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Tópico: Obligación nueva en CIF
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 22:39:10 Asunto: Re: Obligación nueva en CIF
eso sale en todas CSF No asunto de aclaracion. Solo de saber leer y comprender lo que se Señala en esta constancia. Señala clarito EN TU SEGUNDO EJERCICIO. Si no es tu segundo ejercicio, ya no te aplica ponerle atención. Le haces caso a lo demás que sea aplicable. Es como cuando en el parque leemos un letrero: 'CUIDE A SU PERRO' ¿Qué hago si no tengo perro? Pues nada, porque no tienes perro. El letrero señala y de manera deductiva realizaríamos una interpretacion. Así esta. No te vas a ir a comprar un perro, para luego cuidarlo. ¿o si? Estoy seguro que si, algunos si lo harían. Aunque otros todavía, se quedan sin hacer algo. Y se quedan con la duda, es que algo debí de hacer ante ese letrero, pero no sé qué será, a quién le pregunto. ¿Pueden decirme?, ¿le pregunto al municipio, pongo la queja o pregunto? Esta raro ese letrerito. ¿Qué será esto? ¿por qué no me dice que debo hacer? Si que esta muy confuso. Hay caray y nos burlamos de los gallegos... en los chistes. --- Hey Benancio por qué no fuiste al médico ayer por la tarde. ¿No decías que estabas enfermo? --- Es que estoy juntando 5 o 6 personas. Pues dice el letrero que el doc atiende de 5 a 6...
Tópico: pena convencional. IVA?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 22:25:36 Asunto: Re: pena convencional. IVA?
la pena convencional supongo que hay 2 1 para el adquiriente... si no paga a tiempo 2 para el prestador... si no entrega a tiempo Pero bueno, el detalle esta se tenia aprobada una transacción aunque hubiera anticipo, con el precio de venta por la nubes, pensando que precio era similar o igual que un dia antes del desabasto... Para mi, no.... porque el precio se fue a las nubes. Como te acepto aprobarte una compra, aunque me mandes un anticipo, si ya no me alcanza para revenderte, y no hay existencias en el mercado, tampoco a mi me aceptaron mi compra. ¿Qué dice el contrato en estos casos? ¿Hay pena convencional? No estoy obligado a respetarte el contrato, para empezar las condiciones de mercado ya se distorsionaron a mas de 400 us cuando comprábamos a 5 o 6 us. Estoy seguro que ni EL SEGURO O DE COBERTURA FUNCIONA PARA ESTAS DESPROPORCIONES TAN ESPECIALES. Si el desliz solo hubieran subido a 8 us, pues el abastecimiento y la producción estaba en condiciones normales pues bueno diremos que se sigue la rutina del mercado. Esa semana no solo el clima opero en contra de los productores de gas, la distribución, es lo que desestabilizo el mercado internacional. No solo el de Texas. Quizás si hubo anticipos, pero que te acepte vender, pues eso estaría por verse. No te acepte la venta, no te surto pues yo tampoco tengo condiciones favorables para comprar, ni tengo asegurado el abastecimiento. Desde mi punto de vista, no debieran existir penas convencionales, pero bueno hay que ver los contratos o pactar estas penas como se absorven o quien las corre por su cuenta. Existe un principio general de derecho internacional y/o nacional. 'Nadie esta obligado a lo imposible.' De donde te saco el gas al precio pactado, si ni me lo entrega y si me lo entregara debi pagar a razon arriba de 400 us el btu, en lugar de 6 us que tradicionalmente sucedia.
Tópico: ISR retenido por salarios pagado en exceso
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 22:12:30 Asunto: Re: ISR retenido por salarios pagado en exceso
[b][color=navy]Pues lo que comento el asesor es lo correcto. Asi de rapido[/color] Ya no es posible aplicar compensaciones como antes si se podia. La redaccion del articulo 23 CFF es muy ambigua y cambio. Te pudieras pelear con el SAT, seria en tribunales y a ver si le ganas. Lo claro es que pagos de lo indebido pudieran ser compensables pero solo de ISR propio, para ISR propio. O así como los saldos a favor por ISR.... Lo demás ya no es compensable Según el criterio del SAT NO es posible hacer compensación por ISR de terceros, porque no es tuyo (del contribuyente) y en parte tiene razón el SAT y creo que su criterio pudiera ser el que le favorezca en la corte. Si no se paga una retención.... Se paga con recargos y actualización procedentes Y lo que se pago de mas, única forma de recuperarlo por retenciones SOLO ES POR DEVOLUCION.... No es un saldo a favor pues no hay declaración donde causes a cargo y que pagas de mas. Se convierte en pago de lo indebido y solo pudiera solicitarse su solicitud articulo 22 CFF. Ya no pudríamos compensar Y es que para toda compensación, el SAT debe darte el VoBo al aviso de compensación. 1o No podrás hacer la compensación en la declaración, el sistema te candadea o te señala improcedente el hacer compensaciones, no lo puedes llevar a la practica. El formulario de la declaración ya no te deja formularlo. 2o. En el remoto caso que se pueda, todavía te falta que el SAT que lo avale o lo ratifique. Esto no pasará. [/b] [i]Editado: Marzo 08, 2021 22:50:35[/i]
Tópico: USO DE CSD y CLAVES
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 22:03:26 Asunto: Re: USO DE CSD y CLAVES
Concuerdo, Lumin Oso Esos archivos y/o documento no son para confiarse a terceros, si a caso a contadores que te apoyen, tal vez a agentes aduanales, les das un certificado de sello digital generas uno exclusivo para ellos, que no afecte a los certificados de sellos de nomina, facturas o demas cfdi. Nunca dar la FIEL, pues ya te pueden hacer facturas tuyas sin darte cuenta, pues sacan certificados de sellos Lo unico que pudieras otorgar de estos pares de archivo seria el archivo certificado y tu rfc, y es todo. El archivo key y la contraseña jamas. Pero como no son mis firmas, el contribuyente que lo entregue, yo jamas se lo entregaria porque no son parte de mis facultades como contador. Pero si me preguntaran, se entrega. Pues no, porque no forma parte de las obligaciones de realizar una relacion comercial, asi de simple. Son datos personales que debo mantener mi discrecionalidad si lo entrego o no, es como el domicilio de mi casa, mi telefono. No me voy poner los choninos para que los vean
Tópico: pena convencional. IVA?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 21:55:18 Asunto: Re: pena convencional. IVA?
si despues de todo existe pena convencional el tratamiento de las contribuciones, es igual como si hubiera servicios o venta de bienes... Existe una maxima en el derecho o tambien denomina principio general del derecho: El accesorio sigue la suerte del principal. Es decir, como se grave la venta, todos los efectos juridicos todos, se aplican igual para la pena convencional...
Tópico: Obligación nueva en CIF
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 21:50:54 Asunto: Re: Obligación nueva en CIF
señala segundo ejercicio... como no sera tu segundo ejercicio, pues no le haces caso. aplicas lo que te corresponde para despues del segundo ejercicio.
Tópico: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 20:47:55 Asunto: Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
[quote]El saldo a favor que se menciona, es el del deposito en garantía, al recibir el dinero se realizo factura y se pagaron los impuestos correspondientes. (Se que fue erróneo el procedimiento) [/quote] Concuerdo que estuviera equivocado, pues los depositos en garantia no se factura. [quote]Entonces sobre ese importe, es que los clientes piden su dinero, por contrato no se puede devolver. [/quote] Pues es su problema, dudo que un contrato no señale que se reintegraria el deposito en garantia, no es bien o servicio, se tiene que devolver si ustedes lo facturaron pues ya es problema de Ustedes. Si el contrato no señala la manera de restituirse pues por logica es que se devuelva de cualquier manera cuando no funcione la relacion. Ahorita tiene la suerte que se renovo con nuevo contrato, asi que prevalece. Pero cuando se cancele deberan devolverlo. [quote]Pero lo que no se quiere hacer es reconocer de nueva cuenta ese 'ingreso' y me refiero al ingreso al servicio que se le esta presentando al cliente en este año y se esta realizando factura de ello y a la vez dejar huella que el dinero (el del deposito en garantica original) se esta aplicando o reconociendo. Lo que se me viene y fue con lo que inicie el comentario, es aplicar o realizar una CFDI de egresos aplicado como bonificación. [/quote] Bueno es parte de su contabilidad lo que debe realizar [quote]Según yo, esta propuesta no debe de cancelar o aplicar en su totalidad a una factura, por lo que debería de arrastrarla a diferentes facturas hasta terminarme el saldo. [/quote] [quote]Duda 1) ¿Puedo realizar esto? (CFDI egreso, como bonificación) Duda 2) si, si se puede realizar este CFDI de egreso, ¿debo de realizar 1 por cada bonificación o puedo realizar uno solo por las diferentes facturas que tengo y relacionar varias en una bonificación?[/quote] Hagan lo que hagan primero debe platicarlo con la empresa a la que facturan. Quizás ella no dedujo sus facturas de los depósitos, Las pudieran aplicar cancelaciones y hacer las complementarias o ver si luego cancelan. Pero ambas empresas debe ponerse de acuerdo para arreglar su relajito, pues no siguen lo que se estipula en los contratos. En los mismos debe señalarse una mecánica de como expedirse las facturaciones y como se le da seguimiento a las transacciones, seguro solo realizaron un machote cualquiera de contrato copiado de internet de manera chambona. Tal vez me equivoca ojala. Pero casi me aseguro que no lo vio ese contrato un departamento jurídico, ni le dieron revisión, nomas así se lo aventaron. Insisto ojala me equivoque. Pero si tiene tan buen contrato de cualquier manera el contador o quien factura no le hace caso al contrato Ahora debe reacomodar la contabilidad a una realidad económica que el contrato debe estar rigiéndola y se les salió del carril este control Nomas consideren de mis comentarios, las arreas de oportunidad que mantienen en deficiencia para que las convaliden y se lleve a buen puerto para futuras experiencias. Saludos
Tópico: traspaso donacio o?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 20:34:40 Asunto: Re: traspaso donacio o?
me parece que es mejor comprar que la donación Señalas que tienes inventario... te lo donas, no tendrías costo de venta para deducir factura al costo mas 1 pesos al menos... eso es valor de mercado Como acumularas en el papa, tendrá acumulaciones de 1 por cada compra o algo simbólico Así luego declaran y dan de baja la actividad, para luego declarar la anual correspondiente. Mientras el nuevo negocio se va generando compras y ventas como si hubiera una continuidad Por eso si considero la compra del negocio la mejor opción. 1 porque consigue documentos en favor del nuevo contribuyente 2 se los terminas pagando al papa que es lo mas justo y correcto
Tópico: pena convencional. IVA?
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 20:29:06 Asunto: Re: pena convencional. IVA?
Esta temporada considero que fue algo atípico, se paso Seguramente pasaron que se debe pagar penalidades, pero NI EN TEXAS HUBO PRODUCCION CASERA, según yo no debiera pagarse esas perdidas o penalidades o solo cubrirse una parte porque en realidad fue algo muy generalizado. Investiguen bien si esto seria conveniente. El mercado esta muy presionado y con este tipo de medida lo restringirán peor. Además era impráctico comprar gas en esas fechas se elevaron exponencialmente los precios, precisamente para colapsar esta situación en el mercado. Ahí ni los seguros te toman pagarte las coberturas, quiebran. Muchos negocios supuestamente quebraran por estas penas contractuales, pues las cosas no están como para pagarlas. Era imposible pagar el gas al valor de mercado y que lo surtieran con todo y los contratos, coberturas y las condiciones que imperaron en esos tiempos
Tópico: SOCIOS SIN LA OBLIGACION EN EL RFC
ers9727

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 20:19:32 Asunto: Re: SOCIOS SIN LA OBLIGACION EN EL RFC
EXISTE EL AUTOAPLICATIVO DEL SAT DE ACTUALIZACION DE OBLIGACIONES EN EL RFC Has los siguientes pasos: 1.- Imprime una CSF Constancia de la Situación Fiscal 2.- Se contesta el cuestionario das de alta los renglones de actividades y aperturas toda actividad vigente al RFC 3.- La de dividendos lo activas, debes contar con RFC de las sociedades donde este como accionista, al menos 1 empresa 4.- Revisa que el tramite queden vigentes las todas las actividades, observa el punto 1 cuales si son vigentes cuales no, dejar vigentes las que correspondan. 5.- se ratifica o se corrige hasta que quede completo 6.- se firma con FIEL y se consigue nueva impresión de CSF y el acuse el tramite. 7.- El folio lo puedes reimprimir desde consultas si se te paso imprimir la constancia de como quede de manera vigente el punto 6. [url]https://www.sat.gob.mx/tramites/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica[/url]

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