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Tópico: Cálculo anual isr sueldos no se hizo
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 18:48:40 Asunto: Re: Cálculo anual isr sueldos no se hizo
[b]Apréndele a CP_PACO [quote]Efectua en una nómina especial de diciembre el cálculo anual ya que la autoridad tiene forma de detectar que un contribuyente no lo hizo por el simple hecho de los conceptos que se utilizan en el CFDI al efecto o bien por el tema de[color=blue] no haber enterado en tiempo y forma el impuesto.[/color][/quote] Luego ya cambio su comentario al revés... claro viendo el 97 LISR, que en febrero proximo le toca hacer la anual 2020[/b]
Tópico: Cálculo anual isr sueldos no se hizo
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 18:45:22 Asunto: Re: Cálculo anual isr sueldos no se hizo
[quote][color=red]Que apoortacion.???????[/color][/quote] PONTE LENTES. El art 97 LISR lo señale primero y las demás fundamentaciones; ANTES QUE LOS DEMAS Que no sepas leer, no es mi culpa demanda a tus padres y maestros que te fueron haciendo la pala y te pasaron de año. Si te confundes, ponte a leer solo los artículos y disposiciones que señalo que señalan los demás. No le hagas caso a la retorica o comentarios. Te me confundes. Si aun así, te sigues confundiendo me parece que si de plano, debes tomar curso de lectura [color=purple]Pobrecitos, aquellos que no saben leer.[/color]
Tópico: Saldo0 a favor de IVA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 18:38:06 Asunto: Re: Saldo0 a favor de IVA
y después de muchas décadas el PRIS sigue. Actualmente tenemos un presidente con ADN Priista. ¿Quién dijo que ya no esta el PRI en el poder? Se la pasa diciendo que le dejaron herencia 'de mugrero' de décadas pasadas, si el mismo es el resultado de décadas pasadas. No me diga que ahora el resulto ha resultado 'basura remasterizada'
Tópico: Saldo0 a favor de IVA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 18:33:19 Asunto: Re: Saldo0 a favor de IVA
Si fueras RIF, ya no presentarias 2 y 3 Tan solo usar MIS CUENTAS en lugar del 3. Si usas contabilidad COI, pues tendras que entregar el punto 3
Tópico: Saldo0 a favor de IVA
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 18:31:35 Asunto: Re: Saldo0 a favor de IVA
[b]Hola buenas tardes jorda86: Si claro debes presentar: 1.- En el auto-aplicativo de DyP Declaraciones y Pagos 2.- Presentas DIOTs 3.- Balanzas de contabilidad electroncia Saludos[/b]
Tópico: buzon tributario
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 18, 2021 17:48:47 Asunto: Re: buzon tributario
[b][quote]TENGO INTENTANDO ENTRAR DESDE AYER AL BUZON TRIBUTARIO, Y [b]ME MANDA UN MENSAJE DE QUE REVISE LA CONTRASEÑA Y EL RFC. Y QUE INTENTE DE NUEVO[/b].[/quote] Buenas tardes, juanfcortizg: Si debe accesar al buzón tributario, verificar que tenga 1 teléfono y 1 email al menos dado de alta a partir de este año 2021. Si logra accesar a su buzón tributario vaya a las sección de configuraciones ahi le aparece que contactos tiene dado de alta y que estén CONVALIDADOS. No completa lo anterior, incluya el contacto que le hace falta. CON FIEL Le señala que lo intente mas tarde. Es muy probable que el navegador no esta bien configurado o el internet lo demora tanto que no le permite dar acceso en ese momento, deberá intentarlo mas tarde. No lo deje por muchos días después, vigile que tenga los 2 contactos como mínimo que ya se exige por ley y además que el SAT anda dando de baja a las contraseñas que no se empleen. Seria mejor matar 2 pájaros con el mismo tiro. Evite multas de 3 mil a poco mas de 9 mil pesos. Saludos[/b]
Tópico: Aviso de retenciones con dos patrones.
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 18, 2021 17:39:58 Asunto: Re: Aviso de retenciones con dos patrones.
[b]Según el [color=red]artículo 44 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi[/color]), este Instituto le notifica a los patrones a través del: [color=blue]· aviso de inicio de retención de descuentos. [/color] [color=navy]· cédula de emisión bimestral anticipada (EBA)[/color], esta cédula hace las veces de aviso de retención. En ambos casos, la retención inicia a partir del día siguiente en que el trabajador recibió el aviso o este se descargó la EBA del portal IMSS Desde su Empresa (IDSE) o del buzón tributario del SAT (art. 44, último párrafo, Ripaedi). Finalmente debe precisarse que en caso de que haya discrepancias entre las cantidades en los respectivos documentos, deberá considerarse la cantidad señalada en la la EBA [color=red](art. 44, último párrafo, Ripaedi[/color]).[/b] Es decir, [color=navy]mandan los EBAs siempre para el pago de las amortizaciones por INFONAVIT[/color]
Tópico: Aviso de retenciones con dos patrones.
ers9727

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 18, 2021 17:28:19 Asunto: Re: Aviso de retenciones con dos patrones.
[b] Buenas tardes, compañero apolo_god: [quote]El tema es que por sistema del INFONAVIT NO se puede elegir a mi patrón actual. El anterior que es el que aparece 'por default' es con quien estoy en demanda laboral... por obvias razones nunca firmaran ningún aviso ni nada[/quote] No me entendió. Compañero. Por favor ponga atención NUEVAMENTE a la lectura de lo siguiente: Pondré un ejemplo para que me comprenda mejor: se da de alta el 8 de Enero 2021, le entregan a Usted el 20 de Febrero el aviso de retención, (no lo entrega al patrón este documento). El patrón le llegara un EBA en los primero días de Marzo 2021. Como ya paso todo Enero y Febrero ya no le podrá retener el patrón por estos meses, pero el patrón estaría obligado a retener y pagar su amortización por el crédito a partir del 1o Marzo ya que aparecerá un segundo EBA por el segundo bimestre. Solo le permite la Ley dispensar el primer bimestre. (ENERO y FEBRERO 2021, para este caso) Mi recomendación a partir de 1 de Marzo o al día siguiente de cuando tuvo este EBA, comience a retener. Pero si Usted entrega el AVISO DE RETENCION supongamos el 25 de Febrero, pues a partir de 26 o el siguiente día hábil le deben comenzarle a retenerle y pagar sus amortizaciones. No le llega AVISO DE RETENCION ALGUNO, el primer EBA donde aparezca USTED con CREDITO DE INFONAVIT. Este documento hará la veces de un aviso. En el reverso del EBA, también se señala que presentándose un trabajador, con un numero de crédito de Infonavit, le vendrá su retención a determinarse en alguna ocasión y este documento hará las veces de AVISO DE RETENCIÖN [color=blue]TRATAMIENTO DE INICIO DE RETENCIÓN[/color] Cuando al patrón le llega el aviso de retención o la Emisión Bimestral Anticipada (EBA), se consignen los datos del préstamo a fin de que el patrón inicie los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba dicha cédula [color=red](art. 44, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos del Infonavit –Ripaedi–)[/color] [color=blue]TRATAMIENTO DE FIN DE RETENCIÓN[/color] cuando el patrón recibe el Aviso de Suspensión de la Retención de Descuentos o bien, cuando el Instituto elimina de la EBA los datos del empréstito; en este último caso la cédula hará las veces del aviso y el patrón deberá suspender los descuentos al salario del trabajador a partir de la fecha de recepción de la misma [color=red](art. 44, tercer párrafo, Ripaedi).[/color] Si alguno de los patrones no lo da de alta en el IMSS, pues no aparecerá en el EBA. Usted debe ir al IMSS conforme al [color=red]articulo 18 LSS[/color], debe solicitar la alta entregue copia de su recibo de nomina, o acuda al INFONAVIT. Así detonara a que el patrón (desobligado) le lleguen los EBA Saludos[/b] [i]Editado: Enero 18, 2021 17:29:25[/i]
Tópico: VENTA DE AUTOMOVIL
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2021 16:53:16 Asunto: Re: VENTA DE AUTOMOVIL
[b]Buenas tardes Faby82: [quote][color=blue]SOY UNA SOCIEDAD CIVIL Y VENDI UN AUTOMOVIL[/color] DE LA EMPRESA, SE QUE [color=red]LA VENTA DE AUTOMOVILIES [u]USADOS NO LLEVA IVA[/u][/color][/quote] Se equivoca compañero. [color=blue]Grava IVA al 100% ese tratamiento[/color] [color=green]Lo que señala pudiera ser A VECES solo para personas físicas, si es que cuenta con CFDI de su compra y tiene costo fiscal. En cuyo caso tuviera Perdida Fiscal en venta de activo fijo. NO PAGARIA IVA. De contar con utilidad, por esta misma si tendría que pagar y cubrirse el IVA.[/color] Le corresponde gravar al 100% conforme al articulo 1 LIVA Concuerdo con el comentario CP_ PACO y de mi parte se lo fundamento Si Usted afirma que no le toca pagar iva por ser automóvil usado, por favor, nos comparte la disposición correspondiente, porque en verdad, no la conocemos. [quote][color=red]Artículo 9o. LIVA-[/color] No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes: ... [color=red]IV.- [/color]Bienes muebles usados,[color=blue] a excepción de los enajenados por empresas[/color]. [/quote] Conforme al numeral anterior, es claro que si una empresa (donde no señala si es persona física o moral) [u]no le corresponde pagar IVA[/u] Sin embargo conforme al [color=red]articulo 27 del RLIVA,[/color] manifiesta que se cubre el IVA conforme al tratamiento que le señale previamente, inclusive también le señala realizar ciertos procedimientos para configurar adecuadamente la transacción, así como pagar apropiadamente el IVA... [color=blue]OJO SEÑALA EXCLUSIVAMENTE PARA PERSONAS FISICAL QUIENES SEAN LOS ADQUIRIENTES DE ESTE TIPO DE BIENES.[/color] [quote] PERO YO COMO EMPRESA SI LO TENGO QUE DECLARAR Y COMO LO CONTABILIZARIA.[/quote] Le paso la liga como realizar el registro contable en otro tópico, como sigue: [url]https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=58836&idCat=16[/url] Saludos[/b] [i]Editado: Enero 18, 2021 16:53:54[/i]
Tópico: REGISTRO CONTABLE VENTA DE ACTIVO NO REGISTRADO EN CONTABILIDAD
ers9727

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 18, 2021 16:24:18 Asunto: Re: REGISTRO CONTABLE VENTA DE ACTIVO NO REGISTRADO EN CONTABILIDAD
[b]Hola buenas tardes llamasasoc: Me parece que también se la perreo en la clase de la contabilidad compañero, le aconsejo generar la contabilidad conforme en base al [color=blue]PRINCIPIO DE LA PARTIDA DOBLE[/color], no se ahorre registros o de lo contrario perderá utilidad en los registros contables y luego no entenderá porqué razón se ha realizado cada registro y qué interpretacion y presentación adecuada que le correspondería desarrollar conforme a sus transacciones generadas: Los registros de las [color=blue]PROVISIONES (1)[/color] como sigue: --- a1 ---- C/O Clientes --- provisión C/R Ventas de Activo Fijo --- provisión C/R IVA trasladado --- provisión Registro por la venta conforme a su CFDI emitido. ---- a2 ---- C/O Dep. Acum. de Equipo de Transporte --- cancelación C/O Costo Venta Activo Fijo --- provisión C/R Equipo de Transporte --- cancelación Registro del Costo de venta por venta de activo fijo Registros contables por las [color=blue]CANCELACIONES (2)[/color] ---- b1 ----- c/O Bancos --- provisión C/R Clientes ---- cancelación C/O IVA trasladado --- cancelación c/R IVA por pagar ---- provisión Registro de la cobranza y del IVA causado ---- c1 ----- C/O Venta de activo fijo --- cancelación C/R Costo de venta de activo fijo --- cancelación C/O Perdida contable en venta de activo fijo ----provisión C/R Utilidad contable en venta de activo fijo --- provisión *** Se incluye 1 de los 2 últimos renglones, según para cuadrar este registro contable Registro del resultado por la transacción entre la venta y su costo Saludos [/b]

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