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Tópico: RIF vende auto usado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 13:23:44 Asunto: Re: RIF vende auto usado
[b]hola buenas tardes, A que caray SEGUIMOS 2 CUADRAS POR OTRO RUMBO MUY LEJOS Y DALE CON EL 111 DE RIF. La pregunta fue por una VENTA DE AUTOMOVIL.... que tiene que ver las deducciones... ya me perdí en deducciones... y eso que tiene que ver el 111. No le aplica. En cambio, el 113 del mismo RIF tendríamos que desentrañar que no me permite tributar en RIF cuando hablamos de ventas de activos, pues debe tributarse en otro régimen fiscal distinto. [quote][color=red]Artículo 113. [/color][color=blue]Cuando los contribuyentes enajenen[/color] la totalidad de la negociación, [color=blue]activos,[/color] gastos y cargos diferidos, el adquirente no podrá tributar en esta Sección, debiendo hacerlo en el régimen que le corresponda conforme a esta Ley. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable cuando el adquirente de la negociación presente ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la operación, un aviso en el que señale la fecha de adquisición de la negociación y los años en que el enajenante tributó en el Régimen de Incorporación Fiscal respecto a dicha negociación, conforme a las Reglas de Carácter General que para tal efecto emita el Servicio de Administración Tributaria. El adquirente de la negociación sólo podrá tributar dentro de esta Sección por el tiempo que le restaba al enajenante para cumplir el plazo establecido en el artículo 111 de esta Ley y aplicará las reducciones que correspondan a dichos años. [color=blue][u]El enajenante de la propiedad deberá acumular el ingreso por la enajenación de dichos bienes[/u] y pagar el impuesto en los términos del[u] Capítulo IV del Título IV de esta Ley[/u].[/color][/quote][/b] [i]Editado: Marzo 10, 2021 14:20:41[/i]
Tópico: Notificación En Buzón Tributario
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 13:12:44 Asunto: Re: Notificación En Buzón Tributario
Cada quien le quita las plumas a una gallina con el método que le parezca mejor. Que tu lo hagas de una manera. Para mi me da igual. Que yo lo haga de otra manera, pues bueno. Que el disertante escoja su propia postura. No es mi gallina.
Tópico: Declaraciones sin coeficiente de utilidad ¿ presentar complementaria?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 13:08:24 Asunto: Re: Declaraciones sin coeficiente de utilidad ¿ presentar complementaria?
[quote]Para nada lo que a mi me convenga. Quiero conocer su punto de vista. Nada más.[/quote] Compañero, ofreci una opinion. No afirme que desearas hacer lo que te convenga. Solo lo externe a modo de pregunta. Lo que pasa, que solicitas OPINION. Tu ya sabes cual es. No ocupas preguntarla. Pero la preguntas. A lo que voy una OPINION es porque es lo mejor lo que no conlleva consecuencias. Ya lo sabes. Pero como quiera preguntas. O no es verdad, ya conoces la opinión valida. Ofrecer una opinión es darla sin que conlleve riesgos o al menos lo menos posible de ellos. Pero si estamos seguro que ya sabias la respuesta. Porque tu comentario se hace entre ver que caso tiene el portarse bien y hacer esas complementarias. Si va a resultar lo mismo. Por eso el cuestionamiento Y entonces cual es fundamento para dejarlo de hacer, para no incurrir en consecuencias. [color=blue]Cumplir bien, te libera de sufrir consecuencias. Es lo que deseaba que concluyeras. [/color]
Tópico: Notificación En Buzón Tributario
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:58:17 Asunto: Re: Notificación En Buzón Tributario
A veces me dicen que son requerimientos y fueron comunicados. No saben distinguir cuando es una carta invitación de un requerimiento. Pero bueno, deje 3 opciones. para como atenderse. Según lo que haya sido. A mi no me corresponde desarrollar la acción.
Tópico: RIF vende auto usado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:42:06 Asunto: Re: RIF vende auto usado
[b]Hola buenas tardes: Mi punto es que esa operación no es una venta tradicional, como la de prestación de un servicio o la de una enajenación de bienes por RIF. Que amerite la reduccion del ISR bajo este regimen fiscal. Debiera declararse en otro régimen fiscal conforme al articulo [color=red]113 LISR[/color] pues se trata de la venta de un activo fijo. [color=blue]Es una actividad no afecta al régimen RIF.[/color][/b] [i]Editado: Marzo 10, 2021 12:54:11[/i]
Tópico: RIF vende auto usado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:35:41 Asunto: Re: RIF vende auto usado
[b][quote]Un RIF vendió su automovil usado[/quote] Mi opinión fue versada a un venta de automóvil. No para una compra.[/b]
Tópico: RIF vende auto usado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:33:51 Asunto: Re: RIF vende auto usado
[b]No entendiste NADA. Señale RENTA por venta de activo fijo Andamos bien perdido con las deducciones de activos fijo. En mi caso, vamos 2 cuadras mas adelante de donde tu ubicas. 'No señale deducciones'... [color=blue]''señale acumulación de ganancia por venta de activo fijo''...[/color] Si deduces al 100%, acumulas la renta, es una ganancia de venta de activo fijo. En este caso acumulas la venta al 100% Es lo mismo [/b]
Tópico: Notificación En Buzón Tributario
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:28:39 Asunto: Re: Notificación En Buzón Tributario
[b]Hola buenas tardes aliciapg: [quote]La pregunta es: ¿ Se tiene que contestar a esa notificación ? Siempre recibían en papel los requerimientos por parte del estado, se llevaba copia de los pagos y lo cancelaban.[/quote] Si te fue notificado como COMUNICADO. Pudieras dejar de hacer alguna acción, pues ese comunicado funge las veces de una carta invitación. No es un requerimiento. Si la notificación, te vino por este mismo apartado, entonces hablamos de un requerimiento. Tienes la opción de interponer una aclaración en la siguiente liga: [url]https://www.sat.gob.mx/tramites/31667/aclara-tu-requerimiento-de-obligaciones-omitidas[/url] Donde incluyes un escrito, tu requerimiento, tu declaración ya presentada. Esto con la finalidad de que no caiga un requerimiento de multa. La otra opción, es no hacer nada y esperar si llega la notificación de la multa, para ahora si aclararla. Saludos[/b]
Tópico: Declaraciones sin coeficiente de utilidad ¿ presentar complementaria?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:19:00 Asunto: Re: Declaraciones sin coeficiente de utilidad ¿ presentar complementaria?
¿Cuál es fundamento jurídico para no presentarlas? Te pudiera decir, que si existe el fundamento jurídico para presentar complementarias. [color=red]Art 31 CFF[/color] Mas no, sabría como fundarte jurídicamente para no presentarlas. Por consiguiente ese criterio no seria un criterio basado en argumentos. Cómo te pudiera ofrecerte una opinión para una actuación contraria a la ley y sin argumento alguno. Aunque sabemos es algo muy mínimo de cumplimiento aunque sea solo de forma. ¿O quieres escuchar, solo lo que a ti te conviene y que te respaldemos?
Tópico: RIF vende auto usado
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 12:10:23 Asunto: Re: RIF vende auto usado
[quote]Art. 111 LISR. Para estos efectos, la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo [b]para la adquisición de activos[/b], gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.[/quote] Si aplica para RIF, porque la LISR señala un tratamiento [b]para las adquisiciones de activos[/b] No varia en los RIF y en PM o PF con actividad empresarial.

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