Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de memoli

Autor Mensaje
Tópico: depresiación contable o fiscal para la utilidad por venta de activo
memoli

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2010 14:09:14 Asunto: Re: depresiación contable o fiscal para la utilidad por venta de activo
[b]Katy: [color=maroon][quote]'...que costo tomo [u]para la utilidad fiscal [/u]por venta de activo fijo, la contable [u]o la fiscal.[/u] pregunte en el sat y solo me comentaron que la depreciación del art. 40. pero en si no me solucionaron nada'[/quote][/color] [/b] Hola, Katy: A como está redactada su pregunta, le pudiera responder así, en términos vago y escueto: Lo que tenga que ver con cuestion fiscal, toma lo fiscal (como se lo subrayé), y lo que tenga que ver con la cuestión contable, con lo contable...Podría darnos más elementos para darle una respuesta más acertada y completa? De cualquier manera, consulte los siguientes artículos, le servirán para despejar un poco más sus duda: Art. 27, 37 6to párrafo, 121 FXI LISR, Art. 123 FIV, 125 FIII y VII, 174 2do párrafo LISR...Y para IVA: Art. 32 Salu2!!!
Tópico: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
memoli

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2010 22:04:24 Asunto: Re: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
[b]dominguez: [quote]'Gracias por la respuesta memoli....Saludos igualmente'[/b][/quote] Al contrario, gracias a usted!!!! E igualmente Salu2!!!!
Tópico: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
memoli

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2010 15:02:41 Asunto: Re: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
Johaly: [b][quote]'....mi duda es: si estoy haciendo la declaración informativa del ejercicio 2009 debo de reportar los ingresos del 2008 o del 2009?'[/quote][/b] Hola: Debe reportar los ingresos del 2009. Así es, Chavalón, la mejor alternativa es presentar dicha informativa....(Saludos) Hugo: Tiene razón en su planteamiento, pero en lo personal, la experiencia que yo he tenido con el estado no crea que ha sido 'muy grata', de hecho, con el respeto que se merece la autoridad a veces son 'muy cerrados' y desde que se le mete una cosa en la cabeza, se aferran a ella y para sacarlos de ahí está 'kbrn'...Yo preferiría en todos los casos, mejor cumplir con lo que me marca la Ley y no con el decreto y evitarme tanta desgastadera que no me traería nada bueno, (si se ofreciera, claro).....Además tomar en cuenta el factor: 'costo-Beneficio-Tiempo'... Otra cosa, , si mal no recuerdo, cada año, la autoridad emite una 'nueva modificación' para que esta declaración se exima y no sea presentada. Este año, no tendría por qué ser la excepción, pues por lo que usted comenta encajaría perfectamente la razón de que sea eximida... Muy respetable su opinión...Ahora si, Johaly sabrá que decisión tomar, esperemos sus comentarios...Saludos cordiales Hugo!!!!!! y que pase un EXCELENTE DIA!!!! PD.- En todo caso, mejor que acuda al Estado y que se cerciore el 'criterio' que están tomando...Pero la verdad, aún así yo no me arriesgo...En fin.... SALU2 A TODOS!!!! :smile::smile: [i]Editado: Enero 25, 2010 15:05:00[/i] [i]Editado: Enero 25, 2010 15:08:47[/i]
Tópico: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
memoli

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2010 12:28:34 Asunto: Re: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
Hola, aqui dando lata de nuevo, jajajajaj Asi es Chavalón, el fundamento que aporté es muy específico en cuanto al ejercicio (2008)....Pero tambien es cierto, que dicho decreto no ha sido derogado a la fecha, por lo que se 'pudiera presumir' que le sea aplicable para 2009.... Sin embargo, en mi opinión muy personal, mientras no se modifique el decreto, de manera muuuuuuuy conservadora yo si presentaría tal declaración, puesto que dicha obligacion, me la establece de manera directa el Art. 137 4to parrafo de la LISR, y el decreto en mención me da la facilidad de no presentarla, pero solo para el ejercicio de 2008.... Las opiniones ya fueron dadas y por cierto, opiniones encontradas, pero vamos a ver que decisión toma el autor del tópico.... Salu2, Chavalón!!!! [i]Editado: Enero 23, 2010 12:30:56[/i]
Tópico: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
memoli

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2010 19:49:03 Asunto: Re: Anexo 7 de declaración informativa múltiple
Johaly: Verifique el Art. 2do. del Decreto del 27-02-2008....Voy de salida, pero creo que la obligación de presentar dicha informativa estaba 'relevada' de presentarla hasta 2008... si no le han contestado respecto a esto, le informo el día de mañana con más precisión. Salu2!!!!
Tópico: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
memoli

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2010 17:15:41 Asunto: Re: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
cmvdominguez: [b][quote]'....creo que la ley no distingue del tipo de presentacion de la diot[color=navy]( con o sin operaciones), asi que para mi, si cumpli presentando las diot y no debo presentar clientes y proveedores[/color].'[/quote][/b] Hola, dominguez: Efectívamente asi es. Salu2!!!!
Tópico: FACILIDAD DE NO PRESENTAR DECLARACIONES INFORMATIVAS
memoli

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 03:32:52 Asunto: Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR DECLARACIONES INFORMATIVAS
[b]Tópico: FACILIDAD DE NO PRESENTAR [color=red][u]DECLARACIONES INFORMATIVAS[/u][/color][/b] [b]emorales: [quote]'... ALGUIEN ME PODRIA PROPORCIONAR EL NUMERO DE RESOLUCION QUE DA LA FACILIDAD DE NO PRESENTAR LA [color=red][u]INFORMACION ESTADISTICA EN CEROS DE HONORARIOS Y ARRENDAMIENTOS[/u][/color][/quote] [/b] Hola, Buena madrugada!!!! Declaraciones informativas o Estadística en Ceros (Ahora: 'Informacion de las razones por las cuales no se realiza el pago')?....De honorarios y Arrendamiento de qué? ISR o IVA Retenido?...Algo confuso... Salu2!!!!
Tópico: describirse detalladamente ......
memoli

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 03:20:40 Asunto: Re: describirse detalladamente ......
[b]Lobozac: [quote]'...Y ES QUE TODAVIA EN ESTE MILENIO,..........HAY CONTRIBUYENTES QUE DICEN,....'QUE , LE ANOTO, PRODUCTOS VARIOS ?..........Y EL OTRO BABOTAS DICE,...........SI'[/quote][/b] Así es...Y si está en este supuesto?....(Considerando que dicho numeral habla de la 'DESCRIPCION DE LA MERCANCIA)'...Mismo Artículo... [b]RCFF Artículo 50.- Para los efectos del artículo 29-A, fracción V del Código, [color=red][u]la mercancía[/u] deberá describirse detalladamente[/color] considerando sus características esenciales como marca, modelo, número de serie, especificaciones técnicas o comerciales, entre otras, a fin de distinguirlas de otras similares. [color=red]Se considera [u]que se cumple con el requisito[/u] de anotar en los comprobantes [u]los datos referentes [/u][/color]a la cantidad y [color=red][u]clase de la mercancía[/u] que amparen[/color], así como el valor unitario, [color=red]cuando se anexe al comprobante la tira de auditoría de las máquinas, equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal que se utilice[/color] para el registro de las ventas, [color=red]en las que [u]se distingan las mercancías en diferentes clases[/u] y[/color] en el comprobante fiscal que al efecto se expida se anote el número de operación y la fecha de la misma que aparezcan en la tira.[/b] Salu2!!!! [i]Editado: Enero 21, 2010 03:23:27[/i]
Tópico: dimm 2010
memoli

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 02:40:23 Asunto: Re: dimm 2010
[b][quote]cpruben: OCTAVO. [color=red]Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF[/color], durante el ejercicio fiscal de 2009, [color=red][u]se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2009[/u][/color]. Derivado de lo anterior, las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5. y las personas físicas presentarán la información en los términos de la regla I.5.1.6. si estoy en este supuesto ya no tengo obligacion de presentarla?[/quote][/b] Así es...si está en el supuesto que dice el artículo no tiene obligación de presentar la declaración de clientes y proveedores.
Tópico: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
memoli

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2010 02:31:43 Asunto: Re: NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROVEEDORES DEL 2009
[b]cplg: [quote]'De acuerdo con la autoridad [color=navy]las DIOT se tienen que presentar [u]en tiempo y forma para no presentar la de clientes y proveedores[/u].[/color]...Ustedes que opinan?'[/quote][/b] [b]Lobozac: [quote]'YO OPINO QUE...............[color=navy]Y LA ESPONTANEIDAD [/color]?'[/quote][/b] [b]Enrique: [quote][color=navy]'Pienso que [u]la espontaneidad [/u]funcionaria solo mientras las facilidades esten vigentes.....[/color][color=red](??????)[/color] Y si las facilidades no limitan el cumplimiento en otra fecha distinta. Despues de esa fecha [u]si las DIOTs no se presentaron, el contribuyente no tomo la opcion de las facilidades, ni tampoco cumplio con [/u]la presentacion de la declaracion informativa de clientes y proveedores.' [/quote] [/b][color=red]....De acuerdo....[/color] [b]Lobozac:[/b] [b][quote]'Pienso que la espontaneidad funcionaria solo mientras las facilidades esten vigentes.........[color=red]RESPETABLE[/color] PUES EN MI CASO NO 'PIENSO'............LA 'LEY' ES LA LEY......Y EL CODIGO TRIBUTARIO ES MUY CLARO..............Y EL CODIGO NO ES NINGUNA FACILIDAD....... LA LEY ES IMPERATIVA EN ESTE CASO CFF Artículo 73.- [color=red]NO se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea LAS OBLIGACIONES FISCALES fuera de los plazos señalados por[/color] las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:[/quote][/b] [b]Hola, Buena madrugada!!!! Considerando que de por sí ya es un tema que causa gran interés y más a menudo que se acerca 'la hora marcada' de presentar las informativas, quise darle continuidad por una 'inquietud' que me surgió y que me gustaría me despejaran la duda: Yo estoy de acuerdo que por la presentación de una declaración 'fuera de tiempo', espontánea, efectívamente no proceden las multas, de acuerdo al artículo 73 del CFF que se mencionó, como también estoy de acuerdo de que independientemente esté o no vigente alguna facilidad en mención, la espontaneidad... pues es la espontaneidad... Sin embargo, la pregunta que se planteó no fue precisamente que si por presentarse dicha declaración DIOT en forma extemporánea y espontanea, le aplicaría o no multa, o que por presentarse tambien fuera de tiempo esta declaración, la espontaneidad solo funcionaria estando las facilidades vigentes....Mas bien, la duda en cuestión fue la siguiente:[/b] [b]cplg: [quote]'De acuerdo con la autoridad [color=navy]las DIOT se tienen que presentar [u]en tiempo y forma para no presentar la de clientes y proveedores[/u][/color]....Ustedes que opinan?'[/quote][/b] [b]Retomando entonces la pregunta, considero a mi juicio, que la respuesta es: [color=red]SI[/color]. Esto en estricto apego al articulo Octavo de la 3ra RMF que plasmó Chavalón (Un saludo). De hecho, considero que si realmente deseamos apegarnos a dicho numeral, entonces las declaraciones DIOT de TODO el 2009, lo tendríamos que estar presentando a más tardar el día en que deban presentarse la declaración de Clientes y Proveedores (15 de Febrero...Y si es que no dan prórroga) para dar por cumplida dicha disposición, es decir: No presentar la declaración de Clientes y Proveedores........El fundamento (Del día 15) , está plasmado en dicho Artículo Octavo.. como estoy en casa, no me traje la Ley, pero creo que son los primeros artículos que menciona dicho numeral...cuestión de darle una checada para su corroboración...[/b] [b]CHAVALON: [quote]de acuerdo a lo señalado en la Tercera R.M.F. del 2009, [color=navy]los Contribuyentes que hayan presentado [u]durante TODO el 2009 las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros (DIOT) no están obligados a presentar la Declaración de Clientes y Proveedores por dicho ejercicio[/u][/color]: [color=navy]TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2009 Y SUS ANEXOS 5, 8, 15 Y 19[/color] OCTAVO. [color=navy]Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF[/color], durante el ejercicio fiscal de 2009, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2009. Derivado de lo anterior, las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5. y las personas físicas presentarán la información en los términos de la regla I.5.1.6. [/b][/quote] [b]Salu2!!!![/b]

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157