolucion, o se le dara de baja a la trabajadora del regimen obligatoria. [color=darkblue:9c19016594]De hecho al asumir el IMSS una simulación ellos pretenden declarar improcedente el alta, te "recomendarán" presentar la baja con fecha igual a la del reingreso y que solicites la devolución de las cuotas pagadas. La revisión exprofeso que realizo el IMSS puede derivar por lo regular de algunos de los sigientes supuestos; 1.- Trabajador de edad avanzada con posibilidad de trámite de pensión. 2.- Atención médica especializada a un beneficiario del trabajador. 3.- Sea familiar del patrón.[/color:9c19016594] [b:9c19016594]Antes que recursos o juicios soy de la opinión de acudir al IMSS a platicar con el personal que realizo la revisión, llevando lo que ya comente con anterioridad, ya que dices nunca lo has aportado (nominas, anuales de sueldos, avisos de alta, reingreso, baja, MS e incapacidades, contrato de trabajo, etc.). Resultaría favorable para ventilar el caso, que el oficio que comentas te entregarón el día de hoy lo haya recibido la secretaria, ya que ello sirve para demostrar que la relación de trabajo no es ficticia. El IMSS va a pretender que acepten como improcedente el alta, con documentos y realidad de tu parte no lo acepten, ni firmen oficio o aviso alguno reconociendo la baja por "alta improcedente", por el contrario afirmen que la relación de trabajo es real y verdadera, inviten incluso a que el personal del IMSS se constituya en el domicilio del negocio el día que deseen dentro del horario de labores del patrón y que procedan a verificar, ayuda bastante el que vecinos del patrón conozcan a la secretaria, total dices son cuatro de relación de trabajo, basta con que se sostengan en su dicho [b]y que el trabajador sea apto para la labor que se supone esta desempeñando.[/b:9c19016594][/b] En mas de 15 años que tengo trabajando por mi cuenta , nunca me habia encontrado con esto, [color=darkblue:9c19016594]En lo personal me ha tocado atender situaciones similares en por lo menos seis ocasiones, tres en los últimos 12 meses, en todas hemos logrado hacer valer la relación de trabajo como verdaderas, pero en un justo reconocimiento a la verdad (solo con ustedes, nunca con la autoridad) en dos de ellas como decia Oscar Cadena "esto fue actuado"...[/color:9c19016594] Saludos [color=darkblue:9c19016594]De regreso los saludos.[/color:9c19016594] [/quote:9c19016594]
Tópico: premio de puntualidad y asistencia se puede ?
sosgtorreon

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
De acuerdo mi estimado Lee, pero digo "la posibilidad de no necesariamente pagar los premios en efectivo cabe"... Y vuelvo a la hipótesis del Gabo, no creo que al le molestara se diera el supuesto planteado, ni al Lic., es decir existiría conformidad entre trabajador y patrón, se grava para ISR no se integra para IMSS, y ¿Todos contentos?...
Tópico: como calculo el costo de un trabajador
sosgtorreon

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
Algunas agencias de "demostradoras" al elaborar sus presupuestos consideran por concpeto de CARGA LABORAL IMPOSITIVA un 32% sobre el sueldo mensual con el que se vaya a inscribir el trabajador.
Tópico: premio de puntualidad y asistencia se puede ?
sosgtorreon

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
Pues interesante todo lo comentado... pero a mi ya me quedó la inquietud de si existe la posibilidad de pagar la puntualidad y asistencia en forma diversa al efectivo, digo finalmente LSS no dispone que deba ser pagada en efectivo, por ello sería factible pagarla en forma diversa, coincidiendo que al atender a que el pago es por un premio se encuentra gravado para ISR indistintamente de con que se le pague... Pero reitero, me parece factible pagar los premios no necesariamente en efectivo, por citar un ejemplo; Que tal que el patrón decide pagar la puntualidad y la asistencia con el equivalente en tiempo de trabajo, es decir, en lugar de darme tantos pesos me gano el derecho a salir temprano tantos días, o a faltar un sábado... O imaginense que al Gabo le dijeran en su trabajo que el premio de puntualidad y asistencia no se lo van a pagar en efectivo si no con un boleto para plateas en el clásico, ya que es el mismo importe... Gravando para ISR el importe por atender a la naturaleza del pago... Saludos.
Tópico: ANTECEDENTES HISTORICOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
sosgtorreon

Mensajes: 16
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
Cuidado Men... que somos muchos los que tentados por el buen mole poblano podemos atender tu invitación... Saben, me parece que para esta semana se van poner de moda los tópicos sobre antecedentes de Leyes, como que es la tarea de la semana... Confiemos en que investigarán en el Link que Edgar les ha facilitado... Saludos...
Tópico: incapacidad y modificacion
sosgtorreon

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
Ni modo Lic., Carlos le hizó la tarea a Lalyta, expuso sus razones para ello (segunda ocasión en preguntar lo mismo). Ahora confiemos en que Lalyta sabra agradecer la atención de Carlos y que nos expondrá sus conclusiones sobre el tema. Saludos.
Tópico: Devolucion inferior a lo solicitado
sosgtorreon

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
¿Qué si sabemos que debes hacer?, primero debemos saber el porqué del proceder de la autoridad... Sin conocerlo todo lo que expongamos es solo una probabilidad, ya Men lanzo una al ruedo, otra puede ser la existencia de créditos fiscales que la autoridad se este cobrando a lo chino, digo de oficio, otra que el saldo provenga de retenciones de terceros y que la autoridad no tenga reportadas el total de retenciones y podemos seguir con las especulaciones o probabilidades, sugiero investigues primero el porqué para saber que hacer... Saludos.
Tópico: ALGUN ARCHIVO DE CONTROL DE VACACIONES
sosgtorreon

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto:
Práctico Lic., que no rudimentario... La sugerencia del Gabo vale, el archivo que refiere lo diseño By Paco, por lo tanto confiable.
Tópico: liquidacion por muerte
sosgtorreon

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto:
Si lo tenias registrado como empleado en el IMSS; aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad y salarios del periodo. Se recomienda solicitar "certificación de beneficiarios" a efectos de no entregar el finiquito a una persona que no sea la derechosa. Igual el tema fue tratado con anterioridad, cosa de utilizar el buscador. Saludos.
Tópico: que articulo es??
sosgtorreon

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto:
[quote:1509da4c6d="LEALQUIQUE"]los dias esconomicos [b:1509da4c6d]se manejan en algunas [/b:1509da4c6d]dependencias de gobierno o desentralizadas. ............. un ejemplo, mi mama es maestra y trabaja para PENSIONES DEL ESTADO, entonces ella tiene derecho a sus [b:1509da4c6d]3 dias economicos por año[/b:1509da4c6d], es decir puede faltar a sus labores con goce de sueldo por esos dias, ya sean continuos o no. ........ si nos los tomas en una año no son acumulaticos. [/quote:1509da4c6d] Por ello en mi anterior comentario había apuntado; "......Suponemos te refieres al aspecto laboral, si por hay es, como ya dijeron, nada existe.... Empero cosa de que revisen [b:1509da4c6d]contratos de trabajo [/b:1509da4c6d]o[b:1509da4c6d] RIT[/b:1509da4c6d], puede que en su caso aplique, aunque me inclino por el no, ya que de aplicar tendrían antecedentes y parece que no es asi..." Es decir en el ejemplo que nos cita Quique (aprovecho para saludarle), se concluye que sus los "días ecónomicos" es una prestación derivada de una "conquista sindical", que vendría a ser un poco lo establecido en el Contrato de trabajo, pero en LFT no hay tal beneficio para los trabajadores en general, en el caso del magisterio se pueden solicitar incluso lo que ellos denominas "permisos ecónomicos", con o sin goce de sueldo dependiendo de la duración del permiso, pueden incluso ser de hasta un año sin goce de sueldo, igual suerte me parece que tienen los sindicalizados del IMSS. Pero son eso, prestaciones derivadas de negociaciones entre patrón y sindicato, que retomando lo planteado inicialmente me parece no aplica en el particular caso, ya que de tener dicha prestación en la empresa que se plantea el patrón debierá tener conocimientos y antecedentes en dicho sentido...

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205