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Tópico: gasolina
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
La prórroga se publicara en fechas proximas en la cuarta resolución miscelanea, en principio se habla del 30/11/2005, y uno dice, pues que tanto faltaba para el 31/12/2005.
Tópico: SERVICIOS INDEPENDIENTES
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
Sugiero utilices el buscador, existe un tópico iniciado por el compañero PHANTER (espero haber escrito bien su nick-name) en el que vertierón comentarios váliosos y útiles para aquellos que se decidan a iniciar la puesta en marcha de un despacho.
Tópico: Regularizacion de carros
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
Mi estimable Dagoberto, como luego dicen, "nada más ve uno carro y quiere aventón". Te parece si tan pronto salgan las reglas te molestamos pidiendote ¿nos comentes como será el proceso?.
Tópico: Regularizacion de carros
sosgtorreon

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
Debes esperar a que el SAT emita las reglas... confiemos sea antes del 31/08/2005.
Tópico: LAS PROMOCIONES SON DEDUCIBLES?
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
Como siempre, deducible si lográs ubicar el gasto como necesario o que sea consecuencia normal de la operación del negocio, dando por descontado la cuestión documental. La pregunta sería ¿Porqué no habría de ser deducible?.
Tópico: cual es la edad minima
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
16 cumplidos sin necisdad de permiso de los padres.
Tópico: DEDUCCION FISCAL (2004)
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
Como quedó dicho, cuestión de opiniones, respetable al cien por ciento la postura que adoptas, ciertamente ella no acarreará problema alguno a tus clientes. En mi personal experiencia la seguridad de mi cliente no se vio vulnerada, ya que como expuse, no tuve problema alguno con la deducción, sin embargo, reitero mi respeto a la postura que adoptas y que entiendo es compartida por más de uno. Saludos, igualmente con algo de prisa..., pero cordiales siempre.
Tópico: DEDUCCION FISCAL (2004)
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: DEDUCCION FISCAL (2004)
Que tal Saúl... El artículo 31-XIX en su primer párrafo, parte concluyente, vigente para 2004 a la letra dice; .....Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un [color=darkred:6dad3f114a][b:6dad3f114a]gasto deducible[/b:6dad3f114a][/color:6dad3f114a] [color=darkred:6dad3f114a]deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.[/color:6dad3f114a] Pequeña sutileza el que el texto legal refiera el término [color=darkred:6dad3f114a][b:6dad3f114a]"gasto deducible"[/b:6dad3f114a][/color:6dad3f114a], ya ello posibilita que dicha disposición no resulte aplicable a la llamada deducción por compras, de entrada las deducciones la clasifica la autoridad en cuatro bloques, mismos que se definen por si solos en el 29 de LISR, * Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas. * Adquisiciones netas (coloquialmente llamadas compras). * Gastos netos. * Inversiones. En dicho orden de ideas se puede arriesgar el comentario de que el requisito establecido en el 31-XIX de LISR afecta al concepto GASTOS[b:6dad3f114a][color=darkred:6dad3f114a][/color:6dad3f114a], por citar algo, obvio es que a las inversiones dicho requisito resulta inaplicable por obvias razones. En fin, no digo que lo expuesto por un servidor sea lo correcto, solo comento que ya en alguna ocasión me toco defender la postura aquí expuesta con éxito, sin necesidad de llegar a tribunales. Igual me tocarón auditores abiertos, igual fue mi día de suerte, el caso es que en lo personal no solicitaría confirmación de criterio alguno.[/b:6dad3f114a]
Tópico: DEDUCCION FISCAL (2004)
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
En lo personal he efectuado la deducción de compras en ejercicios posteriores a la fecha del comprobante (contribuyente Persona Moral) no me ha sido objetada por la autoridad, por lo que no considero pertinente solicitar confirmación de criterio, amén de que por el monto que se cita es un hecho que la operación se conocía con toda seguridad desde 2003, los indicios son en otro sentido, por lo tanto sugiero se deduzca y se espera a que transcurra el tiempo.
Tópico: incapacidad por maternidad
sosgtorreon

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto:
Coincido con "esmeb", por ello había apuntado lo siguiente; ..........ahora bien debemos conocer la fecha de presentación y de la modificación misma, ya que considera que si la fecha es posterior a la fecha de parto el IMSS POR OBVIAS RAZONES PAGARA LA INCAPACIDAD POST-PARTO SOBRE EL SALARIO ANTERIOR,.... Y me parece salvo mejor opinión que en el presente caso que se plantea no existe riesgo alguno de Capitales Constitutivos... No de que el IMSS en un momento dado quiera fincarlos, si no de la no procedencia de los mismos.

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