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Tópico: se puede compensar?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2009 19:08:02 Asunto: Re: se puede compensar?
Por eso mismo pregunto como esta la cuestion si a la fecha de hoy solo falta presentar el aviso de compensacion y si el ISR a favor del 2008 'es igual o mayor' al del ISR del Ejercicio de 2007....Por aquello si le es factible presentar complementaria del pago provisional de IVA de Diciembre de 2007 CON SUS ACCESORIOS.... ...Me voy a permitir poner un ejemplo para escenificar lo que comento: (Datos Ficticios, solo para ejemplificar) IVA DIC 2007: $1,000 LO PAGO EN ABRIL DE 2008....Okay (+) act 90 (+) Rec 110 (=) Total 1,200 (-) compensac 1,200 ISR A FAVOR EJERC 2007: $3,000.00 (=) a pagar 0 ....Okay...Hasta aqui....No paga porque con el ISR a favor del 2007 se cubre todo y hasta le queda remanente....cierto?.....Okay...Pero 'supongamos' que a la fecha de hoy NO HA PRESENTADO DICHO AVISO por alguna razon 'x'...y quiere cambiar el SALDO A FAVOR del 2007 por el del 2008....He aqui el punto... 1.- Este saldo a favor de 2008 'es igual o mayor' que el del 2007?....Si la respuesta es SI...Entonces por que presentar complementaria de dicho pago provisional con sus ACCESORIOS, si con dicho saldo a favor se cubre?...[b]El Art. 21 4to parrafo del CFF establece lo siguiente:[/b]'.....Los recargos se causaran... A PARTIR DEL DIA EN QUE DEBIO HACERSE EL PAGO [u]Y HASTA QUE EL MISMO SE EFECTUE[/u]...' ...Que en terminos practicos, los recargos abarcarian en este caso de Ene 08 a Abril 08 (suponiendo que lo pago despues del dia 17 de Abril 08).....Que no? ....Es por ello que pregunto, porque puede que el planteamiento sea al reves...Es decir, que en el provisional haya pagado diferencia y haberse acabado el saldo a favor....Que el saldo a favor del 2008 sea mayor que el del 2008, etc., etc.,,.....Y dependiendo del caso, SI SE VEA EN LA NECESIDAD DE PAGAR ACCESORIOS....TODO DEPENDE DEL PLANTEAMIENTO.... Salu2!!!
Tópico: se puede compensar?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2009 18:36:37 Asunto: Re: se puede compensar?
[color=red][quote][b]Tengo una gran duda, en la cual quisiera oir sus comentarios. Presente en forma extemporanea un pago de iva de diciembre de 2007, lo presente en Abril 2008, en el cual compense un saldo a favor de isr del ejercicio 2007, [u]el cual no ha podido quedar el tramite de aviso de compensacion, por una serie de insconsitencias en la constancia de retenciones[/u]. (el saldo a favor originado es ocasionado por exceso de retencion).Mi duda es en ejercicio 2008, resulto un saldo a favor de isr. [u]Podria presentar una complementaria de pago de iva de diciembre de 2007, con nuevo importe de actualizacion y recargos y poder compensar el saldo a favor de isr de ejercicio de 2008, que en cuanto a las constancias todo esta en orden[/u][/b][/quote][/color] Hola, Buena Tarde: A mi juicio, no le veo mayor problema que pueda hacerlo..Sin embargo, hay algo que no entiendo: 1.- Quiere decir que a la fecha del dia de hoy, el aviso de compensacion NO SE HA HECHO? 2.- Si no se ha hecho dicho aviso de compensacion...Cuando usted realizo el pago de IVA de Dic de 2007 en Abril de 2008, una vez efectuada la compensacion en el banco...El pago fue en 'ceros'...o pago alguna diferencia?...Le comento por esto: *** Si a la fecha de hoy, solo esta pendiente presentar el aviso de compensacion y en dicho pago bancario (IVA Dic 2007), el pago fue 'cero' porque se cubrio con toda la compesacion y 'aprovechando' que no se ha presentado el aviso, usted quiera cambiar el Saldo a favor del ISR del 2007 por el de 2008... que de igual manera 'alcanza' para cubrirlo...Entonces..Cual seria la necesidad de presentar complementaria de Abril de 2008 con actualizacion y recargos?..... Espero haberme explicado... Salu2!!!!
Tópico: DECLARACIONES EN CEROS
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2009 18:21:08 Asunto: Re: DECLARACIONES EN CEROS
demcah: [b][quote][color=red]'MI PREGUNTA ES: [u]DEBIDO A TANTOS REQUIRIMIENTOS QUE HAY[/u], COMO PUEDO ENVIAR INFORMACION ESTADISTICA CORRECTA, YA CON LA DIOT Y EL LISTADO IETU SIN QUEDAR EN CONTRADICCION Y POSTERIORMENTE, HACER LOS AJUSTES CORRECTOS CON COMPLEMENTARIAS?'[/color][/quote] [/b] [color=red][quote][b]'GRACIAS OTRA VEZ! [u]NO SE TIENE REQUERIMIENTO AUN[/u]..[/b][/quote][/color]. [b][color=red][quote]'ESTA SOLUCION EN MI PARECER NO ES LA MEJOR PERO [u]DEBIDO A LOS REQUERIMIENTOS QUE ESTAN LLEGANDO[/u].......[/quote] [/color][/b] Hola, Buena Tarde...Ya me confundio...A ver... primero: si o no hay requerimientos de por medio? Si usted no tiene requerimientos todavia y no tiene dinero para pagar...entonces como una alternativa, (De los males el menor) puede 'aventarse un volado' presentando todas sus declaraciones pendientes 'en ceros' (ISR,IETU, DIOT,IVA, etc., etc.,)...Esto con la finalidad de cumplir 'por lo menos' de la presentacion de sus declaraciones....Al hablar de presentar su declaracion en ceros, significa que TODAS, ABSOLUTAMENTE TODAS, deban ir armonicas; Es decir, que si usted toma la razon por ejemplo, en ISR de decir. 'No hubo ingresos en el periodo, maneje este mismo concepto tambien en IVA e IETU...Ya que tenga dinero y si la suerte le favorece de que a esa fecha no le ha llegado algun requerimiento o auditoria, podria presentar tranquilamente sus declaraciones complementarias....Aclaro: La mejor opcion, siempre sera pagar lo que corresponda.... Salu2!!!!
Tópico: Pregunta de Impuesto al Activo
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2009 12:13:31 Asunto: Re: Pregunta de Impuesto al Activo
....Asi es...Trae 'un melon' de diferencia....
Tópico: AYUDA EN COMPENSACION
memoli

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 28, 2009 11:17:32 Asunto: Re: AYUDA EN COMPENSACION
Estimado Wyrmvater: Gracias por la informacion...Andaba muy confundida con todo este enredo...No entendia el famoso 'ACG' porque en realidad el programa no lo habia bajado..el que habia bajado era el del famoso .pdf...Asi que, con esto...cuando yo iba a caer en cuenta de lo que se estaba hablando? Pues nunca....El dia de ayer, ya baje ahora si el programa f3241, ya lo explore y analice, ya se que ondas con el archivo acg y todo eso...Sin embargo, segun en el 01 800 me informan que para las personas fisicas de 'poca capacidad', si desean enviar dicha compensacion via internet, este programa no les aplica aun...sino que tienen que enviar el formato 41 electronico, es decir, 'el compensa v-6'.... De antemano, le agradezco que se haya tomado la molestia de contestarme a mi duda.... Salu2!!!! :smile:
Tópico: Es valido???
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 19:51:32 Asunto: Re: Es valido???
Ah, Ok, ok...Quien hizo el cambio de domicilio es usted, el contribuyente....No el proveedor...Y este le factura con el domicilio que usted tenia antes....Pues en este caso, no es deducible para usted, puesto que no reune los requisitos de deducibilidad que establece la Ley, al ponerle un domicilio que en un sentido estricto, 'ya no existe'.... Salu2!!!
Tópico: Es valido???
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 18:26:04 Asunto: Re: Es valido???
Hola.... No, Claro que no...Al efectuarse un cambio de domicilio, deben imprimirse de nuevo las facturas con el actual...El proceder de esa manera, es como estar 'alterando' la factura...Y todavia poniendo: 'fe de erratas'...Realmente no es un error...Es una realidad, hubo un cambio de domicilio...A este amigo por 'ahorrarse' las nuevas facturas con el impresor (Que es lo correcto), le saldra peor cuando le toque una auditoria.... Por lo pronto, tambien para quien deduce...Fiscalmente, no le es deducible Salu2!!!
Tópico: obligaciones persona moral primer mes inscripcion al sat
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 13:46:08 Asunto: Re: obligaciones persona moral primer mes inscripcion al sat
De nada, Oswaldo.... Salu2!!!!
Tópico: anual complementaria persona fisica
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 13:44:11 Asunto: Re: anual complementaria persona fisica
Granados: [quote][color=red][b]'corrigiendo, si te pasaste de 600 000 aunque no sean en efectivo si se deben de declarar'[/b][/color][/quote] Contafer: El compañero ya lo aclaro.... Salu2!!!!
Tópico: Impuesto cedular entidades federativas
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 11:39:49 Asunto: Re: Impuesto cedular entidades federativas
Okay, Lobo...Gracias por ilustrarme...Es bueno saber que en otros Estados si lo aplican... Salu2!!!!

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