Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
31/Jul/08 12:00
Asimilado en el regimen intermedio

Hola Foristas!!

Una persona física del regimen intermedio, desea retirar de sus ingresos, efectivo para sus gastos personales mes a mes. La opción viable que veo es que aumente sus obligaciones como asimilados, y con ello pueda retirar el efectivo y al mismo tiempo hacer deducible ese retiro.

Evidentemente, tendría que realizar él mismo la retención del ISR y enterarlo en el siguiente mes.

Consulto a Uds que opinan con respecto a este opción.

Saludos
 
Perfil

colegacp
Soldado

Mensajes: 15
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Jul/08 12:07
Re: Asimilado en el regimen intermedio

colegacp:

PUEDE RETIRAR EL EFECTIVO EN EL MOMENTO Y EN LA CANTIDAD QUE DESEE, NO ES NECESARIO NINGÚN TRÁMITE ADICIONAL.

RECUERDA QUE LA JUSTIFICACIÓN Y DEDUCIBILIDAD DE SUS EROGACIONES, SERÁN LOS COMPROBANTES DE LOS GASTOS QUE REÚNAN TODOS LOS REQUISITOS FISCALES DE ACUERDO AL ART. 29-A DEL C.F.F.



SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Jul/08 12:32
Re: Asimilado en el regimen intermedio

[color=darkblue:8dd6788eb0][/color:8dd6788eb0]Buen dia este tema se a tratado en varias ocasiones, asi que si tienes oportunidad utiliza el buscador hay varios topicos tratados anteriormente con muy buenos comentarios pero la opcion que propones es mayor carga financiera, administrativa y como comente el colega, el puede hacer retiros y puede ser hasta el 100% de lo que le quede despues de haber pagados sus impuestos estos ya no tienen ningun gravamen solo hay que cuidar el flujo de efectivo y claro el flujo de operacion

C.P.C. O DE LOZA :wink:
 
Un hombre sabio siempre piensa lo que dice y nunca dice lo que piensa.
 
Perfil

DeLoza
Subteniente

Mensajes: 174
Ingresó: Octubre 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Jul/08 12:43
Re: Asimilado en el regimen intermedio

colegacp:

ASÍ DETERMINAN SU BASE GRAVABLE LOS CONTRIBUYENTES DE RÉGIMEN INTERMEDIO:


SECCIÓN II
DEL RÉGIMEN INTERMEDIO[/b:7bf8175631] DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Artículo 134. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, [b:7bf8175631]aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo[/b:7bf8175631] y podrán estar a lo siguiente:


[b:7bf8175631]SECCIÓN I[/b:7bf8175631]
DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

Artículo 127. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. [color=red:7bf8175631][b:7bf8175631]El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos[/b:7bf8175631][/color:7bf8175631] a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido [b:7bf8175631]desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago[/b:7bf8175631], [color=red:7bf8175631][b:7bf8175631]las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo[/color:7bf8175631] y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido.

LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS SON, ADEMÁS DE LA DEDUCÍÓN DE INVERSIONES, LAS EROGACIONES EFECTUADAS Y POR LAS CUALES SE HAYAN RECABADO LOS COMPROBANTES CON TODOS LOS REQUISITOS FISCALES Y QUE SEAN ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES.

EL RETIRO DE EFECTIVO, TE REPITO, NO TIENES QUE JUSTIFICARLO POR NINGÚN MEDIO, SIMPLEMENTE LOS "SACAS" Y "SANSEACABÓ".



SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Jul/08 16:25

En el buscador interno del foro escribe como palabra clave "salario de mercado", de hacerlo vas a encontrar material suficiente que te va a servir para tomar TU propia decisión al respecto.

saludos.
 
sos al sos
 
Perfil

sosgtorreon
Teniente Coronel

Mensajes: 2047
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Jul/08 19:34

RECUERDA SIEMNPRE COMO TE LO MENCIONAN, CUIDAR EL FLUJO DE EFECTIVO..NO VAYA A SER QUE TENGAS AL RATO "UN MONTON " DE GASTOS NO DEDUCIBLES


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1