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Tópico: IVA EN VENTA DE MOBILIARIO DE OFICINA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 18:57:37 Asunto: Re: IVA EN VENTA DE MOBILIARIO DE OFICINA
Todos los activos fijos SON SIMILARES, no son iguales tratamientos pero si parecido Los activos fijos presentan 2 partidas o mas bien 2 vias de deducion 1.- la depreciacion del ejercicio (la que se actualiza, pero hay limites a depreciar) 2.- lo que no se deprecio es el costo fiscal de activo fijo que lo podras actualizar y deducir pero hasta la anual del ISR. La partida 2 si hubiera remanente por deducir, este es el costo fiscal de activo fijo y en la anual NO ACUMULAS LA VENTA, ACUMULAS LA UTILIDAD FISCAL y es lo que procede en la anual. Si sale perdida, pues ya te la aplicas en la anual
Tópico: Criptomonedas
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 18:49:08 Asunto: Re: Criptomonedas
Las criptomonedas se declaran bajo el regimen de Ingresos por Intereses. Cuando se cobren o se paguen estos se acumulan o se deducen
Tópico: PROCESO MORSA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 18:46:23 Asunto: Re: PROCESO MORSA
En mi experiencia sucedio algo similar 1 mes si quedo en este MORSA Pasaron los dias y de repentente se regularizo en 7 dias despues en estado revision tradicional, ya pudimos imprimir el acuse, que tampoco me lo arrojo en su momento, y si nos devolvieron el monto. Pero supuestamente es un programa que busca minimizar los riesgos de que sean apocrofifo el saldo a favor. Debes contar con pagos de transferencias, cfdi, diots, declaraciones, estados de cuenta conciliados, habiendo todo lo anterior me parece que el MORSA se regulariza y quedaria liberado el saldo a favor para revision. que fue lo que nos sucedio a nosotros.
Tópico: aviso aplicacion estimulo fiscal de iva
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 17:31:04 Asunto: Re: aviso aplicacion estimulo fiscal de iva
ok si se me escaparon ese tipo de estimulos fiscales. Es por un decreto. El detalle hasta donde se ese estimulo se afecta desde la causacion del impuesto y no dentro de los formularios a modo de liquidar un pago por medio de un estimulo Por ejemplo de acreditarme el IESP de diesel vs pago anual de ISR. Causo el ISR y le descuento un pago por acreditamiento de diesel y esto se hace por formulario. Con iva jamas lo he visto de esta manera....
Tópico: Traslape con Enero 2022 de última Nómina Semanal Diciembre 2021
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 17:26:03 Asunto: Re: Traslape con Enero 2022 de última Nómina Semanal Diciembre 2021
No vienen haciendo en este ejercicio algunas auditorias por VIGILANCIA PROFUNDA y esto ha sido una situacion frecuente. 1.- Recomiendo TIMBRAR LOS RECIBOS dentro del mismo mes en que fueron pagados toda la nomina. No se hace asi, habran problemas con estas revisiones 2.- Se timbran en destiempo, esto tambien afecta en el pago de impuestos, SEGUN LA PERSPECTIVA DEL SAT. 3.- Mi perspectiva es que no afecta, el tiempo en que debe cubrirse las retenciones. La comprobacion se convalida de manera tardia, debo cubrir las retenciones SUPUESTAMENTE CON LA ANTICIPACION. No es anticipacion, es la fecha que procederia conforme al mes posterior a la fecha del PAGO de nominas y no al mes siguiente de la comprobacion... se pagaria otro mes de retraso. Para mi postura es pagar conforme al pago. 4.- Es verdad llegara posiblemente la revision profunda se señala que se realizo la comprobacion de manera tardia, pero el pago de retenciones esta conforme a derecho.
Tópico: aviso aplicacion estimulo fiscal de iva
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 17:17:09 Asunto: Re: aviso aplicacion estimulo fiscal de iva
Buenas tardes MAESTHER ¿Nos puedes sustentar en que consiste ese estimulo fiscal para IVA.? ¿Estas segura que existe? Dinos en que ley viene esos estimulos. Tengo ya bastantita experiencia mas de 35 y no es que te diga que te encuentras equivocado, pudiera estarlo de mi parte aun con toda la experiencia. Pero bueno sacanos de la duda, segun yo en la LIVA no hay estimulos para IVA. ¿A que ley te refieres? En verdad esto si que seria algo muy muy especial. Lo que no entiendo porque piensas que si existen estimulos de IVA. Conozco los helados de vainilla y chocolate. Pero jamas he visto ni disfrutado uno de jarabe de chile chipotle con semillas de ajonjoli PD Quizas no existe lo que piensas, y es por eso que no funciona en el formulario ese tipo de llenado. Hasta donde se los ESTIMULOS estan para LISR y para IESP y estan en la Ley de Ingresos de la Federacion y otros estimulos en la LISR Pero lo que comentas, ah caray es como encontrar diamantes en la macroplaza en el centro de la ciudad de Monterrey Saludos
Tópico: PROCEDEN REQUERIMIENTOS SAT NO NOTIFICADAS
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2021 17:07:07 Asunto: Re: PROCEDEN REQUERIMIENTOS SAT NO NOTIFICADAS
1.- Prepara un escrito libre conforme al CFF articulos 18 y 18-A, prepara los sustentos, adjuntaras declaracion pagada y su comprobacion, anexaras la multa notificada y que el escrito lo firme el rep legal RECOMIENDO solicitar en el escrito las razones por las cuales deseas que se cancele ESTAS MULTAS y que esperas recibir resolucion al respecto 2.- Entras a MI PORTAL, dentro del sitio web SAT, donde realizaran un PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES. Escoge la opcion de CANCELACION DE MULTAS. Explicas brevemente los asuntos 3.- Tendras la oportunidad de adjuntar archivos pdf, ve subiendo 1 x1 cada archivo escaneado del punto 1 4.- Al termino del tramite recupera tu acuse por este tramite de aclaraciones. No sabes el procedimiento o tienes duda, consulta el portal en youtube algun tutorial de como desarrollar un procedimiento de SOLICITUD DE ACLARACIONES 5.- En este mismo sitio te constestaran la resolucion del tramite. Es probable que tambien te señale por BUZON TRIBUTARIO en el area de NOTIFICACIONES emitan una resolucion, entonces esta es la que tendria validez y la que en caso pudieras IMPUGNAR en caso de no ser farable. 6.- De ser favorable, pues ya termino el tramite. 7.- Consigues la resolucion NEGATIVA, AHORA PRODERIA IMPUGNARSE. Hay 2 via, uno hacer un procedimiento de recurso de revocacion y el otro ir a juicio administrativo y fiscal ante un tribunal. Ambos procedimientos recomendaria hacerse a traves de abogado, en especial el segundo. 8.- La revocacion tambien es por internet pero el escrito libre debe realizarse de manera mas pulcra, mayor escrutinio profesional, adjuntar todo los puntos 1 y 2, pero ademas se entrega con una FIEL. Aqui ya interviene JURIDICO quien pudiera darles la razon, y ordenara a RECAUDACION se pongan las pilas y den tramite como corresponde. Si juridico no les da la razon, pues entonces a Juicio Administrativo. Todavia un recurso de revocacion quizas sin abogado resulte, pero la persona que prepare el escrito debe ser contar con experiencia. Sinceramente si no se pudo a traves de aclaraciones, dudo que la persona que lo intento, tenga exito con la revocacion, por eso la recomendacion del abogado. 9.- el juicio administrativo, pues ahi si no hay de otra a fuercita, el abogado pues ya se trata de litigio y ahi si solo ellos saben de procedimientos procesales en los tribunales.
Tópico: Suspensión por faltar un día.?
ers9727

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Octubre 12, 2021 06:15:39 Asunto: Re: Suspensión por faltar un día.?
Es buena pregunta, pero con toda sinceridad el responder en la generalidad esta pregunta en Mexico quiere decir que no contamos con una cultura laboral muy buena, es deplorable gracias a la informalidad que de manera generalizada nos comportamos en Mexico por eso ni a tercer mundo llegamos, somos como de 4ta y si de la 4T Amlo si quesabe que somos 4T y el se asegura que seamos de 5ta con sus retrogradas politicas Pero bueno, si existe reglamento inscrito, acude a la Junta y pregunta si prevalce un reglamento suscrito ahi con ellos y es de X patron. Con seguirdad llegas a preguntar y la secre esta con los tacos y la coca en su chal, mijo no se a que te refieres... que es eso Mainto vente mas al raton que andamos ocupados trabajando y no sean muy necio con tus preguntitas babotas. Hay que ponernos a jalar y ya se te hizo tarde para que le llegues a tu jale. Ojala te encuentres a la persona indicada, pero si estas de suerte, todavia falta si le sabe como consultarlo, la luz no jala, o el equipo es de la prehistoria y de alguna u otra forma pues vienes perdiendo el tiempo y no te resuelven ni un cafe. Es mas facil preguntarle al patron oiga y donde esta el reglamento inscrito. Y te dira pues ya esta hecho y si no te gusta pues te descuenta porque asi tiene que ser, lo quieres o lo dejas Me parece que la suspension sale mas economica que tour con el patron o ante la junta. Todavia tienes ganas del reglamento interior de trabajo. ¿Si no lo conoces crees que esta inscrito? Si fuera un patron responsable y lo tuviera inscrto, lo estaria repartiendo y haciendo valer y promoviendolo en la empresa. Asi fomento una cultura laboral comenzando con el ejemplo. Pero bueno eso no es para Mexico. Siguimos con la 4T esperando que nos vayamos a la 99T
Tópico: Alta como trabajadora la hija del patrón
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 12, 2021 05:53:22 Asunto: Re: Alta como trabajadora la hija del patrón
El problema radica que quieren hacer estirar la ley para la situacion precaria y que el gobierno se haga cargo de algo que no pueden cumplir. Y comenzamos a resolver equivocadamente. Lo que ocupa esta persona es asegurarse en el IMSS como trabajador asi su hija si es menor pasar a ser beneficiaria del trabajador y alcanzar la seguridad social La hija no estudia y ya es mayor de 18 pues si se mantiene su problema y lo anterior ya no es solucion. La hija debe trabajar. El padre pudiera emplearla pero jamas recomendaria esta situacion pues es obvio que estoy haciendo estirar la ley a mi conveniencia. Busco una persona ajena a la familia y que se haga contrato laboral, le doy el dinero para que pague salario, le pago el seguro social al supuesto patron y que se haga esto durante todo el tiempo. Estamos estirando la ley a la conveniencia pero al menos ahora si aparenta que vamos haciendolo de un modo correcto aunque seguimos con la simulacion. Claro una simulacion bien elaborada no una chambona. Pues la chambona es solo dar de alta a la hija, no le pago salario, no hay contrato a pero si pago el IMSS, me ahorro las medicinas y el medico sale bara bara, pero estoy mandando a la chin chin mi negocio y mi negocio tambien es imiportante de ahi supuestamente vivo y me mantengo y no vengo cumpliendo con las responsabilidades laborales y la carga laboral que corresponde, solo me ineresa ahorrarme lana del medico por la hija. Mis apreciaciones no son que asi se vienen hacendo las cosas, lo menciono asi, porque tradicionalmente asi se recuerre a realizarse las cosas. ESTIRO LA LEY A MI CONVENIENCIA. PERO LA REALIDAD QUE NO TIENE QUE SER ASI. DEBO POR MI PARTE CUMPLIR CON LA LEY HAGO LOS ACTOS QUE NECESITO PARA APROVECHAR LA LEY. Entonces ya me pongo a cumplrla totalmente no TAN SOLO por lo que me conviene.
Tópico: AVISO DE MODIFICACION DE SALARIO POR BIMESTRE FUERA DE TIEMPO
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 12, 2021 05:37:38 Asunto: Re: AVISO DE MODIFICACION DE SALARIO POR BIMESTRE FUERA DE TIEMPO
Su problema se complica por presenta un aviso con una fecha INCORRECTA y si ya lo tramitaron. Entonces ya suritio efectos juridicos con la fecha equivocada. Que hacer Presentar 1 escrito libre argumentando que movimiento afiliatorio con fecha de1 de mayo es improcedente que lo desconoce y tramitara otro que corresponde a otro bimestre distinto con la fecha correcta. La idea es desconocer el movimiento afiliatorio para generarlo como corresponde.

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