Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
09/Mar/21 23:36
RIF vende auto usado

Hola compañeros.

Un RIF vendió su automovil usado a una agencia de autos en $ 90,000 mas IVA y ésta se lo tomó a cuenta de un auto nuevo que costó $ 180,000 más IVA. El auto que vendió era modelo 2016 y en su momento lo hizo deducible en su totalidad, por lo tanto, ahorita se deben considerar como ingresos acumulables del bimestre los $ 90,000 pero también debo meter como deducibles los $ 180,000 del auto nuevo, es esto correcto??

Este RIF expidió un CFDI trasladando el IVA porque así se lo pidió la agencia de autos.
 
Perfil

Articulacion
Cabo

Mensajes: 44
Ingresó: Enero 27, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Mar/21 23:52
Re: RIF vende auto usado

Hola buenas noches:

Discúlpame pero no es así de sencillo como lo señalas Y ANDA MEDIO PERDIDO, pero espero que con la siguiente orientación, lleguemos a enderezar tu duda y asunto.

Un activo fijo se deduce vía depreciación. Cuando lo vendas LA VENTA no se acumula. SE ACUMULA como RENTA una ganancia si la hubo. Pudiera existir una perdida, entonces hablamos que no sale acumulación, una perdida que pudiéramos aprovechar en las subsecuentes ventas de activos fijo hasta un limite de tiempo

A la venta de activo fijo te permite deducir el costo fiscal y así obtener el resultado de GANANCIA O PERDIDA POR VENTA DE ACTIVO FIJO. Esta partida ahora si pudiera tener efectos fiscales.

Luego tu adquieres, pues esta daría a lugar a deducirse vía depreciaciones.

Saludos
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/Mar/21 23:59
Re: RIF vende auto usado

Hola buenas noches:

Otro punto el IVA, por la venta TAMPOCO es sobre la venta. Es si hubo ganancia la que grava el IVA. No hay ganancia no existe traslado de IVA. para una PM

En el caso de una persona física la ley IVA lo considera INGRESO EXENTO O GRAVADO AL NO PAGO

Una persona física tuvo un CAPITAL el cual ya pago un ISR (desde esta premisa es la que empezamos) Con ese se compra un bien un auto. Lo usa, y lo desea vender. Si vende el auto, ahora ya tiene un ingreso pero ya tenia CAPITAL porque de nuevo lo gravamos.

Esta es la razón que te permite deducir un costo. Para no acumular TODO EL INGRESO porque posiblemente existe un capital dentro de la venta que no debiera VOLVERSE a tributar por segunda ocasión.

Por esta razón la ley, para evitar la DOBLE TRIBUTACION, te permite deducir un COSTO FISCAL EN VENTA DE ACTIVO FIJO.

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En una empresa, no es el mismo tratamiento, porque una empresa siempre hace en todo momento negocios, cuando lo vende lo hace en función de compra ventas, así que el IVA si va sobre el valor de la venta

Para ISR pues en pm, le otorga los mismos tratamientos que a las personas físicas. No hay cambio alguno

Saludos


Editado: Marzo 10, 2021 00:34:19
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 00:31
Re: RIF vende auto usado

ver artículo 9 de la Ley del IVA - ventas de autos usados EXENTOS para PF


ver artículo 27 del RLIVA establece que para los efectos de los numerales 8o y 12 de la LIVA
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 08:05
Re: RIF vende auto usado

Con fundamento en el Art. 9 fracc. IV de la LIVA, la venta de automóviles usados esta exenta de IVA, excepto cuando sea realizada por empresas.

En relación a este último punto, el Art. 16 del CFF, nos indica que se considera empresa también a la persona física que realice cualquiera de las siguientes actividades: Comercial, industrial, agrícola, ganadera, pesquera o silvícola.

En conclusión, solo las Personas Físicas que realicen Actividades Empresariales (RIF) causarán IVA por la enajenación de automóviles que hubiesen sido afectos a sus actividades.

Asimismo, en el RIF pueden restar de sus ingresos, las erogaciones efectivamente realizadas para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14633
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 08:12
Re: RIF vende auto usado

Un activo fijo se deduce vía depreciación. Cuando lo vendas LA VENTA no se acumula. SE ACUMULA como RENTA una ganancia si la hubo. Pudiera existir una perdida, entonces hablamos que no sale acumulación, una perdida que pudiéramos aprovechar en las subsecuentes ventas de activos fijo hasta un limite de tiempo


No aplica en RIF.

Art. 111 LISR. Para estos efectos, la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14633
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 10:15
Re: RIF vende auto usado

Ok, entonces si es correcto que un RIF al vender su auto, afecto a la actividad, debe acumular el total del ingreso cobrado por venta de activo fijo ya que lo dedujo por completo el año en que lo compró y por consiguiente no tiene derecho a ninguna deducción para el cálculo de la utilidad en venta de activo fijo.

Y ahora el coche nuevo lo podrá deducir al 100% aunque sólo pagó los $ 90,000 y los otros $ 90,000 los liquidará a una financiera durante 36 meses?
 
Perfil

Articulacion
Cabo

Mensajes: 44
Ingresó: Enero 27, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 10:58
Re: RIF vende auto usado

Ok, entonces si es correcto que un RIF al vender su auto, afecto a la actividad, debe acumular el total del ingreso cobrado por venta de activo fijo ya que lo dedujo por completo el año en que lo compró y por consiguiente no tiene derecho a ninguna deducción para el cálculo de la utilidad en venta de activo fijo. No procede cálculo de utilidad o pérdida en venta de activo fijo ya que como te comente en el Art. 111 las inversiones en Activos Fijos se consideran deducciones autorizadas

Y ahora el coche nuevo lo podrá deducir al 100% aunque sólo pagó los $ 90,000 y los otros $ 90,000 los liquidará a una financiera durante 36 meses? En la parte de gastos, el mismo Art. 111 menciona 'erogaciones efectivamente realizadas'
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14633
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 12:10
Re: RIF vende auto usado

Art. 111 LISR. Para estos efectos, la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Si aplica para RIF, porque la LISR señala un tratamiento para las adquisiciones de activos

No varia en los RIF y en PM o PF con actividad empresarial.
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
Perfil

ers9727
Mayor

Mensajes: 1163
Ingresó: Abril 22, 2019
Ubicación: Nuevo León

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/21 12:20
Re: RIF vende auto usado

Las personas físicas que se encuentren tributando en el RIF, deducen sus inversiones de forma diferente, pues en este régimen se permite deducir las erogaciones efectivamente realizadas para la compra de activos fijos, es decir, no calculan la depreciación (art. 111, quinto y noveno párrafos, LISR).

En ningún punto del citado artículo indica que para la deducción de inversiones se tendrá que proceder conforme a la sección II, Capítulo II del Título II de la LISR.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14633
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3