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Tópico: AHORA EL SAT TIENE DESCARGA MASIVA DE CFDi GRATUITA !!!!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2015 11:53:44 Asunto: Re: AHORA EL SAT TIENE DESCARGA MASIVA DE CFDi GRATUITA !!!!!!
Buen día Silvestre: Muchas gracias. Siempre sí utilicé el de 'descarga masiva', aunque no funcionó en su momento, confiando en los buenos comentarios en este foro respecto a dicho programa, lo puse en práctica (porque probarlo sí lo intenté, pero tenía muchísisisisimo trabajo y ambos dos estábamos muy cansado, porque no funcionó :) ) ¡¡¡¡¡¿Y qué crees?!!!!! ¡¡¡¡¡¡Ese programa es una maravilla!!!! Me ahorra chorrocientas mil horas de trabajo. Y seguro estás pensando...pero ahora el tema no es ese. :redface: Es que con todo el respeto que de mi parte se merece el SAT, pero pone sus 'ayudas' al contribuyente muy precarias. Y para muestra la de 'facturación gratuita de su página'. ¡Todos le ganan! Gracias nuevamente y que tengas un buen día. ¡Saludos! P.D. Por cierto, cada vez le hacen mejoras muy útiles a 'Descarga Masiva'. Ahora...¡soy el número uno en recomendarlo! [i]Editado: Julio 06, 2015 11:59:10[/i]
Tópico: PROBLEMA CON PAGINA SAT DECLARACION COMPLEMENTARIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2015 12:10:12 Asunto: Re: PROBLEMA CON PAGINA SAT DECLARACION COMPLEMENTARIA
Hola Beto, buen día: Al principio debes elegir el tipo de declaración 'Complementaria' y en 'Tipo de declaraciones' (esta se habilita al indicar que presentarás una complementaria) eliges 'Modificación de Obligaciones' y el mes que deseas corregir y señalas la o las obligaciones a corregir. Una vez hecho lo anterior, ingresas, modificas o corriges lo que deseas y le das 'siguiente' en la segunda 'ventana' te aparece lo que necesitas. Espero que funcione. Chrome y Mozilla, están funcionando bien. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: Normas de Informacion Financiera
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2015 11:50:10 Asunto: Re: Normas de Informacion Financiera
[quote]ya ni la haces mi chavo con el tema del asiento contable..jojojo[/quote] Ni al caso tu comentario hacia Allende. Estos foros son para eso. Según yo. ¿O para que son? Ud. disculpe la ignorancia. En fin. Saludos a todos. [i]Editado: Julio 03, 2015 11:55:33[/i]
Tópico: CANCELAR IVA MENSUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2015 11:18:17 Asunto: Re: CANCELAR IVA MENSUAL
No tienes de qué Allende. Que tengas un buen día. Saludos. P.D.[quote]Por eso inicie este tópico, ([color=blue]aunque todos me han regañado.....)[/color], pero sirve para reafirmar un criterio.[/quote] Mmmm... Te comparto una frase: [color=blue]La duda es uno de los nombres de la inteligencia.[/color] Jorge Luis Borges. Buen día nuevametne.
Tópico: CANCELAR IVA MENSUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2015 11:00:54 Asunto: Re: CANCELAR IVA MENSUAL
Buen día: [quote]O quizá ni está 'enredosa'... [/quote] Mmmm... 'Corretzión' al primer ejemplo (:redface:): [quote]IVA cobrado $[color=blue]500.00[/color] IVA ACREDITABLE PAGADO $[color=blue]1,000.00[/color] Entonces, en mismo Junio debes realizar lo siguiente: Cargas al IVA cobrado por los $[color=blue]500.00, [/color] Abonas al IVA acreditable pagado por los $[color=blue]1,000.00[/color] Y cargas al Saldo a favor de IVA (Cuenta de activo) $500.00[/quote] Ud disculpe. Saludos nuevamente. [i]Editado: Julio 02, 2015 11:07:06[/i]
Tópico: CANCELAR IVA MENSUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2015 15:17:31 Asunto: Re: CANCELAR IVA MENSUAL
O quizá ni está 'enredosa' y esa ni es tu duda :) De todos modos, si replanteas, quizá pueda ayudarte. Y bueno sólo por cultura general, si sí fuera esa tu duda...¿Qué otra forma es la que te comentan que se hace? Es que yo sólo sé esa :) Saludos y buena tarde, nuevamente.
Tópico: CANCELAR IVA MENSUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2015 15:08:44 Asunto: Re: CANCELAR IVA MENSUAL
Hola Allende, buenas tardes: [quote]La que es mas consistente es: Al efectuar el pago, cancelas el IVA ACREDITABLE PAGADO contra el IVA COBRADO. [/quote] Como te comenta Athealwolf, debes provisionar al fin del mes de que se trate tu IVA a Cargo o a Favor, según corresponda. Supongamos el siguiente ejemplo: Tienes tus cuentas de IVA con el siguiente saldo en el mes de Junio de 2015: IVA cobrado $1,000.00 IVA ACREDITABLE PAGADO $500.00 Entonces, en mismo Junio debes realizar lo siguiente: Cargas al IVA cobrado por los $1,000.00, Abonas al IVA acreditable pagado por los $500.00 Y cargas al Saldo a favor de IVA (Cuenta de activo) $500.00 Si el IVA cobrado fuera 1,000.00 y el IVA acreditable pagado $500.00 (o sea, al revés que el ejemplo anterior), harías lo mismo, sólo que ahora abonarías al IVA por Pagar $500.00 Y así quedarían tus saldos en ceros en las cuentas de control del IVA (cobrado y pagado) y sólo reflejado el saldo a favor o por pagar, según sea el caso. En el caso del Saldo a favor, basta con presentar tu declaración con dicho saldo a favor (a más tardar el 17 de Julio) y listo. En el caso del saldo a cargo, pues lo tienes que pagar a más tardar el 17 de Julio (suponiendo la no existencia de días adicionales) y el registro sería el siguiente: [u]Registros contables en Julio de 2015:[/u] Cargo: IVA por Pagar: $500.00 Abono: Bancos: $500.00 Si suena 'enredosa' la cosa, replantea tus dudas. Quizá pueda ayudarte. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y que tengas una buena tarde.
Tópico: Arrendamiento y Actividad Empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2015 23:10:13 Asunto: Re: Arrendamiento y Actividad Empresarial
Hola Jazz, [quote]...mis dudas surgen porque se llevan dos contabilidades por separado...[/quote] Así se deben llevar. Es hasta la declaración anual donde acumulas todos tus ingresos para determinar el impuesto correspondiente, pero...solo para ese efecto. Respecto a tu otra duda: En el capítulo de enajenación de bienes, tributarías si los inmuebles que se enajenan lo hicieras como particular. Por ejemplo: Si vendes tu casa o tu departamento o un terreno a tu nombre, sin que te dediques a eso, entonces, el impuesto se calculará vía el capítulo de 'Enajenación de bienes', pero... Si es parte de tu actividad entonces, debes tributar como estás. Respecto a los estados financieros, sólo deben contener la información relativa a la actividad empresarial. El arrendamiento es aparte. De hecho como lo comenta Oziel, en el Declarasat hay un anexo independiente y con eso ya está informado. Reitero, los estados financieros solo deben ser de tu actividad empresarial, exclusivamente. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y que pases buenas noches.
Tópico: Sabías que … ya puede consultar el Docto de Retenciones e Información de Pagos!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2015 22:55:51 Asunto: Re: Sabías que … ya puede consultar el Docto de Retenciones e Información de Pagos!!!
Gracias Silvestre, por el tiempo que te tomas para compartir lo que sabes. Siempre son de mucha utilidad tus participaciones. Saludos y que pases buenas noches.
Tópico: regimen de incoporacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2015 22:48:36 Asunto: Re: regimen de incoporacion
Hola Pacatelas, [quote]No es ego, es seguridad. [/quote] Perfecto. Entonces, sí puedes ver con objetividad el buen comentario del estimado compañero, Silvestre. Ahí encontrarás tu ansiada respuesta. [quote]Lea bien...[/quote] Ya lo había hecho y lo volví a hacer. Gracias por tu sugerencia. Ojalá pusieras en práctica lo que frecuentemente sugieres. [quote]Alguien dijo: [quote]'el régimen no importa'[/quote] [/quote] Así es. Lo dijo Silvestre en una muy clara y precisa explicación. Que no deja lugar a ninguna duda. Desde mi muy particular punto de vista, no falta la respuesta a tu pregunta. Si alguien le falta es a ti y tú, supongo ya la sabes. Por lo tanto, nuevamente desde mi particular punto de vista, no existe un tema sobre el cual debatir. Ya que reitero, las respuestas a tus dudas ya están plasmadas en este tópico. Saludos y buenas noches. [i]Editado: Junio 04, 2015 22:51:48[/i]

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