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Tópico: abuso de confianza ¿razon para desperdir a un trabajador?
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 19, 2010 17:29:15 Asunto: Re: abuso de confianza ¿razon para desperdir a un trabajador?
Si uno no quiere equivocarse, acudir con el experto en materia laboral, el que le va indicar que se debe proceder en términos del 47 de LFT. Y como el experto se va a quere lucir para así desquitar los honorarios, el mismo le va a encuadrar la fracción procedente. Pregunta, ¿Van a actuar contra los dos 'tortolos' ó a la secre le van a pasar por alto? saludos
Tópico: Baja de beneficiario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 19, 2010 17:26:06 Asunto: Re: Baja de beneficiario
Para que califique como beneficiario, tal y como ya lo señalo Enrique, deben convivir -vivir en el mismo domicilio del derecho habiente- y depender en lo ecónomico del titular. Dado que señalas que el trabajador de provincia tiene a la señora registrada como beneficiaria, vamos a dar por descontado que la señora y su hijo ambos tienen su domicilio en la provincia, su credencial del IFE tiene el mismo domicilio... ante ello si el hijo que radica en la capirucha pretendiera darle de alta como benefiría se toparía con que no serí factible por no darse el requsito de convivencia, no tendría como demostrarlo... a reserva de que cambiará de domicilio... Una duda, señalas que debido a su enfermedad de cuando en cuando la Señora debe acudir a la capital a recibir tratamiento, de hecho tu citas 'la mandan', ¿Quién la manda?, ¿Si entendí bien, es ella la que esta enferma, verdad? saludos.
Tópico: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 18, 2010 09:42:05 Asunto: Re: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
Toda vez que expones como dato adicional que el ente es sano en cuestiones fiscales y financieras y que la no realización de operaciones deriva más de un capricho/gusto/deseo de los dueños... yo en lo personal me inclinaría por estar presentando en ceros durante el tiempo que prevalezca el capricho/gusto/deseo de los accionistas. A favor de esa mi personal decisión tendría como argumento el nulo costo que ello implica, lo que si es que realizaría una disminución de obligaciones para tener que cumplir con la menor carga de estadisticas, me refiero por ejemplo a quitar cualquier obligación como retenedor. Con ello eliminas informativa mensual y anual. Tanto la fusión como la escisión van a implicar costos legales -fedatario público- que a lo mejor y los montos no asustan a nadie -menos a los dueños- pero siempre sere de la idea de que si hay manera de no gastar algo, no lo gasto... Cierto que resulta altamente probable que al año ó antes de que estes presentando en ceros recibas un 'e-milio' ó notificación del SAT en el que te informen de un 'comportamiento átipico' conforme a su base de datos, es cierto... pero yo no me preocupo por ello... si me preguntan y dicen porque tanto cero, porque no hay operaciones, la respuesta es simple... capricho de los dueños... que me desean revisar alguno de los años en que si hay operaciones, tampoco me apura, bajo tu comentario de que es 'sana fiscal y financieramente'... Incluso deben sopesar que tener sin operaciones a un contribuyente, contribuye a depurar o sanear su historial fiscal, por curioso que pueda sonar... esto bajo la siguiente premisa, sabemos que la autoridad programa auditorias sobre ejercicios anteriores, por ejemplo, ahorita en 2010 la autoridad anda revisando (generalidad, ya que hay particularidades) 2007 y 2008, si tengo bien esos dos años, casi se puede decir que se compra impunidad por lo pasado y al menos otros dos años para adelante... suponiendo que en 2012 te deseen revisar, si lo hacen por 2010 sin bronca, todo va a estar en ceros... si lo hacen por 2009, igualmente sin broncas apegados a que estan sanos... alguna ocasión un cliente lo mantuvimos sin operaciones dos años y 10 meses... los últimos dos meses del tercer año se realizaron dos operaciones insignificantes, pero con todas las de la ley, claro la realidad contable y fiscal de esas dos operaciones dejó como realidad fiscal para el ente un coeficiente de utilidad a modo a disfrutar por el siguiente año, no digo que la autoridad no tenga facultades para revisar más años hacia atras... pero en la práctica es poco probable verlo... dos años a lo más tres... al menos eso es lo que me ha tocado. Saludos. Pdta.- Vabdo te envie por correo dos archivos, espero atinarle al que deseabas, no en relación a este tema, si no a tu mensaje en el mensajero.
Tópico: 'FACTURAS APOCRIFAS'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2010 09:22:33 Asunto: Re: 'FACTURAS APOCRIFAS'
Yo no digo que no se deba partir de otorgar confianza al sitio del SAT, de hecho sería genial partir siempre de una confianza mutua... lo que sucede es que en la página del SAT responde a variantes programadas, de tal suerte que incluso lo que arroja en caso de respuestas negativas dice algo parecido a; 'El comprobante es PRESUNTAMENTE APOCRIFO'... presuntamente... no lo aseguran... es decir, no estan cien por ciento seguros, si bien pueda decirse que de no pasar ese primer filtro de autenticidad debe ser una señal de alerta para el que pretende deducir a su amparo, es igualmente un hecho concluyente que esa verificación no es infalible en ninguno en sentido... Lo digo por lo siguiente, ya en mas de una ocasión comprobantes fiscales de clientes de la firma han sido filtrados como PRESUNTAMENTE APOCRIFOS, sin serlo. Ante dicho resultado de consulta se acudio a la ALAC y en dos casos el status tenia como origen el que el SAT tenia a los contribuyentes como NO LOCALIZADOS, corregida la situación el comprobante se vuelve a filtrar y todo correcto... es decir, el programa del SAT obedece a párametros programados... no siendo cien por ciento confiables... por ello mi anterior comentario. Saludos. Pdta.- Finalmente a mi juicio todo radica en que el contribuyente defina si lo que esta ovbservando la autoridad es cierto o no.
Tópico: VALES DE DESPENSA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2010 16:24:39 Asunto: Re: VALES DE DESPENSA
y al 32 de LSS, ¿Ya le dio lectura? Insisto que a mi ver hay una confusión entre otorgar Ayuda para Despensa y otorgar Alimentación Gratuita. saludos
Tópico: 'FACTURAS APOCRIFAS'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2010 16:20:04 Asunto: Re: 'FACTURAS APOCRIFAS'
La resolución misma que te entrega auditoría debe contener el fundamento legal para el rechazo que se efectua, si no lo contiene ya de entrada la resolución es poco sólida. En CFF, es donde vas a encontrar lo que buscas, ¿Segura que no da los fundamentos la autoridad?, ¿Ya diste lectura al documento donde se dan a conocer los rechazos?, seguro estoy que debe contenerlos, no es que no los sepa, no es que no los quiera citar, lo que deseo es que te te empapes del todo en el tema que en los siguientes días te va a mortificar y mucho, según parece. Al margen de si los comprobantes son balines tal y como asevera la autoridad, pregunto, ¿Es cierto su dicho?, porque de no serlo acuerdate que se admite prueba en contrario. Partiendo de que no sea cierto, de que los comprobantes amparan operaciones efectivamente realizadas por el contribuyente, contacta al proveedor y obtén de ellos una carta en la que se manifiesten sobre la veracidad y autenticidad de los comprobantes, al igual que expresen haber realizado la acumulación de ingresos correspondiente, y bajo protesta de decir verdad dejen en claro haber expedido el comprobante tal, de fecha tal, por un monto de, en favor de, y haber recibido a su entera satisfacción el pago correspondiente mediante los cheques tales, en fecha x. saludos.
Tópico: VALES DE DESPENSA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2010 16:06:37 Asunto: Re: VALES DE DESPENSA
¿Dice que le dijeron que si le das vales de despensa a un trabajador hay que descontarle al trabajador una parte para hacerlo deducible?, ¿Quié le dijo eso?, a mi ver al primero que le debió preguntar fue al que se lo dijo... pero en fin... ya que parece no se lo pregunto, le digo que me parece hay confusión de parte del que lo dijo ó de parte de como se planteo la interrogante... Vamos asumiendo que son vales para obtener productos de los llamados de 'Canasta Básica' -que por cierto, cada vez es mas básica-, en ese evento no hay obligatoriedad de retenerle nada de nada al trabajador, califica como previsión social en ISR y hay que cumplir las formalidades que para el caso apliquen. Suponiendo que lo que la persona entendio fue el otorgar prestación de alimentos, para no integrarle al SBC entonces si media una retención o cuota mínima de recuperación, la confusión es aceptable ya que los alimentos son despensa... igual califican los alimentos como previsión social, pero lo de la retención que se cita no es en el tema deducibilidad de ISR, si no en lo tocante a integrar o no el concepto al Salario Base de Cotización en materia de IMSS. Se sugiere la lectura del 27 (en particular fracción VI) y 32 de LSS. saludos.
Tópico: Asimilado u honorarios en Sociedad Civil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 08:59:17 Asunto: Re: Asimilado u honorarios en Sociedad Civil
Olvide comentar que si bien la SC va a reducir su pago de IVA al fisco, tendrá su deducción en ISR e IETU, debes evaluar la repercusión para el socio, misma que debe verse mitigada por el efecto de las retenciones que le realiza la persona moral, por lo que suponiendo no tuviera ni una sola deducción debe ser de un 12%, el 5 de IVA y el 7% de IETU, en ISR no debe resultarle pago alguno... saludos.
Tópico: Asimilado u honorarios en Sociedad Civil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 08:55:25 Asunto: Re: Asimilado u honorarios en Sociedad Civil
En esencia lo que es debe ser... si es retiro a cuenta de utilidades, debe ser tratado como tal, por ende de entrada debe darse el trato de asimilado, deducirlo en ISR, aplicar como crédito en IETU, calcular y retener el ISR que corresponda. Ahora bien, toda vez que el socio esta dado de alta como profesionista independiente, nada la impide haberle prestado un servicio a la SC y cobrarle sus honorarios por el [b]servicio efectivamente prestado[/b], con ello te pasas al supuesto 2 que expones. Desde luego que una vez se plantee al socio dirá; 'Efectivamente, yo preste un servicio y debo cobrar por ello' saludos cordiales.
Tópico: PÓLIZA DE SEGUROS, ¿AL 15% O AL 16%)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2010 13:06:06 Asunto: Re: PÓLIZA DE SEGUROS, ¿AL 15% O AL 16%)
Tengo entendido que varias aseguradoras estan realizando el cobro del IVA al 16% en el entendido de que 'el servicio no se ha prestado'. Ellos dicen que si no se ha dado un 'evento' por el que ellos respondan, entonces no se ha prestado ningún servicio, por lo que al no cumplirse la condición dispuesta, NO aplica la posibilidad de considerar la tasa del 15%. De esto me entere porque un cliente que tiene contratada una póliza bastante importante deseaba ahorrarse ese 1%, ya que como expuse es un buen billete, en nuestro caso si logramos nos tomaran el IVA al 15% dado que en diciembre hubo un accidente y la aseguradora respondió al mismo, con lo que se configuro el hecho de que 'el servicio estuviera prestado'... saludos.

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