Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de ers9727

Autor Mensaje
Tópico: Pago IMSS por cuenta de un tercero.
ers9727

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 19, 2021 23:12:17 Asunto: Re: Pago IMSS por cuenta de un tercero.
La persona titular del pasivo de las Cuotas Obrero Patronales del IMSS debe expedirle un CFDI a quien le apoyo con el pago de este gasto. Reembolsarle el gasto en una cuenta de quien apoyo con el pago. Si hubiera expedicion de factura cfdi debio incluirse metodo de pago 31 pago intermediario. Y en el timbrado igual.
Tópico: PF que le factura una empresa para la que no trabaja
ers9727

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2021 09:12:41 Asunto: Re: PF que le factura una empresa para la que no trabaja
Son empresas factureras las que inventan estas nominas apocrifas El SAT incluso me da a pensar que ellos les dieron los datos para apoyarles. Porque de donde sacar hasta la CURP con el nombre completo para hacer recibos tan precisos y que increiblemente les quedan muy bien. Para justificar sus cochinadas de movimientos y pagarse con el Credito al Salario los impuestos de las ganancias que determinan. Si hay necesidad de interponer tanta queja y denuncia. Incluso hasta la Fiscalia para que vaya hacia una investigacion muy profunda. Pero que sucede en Mexico, no las hacemos. En mi caso, la haria. Pero no soy el titular del nombre de quien lo implican. Asi que solo llegamos hasta la PRODECON con las denuncias
Tópico: PF que le factura una empresa para la que no trabaja
ers9727

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2021 09:07:06 Asunto: Re: PF que le factura una empresa para la que no trabaja
Acuda a la PRODECON La verdad es que el SAT debe eliminar esos recibos apocrifos porque el propio timbre del SAT esta dandoles efectos y validez juridica a documentos falsos. Si trabajador los desconoce y tras una investigacion se ratifica esa denuncia, el SAT tiene la obligacion solo de invalidar los documentos, sino de cancelar los sellos, si el contribuyente mismo no cancela los documentos. Existe un delito federal llamado robo de identidad y estan haciendo uso del nombre de otra persona SIN SU CONSENTIMIENTO. En mi experiencia la denuncia ante el SAT solo acaba siendo turnada al SAT AUDITORIA para que ellos conozcan del asunto a ver si ellos pasan a requerir al contribuyente. Pero este procedimiento el propio contribuyente lo puede hacer ya existe un portal en la web site del SAT para aplicar este procedimiento. Es el mismo donde solicitas una factura cuando alguien no te la expidio. Aqui es lo contrario, solicitas que se elimine porque desconoces la transaccion que el emisor pretenden justificar como valido. Recomiendo 1) proceder a este primer paso, de no funcionar, 2) pasar a la queja ante el SAT del propio contribuyente contumaz y si todavia no funciona 3) pasar a realizar una denuncia primero ante el propio SAT que no hace su trabajo y acompañe todo lo anterior para una queja ante la PRODECON para que lo defienda en sus intereses Otra situacion que pocos se atreven, aqui interpondriamos incluso una denuncia ante la Fiscalia, incluso denunciando no solo al contribuyente, incluso al propio SAT y hasta posiblemente a la PRODECON, porque de alguna manera estos ultimos estan protegiendo mas a la defraudacion que protegiendo los intereses de la nacion ante un posible acto de defraudaccion fiscal, puesto que el supuesto trabajador denuncia no serlo y que nunca percibio ingresos, y mas cuando aporta pruebas de no ha sucedido esto. Que es algo inaudito porque quien afirma que existe la relacion laboral lo debe probar el patron y no el trabajador. Al supuesto trabajador le toca lo mas imposible probar algo que no existe, si fuese asi el caso. Cuando en el derecho lo mas natural es que quien afirma un hecho positivo, tiene que probarlo el mismo ante una controversia. Ahora ante tanto procedimiento, LA PRODECON puede multar al SAT, de no trabajar. EL SAT pudiera cancelar los documentos, lo debe de hacer y no proteger a la defaudracion, si debe darle el derecho a pseudo patron a que aporte sus posibles datos de prueba, no las aporta suspenderle los sellos o en caso de que no cancele el emisor dichos documentos. He realizado 3 años seguidos este tipo de procedimientos, a veces el contribuyente si los cancela. Otros deplano se hacen los no localizables y el SAT se la pasa DESOBLIGANDOSE de sus atribuciones que tiene que desarrollar. Son dos delitos los que se SOLAPAN y no protegen las AUTORIDADES: defraudacion fiscal y robo de identidad. Y probablemente un tercero, no desarrollar sus facultades las autoridades en proteger los derechos de los ciudadanos. Lo que mereceria incluso una destitucion del puesto del titular, por lo menos hasta que alcance un procedimiento de capacitacion efectivo.
Tópico: Enajenación de nieves y helados
ers9727

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2021 08:45:34 Asunto: Re: Enajenación de nieves y helados
Es mas facil responder a su pregunta, haciendole otra pregunta. Me puede decir, a que tasa de iva compra los articulos que vende a su clientela. Esa es la misma tasa que debera trasladar. Debe ser ligeramente mayor porque espera incrementar un margen bruto. Por lo demas, es exactamente igual.
Tópico: Aclaración de requerimiento SAT Obligaciones Omitidas
ers9727

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2021 08:42:34 Asunto: Re: Aclaración de requerimiento SAT Obligaciones Omitidas
Pues presente la aclaracion que corresponda Y a esperar resultados. A mi parecer prevalecen cumplimientos extemporaneos y espontaneos y reclame que no proceden las multas conforme al 73 CFF
Tópico: Necesito imprimir la curp para el IMSS?
ers9727

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 20, 2021 10:32:09 Asunto: Re: Necesito imprimir la curp para el IMSS?
Compañero siempre vaya a link oficiales del gobierno. con extenciones .gob; .gov etc. Es lo mismo en cualquier pais. [url]https://www.gob.mx/curp/[/url] Del sitio previo lo puede reimprimir y descargar de manera digitalizada Saludos
Tópico: Pago linea de captura por transferencia banamex
ers9727

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 20, 2021 10:26:18 Asunto: Re: Pago linea de captura por transferencia banamex
Debes contar con el comprobante que haga entrever que se liquido esa obligación 1.- Estado de cuenta oficial del banco en donde aparezca el movimiento. 2.- documento sellado del banco por la transacción aplicada en sus cajeros o de manera electrónica Presenta escrito referenciando tus datos generales completos, el oficio del requerimiento e indicando los documentos de probanza de lo anterior.
Tópico: Declaracion extemporanea PF
ers9727

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2021 10:09:25 Asunto: Re: Declaracion extemporanea PF
2 o mas patrones en el año, la declaración la realiza el TRABAJADOR SIEMPRE TENDRIA QUE HACERLA Y PRESENTARLA Pero la ley le dispensa no realizarla si no paso de 400 mil pesos en el año y no obtuvo ingresos de otros regímenes, tampoco tuvo mas de 1 patrón distinto en el año. De ser menor a 300 y el patrón único en el año, tendría que hacer y presentar la anual. Pero si gusta el trabajador, tiene el privilegio de escoger si la realiza por su cuenta. No le pasa nada si la presenta de manera espontanea, al contario le favorece porque cumple con su obligación y no tendría penalidades. De salir a favor, gana el derecho de poderlo reclamar o aplicarlo a futuras obligaciones. Por las aportaciones voluntarias si debe conseguir un CFDI que se le expida a su RFC y que se indique el tipo de deducción personal, habiéndose liquidado bajo un procedimientos bancarizado. Teniendo el comprobante, se alimenta en la sección correspondiente en el aplicativo de la declaración anual
Tópico: FUSIÓN DE SOCIEDADES Y SALDOS A FAVOR DE IVA
ers9727

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2021 09:59:44 Asunto: Re: FUSIÓN DE SOCIEDADES Y SALDOS A FAVOR DE IVA
Que te los de los abogados que realizaron la fusion.
Tópico: enajenación casa habitación
ers9727

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2021 09:57:26 Asunto: Re: enajenación casa habitación
1. La declaración 2021 se presenta en 2022. 2. Este tipo de ingresos se declara en el régimen enajenación de bienes, y declara una UTILIDAD si es que existió. Y bajo este régimen es que determina su base y luego los impuestos. 3. Si era su casa habitación propia, cumpliendo ciertos requisitos, no debe acumular tan solo en datos informativos declararía 5 millones y no habría pago de impuestos. Los cuales seria 100% no acumulables puesto que fueron ingresos ya declarados y que recupera. 4.- En caso de ser otra casa habitación donde no se vivió los últimos 5 años, también prevalece una exención según la LISR conforme al 95 LISR. Ya cualquier otra propiedad gravaría al 100%

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117