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Tópico: Requerimiento SAT por deposito en efectivo
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 27, 2011 18:27:12 Asunto: Re: Requerimiento SAT por deposito en efectivo
[b]Mextax: [quote]'...Mi duda es si ese deposito [color=red]que [u]el[/u] recibio [/color]por la [color=blue]venta del terreno[/color], [color=blue]que era de su esposa[/color] y que la esposa entró a traves del notario, puede justificarse ante el SAT mediante un escrito o como creen que deba proceder a contestar el requerimiento?...'[/quote] [quote]'...en este caso no se trata del IDE, ya que este impuesto si fue retenido por el banco. [color=blue]El sat lo que le está requiriendo es el Impuesto sobre la renta por ese deposito o ingreso.[/color] [/quote] Según mi apreciación, el medio para aclarar su situación es entrando al portal del SAT en 'Regularización del ISR', elige: 'servicios' y posteriormente: 'aclaraciones'... Ahí elegiría la opción de su 'principal origen de sus ingresos'... Posteriormente, el mismo sistema lo estaría guiando para su caso hasta llegar a indicar de quién proviene el ingreso...Que en este caso, proviene de la esposa... Como dice que la esposa hizo todo correcto ante notario y éste le retuvo, seguramente no tendrá ningún problema con el SAT cuando éste genere la investigación correspondiente hacia su esposa...Aunque,[color=red] para el caso de ella, no está demás que consulte el Art. 109 F-XV y Art. 175 3er párrafo, ambos de la LISR... Digo, para que también ella esté preparada.[/color] Salu2!!! [/b]
Tópico: Regularizacion de ama de casa ISR 2009
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 27, 2011 16:31:44 Asunto: Re: Regularizacion de ama de casa ISR 2009
[b]Hola, Choco75: [quote]'...A una[color=red] ama de casa [/color]le llego una carta de regularizacion... [color=blue]el SAT la quiere inscribir en el RFC[/color]. [color=red]Su esposo le daba dinero en efectivo para el gasto de la casa.[/quote][/color] Se trata de [color=red]'una ama de casa'...[/color]Por tanto, [color=blue]OBLIGACION [/color] de inscribirse al RFC No la tiene (Art. 27 CFF). [quote]¿que puedo manifestar a su favor y como? ¿como le hago para comprobar el esposo sacaba dinero para la casa, una parte era para su cuenta y otros para otros pagos? En concreto que puedo hacer o que debo argumentar para no pagar injustamente el ISR determinado.?[/quote] Sólo entre a la página del SAT, en el sitio: [color=blue]'Regularización del ISR', [/color]seleccione. [color=blue]'Servicios'[/color] y posteriormente: [color=blue]'Aclaraciones'... [/color]Ingrese el No. de folio de su carta invitación y luego 'marque' el '[color=blue]principal origen de sus ingresos por depósitos en efectivo'[/color] que la ama de casa obtuvo...Que en su caso, marcaría [color=red]'OTROS'... [/color]Luego, le desplegará otra pantalla y le pondrá: [color=red]'GASTO FAMILIAR'....[/color]Por último, seleccione la 'fuente de ingreso de origen familiar', que en su caso fué: [color=red]ESPOSO[/color]..Y !Listo!...le da 'ENVIAR'.... y le darán un folio del acuse.... Esta es la liga: [url]http://www.sat.gob.mx/regularizacion_isr/[/url] Por último, dice usted: [quote]'Su esposo se dedica [color=blue]a arrendamiento de inmuebles[/color]...'[/quote] [color=blue]Si dicho contribuyente tiene todo en regla, no hay de qué preocuparse entonces[/color],..Usted estará manifestando de manera correcta dicha aclaración...Si la información fuese errónea, seguramente entonces la autoridad se lo hará saber mediante alguna notificación. Salu2!!![/b] [i]Editado: Diciembre 27, 2011 16:32:25[/i]
Tópico: Anual Salarios?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 22, 2011 12:33:33 Asunto: Re: Anual Salarios?
[b]Enrique: [quote]'....Por lo que [color=red]concuerdo TOTALMENTE con el funcionario del SAT[/color], acerca de su apreciacion: [color=blue]Si debiesen declararse de manera [u]conjunta[/u] los ingresos anteriormente señalados.[/quote][/color] Hola, Enrique... Según el autor del tópico, el funcionario del SAT [color=red]sólo[/color] le está pidiendo la [color=blue]DECLARACION anual de SALARIOS[/color]...[color=blue]No por la del repeco[/color]...Ni en manera conjunta... Además, por lo expuesto señalado por el compañero, informa que éste [color=blue]NO[/color] rebasó la cantidad para [color=blue]DECLARAR[/color] la de salarios, y que inclusive, fué el patrón quien presentó dicha informativa....¿Cuál sería el sentido de presentarla 'doblemente'? ....Esto dijo el autor del tópico: Educanca: [quote]....y ahora nos comentan que [color=red]debimos[/color] de presentar nuestra [color=red]declaracion anual de salarios [/color]por nuestra cuenta, sin embargo [color=blue]los ingresos [u]de este rubro [/u]no rebasan la cantidad para estar obligado, [u]la presentó el empleador[/u]; realmente si esta obligado?[/color][/quote] Por otro lado, el autor del tópico no regresó para aclarar el 'por qué' el auditor le pide presente esta declaración... Lo cual, sería necesario para ver si 'posiblemente' cambie el rumbo de la respuesta... Pero, [color=blue]con los únicos datos que ha aportado[/color], en cuanto a [color=blue]DECLARACION por salarios se refiere[/color], si no cae en los supuestos del Art. 117 de la LISR, no tiene obligación de presentarla como tal, pues tan sólo la tiene como 'opción', de acuerdo al numeral del reglamento aportado por su servidora, que por cierto, justamente porque ya no regresó a dar el motivo del funcionario, le aporté numerales para su mayor comprensión... Por último, y bajo el tenor de lo que sólo él ha comentado, el último párrafo del Art. 175 de la LISR, comenta lo siguiente: [quote]'Los contribuyentes que [color=red]obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado[/color], [color=blue]estarán a lo dispuesto en el artículo [u]117 de esta Ley[/u]..[/color].' [/quote] [color=blue]Conclusión:[/color] 1.- Según lo expuesto por el autor del tópico, el auditor [color=red]NO[/color] le está pidiendo DECLARACION por Repecos...Ni de manera conjunta (Salarios y Repeco) .. [color=red]Sólo[/color] le está pidiendo la [color=red]DECLARACION por sueldos...[/color] 2.- Él dice que [color=red]por sueldos NO rebasa el límite [/color]para presentarla por su cuenta... [color=red]Ádemás[/color], ya fué presentada por su patrón. 3.- Mientras no caiga en los demás supuestos del Art. 117, como obligación por presentarla, NO la tiene... 4.- Dicho está demás el último párrafo del Art. 175 de la LISR. Salu2!!!![/b]
Tópico: GUARDERIA O ESTANCIA INFANTIL SEDESOL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2011 20:01:34 Asunto: Re: GUARDERIA O ESTANCIA INFANTIL SEDESOL
[b]EXCALIBUR: Hola... Sólo para tomarse en cuenta: [color=blue]SECCIÓN III DEL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Artículo 137. [/color] [color=red]Las personas físicas [/color][u]que realicen actividades empresariales[/u], [color=blue]que únicamente [u]enajenen bienes o presten servicios[/u][/color], [color=red]al público en general,[/color] [color=blue]podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección[/color], siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2’000,000.00. Salu2!!![/b]
Tópico: Presentación de ISR en forma trimestral
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 20, 2011 19:43:19 Asunto: Re: Presentación de ISR en forma trimestral
[b]Hola... Seguramente es Persona Moral: [color=blue]Art. 14 LISR:[/color] '....[color=blue]Tratándose del segundo ejercicio fiscal[/color], [color=red]el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio[/color], y se considerará el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses. Respecto a todas sus dudas, le recomiendo analice este mismo artículo completo.[/b]
Tópico: Anual Salarios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 16, 2011 17:35:58 Asunto: Re: Anual Salarios?
[b]Educanca: A reserva que nos indique el fundamento del auditor, le dejo esto que quizá pueda servirle: [color=blue]CAPÍTULO X De la Declaración Anual RLISR:[/color] [color=red]Artículo 238.[/color] Las personas físicas que [color=blue]únicamente[/color] obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado [color=blue]y que no se encuentren obligadas a presentar la declaración anual a que se refiere el artículo [u]175 de la Ley[/u],[/color] [color=red]podrán[/color] presentarla siempre que en la misma derive un saldo a su favor como consecuencia de la aplicación de las deducciones previstas por las fracciones I o II del artículo 176 de la Ley. Por último, le sugiero también analice el Art. 175 de la LISR. Salu2!!![/b]
Tópico: Tratamiento fiscal expendio cerveza
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 16, 2011 13:52:57 Asunto: Re: Tratamiento fiscal expendio cerveza
[b]Taxista: [quote]'...alguno de uds. tiene experiencia en llevar contabilidad de [color=red]expendios[/color]? [u]cual es el tratamiento del costo de ventas[/u]?.[/quote] Hola, Taxista: ¿Cómo está registrado el contrbuyente? Le comento esto porque la mayoría de los expendios, les solicitan que quienes se van a encargar del expendio, se registren como comisionistas (personas físicas)...Pero, como usted pregunta por el tratamiento del costo de ventas, de ahí mi duda...¿Podría abundar por favor? Salu2!!!![/b]
Tópico: Anual Salarios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 15, 2011 18:25:15 Asunto: Re: Anual Salarios?
[b]Okay... Me quedaré con esto: [quote]'...Me parece que [color=red]somos profesionales.'[/quote][/color] Salu2!!![/b]
Tópico: Anual Salarios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 15, 2011 17:31:33 Asunto: Re: Anual Salarios?
[b]Hugo: [quote]'La respuesta esta ya escrita en forma correcta...'[/quote] Hola, Hugo...¿Algún problema con mi comentario?...Le recuerdo que No siempre las respuestas escritas están de forma correcta... Y no lo digo por la acertadísima respuesta de ngm. Por favor, si tiene algo contra mí, lo invito a que me lo haga saber de manera directa, ¿Sale? Perdón, Educanca por desviarle el tópico. Salu2!!![/b] [i]Editado: Diciembre 15, 2011 17:32:01[/i]
Tópico: Anual Salarios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 15, 2011 16:51:10 Asunto: Re: Anual Salarios?
[b]Educanca: [quote]'....tributa bajo el regimen de pequeño contribuyente [color=red]y esta como asalariado a la vez[/color], la autoridad le esta auditando, y ahora nos comentan [color=red]que debimos de presentar nuestra declaracion anual de salarios por nuestra cuenta[/color], sin embargo [color=red]los ingresos [/color]de este rubro [color=red]no rebasan la cantidad [/color]para estar obligado, [color=blue]la presentó el empleador[/color]; realmente si esta obligado?'[/quote] Hola... Tal como lo plantea, por supuesto que [color=red]NO está obligado[/color]... [color=red]El Art. 117, F-III a) LISR[/color], establece que existe la obligación de presentar declaración anual ' cuando ADEMAS obtengan[color=blue] INGRESOS ACUMULABLES [/color]distintos de los señalados en este capítulo'... Por tanto, recuérdele al auditor que[color=blue] NO todos los ingresos que se obtienen de los demás capítulos son acumulables[/color]... Como es el caso de los Repecos, ya que éstos pagos tienen el carácter de DEFINITIVOS. [color=red]Conclusión:[/color] No está obligado a presentar su declaración anual por sueldos y salarios...Salvo, que se encuentre en los demás supuestos que marca el Art. 117 comentado anteriormente...Que no lo creo porque comenta que No superó los ingresos y además, su patrón la presentó. salu2!![/b] [i]Editado: Diciembre 15, 2011 16:54:54[/i]

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