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Tópico: DECLARACION ANUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 23:06:39 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL
Buenas noches Fernando: Si consultaste las transacciones,mmm no siempre aparecen todas, sólo aparecen las últimas. Puedes ingresar al expediente integral del contribuyente. Ahi te debe aparecer, sino pues entonces no está presentada como bien señalan los compañeros. Otra: Puedes ir directamente al SAT y verificar. En una de esas te ahorras algo de trabajo. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: requerimiento y multa en mismo formato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 22:55:55 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Continuando... CFF ''Artículo 82. [color=blue]A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones[/color], solicitudes, documentación, avisos o información, así como de expedir constancias a que se refiere el artículo 81 de este Código, [color=blue]se impondrán las siguientes multas:[/color] I. Para la señalada en la fracción I: a) De $980.00 a $12,240.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a que se refiere este inciso. b) De $980.00 a $24,480.00, por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia,[color=blue] fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento[/color].'' Entonces, de acuerdo a lo anterior, se puede corroborar que el CFF dispone que la autoridad fiscal sí puede imponer la multa desde el principio, puesto que una infracción es: NO PRESENTAR LAS DECLARACIONES (Art. 81 Fr. I). Y obviamente es que sí la autoridad requiere es porque según ella la presentación de una obligación ha sido omitida. En caso contrario, ¿Cuál sería el motivo que origina que se emita un requerimiento? [color=blue]Debe existir un motivo[/color], en caso contrario, el 16 CPEUM dispone que no puede ser molestado el contribuyente. Entonces, de acuerdo a lo anterior, mi opinión sigue siendo la misma: La autoridad puede emitir una multa y requerir una obligación en el mismo documento. Suponiendo que la autoridad actua conforme a derecho, entonces: Que la multa proceda o no, eso depende de si la obligación requerida fue presentada en tiempo y forma o de forma espontánea, o si la misma fue presentada a requerimiento de autoridad. Sin embaro, reitero mi respeto hacia tu criterio. Saludos nuevamente mi estimado Hugo y que pases buenas noches.
Tópico: requerimiento y multa en mismo formato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 22:43:31 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Muy bien Luigui, gracias por la aclaración. Buenas noches mi estimado Hugo, regresé: Veamos: El art. 41 CFF que ya plasmaste, dispone en su fracción I que si no se presentan las declaraciones en tiempo, las mismas serán exigidas por la autoridad, procediendo para tal efecto con la imposición de una multa. Dispone también que lo anterior lo hará 'EN LOS TÉRMINOS DE ESTE CÓDIGO' y además requerirá hasta en 3 ocasiones la declaración omitida, otorgado para su cumplimiento un plazo de 15 días. Veamos entonces en qué casos se impondrán las multas y cuáles SON LOS TÉRMINOS DE ESTE CÓDIGO' a que el art. anterior hace referencia: CFF ''Artículo 81. [color=blue]Son infracciones[/color] relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedir constancias: I. [color=blue]No presentar las declaraciones[/color], las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público [color=blue]o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales[/color]. [b]No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales [/b]para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, [color=red]o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.[/color]'' Saludos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 16:17:39 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Hola mi estimado Hugo: Así es mi estimado compañero: Comentas: ¿ entonces de que serviria el plazo, si lo multarian al mismo tiempo en que es requerido ?, lo cual NO lo estipula el CFF.[/u] Porque si no se cumple con la obligación en el plazo para ello establecido, hablando de CFF, entonces se hace acreedor a OTRA multa por no presentar la obligación dentro del plazo otorgado, o sea, dentro de los 15 días. (esto claro, en caso de que la obligación se cumpla a requerimiento de autoridad) Si estoy diciendo incoherencias, en la noche espero rectificar, o sustentar mi criterio. Por ahora, las obligaciones me llaman y como dicen, no voy me llevan. Pero prometo volver:wink: Gusto en saludarte y que tengas una buena tarde. [i]Editado: Junio 26, 2012 16:19:15[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 16:05:36 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Hola Vicentino: No problem compañero, no tengo nada que disculpar. Y bueno, por supuesto que la autoridad puede emitir la multa y el requerimiento de la obligación en el mismo documento. (desde mi particular punto de vista, claro) Claro está, que si la obligación fue cumplida en tiempo y forma, o de manera extemporánea pero espontánea, pues no procedería el pago de la multa. Ahora, ¿Por qué si puede multar desde el principio? Porque se supone que le consta que la obligación está sin cumplir, salvo prueba en contrario. Ahora, si fuera un req. de un impuesto estatal y el Código Fiscal que correspondiera aplicar, dispusiera que no debe multar y emitir el requerimiento al mismo tiempo, pues entonces no debe, porque de poder pues...siempre pueden. Saludos y que tengas una buena tarde. [i]Editado: Junio 26, 2012 16:09:31[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 15:40:47 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Hola nuevamente Luigui: Pues sí, asi son las cosas y los clientes. Además eso es humanamente...comprensible.:wink: Un favor, podrías aclarar si el 'isp' ¿es un impuesto estatal o hubo error de dedo y es federal? Ahora, mi estimado Hugo, gusto en saludarte y coincidir en el presente tópico, aunque no en el criterio. El artículo que plasmas aplicaría a un impuesto federal, pero, puede ser que lo que Finanzas requiera pueda ser un impuesto estatal. Entonces, desde mi particular punto de vista le aplicaría el Código Fiscal del Estado de Coahuila. Pero...suponiendo que fuera un impuesto federal, el artículo que comentas dispone precisamente que la autoridad, sí puede multar y requerir en el mismo documento. La[color=blue] 'Y' [/color]une, mi estimado Hugo. Tú mismo lo estás resaltando. Lo anterior claro, es desde mi particular punto de vista. Como siempre respeto tu criterio, así como el de los demás. Saludos a todos y que tengan una buena tarde. [i]Editado: Junio 26, 2012 15:41:29[/i]
Tópico: FACTURACION ELECTRONICA 'PAGO NO IDENTIFICADO'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 10:48:56 Asunto: Re: FACTURACION ELECTRONICA 'PAGO NO IDENTIFICADO'
Así es Fabiz: Las facturas de impresor autorizado, las sigues emitiendo tal cual lo has estado haciendo. Ésas no deben contener los requisitos previstos en las reformas fiscales que entran en vigor el 1 de Julio próximo. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: requerimiento y multa en mismo formato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 10:37:33 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Y...el que alguien no cumpla en tiempo, pues... no sé si exista alguno que siempre de los siempres haya cumplido todas sus obligaciones en tiempo y forma. Honestamente creo que nadie, pero bueno quizá me equivoque. Ahora, para saber si la multa es excesiva o no, pues tendría Luigui que proporcionar ese dato. A veces si a nuestros compañeros de trabajo no se le informa como proceder, por temor se niegan a recibir y con eso le da elementos a la autoridad de armar todo mejor a su conveniencia y si no te apoyas en un abogado pues ellos se anecian a que pues te notificaron y San se acabó. Lo que agrava la situación es que efectivamente la oblgación requerida no se hubiese presentado... Lo digo, obvio porque me ha pasado, de ahi que como dicen eso sólo debe suceder una vez, porque[color=blue] próxima no habrá[/color]...porque para la próxma ya sabes como actuarán y entonces prevés con el personal y listo. Los problemas se hacen menores. Una disculpa Luigui, por no poder ayudar de una forma más integral. Pero como dicen los compañeros estás en todo tu derecho de defenderte. Saludos a todos y que tenga un buen día. [i]Editado: Junio 26, 2012 10:39:28[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 10:26:13 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Buen día Vicentino: Ya leí la información que amablemente proporcionas, muchas gracias. Yo dije: [color=blue]''Todas las documentos que se notifiquen deben estar estar FUNDADOS y motivados, en caso contrario no tendría validez. ''[/color] ''Ahora, si no presentaste en tiempo la obligación que te requieren, o si no la presentaste antes de que te la requirieran, desafortunadamente sí te harás acreedor a la multa. '' ''La notificación no siguió el procedimiento de Ley, pero...[color=blue]debes demostrarlo [/color]...'' Y mencioné el costo beneficio. Ahora mi estimado compañero, una cosa es cierta, con independencia de que si la autoridad procedió legalmente o no. La obligación, tal vez, no se cumplió en tiempo y todos los contadores sabemos que pasa cuando eso sucede. Saludos a todos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2012 23:32:37 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Hola Luigui: mmm...Una disculpa pero no sé que es el isp. Y pues sí, sí puede la autoridad requerir y multar en el mismo documento. Es una facultad que tienen las autoridades fiscales. Ahora, respecto al fundamento para que lo hagan así, el mismo documento que notificaron lo contiene. Todas las documentos que se notifiquen deben estar estar FUNDADOS y motivados, en caso contrario no tendría validez. Seguramente te señalará algunos artículos del Código Fiscal de Coahuila. Y podrás corroborar si es correcto o no. Ahora, si no presentaste en tiempo la obligación que te requieren, o si no la presentaste antes de que te la requirieran, desafortunadamente sí te harás acreedor a la multa. La notificación no siguió el procedimiento de Ley, pero...debes demostrarlo y para eso, necesitarás el apoyo de un abogado. Recomendación: Evalúa si te conviene pagar la multa (según el importe) o buscar como echarla abajo. Espero que mi comentario sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.

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