Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
07/Oct/21 21:26
Criptomonedas

Hola a todos, quisiera saber ¿cómo se declaran las criptomonedas en México?

Gracias anticipadas
 
Perfil

Stemcell
Soldado

Mensajes: 1
Ingresó: Octubre 07, 2021
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Oct/21 12:17
Re: Criptomonedas

De inicio este tipo de operaciones conforme al artículo 17 fracción XVI de la Ley Federal para Prevención e Identificación con Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, deberán reportarlo ante el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero de acuerdo a los límites establecidos.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Oct/21 18:49
Re: Criptomonedas

Las criptomonedas se declaran bajo el regimen de Ingresos por Intereses.

Cuando se cobren o se paguen estos se acumulan o se deducen
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Oct/21 18:55
Re: Criptomonedas

Un tema polémico que da lugar a diversas interpretaciones, una de ellas es considerar a la criptomoneda como un “activo intangible”, con fundamento en la Ley Fintech al considerarlas como activos virtuales, en el sentido en que el valor del activo va cambiando constantemente pero conservando siempre un costo de adquisición y un costo de venta al momento de su liquidación, generando así una ganancia o pérdida por enajenación de bienes...
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 10:16
Re: Criptomonedas

Hola buenos dias:

No son intangibles, ese argumento es demasiado torpe e ignorante a mi parecer. Me refiero a la forma de pensarse, no por la persona en si.

Las criptomonedas igual que un CETE o algun pagare o los prestamos, se encuadran en el regimen fiscal relativo a INVERSIONES DE CAPITALES, los cuales generan RENTAS POR INTERESES.

Saludos
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 10:18
Re: Criptomonedas

Para los intangibles, para eso hay que leer su NIF correspondiente.... Quien sepa de esta NIF C-8, si sabria de lo que se estariamos hablando
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 10:57
Re: Criptomonedas

No se puede encuadrar a las ganancias derivadas de una cripto en un régimen espécifico,
todo dependerá de la naturaleza de la operación realizada con las criptos, así como de la persona que la realice.
 
Perfil

DanielMM
Soldado

Mensajes: 1
Ingresó: Octubre 21, 2015
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 12:02
Re: Criptomonedas

Los activos intangibles carecen de sustancia física, las criptomonedas no tienen sustancia física puedes ser consideradas en esta clasificación, las criptomonedas no tienen vida útil definida
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 21:27
Re: Criptomonedas

Buenas noches:

No se puede encuadrar a las ganancias derivadas de una cripto en un régimen espécifico,


Concuerdo hay que recurrir a la esencia de la tranasaccion. Existe una compra-venta se trata de enajenaciones entonces vemos que regimen le corresponde, que se liquida con criptomonedas, pues es logico que se encuadre las ganancias o perdidas dentro de donde se declaren las enajenaciones.

Pueden darse en honorario o en arrendamientos, pues estas ganancias o perdidas corresponden seguir la suerte del principal

pero si se trata de inversiones a modo de estar comprometiedo capitales para obtener rentabilidades, esto esta muy claro que son intereses. La ISR lo define perfectamente bien, el aticulo 8, lo encuadra perfectamente con toda la claridad, nomas hay que leerlo y entenderle

Por cierto los prestamos carecen de 'sustancia fisca' y no son intangibles...
Quieren ver que corresponde a los integibles, pues no nos quebremos y digamos churradas, ya inventaron el boletin C-8, ahi si se señala en verdad en verdad cuando se trata de activos intagibles

saludos cordiales



Editado: Octubre 13, 2021 21:35:11
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Oct/21 21:41
Re: Criptomonedas

Sin sustancia física Las criptomonedas son una forma de dinero digital y no tienen sustancia física. IAS 38 'Activos intangibles' define un activo intangible como 'un activo no monetario identificable sin sustancia física'.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14638
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2