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Tópico: impuestos anticipados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 12, 2012 22:40:34 Asunto: Re: impuestos anticipados
Hola Felipe, buenas noches: Comentas: [color=blue] ''se dieron dos facturas en diciembre y se pagaron en enero, en virtud de que la acumulacion de ingresos se da a partir del pago ya sea en efectivo en cheque etc. podria realizar la presentacion de impuestos al dia de hoy ademas de realizar la suspencion y alta??? ''[/color] mmm ¿A qué mes o de qué mes serían los impuestos que pretendes (o pretendías) presentar el día de hoy? Ahora, respecto a la suspensión y alta, más bien será una actualización de obligaciones. Si reúnes los requisitos para tributar en el régimen intermedio, puedes hacerlo, estás dentro del plazo legal. O, si no estoy en el mismo canal, por favor, ¿Podrías ser más concreto respecto al motivo por el cual tienes dudas) Saludos.
Tópico: Modificacion Salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 12, 2012 15:43:13 Asunto: Re: Modificacion Salario
Perdón Enríque, dijiste: [color=blue]''Gracias por adjuntar la fundamentación sobre mi comentario. Así pudiera realizarlo de manera más precisa.''[/color] De nada Enríque, gracias a ti también. Y por favor,por ahi corrígele puse: ''En este caso, [color=blue]es obligación del trabajador[/color] presentar el aviso de modificación de salario el 01 de Enero, puesto que ellos no están en los supuestos para que el IMSS lo modifique por 'sistema' o en automático. '' Pobre trabajador, ya le estoy poniendo a él las obligaciones del patrón. Bueno mmm, tú no puedes corregirle, tons pondré una fe de erratas: Dice lo de los renglones anteriores. Debe decir: ''En este caso, [color=red]es obligación del patron[/color]...'' Saludos nuevamente.
Tópico: Modificacion Salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 12, 2012 15:37:22 Asunto: Re: Modificacion Salario
Hola nuevamente mi estimado Enríque9727...9728,9729,9730... Comentas: [color=blue]''En caso de que existan SMG y PRESTACIONES SUPERIORES A LA DE LA LEY, entonces ya opera lo de las letras azules que Usted nos ayudo a poner en su participacion anterior Y aqui el patron si debe continuar con su obligacion de presentar los avisos modificatorios.''[/color] Aparte de lo que comentas, hay otros supuestos, puesto que 'las letras azules', disponen lo siguiente: ''Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto, en aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados, cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito o cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.'' Si lo anterior lo dividimos, quedaría de la siguiente forma: ''Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto,: 1.- En aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados. 2. Cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito 3. O cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.'' Un ejemplo del punto 2, son aquéllos trabajadores que ganan el SMG con prestaciones mínimas de Ley, pero tienen una antigüedad mayor a 1 año, supongamos que esta dentro de su 2do año, entonces la integración del salario varía por la prima vacacional, puesto que el trabajador por dicha antigüedad, ahora le corresponden 8 días de vacaciones y no 6, como estaba en el primer año. En este caso, es obligación del trabajador presentar el aviso de modificación de salario el 01 de Enero, puesto que ellos no están en los supuestos para que el IMSS lo modifique por 'sistema' o en automático. Saludos mi estimado Enríque y que tengas una excelente tarde. [i]Editado: Enero 12, 2012 15:39:03[/i]
Tópico: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 12, 2012 15:19:27 Asunto: Re: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
Gracias a ti Vabdo. Y bueno,por lo menos ya me le adelanté al alguien, siempre todos se me adelantan. Saludos y que tengas una buena tarde.
Tópico: Modificacion Salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 12, 2012 11:20:09 Asunto: Re: Modificacion Salario
Hola Enríque, buen día: Comentas: ''Por el SMG, sea del área geográfica que sea, el [color=blue]patrón no requiere de entregar un aviso de modificación de salarios. El propio IMSS realizará estos cambios por su propia cuenta [/color]y todos sus sistemas, IDSE, Pensiones, Subsidios, etc, etc, etc. Obviamente debe existir el alta o el reingreso al padron del IMSS del trabajador. Sino pues cómo.'' mmmm, No en todos los casos aplica lo anterior, por lo siguiente: [b]REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN[/b] Artículo 55. El Instituto aplicará de oficio las modificaciones originadas por el cambio en los salarios mínimos generales, adicionándole los porcentajes mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, correspondientes a prima vacacional y aguinaldo, para aquellos trabajadores que reciban las prestaciones mínimas y tengan un año o menos de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito. [color=blue]Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto, en aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados, cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito o cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.[/color] Y estoy de acuerdo respecto a los diversos casos en que se deben presentar modificaciones. y que hay que estar 'buzos' con eso. Saludos y que tengas un excelente día.
Tópico: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 12, 2012 11:04:11 Asunto: Re: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
Buen día Ramusa: Me costó encontrarlo, pero lo logré. Te dejo la siguiente liga, observa los comentarios de Vabdo, tal vez cambies de opinión respecto a la razón de la declaración estadística...tal vez nop, pero...de todos modos espero que sea de tu utilidad. [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=43693&idCat=10[/url] Saludos y que tengas un buen día.
Tópico: MINI SITIO Regularizacion de ISR 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 12, 2012 10:54:18 Asunto: Re: MINI SITIO Regularizacion de ISR 2009
Hola, Cruzalex, buen día: Ok, comentas que ya te regularizaste por las posibles diferencias que estaban 'volando'. Y comentas también que la solución 'asegún' de los del SAT para realizar la aclaración es: [color=blue]''...me meti al CHAT del SAT y me cofirmaron que no se puede enviar informacion escaneada y que pusiera como origen de los ingresos OTROS y despues como ingreso familiar ...''[/color] En mi opinión no estoy de acuerdo en que se haga de esa manera, porque en realidad no estas aclarando correctamente, tal vez hasta se esté empeorando la situación, porque manifestarás que es un [color=blue]ingreso familiar y no es así[/colr]. Ahora, ¿Cuál sería mi recomendación a tu caso? No hagas ninguna aclaración, no pasará nada porque el no atender la carta invitación no te atraerá multas, puesto que no es un requerimiento de autoridad en forma. Entonces, como no pasará nada si no contestas y tú ya estás regularizado, sólo espera a que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación en forma, esto es vía requerimiento debidamente fundados y motivados y... entonces ahora sí le realizas la aclaración correspondiente, como debe ser. Lo anterior, puesto que si respondes ahora, lo harás de una manera 'encajonada' sin más opción que la señalada, pero cuando te requieran en forma podrás comprobar con los documentos que pretendes escanear, que todo está correcto y...tampoco pasará nada (multas), porque tú ya estás regularizado. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: Modificacion Salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 11, 2012 15:57:47 Asunto: Re: Modificacion Salario
Lo anterior,por obvias razones. Se presentan avisos de modificación de salarios, siempre y cuando éstos se modifiquen, pero si no, 'tons' no. Fund. Art. 34 LSS Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos nuevamente.
Tópico: Modificacion Salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 11, 2012 15:44:42 Asunto: Re: Modificacion Salario
Hola Fernando, buenas tardes: Respecto a tus dudas, puedo comentarte lo siguiente: [color=blue]''Ya ven que cada año cambian los SMG se tiene que modificar sueldos cada 1 de enero...''[/color] Si tus trabajadores tienen salario mínimo profesional (tengo claro que no tienes mínimos generales), sí debes presentar modificación de salarios con fecha 1 de Enero, por obvias razones (Ya que éste cambió). [color=blue]''o hasta que su aniversario se de como lo veniamos haciendo?''[/color] Si ninguno tiene mínimo profesional ni mínimo general, entonces debes hacerlo hasta 'su aniversario'. [color=blue]''...estos ganan superior al minimo, o no vienen en la lista de los profesionals''[/color] Ok, si éstos ganan superior al mínimo o no están en la lista de profesionales (seguro,seguro),entonces sólo debes presentar su aviso de modificación de salarios hasta que cumplan 'su aniversario' Saludos y buena suerte.
Tópico: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2012 10:57:59 Asunto: Re: AYUDA MECÁNICA IVA A FAVOR
Buen día mi estimado Hugo: Dice que ya lo checó: Kary dijo: [color=blue]''En el mes de enero se declaran $250.00 de Iva a favor en el portal bancrio, se procederá a acreditar contra el Iva de los meses siguientes (Art 6°LIVA)''[/color] Saludos mi estimado Hugo y que tengas un buen día.

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