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05/Sep/05 13:06
que articulo es??

amigos una ayuda porfavor miren tengo esta duda, un trabajador me pide sus dias economicos, que son tres de ley, pero el patron esta de quejoso y no se los quiere dar por que segun el no esta obligado, necesito si me pudieran a yudar con el articulo que se refiere a ese caso, se los agradeceria..!!!
 
Nunca dejes que la desesperacion tenga la ultima palabra!!!! : )
 
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tcfcabel
Soldado

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05/Sep/05 13:23
Re: que articulo es??

[quote:b414f22fd1="tcfcabel"]amigos una ayuda porfavor miren tengo esta duda, un trabajador me pide sus [u:b414f22fd1][i:b414f22fd1]dias economicos[/b:b414f22fd1][/i:b414f22fd1][/u:b414f22fd1], que [b:b414f22fd1][i:b414f22fd1][u:b414f22fd1]son tres [/u:b414f22fd1][/i:b414f22fd1]de ley, pero el patron esta de quejoso y no se los quiere dar por que segun el no esta obligado, necesito si me pudieran a yudar con el articulo que se refiere a ese caso, se los agradeceria..!!![/quote:b414f22fd1]


:?:
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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05/Sep/05 13:26
Re: que articulo es??

[quote:92acde37fb="tcfcabel"]amigos una ayuda porfavor miren tengo esta duda, un trabajador me pide sus dias economicos, que son tres de ley, pero el patron esta de quejoso y no se los quiere dar por que segun el no esta obligado, necesito si me pudieran a yudar con el articulo que se refiere a ese caso, se los agradeceria..!!![/quote:92acde37fb]

Es necesario que seas un poco mas claro en tu cuestión.
 
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jjfarias
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05/Sep/05 13:31
Re: que articulo es??

no estaras confundiendo los dias economicos, al menos yo no las he escuchado...podrias profundizar y aportar mas datos.
 
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CPhugoocejo
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05/Sep/05 13:33

Debes ser un poco mas específico. A que te refieres con días económicos, no se si vaya por aquí:

En el foro de Seguridad Social se ha manejado los dias de permiso con goce de sueldo (por fallecimiento de familiares, por matrimonio, etc.), si es por ahi, tiene razón tu Patrón ya que la LFT no contempla estas prestaciones, normalmente quedan establecidas en el Reglamento Interior de Trabajo de cada Empresa.

Esperamos tu comentario.
 
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef] [color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
 
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jcarlos923
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05/Sep/05 13:33
Re: que articulo es??

[quote:bab67d2fcd="tcfcabel"]amigos una ayuda porfavor miren tengo esta duda, un trabajador me pide sus [color=red:bab67d2fcd]dias economicos[/color:bab67d2fcd] :?: ,[color=red:bab67d2fcd] que son tres de ley[/color:bab67d2fcd], [color=blue:bab67d2fcd]CUAL LEY[/color:bab67d2fcd] pero el patron esta de quejoso y no se los quiere dar por que segun el no esta obligado, necesito si me pudieran a yudar con el articulo que se refiere a ese caso, se los agradeceria..!!![/quote:bab67d2fcd]
 
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lcruizuscanga
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05/Sep/05 13:38

Pues hoy día en México como país todos los días son demasiado costosos en lugar de ECONOMICOS....

Suponemos te refieres al aspecto laboral, si por hay es, como ya dijeron, nada existe.... Empero cosa de que revisen contratos de trabajo o RIT, puede que en su caso aplique, aunque me inclino por el no, ya que de aplicar tendrían antecedentes y parece que no es asi...

En CHILE (Republica CHilena) se acaba de aprobar modificación a la Legislación Laboral para otorgar a los trabajadores hombres el derecho a 3 o 5 días (no recuerdo el dato exacto) de permiso obligatorio por "nacimiento de hijo(a)"... Pero en CHILE, aquí en México pur REPUBLICA...
 
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sosgtorreon
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05/Sep/05 13:41

me inclino mas por el comentario de jcarlos923.

Saludos.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
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cesar_lc
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05/Sep/05 13:49

los dias esconomicos se manejan en algunas dependencias de gobierno o desentralizadas.

.............
un ejemplo,
mi mama es maestra y trabaja para PENSIONES DEL ESTADO, entonces ella tiene derecho a sus 3 dias economicos por año, es decir puede faltar a sus labores con goce de sueldo por esos dias, ya sean continuos o no.
........
si nos los tomas en una año no son acumulaticos.


saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
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05/Sep/05 13:55

ok los dias economicos en las empresas de gobierno son 12 al año creo yo, no recuerdo muy bien, pero ahora en las empresas particulares, creo que la ley autoriza como maximo 3 dias de permiso con goce de sueldo, por que e estado en otras empresas que lo an dado, pero yo no e estado en el area de recursos humanos,...
 
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tcfcabel
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