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Tópico: Exportacion de Fruta
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2009 13:06:14 Asunto: Re: Exportacion de Fruta
Hola, buen dia!!! Hace unos dias, se habló de esto...Le paso la liga y espero le sirva en su caso... Salu2!!! http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=37418&idCat=10
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2009 12:48:22 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
[b]Chavalon: [quote]'....y no te pierdes en banalidades que nada tienen que ver con el tópico..........¡¡Te felicito !!'[/quote][/b] Hola, Buen dia!!!! Hijuela, nada fácil por cierto.... En cuanto a la felicitación....Le reitero exactamente lo mismo y aprovecho de una vez para encomiarlo a que continúe usted con esa excelencia en sus participaciones, pues desde que lo empecé a leer, lo he caracterizado precisamente por eso.... Gracias y buen dia!!!! pd. Nos leemos en el siguiente tópico...jajajaja
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2009 19:15:22 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
[b]Hola. Buena Tarde a todos los foristas!!!! Chavalón: Nuevamente le agradezco lo expuesto en su última participación. De hecho, todo lo que comentó estoy totalmente de acuerdo....Incluyendo que la Devolución de Crédito al salario si pueda ser susceptible de que sea mensual....Que era aquí donde difería.... Si de algo sirve mi comentario: Nosotros en lo particular, cuando hicimos el tramite de devolución del crédito al salario, lo hicimos a nivel anual y no mensual y gracias a Dios no tuvimos un percance referente a que la autoridad nos haya solicitado fundamento para solicitarlo de esa manera...Tal vez, por eso, no había reflexionado que tambien pudiera ser mensual....Además que, entre otras cosas lo que sí nos solicitaron fue el Anexo 1 de la declaracion informativa multiple que se presenta cada año, y ya ve que en dicha declaración nos pide a detalle de los pormenores del crédito al salario...Así que con esta información solicitada, pues menos uno repara en pensar que pueda ser susceptible que tambien pueda ser mensual... Por último, aún así, no quise quedarme con la duda y quise saber cual era la postura de la autoridad, por lo que estuve el día de hoy haciendo varias llamadas al SAT con diferentes asesores (Ya ven que no siempre dan las mismas opiniones y respuestas) y cosa curiosa que todos los que me respondieron coincidieron que la autoridad sólo reconoce que dicho tramite debe ser presentado de manera anual y no mensual....Se sustentaron en el criterio 600-04-02-2008-77251 aprobado en Diciembre (Que por cierto, dice lo mismo en el criterio que usted plasmó en su primer participación: 8/2008/ISR)....Ellos argumentan que como en dicho criterio hace alusión a que por el crédito al salario CADA AÑO, debe presentarse su declaracion informativa, de la misma manera debe presentarse entonces el trámite de su devolución para que guarde congruencia.... Ya lo analicé y si, si habla del Art. 118 y 119...Pero también habla del Art. 22 del CFF, que considero que aquí es donde está el punto fino que Chavalón acertadamente aportó...y que no debe perderse de vista si se desea presentar el trámite de manera mensual...Además de que explicitamente no indica si deba ser mensual o anual.... Salu2!!! y Gracias Chavalón....Un placer interactuar con usted....Todos los dias se aprende algo... [/b]
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 18:54:26 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
Gracias, Hugo....Pero esperemos mejor si el sentido va por la cuestion mensual... Saludos y que pase buena noche!!!!
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 18:15:29 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
.....y es que, resulta difícil 'adivinar' el enfoque del tema si el autor del tópico no pone comas, puntos...todo de corridito...yo lo estoy viendo por este lado....Vamos a ver que dice el creador del tópico....
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 18:05:29 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
[b]Hugo: [quote]'Lo que pasa que [color=red]el SAT [/color]mañosamente [color=red]le pide un fundamento al suscrito que no esta estipulado en la ley[/color], desconocemos mas datos al respecto, y que no ha aportado el autor del topico, pero independientemente de eso...[color=red]no existe en la ley la devolucion de cas en forma mensual.[/color]....., si acaso esta lo estipulado en el tercero transitorio F-VI. LISR, .pero, dicho numeral se refiere al acreditar hasta agotar el CAS, no propiamente devolucion........'[/quote][/b] Hola, Hugo, Buena Tarde: Efectivamente, el CAS no se solicita de manera mensual....Por eso, el SAT ANTES de rechazarle su devolucion (Porque por lo que leo, aún no se la ha rechazado),le está solicitando precísamente ese fundamento de solcitarlo MENSUAL.....Cosa que, hasta donde sé, no la hay...y por tal motivo, después vendría la negativa por parte de ellos para rechazarla..Así, con las 'manos limpias' como dijera cierto Presidente....A mi ver, eso ese es el punto medular que le esta solicitando: 'Fundamento legal para solicitar en devolucion el Credito al salario de MANERA MENSUAL'...y no propiamente si procede o no tal devolucion por tratarse de un credito al salario.... [b][quote][color=red]'....por eso para poner en jacke mate al fisco hay que ir al procedimiento contencioso con las tesis y criterios aportado por Chavalon, entre otras cosas que considere el aboganster.............'[/color][/quote][/b] Está bien en irse preparando por si se ofreciera...Puesto que es muy sabido que la autoridad rechaza este tipo de devoluciones argumentándose 'dizque' en el Art. 22 del CFF...Pero bueno, eso sería en el supuesto de ser rechazado por tal motivo...Ahorita, por lo que leí, según yo, le estan pidiendo 'Peras al Olmo'...Fundamento que según yo, no existe...Y Como no va a ver tal fundamento, procederá su rechazo....Después de eso, lo volverá a solicitar ya no de manera mensual, sino en su totalidad....Y hasta entonces, 'puede' que tal vez el SAT le solicite ahora sí el fundamento que acertadamente aportó Chavalon...Aunque bueno, como dice usted, faltan datos, pero por lo que plasmó el autor del tópico, estoy emitiendo mi comentario en base a que le están pidiendo fundamentación por la 'solicitud de devolucion mensual' y no por otra cosa más... ggoagd: [b][quote]'SOLICITE UNA DEVOLUCION POR CONCEPTO DE CREDITO AL SALARIO Y LA AUTORIDAD YA ME CONTESTO DENTRO DE LOS REQUERIMIENTOS [color=red]ME ESTA SOLICITANDO EL FUNDAMENTO LEGAL EN EL CUAL ESTABLECE QUE [/color]EL IMPORTE PAGADO A LOS TRABAJADORES POR CONCEPTO DE CREDITO AL SALARIO DEL MES QUE SOLICITO LA DEVOLUCION [color=red]ES SUSCEPTIBLE DE DEVOLUCION [u]EN FORMA MENSUAL [/u][/color]LES AGRADEZCO SU AYUDA'[/quote][/b] Vamos a esperar a que el autor del tópico nos aclare si es asi.... Salu2!!!!
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 14:54:46 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
ggoagd: [b][quote]'SOLICITE UNA DEVOLUCION POR CONCEPTO DE CREDITO AL SALARIO Y LA AUTORIDAD YA ME CONTESTO DENTRO DE LOS REQUERIMIENTOS [color=red]ME ESTA SOLICITANDO EL FUNDAMENTO LEGAL EN EL CUAL ESTABLECE QUE EL IMPORTE PAGADO A LOS TRABAJADORES POR CONCEPTO DE CREDITO AL SALARIO [u]DEL MES QUE SOLICITO LA DEVOLUCION [/u]ES SUSCEPTIBLE DE DEVOLUCION [u]EN FORMA MENSUAL [/u]LES AGRADEZCO SU AYUDA[/color]'[/quote][/b] [b]Hola, ggoagd: Y por qué mensual? Que no debe solicitarse en SU TOTALIDAD????[/b] sALU2!!
Tópico: CREDITO AL SALARIO
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 13:56:40 Asunto: Re: CREDITO AL SALARIO
Excelente, Chavalon!!!!! Ya lo extrañaba!!!! Reciba un saludote desde estas tierrras!!!!!
Tópico: ¿Asalariados pueden acreditar o compensar el IDE?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2009 13:53:44 Asunto: Re: ¿Asalariados pueden acreditar o compensar el IDE?
[b]cmvdominguez: [quote]'Saludos memoli.....'[/quote] Hola, Dominguez.....Igualmente, reciba un saludo!!!!! Mava: [quote]'Gracias por sus aportaciones considero que son de mucha utilidad'[/quote][/b] Al contrario...Gracias a usted....Salu2!!!!
Tópico: ¿Asalariados pueden acreditar o compensar el IDE?
memoli

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 27, 2009 19:13:59 Asunto: Re: ¿Asalariados pueden acreditar o compensar el IDE?
cmvdominguez: [b][quote]1. Al ser asalariado los ingresos que debe tener deben ser por esa actividad, [color=red]pero si el IDE se causo por [/color]que deposito no se [color=red]un prestamo [/color]que le dieron por 50,000.00 , para lo que sea, [color=red]podriamos acreditar el ide[/color], [u]aunque ese impuesto no provenga de un ingreso, por una actividad indispensable para su regimen.????[/u][/quote][/b] Hola, Buena Tarde: Que cosas....Por un lado, la autoridad impone causar el IDE por las operaciones que al efecto lo causen y a TODAS las personas físicas o morales, sean contribuyentes o no, amas de casa, estudiantes, padres de familia....Pero a la hora de la hora de que el contribuyente busca la manera de recuperarlo, le ponen mil trabas: Que primero debe ser con cierto impuesto, luego con otro, que debe llevar un orden: primero acreditarse, luego compensarse, despues solicitarlo en devolucion...que si lo va a solicitar en devolucion el contador debe ser registrado, que si no hasta en la anual.....ups!!!!...Perdon, contestando a su pregunta: por qué no habria de poderse acreditar? Sólo por que no proviene de la actividad propia del contribuyente?.....Caray...Tengalo por seguro que sólo por 'ese detallito', la autoridad le va a cuestionar el por qué de la fuente del deposito que originó el IDE...Pero fuera de ahi: Si, si puede acreditarlo si tiene ISR a cargo...El Art. 7 de la LIDE sólo le establece que si tiene ISR a cargo en dicho ejercicio, podrá acreditarlo...dejando fuera el 'origen' del deposito que causó tal impuesto...Que puede ser controversial....ese es otro cantar..... Salu2!!!

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