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Tópico: 2: coeficiente y pp con coeficiente en complementaria
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2011 19:54:27 Asunto: Re: 2: coeficiente y pp con coeficiente en complementaria
[b]Hola, 2IMPARH: [quote]'Debo de considerar la [color=red]utilidad fisca[/color]l [color=blue]menos[/color] [color=red]perdidas[/color] [color=blue]y menos PTU[/color] [color=red]para el [u]calculo del coeficiente[/u]?[/color]?[/quote] Le dejo el fundamento para el [color=red]CALCULO DEL COEFICIENTE[/color]: [quote][color=blue]LISR: Artículo 14.[/color] '...... I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, [color=red]se adicionará [/color][color=blue]la utilidad fiscal[/color] [color=red]o[/color] [color=blue]reducirá la pérdida fiscal[/color] [color=red][u]del ejercicio por el que se calcule el coeficiente[/u][/color], según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 220 de esta Ley. [color=red]El resultado se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio...[/color]'[/quote] ¿No será que ocupa Determinar el Resultado Fiscal?...Si es así, consulte el Art. 10 de la LISR. Salu2!!![/b] [i]Editado: Octubre 25, 2011 19:55:45[/i]
Tópico: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2011 19:21:24 Asunto: Re: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
[b]De nada, Jarl91.... Salu2!!!![/b]
Tópico: DESCRIBIR.........
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2011 16:20:58 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b]Hola, Sergio: Gracias por atender mi petición...Sólo un detalle: No me referí al inventario para desviar e tópico...También sé que su tesis no se refiere propiamente al inventario...Símplemente consideré prudente ponerlo como ejemplo para lo que expuse en cuanto a mi opinión de los bienes... Okay...De nuevo gracias y me despido de este tópico, que si bien es cierto que se refería a [color=red]'DESCRIBIR'..[/color]..Se refería propiamente al primer criterio que hablaba a la [color=red]DESCRIPCION DE SERVICIOS..[/color]. Le agradezco nuevamente sus finas atenciones hacia mis comentarios....Siempre será un placer interactuar con usted. Salu2!!![/b]
Tópico: DESCRIBIR.........
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2011 16:09:12 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b]Lobo: [quote]SEGUNDA: El adverbio sic (del latín [color=red]sic[/color], ‘así’) se utiliza en los textos escritos para indicar que la palabra o frase que lo precede es literal, aunque sea o pueda parecer incorrecta........ LO ADECUADO ES ESCRIBIR '«sic» es un adverbio latino que significa ‘así del original’, y se emplea entre paréntesis en las citas y escritos cuando se quiere indicar que una palabra o frase que pueda parecer incorrecta fue pronunciada por la persona de quien se habla o se cita.' FUENTE: http://es.wikipedia.org/wiki/Sic[/quote] Gracias, Lobo por darme la definición de la palabra: SIC….Dicho está de más que de sobra sé el significado de la misma…Jamás pensé que un simple error de dedo en la escritura fuera a desviar la esencia del tópico…Pero, bueno, ya que estamos en estos menesteres…. Lobo: [quote]Me quiero referir ahora al LLENADO DE LOS COMPROBANTE ELECTRONICOS........[color=red]UFFFF[/color], POR EJEMPLO, EL DE LAS FERRETERIAS............EN LA DESCRIPCION...[color=red]ANOTAN UN 'CHORIZOTE' [/color]DE COSAS[color=red]....PUDIENDO[/color], MEDIANTE ESTE 'CRITERIO', LLENAR EL COMPROBANTE [color=navy]MAS ESCUETAMENTE[/color], [color=red][u]SIN SER[/u] LACONICO[/color][/quote] [color=blue]¿SIN SER LACONICO?[/color] [color=navy]LACONICO:[/color]Breve, conciso, compendioso ¿Y el “chorizote” apá? [url]http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=lacónico[/url] Salu2!!![/b] [i]Editado: Octubre 20, 2011 16:09:46[/i] [i]Editado: Octubre 20, 2011 19:30:26[/i]
Tópico: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2011 19:48:20 Asunto: Re: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
[b]También consulte esta liga: [url]http://www.encuentra.gob.mx/resultsAPF.html?q=liquidadores&client=sat[/url][/b]
Tópico: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2011 19:35:35 Asunto: Re: LIQUIDACION DE SOCIEDAD (AVISO DE LIQUIDACION POR VTA TOTAL DEL ACTIVO)
[b]Jarl: [quote]'...el primero es el mismo liquidador (inicio el tramite de la Disolucion) [color=red]y el otro es otra persona, a los cuales se les faculto de lo siguiente[/color]:[/quote] Hola, Jarl... Y a ese 'otro'...¿Quién lo facultó? ¿El mismo liquidador ó la Asamblea de accionistas? Puedes leer los sig. arts. de la LGSM [color=red]Artículo 235:[/color] La liquidación estará a cargo de uno [color=blue]o más liquidadores[/color], quienes serán representantes legales de la sociedad y responderán por los actos que ejecuten excediéndose de los límites de su encargo. [color=red]Artículo 239[/color] Cuando sean [color=blue]varios[/color] los liquidadores, éstos deberán obrar conjuntamente [color=red]Artículo 242[/color] Salvo el acuerdo de los socios o las disposiciones del contrato social, [color=blue]los liquidadores tendrán las siguientes facultades:[/color] I.- Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendientes al tiempo de la disolución; II.- Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ella deba; III.- Vender los bienes de la sociedad; IV.- Liquidar a cada socio su haber social; V.- Practicar el balance final de la liquidación, que deberá someterse a la discusión y aprobación de los socios, en la forma que corresponda, según la naturaleza de la sociedad. El balance final, una vez aprobado, se depositará en el Registro Público de Comercio; VI.- Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social, una vez concluida la liquidación. Salu2!!![/b]
Tópico: DESCRIBIR.........
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2011 18:21:54 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b]Hola, Sergio...Buena Tarde...Igual, es un verdadero placer el sólo saber que interactúo con personas que verdaderamente aportan enriquecimiento a los diferentes tópicos en estos foros... Regresando a su aporte, disculpe mi ignorancia, pero ¿podría ampliarse más en su comentario? En verdad, no entiendo lo que quiere transmitirme... Le comento rápidamente: La tesis que usted está aportando, [color=navy]se refiere en sí a la cuestión CONTABLE...[/color].Lo fiscal, obvio, parte de lo contable...Pero, [color=red]la otra tesis[/color] que Lobo está plasmando (La tesis sobre la descripción en clase de mercancía), [color=red]se refiere de manera más directa a la parte FISCAL, lo hace más específico..[/color]..[color=navy]Entonces, en un litigio, ¿cuál de las dos pesaría más para el caso en concreto?[/color] Por ahí Lobo tmb plasmó otro criterio que habla referente al caso de diversas tesis y su aplicación en cuanto a casos concretos.... Su opinión como abogado, me interesa bastante... Por otro lado, me llama la atención que en dicho criterio que amablemente aporta, hace referencia al Art. 28 del CFF, mismo que habla de [color=red]las reglas que deben observarse para la cuestión [u]contable[/u][/color]....en la F-IV dice lo siguiente: [quote][color=navy]IV.[/color] Llevarán un control de sus [color=red]inventarios de mercancías[/color], materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, [color=red]el cual consistirá en un registro que permita [u]identificar por unidades, por productos, por concepto[/u] y por fecha, los aumentos y disminuciones en dichos inventarios, [/color]así como las existencias al inicio y al final de cada ejercicio, de tales inventarios. [color=red]Dentro del concepto se deberá indicar si se trata de devoluciones, enajenaciones, donaciones, destrucciones, entre otros[/color]. [/quote] En mi participación anterior, cuando leí la tesis de Lobo referente a la descripción de la clase de mercancías, [color=red]ésta hacía hincapié en cuanto al propósito de la factura[/color]....Entre ellas, a mí se me ocurrió poner como ejemplo la cuestión del inventario...[color=red]Razón que sigo concluyendo que para este caso, su descripción no debe ser tan genérica. ..[/color] Pero, bueno, no quiero cerrarme a algo, me gustaría saber su opinión como abogado-contador. Salu2 cordiales. [/b]
Tópico: DESCRIBIR.........
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2011 13:15:40 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b]Lobo: [quote]'....Y REPITO, QUE [color=navy]EN AQUEL CASO[/color], [color=red]EL JUICIO [u]SOLO SE REFIRIO A 'SERVICIOS[/u]...[/color]'[/quote] Okay. De acuerdo. [quote]'FACTURAS. PARA SU [color=navy]EFICACIA PROBATORIA[/color] [u]EN MATERIA FISCAL[/u], [color=red]DEBEN PRECISAR[/color], AL REFERIRSE A LA [color=red]CLASE[/color] DE MERCANCÍA, LOS [color=red]DATOS INDISPENSABLES [/color]QUE PERMITAN CONOCERLA. De acuerdo con lo previsto en el artículo 29-A, fracción V, del Código Fiscal de la Federación, las facturas que sirvan para comprobar las actividades fiscales que se realicen, [color=red][u]deben[/u] satisfacer[/color], entre otros requisitos, [color=red]la cantidad y clase de mercancías[/color] [color=navy]o descripción del servicio que amparen[/color]. Ahora bien, a pesar de que dicho numeral no dispone expresamente [color=red]que al señalar la clase de[/color] mercancías facturadas [color=red]se deban DESCRIBIR sus características[/color], [color=navy]tal precisión resulta necesaria de la propia exigencia del precepto indicado y del propósito fiscal de la factura[/color], toda vez que al disponer que dicho documento [color=red]debe contener la cantidad y clase de mercancía[/color], [u]como un requisito formal para que pueda justificar fehacientemente la actividad realizada,[/u] es evidente que sólo [color=red]señalando los datos esenciales que permitan identificar esa mercancía[/color], [color=navy]en los casos en que los objetos lo permitan[/color], [u]se puede lograr la certeza de la operación realizada y que en relación con ella, se cumplieron las obligaciones fiscales que su enajenación genere[/u].[/quote] [color=navy]Okay..Este otro criterio, ya se refiere a la 'parte a' de la F-V (Bienes).[/color] Lobo: [quote]Y SI ESTA TESIS --[color=red]PARA EFECTOS DE LAS MERCANCIAS[/color]--, DETERMINA QUE ESTAS [color=red]SE 'DESCRIBAN'[/color].......Y SI LA TESIS SUPRACITADA, DEFINE QUE SIGNIFICA DESCRIBIR........ Y LO ES....... “describir”, acorde al Diccionario de la Lengua Española, emitido por la Real Academia Española, Editorial Espasa, vigésimo primera edición, tomo I, página 704, se delimitacomo: “Definir imperfectamente una cosa, no por sus predicados esenciales, si no dando una idea general de sus partes o propiedades.”; y en contraposición a ello, se tiene que al diverso “detallar” que en su página 736, se define como: “Tratar, referir una cosa por menor, por partes, circunstanciadamente”; de tal forma, se tiene que el requisito formal establecido por el legislador en la norma aplicable, en el sentido de describir el servicio que se refiere en el comprobante fiscal, se ve cumplido bajo la expresión de la idea general del mismo REPITO, CORRELACIONANDO Y CONCATENANDO [color=red]DE MANERA ARMONICA[/color] LOS PRECEPTOS INVOLUCRADOS EN EL ANALISIS, TENEMOS QUE .....[color=red]TAMBIEN PARA LAS MERCANCIAS QUE SE CONSIGNEN EN LAS FACTURAS........AL IGUAL QUE LOS SERVICIOS.......SE PUEDEN........DESCRBIR[/color][/quote] Si, pero, en mi opinión, [color=red]para el caso de SERVICIOS[/color], el concepto [color=navy]DESCRIBIR[/color], sería de manera generalizada, dando '...la idea general' (cic), y para el caso de [color=red]Bienes[/color], [color=navy]DESCRIBIR[/color] tendría que ser más [color=red]PRECISO[/color], señalando sus datos [color=red]ESENCIALES[/color] y sobre todo, teniendo en cuenta como dice este otro criterio (Que en mi opinión, ésta se refiere ahora a la parte 'a' de la multicitada fracción en comento) el propósito fiscal de la factura... Por otro lado, este criterio nos indica cómo debe describirse [color=red]LA CLASE [/color]DE LA MERCANCIA, y no la MERCANCIA EN SI...Por ello mi comentario que en dicha descripción, tratándose de BIENES, sí deba ser más especifico, sin olvidar desde luego, sus datos esenciales, así como su esencia, el propósito, fin, que la exigencia de la misma. Por otro lado, también dice: Lobo: [quote]'...es evidente que [color=red]sólo señalando los datos ESENCIALES [/color]que permitan identificar esa mercancía, en los casos en que los objetos lo permitan, [color=red]se puede lograr la certeza de la operación realizada y que en relación con ella, se cumplieron las obligaciones fiscales que su enajenación genere.[/color] ....EJEMPLO, 'KIT DE HERRAMIENTA PARA SOLDAR '........'LOTE DE HERRAMIENTAS PARA CORTE DE LAMINADOS'..........'PAQUETE DE BOTAS DE TRABAJO INDUSTRIAL'.........'50 KILOS DE CLAVOS DIVERSAS MEDIDAS'......ETC ETC ETC ETC[/quote] De acuerdo con no olvidar los datos esenciales....Pero, como comentaba anteriormente, en mi opinión, aunque esta descripción encierre 'lo esencial', yo lo haría más específico, partiendo de la premisa que el mismo criterio reitera de no olvidar la importancia que encierra el propósito fiscal de la factura---.Entre otros por ejemplo: El famoso inventario----- Por lo que, su servidora le agregaría 'marcas', 'tipo de calidad', etc.,....[color=red]Y no olvidando por supuesto, que dicha DESCRIPCION se refiere a la [u]CLASE[/u] DE MERCANCIA y no la mercancía en sí:[/color] Esto, en atención al significado de CLASE: [color=navy]CLASE:[/color] . f. [color=red]Orden [/color]o número de personas del mismo grado, [color=red]calidad u oficio[/color]. La clase de los menestrales 2. f. Orden en que, con arreglo a determinadas condiciones o calidades, se consideran comprendidas diferentes personas o cosas. 8. f. [color=red]Distinción, categoría[/color] [url]http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=precisar[/url] Lobo: [quote]'Y NO........' 3 PINZAS DE PUNTA, 4 PINZAS DE ELECTRECISTA, 10 PINZAS DE CORTE'........ESTO, ...NO...... [color=red]BASTA CON 'DESCRIBIR DE MANERA GENERAL --POR EJEMPLO-- 'JUEGO DE PINZAS DE DISTINTAS MEDIDAS'...PARA CUMPLIR EL REQUISITO[/quote][/color][/b] [b]Bueno, atendiendo 'completo' el requisito fiscal que abarca dicha fracción, también iría [color=red]la cantidad[/color]: [quote][color=navy]F-V_ 'CANTIDAD Y CLASE DE MERCANCIAS.....'[/color][/quote] Así como, en mi opinión, una descripción más específica de la CLASE de mercancía (Tipo, marca, calidad, etc.,).... [color=red]CONCLUSION:[/color] No comparto la opinión que para el caso de bienes, 'Basta con describir de manera general'. De igual manera, le agradezco este criterio que nos habla de los Bienes...Procederé a darle un copy-paste para tenerlo en mi archivo. Servido. Salu2!!![/b]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2011 19:13:33 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b]Hola, Lobo...Buena Tarde! Ya tengo la respuesta. Pero, no alcancé a concluirla...Mañana sin falta, le hago llegar su petición... Salu2!![/b]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2011 16:04:45 Asunto: Re: DESCRIBIR.........
[b][quote][color=navy]'....Quiero decirles que me pareció un excelente intercambio de opiniones, les dejo mis respetos..'[/color][/quote] Gracias, Sergio...Le reitero de igual manera mis respetos hacia usted y sus comentarios. Saludos.[/b]

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