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Tópico: NEGOCIO FAMILIAR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2013 16:14:49 Asunto: Re: NEGOCIO FAMILIAR
Hola sajg, buenas tardes: mmm, creo que como hermanos, quizá sí tenga razón Finanzas. Lo anterior por lo siguiente: LFT vigente [quote]Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos.[/quote] LFT anterior [quote]Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos.[/quote] Pero la Ley anterior, mencionaba lo mismo. ¿Qué fundamento te proporcionaron? Saludos y que tengas una buena tarde.
Tópico: ÚLTIMOS CUATRO DÍGITOS DEL NÚMERO DE CUENTA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2013 10:25:55 Asunto: Re: ÚLTIMOS CUATRO DÍGITOS DEL NÚMERO DE CUENTA
Hola evamgr: RMF 2013 Regla: I.2.7.1.16. Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales En su penúltimo y antepenúltimo párrafo dispone: [quote]Los contribuyentes que emitan CFDI o CFD y apliquen la facilidad contenida en esta regla, señalarán en los apartados designados para incorporar dichos requisitos, la expresión NA o cualquier otra análoga, y cuando resulte aplicable, no incluirán el complemento respectivo. [color=blue]Los contribuyentes también podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos[/color].[/quote] Por lo tanto, si los datos que contiene tu factura si corresponden a alguna de tus cuentas pues sí está correcto. Con independencia de lo anterior, podrías (sugerencia) indicarles a tus proveedores que apliquen de manera general contigo lo que dispone el antepenúltimo párrafo de la regla en comento, así no habrá duda de que si sí o que si no. Aunque repito, también considera que tu comprobante, en el caso que planteas sí cumple el requisito para su deducción. Lo anterior, es desde mi particular punto de vista. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y que tengas un buen día.
Tópico: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2013 10:17:47 Asunto: Re: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
mmmm Otra vez me pasó! Elisain, yo creo que ya hasta tomó una maestría en impuestos y sino yo creo que ya se volvió experto en personas físicas, Y yo apenas dando mi opinión de como tributan las personas físicas. Sorry, es que ya tenía harto sueño:redface: Bien ISAKI, opino igual que tú.:wink Saludos y buen día.
Tópico: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2013 23:40:27 Asunto: Re: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
elizani: Por si las dudas... Las personas físicas causan sus impuestos sobre flujo de efectivo. Saludos nuevamente. Hola ISACKI, buenas noches: Tu pregunta: [quote]acompañando la duda del colega, inicia actividades ahora bien que tabla debe utilizar, esdecir la del mes en el que inicia sus operaciones o la del mes de enero considerando que incia operaciones en junio que tabla utilizaria la de junio o la de enero del año que corresponda. [/quote] En el caso que planteas debes utilizar la Tarifa del mes de Junio. No importa que sea tu primer mes como contribuyente, debes utilizar la Tarifa que corresponde aplicar en ese mes. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2013 23:26:55 Asunto: Re: PAGO PROVISIONAL DE ISR IINICIO DE OPERACIONES
Buenas noches elizain: [quote]UNA PERSONA MORAL CUANDO INICIA ACTIVIDADES NO PAGA ISRPORQUE NO TIENE COEFICIENTE DE UTILIDAD, MI PREGUNTA ES UNA PERSONA FISICA SI PAGA DESDE EL PRIMER MES QUE TIENE INGRESOS.[/quote] Así es. Las morales no presentar PP en su primer ejercicio fiscal. Ahora [quote]la PF ¿En qué régimen tributa y cuál es su actividad?[/quote] La regla general es que las Personas físicas sí deben presentar PP de ISR desde el primer mes en que se dan de alta, salvo los Repecos. El PP puede ser con impuesto a cargo o si no tuvo ningún ingreso deben presentar su PP en ceros. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: Asimilados a Salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2013 16:12:06 Asunto: Re: Asimilados a Salarios
Hola Verónica, buenas tardes: Desde mi particular punto de vista, sí se puede. Lo anterior, partiendo de una realidad. En caso contrario, puedes tener algunos quizá grandes problemas con el IMSS, en alguna revisión que te llegase a praticar. En el puesto de la F. III que mencionas, debe [color=blue]no existir la subordinación [/color] y debe estar todo de manera transparente y que no se preste a que el IMSS suponga que sólo es una simulación, obviamente con el objeto de no pagar las cuotas correspondientes. Y debe quedar claro que ambas actividades se ejecutan en horarios diferentes. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2013 15:56:59 Asunto: Re: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
Hola cpallares: Lo que te opina mi estimado Chavalón, considero que es correcto. Antes, cuando sí era requisito que el comprobante fiscal llevara el domicilio fiscal, podía ser cualquiera de los dos domicilios (el de la Matríz o Sucursal), eso ya era a elección del contribuyente. Saludos a ambos y que tengan una buena tarde.
Tópico: ¡¡ FELIZ Y PRÓSPERO AÑO 2013 !!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 31, 2012 18:13:02 Asunto: Re: ¡¡ FELIZ Y PRÓSPERO AÑO 2013 !!
Buenas tardes Chavalón, LC.GONZALEZ y Karina: Gracias por sus buenos deseos! Y deseo de vuelta lo mejor que la vida les pueda ofrecer a Uds y a todos sus seres queridos. Muchas gracias mi estimado Chavalón por lo que compartes! Asimismo, Les deseo a Uds, al resto de los compañeros del foro y a Fiscalia que en su vida nunca falte la paz, el amor y la felicidad. Que este año que viene sea de prosperidad, satisfacciones, logros y muchas alegrías en compañía de todos sus seres queridos. Jean Paul Sartre dice que 'Felicidad no es hacer lo que uno quiere sino querer lo que uno hace' Entonces los que amamos nuestra profesión, pues ya llevamos ventaja :wink: Que tengan una excelente noche y que pasen un !Feliz Año Nuevo! Saludos a todos
Tópico: |||FELIZ NAVIDAD¡¡¡
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 24, 2012 22:32:28 Asunto: Re: |||FELIZ NAVIDAD¡¡¡
Hola Marifer, buenas noches: Muchas gracias por tus palabras e igualmente. Deseo sinceramente a todos los compañeros foristas (incluyéndote a ti) y a Fiscalia mismo (a quien agradezco infinitamente su cooperación para la causa) que esta Navidad sea de Paz, Amor y Armonía y que todo ello perdure para siempre. Se dice que el AMOR es lo que mueve al mundo y sinceramente creo que así es…¡sin lugar a dudas! Por lo tanto, deseo de todo corazón que en el suyo nunca falte el mismo! Que Dios los bendiga hoy, mañana y siempre. Un saludo a todos y que tengan una excelente noche.
Tópico: Es deducible la compra de Alcohol
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2012 23:20:34 Asunto: Re: Es deducible la compra de Alcohol
Hola CPVelez, buenas noches. En Actividad profesional, seguramente sí. Pero para más seguridad, por favor, podrías comentar ¿Con qué objeto haces las compras de alcohol, o por qué motivo te causa duda? En Arrendamiento definitivamente no es deducible. Lo anterior porque el 142 de la LISR, dispone qué conceptos puede hacer deducible este régimen y no está contemplado el tipo de deducción que comentas. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte. [i]Editado: Diciembre 13, 2012 23:21:57[/i]

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