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Tópico: FACILIDAD ADMINISTRATIVA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 05, 2021 10:02:06 Asunto: Re: FACILIDAD ADMINISTRATIVA
marconidead, buenas tardes: Sigo sin entender la burla. Pero al menos ya entiendo un poco mas esa apreciación. Cada quien tiene derecho a pensar como le de la gana, incluso a pensar equivocado. No es molesto el comentario, ni estoy de parte del SAT. Ellos extienden una facilidad, que pudiera serlo o no según el pensar de cualquiera. La LIVA art 32 te obliga a entregar DIOTs, la facilidad nos lo eximen, de estar en la situación que se señala. Por esta razón seria facilidad. No siempre las facilidades lo son. En este caso, si lo es a mi parecer, al menos si lo seria por esta ocasión. La facilidades NO TE eliminan obligaciones de la nada. Todo contribuyente para hacerse acreedor a una facilidad lo que obedece es que cada uno debe permutar las obligaciones de la Ley por el de la facilidad. Ahora la facilidad debe cumplirse cabalmente. Quieres que la autoridad te elimine la obligación de las DIOTs porque supuestamente irías a tomar la facilidad. Pero el SAT no sabe si tomaras la facilidad. Desde mi perspectiva no debe desaparecerla Saludos
Tópico: Derecho a subsidio por incapacidad por maternidad
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 03, 2021 20:21:07 Asunto: Re: Derecho a subsidio por incapacidad por maternidad
Hola buenas tardes: el año tiene 52 semanas si ha cotizado 30, tiene derecho a recibir un subsidio por motivo de maternidad Si no ha dejado de cotizar durante el año, esta claro que cumple con este requisito. Le falta completar otros mas... Ir con el medico tratante, que le expida un certificado medico por maternidad y que le programe la fecha de su posible fecha de parto y el ultimo requisito también igual de importante que los 2 anteriores. No laborar durante el disfrute de este subsidio. Ver los artículos 5-A, 102, 103 LSS [url]http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/maternidad/pdf/e-book-incapacidad-maternidad.pdf[/url] Sin el certificado, no consigue el subsidio Y felicidades, viene nueva nena a dar desveladas y sonrisas. En hora buena, lo mejor de lo mejor a la nena Saludos
Tópico: COMO ME COBRA EL IMSS?
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 03, 2021 20:06:32 Asunto: Re: COMO ME COBRA EL IMSS?
1.- No dominas el SUA. Debe estar alimentado el RT correcto, el SMG, Recargos, INPC, UMA, IMA, los trabajadores con sus salarios bien determinados, sus datos, incapacidades. Algo mal alimentado, te tocara ver diferencias. Incluso debes descargar la version de SUA vigente. 2.- Te recomiendo aprendas a emplearlo para que no tengas diferencias 3.- Otra recomendacion procura aplicar el programa del IMSS que te apoya para determinar diferencias antes de pagar o generar la cadena de pago. 4.- Cuando se tiene menos de 5 trabajadores, se tiene la opcion de tomar el recibo de pago que el propio sistema te ofrece, sin incapacidades ni ausentismos. Es mejor que apliques el sua, en caso de no saber como se hacen los pagos Esto lo conoce los contadores. Al parecer eso no lo sabes hacer, no eres contador aun
Tópico: cheque botado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2021 19:47:53 Asunto: Re: cheque botado
Considero que no procede la causacion porque la LIVA no manifiesta idemnizaciones como actos o actividades sujetas a la causacion del IVA, lea el art 1 LIVA Si le ponen iva, entonces ya no hablamos de indemnizacion, esta cobrandose UNA ENAJENACION DE BIENES, LA PRESTACION DE SERVICIOS, ARRENDAMIENTOS O EXPORTACIONES DE BIENES O SERVICIOS
Tópico: YA NI LA BURLA PERDONA EL SAT
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2021 19:36:24 Asunto: Re: YA NI LA BURLA PERDONA EL SAT
si sabes que el sat depende de la linea del presidente, que tiene un secretario de hacienda y luego este organismo esta supeditado s la shcp. No les pondran un alto su labor es reacudar contribuciones, si les ponen un alto es como decir que no cobraran contribuciones, cualquier bobo lo entiende no le podran un alto, al contrarios ve y cobra mas, te estas viendo lento
Tópico: FACILIDAD ADMINISTRATIVA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2021 19:33:31 Asunto: Re: FACILIDAD ADMINISTRATIVA
no entendi la duda. Menos lo de la burla
Tópico: Periodo a declarar en anual 2020PM
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 28, 2021 19:57:06 Asunto: Re: Periodo a declarar en anual 2020PM
hola buenas noches: No es problema de la auto aplicación de la declaración anual Lo que sucede se tiene 2 auto aplicaciones de declaraciones anuales vigentes Las declaraciones que vienen realizándose de 2018 hacia atrás y las que corresponde realizarse con el nuevo formato de 2019 y 2020
Tópico: DEBO CANCELAR CFDI Y EXPEDIR OTRO
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2021 21:37:10 Asunto: Re: DEBO CANCELAR CFDI Y EXPEDIR OTRO
Lo que ha señalado es lo mas correcto. En base a lo siguiente: 1.- La factura no le sirve a la SRL de CV, porque es del año pasado, ni la debiera deducir en año anterior, pero tampoco no se puede deducir, pues ocupa timbrado y emisión de año en que la deduce. 2.- Todo documento tiene efectos fiscales al pago. Pero para deducirse debe tener la fecha del año en que deducirá, lo que procede con mayor razón una sustitución de facturas. No las pudiera cancelar, seguro ya las declararon informativamente en balanzas de contabilidad, pero les dio reversa vía conciliación. Ahora requiere refacturar en sustitución de las facturas, pero emplear también notas de crédito para balancear, y renovar adeudos. De este modo no le reinician la cuenta del plazo de 3 meses. 3.- Recomiendo platicarlo con el cliente para soñarle lo anterior, no dudo que se lo impida o no estén de acuerdo, es para bienestar de ambas partes. [i]Editado: Marzo 26, 2021 21:37:47[/i]
Tópico: IVA A FAVOR PERSONA FISCA PUEDE ACREDITAR EN PLATAFORMAS TECNOLOGICAS
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2021 21:28:43 Asunto: Re: IVA A FAVOR PERSONA FISCA PUEDE ACREDITAR EN PLATAFORMAS TECNOLOGICAS
nos puede aclara de que manera le salen a favor, montos de IVA. Lo que ha señalado me causa extrañeza pues debiera tener al revés impuestos a cargo para tenerlos que liquidar. Eso que sea a favor, me parece algo medio inverosímil.
Tópico: JUSTIFICACION INGRESOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2021 21:25:09 Asunto: Re: JUSTIFICACION INGRESOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
[b]Buenas noches, MAESTHER: Le ofreceré diversas opciones, lo que difícilmente encontrara en otro sitio y le expliquen tantas opciones Le ofrecería a un accionista que retire en base a lo siguiente: 1.- Rentas por rentas de bienes y equipo, inmuebles, terrenos, que la sociedad los empleo para sus actividades. Le retienen el ISR correspondiente, pero tendrá deducción ciega en la mayoría de los casos. 2.- Si tiene CUCA pues realice retiros de capital de la sociedad, no tiene costo alguno en impuestos 3.- Si tiene CUFIN, pues reparta dividendos, con costo adicional del 10% pero bien que los vale. 4.- Honorarios asimilables por el desarrollo de actividades de administración o decisiones administrativas, su costo en el ISR es variable pero por lo genera es de las mas altas 5.- Salarios, su costo es monumental, no lo aconsejo, pero bueno a veces quisieran pensionarse con la ley vieja del seguro pues seria bueno que cotice para generar una pensión digna 6.- Venta de bienes a la sociedad en especial si tributo en RIF como persona física o andamos en una AGAFE, seria perfecto porque como son regímenes preferenciales el costo del ISR es mas bajo en relación a un régimen tradicional. 7.- Prestarle a la empresa y cobrarle intereses Todo lo anterior debe tener relación con el fin del negocio para darle certeza juridica y fiscal. Saludos [/b]

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