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Tópico: Pago en una sola exhibicion
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2009 19:38:42 Asunto: Re: Pago en una sola exhibicion
pues asi definidito definito como lo quiere ver, no lo va a encontrar, echele otro vistazo a lo que comento Hugo Salu2!!!
Tópico: Pago en una sola exhibicion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2009 18:41:44 Asunto: Re: Pago en una sola exhibicion
Asi es...totalmente de acuerdo....Art. 14 del CFF para nada que ver con las parcialidades, solo enajenaciones a plazo....
Tópico: Facilidades Administrativas
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2009 16:45:20 Asunto: Re: Facilidades Administrativas
jajajaja...Gracias, Hugo por levantarme siempre el animo....Reciba un cordial saludo!!!!
Tópico: Pago en una sola exhibicion
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2009 16:34:51 Asunto: Re: Pago en una sola exhibicion
Bueno Miguel, Mire, yo tambien para cerrar mi participacion en este topico, solo un comentario: En lo que respecta al Art. 14 del CFF si da o no la definicion de pagos en parcialidades... yo siempre he tenido claro que usted siempre ha mantenido esa postura de que si la da, dado que lo he observado en otros topicos y sinceramente le respeto su opinion...Pero en lo particular, pues yo nunca la he compartido....Cosa de cada quien....Y bueno, de lo que yo iba a opinar referente a su comentario, pues ya lo hizo Alberto...llegue muy tarde (y ademas me ahorre en escribir jajaja)... pero es asi exactamente como yo tambien aprecio el Art. 14 del CFF antepenultimo parrafo , mismo que en mi opinion define las enajenaciones a plazo y que estas a su vez, nos da la opcion de que sean diferidas o en parcialidades...dependiendo la opcion que se elija sera la manera en como se acumulara el ingreso segun el Art. 18 FIII 2do parrafo de la LISR ya que en mi opinion, de no contar con estas opciones, entonces la obligacion seria de acumular todos los ingresos, incluyendo las ventas a credito...claro, hablando que se trata obviamente de una persona Moral.... Pero bueno, en lo personal como lo comente en mi anterior participacion y con el respeto que usted se merece, soy de la opinion que este Articulo en mencion no tiene nada que ver con lo que se plantea en este topico, pero en fin....Cuestion de enfoques... Buen fin de semana a todos!!!!!
Tópico: Pago en una sola exhibicion
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2009 19:30:55 Asunto: Re: Pago en una sola exhibicion
[b]Concuerdo con lo que comenta Alberto...Y referente al Art. 14 antepenultimo parrafo del CFF que se mencionaba, tambien estoy en total de acuerdo que no le aplica al caso expuesto, dado que como acertadamente lo comenta el mismo compañero, dicho articulo define lo que debe entenderse por una 'enajenacion a plazo' y no un pago en parcialidades... dos conceptos distintos y por cuya importancia debe establecerse la diferencia entre ambas: 1.- Que mientras se realiza LA ENAJENACION A PLAZO, uno de los requisitos principales es que se efectue con el publico en general y justo por ello se emitan comprobantes simplificados que no requieran ser impresos por las autoridades fiscales..Y en caso de emitir comprobantes fiscales con los requisitos fiscales, este se emita sin la separacion del IVA en los mismos...Y pues en el caso expuesto en este topico, es claro que no se ubica en este supuesto...Pues ni es enajenacion a plazo ni tampoco se realizo la venta al publico en general y por lo tanto, tampoco se le emitio un comprobante simplificado... 2.- De realizarse la enajenacion en PARCIALIDADES (excepto tratandose de contribuyentes que realicen operacines con el publico en general) , se estara en la obligacion de expedir comprobantes, los cuales deben estar impresos por personas autorizadas por el SAT y contener los requisitos que establece el Art. 32 FIII de la LIVA y 29-A del CFF ....De ahi la importancia de distinguir las diferencias entre la emision de un comprobante cuando se da el supuesto de enajenar a plazos y de otro cuando se cobre en parcialidades... Salu2!!!![/b] [i]Editado: Octubre 08, 2009 19:34:29[/i]
Tópico: Facilidades Administrativas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2009 18:25:48 Asunto: Re: Facilidades Administrativas
Hola, Corona: Habria que ver primeramente en que sector se encuentra usted para ver si le aplican o no las facilidades administrativas....Recuerde que dichas facilidades administrativas solo le aplican ya sea al sector de autotransporte y agropecuario (Primario) salu2!!!!
Tópico: Comprobantes Fiscales Digitales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 22:56:19 Asunto: Re: Comprobantes Fiscales Digitales
[b]Estimado Enrique: Ya di mi comentario basado en fundamentos en mi primera participacion...Bien o mal, pero con fundamento...Estaria muy bien que planteara el suyo en base a fundamentos tambien...Igual, puedo equivocarme...pero como usted entendera, el fundamento es el que habla...Por cierto...acaso no es usted uno de los que pregona a los 4 vientos que las participaciones en estos foros vayan respaldados con fundamentos, TAL CUAL COMO DEBE SER?....De hecho, yo apoyo esa postura con mis participaciones...Por lo tanto, si piensa corregirme, le voy a pedir de favor que lo haga con fundamentos, como debe ser...Y hasta entonces elogiare su 'loable, humilde y EDUCADA' manera de corregir....y creame, estare en la mejor disposicion de corregirme..... Salu2!!!![/b]
Tópico: PM vende a PF un vehiculo totalmente depreciado, ¿es obligación el cobro del iva por esta operación?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 18:55:40 Asunto: Re: PM vende a PF un vehiculo totalmente depreciado, ¿es obligación el cobro del iva por esta operación?
Saul: [b][quote][color=blue]'En la LIVA existe la factibilidad?'[/color][/quote] [/b] [b]Okay, Saul...Si lo que comenta va por mi comentario, lo asumo...No es la palabra correcta...El termino que debi haber empleado es : '...Por lo que SI esta obligado al pago de IVA'.....A veces uno da por hecho que se entiende lo que uno quiere decir por el contexto que ya se dio, aunque el termino, como repito, en este caso, fue el equivocado...Se me cruzaron los 'calbes',,, dijera mi hija jajajaja Gracias por la observacion....Salu2 cordiales!!!![/b]
Tópico: Cambio de Actividad es igual a cambio de regimen??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 17:32:31 Asunto: Re: Cambio de Actividad es igual a cambio de regimen??
Gabriela: [b][quote][color=red]'Muchas gracias por tus comentarios.'[/color][/quote] [/b] [b]De nada, Gaby...Gracias a usted...De hecho, ya estariamos hablando de un Aviso de actualizacion de obligaciones....aunque el concepto : 'cambio de regimen' tambien para mi es valido, es correcto....Ignoro si es contador o no, pero si de algo le sirve como proceder, se lo transcribo: Presentara un aviso de actualización de obligaciones y 'aumentar' (Por decirlo de alguna manera) honorarios asimilables a salarios.... No sin antes ponerse al corriente con sus obligaciones de honorarios.... Para poder hacer el trámite debe de ingresar a la página del SAT www.sat.gob.mx, de su lado derecho hay una opción que dice 'Mi Portal' va a capturar su RFC y su CIEC fortalecida. Se le va a habilitar otra pantalla nuevamente de su lado izquierdo hay una opción que dice 'Servicios por Internet' va a seleccionar esta opción. Del submenú va a elegir la liga de “Cambio de situación fiscal”....Después actualización de obligaciones y por último acceso a la aplicación....Obtendrá acuse de recibo con sello digital entre otros datos, la fecha de presentación y el número de folio o en su caso, aviso de rechazo con los motivos que lo generaron... Suerte con su tramite!!!![/b]
Tópico: PM vende a PF un vehiculo totalmente depreciado, ¿es obligación el cobro del iva por esta operación?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 16:02:13 Asunto: Re: PM vende a PF un vehiculo totalmente depreciado, ¿es obligación el cobro del iva por esta operación?
VIAJERO: [b][quote][color=red]'PM vende a PF un vehiculo totalmente depreciado, ¿es obligación el cobro del iva por esta operación?'[/color][/quote] [/b] [b]Asi es....Puesto que se esta dando una enajenacion... aunque el bien (por decirlo de alguna manera) en sus libros 'ya no tenga valor' por estar totalmente depreciado, eso no significa que no habra una 'enajenacion'....Ademas de que usted al momento de venderlo 'ya le esta dando un nuevo valor' [color=blue]Art. 1 FI de la LIVA establece que: [/color] 'Estan obligadas al pago del IVA las personas fisicas y morales que en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes: [color=blue]FI.- ENAJENEN BIENES[/color]. [color=blue]Art. 14 CFF: CONCEPTO DE ENAJENACION DE BIENES:[/color] 'Se entiende por ENAJENACION DE BIENES: FI.-TODA TRANSMISION DE PROPIEDAD, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado. Ademas: [color=blue]ART. 9 LIVA: EXENCIONES TRATANDOSE DE ENAJENACION:[/color]'[color=red]NO [/color]se pagara el impuesto en la enajenacion de los siguientes bienes: [color=red]FIV.- BIENES MUEBLES [u]USADOS, A EXCEPCION DE LOS ENAJENADOS POR EMPRESAS[/u]'.[/color] ...y como vemos: Ademas de encontrarnos en una 'Enajenacion de bienes', dicho vehiculo es USADO y es vendido por una persona Moral (Que supongo realiza Act. Empresarial)...por lo que SI es factible de cobrar dicho IVA..... SALU2!!!! [/b] [i]Editado: Octubre 07, 2009 16:04:12[/i]

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