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Tópico: CONTINUACION CON NUEVOS REQUISITOS DE COMPROBANTES FISCALES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2012 10:16:38 Asunto: Re: CONTINUACION CON NUEVOS REQUISITOS DE COMPROBANTES FISCALES
Buen día mi estimadísima Memoli. Gracias por la información. Es una buena observación para todos aquellos que caigan en ese supuesto. Es muy útil, como bien lo comentaste en otro foro, el comentar en este medio, los cambios a las disposiciones fiscales. Nos ayuda a todos (creo que así es, sino por lo menos para mí, sí lo es) Por lo anterior, de mi parte agradezco enormemente tanto a ti, como a los que han subido a la página información interesante, el tiempo que se toman para compartir información analizada o 'detectada'. Ok, Edité para lo siguiente: Amiga Memoli: Que tengas un Felíz Año, que sea de realizaciones y prosperidad,y que todos pero todos todos tus deseos se hagan realidad y que Dios te llene de bendiciones, hoy, mañana y siempre. Ud disculpe la falta de atención, pero mi estimadísimo Chavalón (Saludos) me puso la muestra:redface: Sorry, otra vez. Saludos y que tengas un excelente día. [i]Editado: Enero 05, 2012 10:39:36[/i]
Tópico: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:51:59 Asunto: Re: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
Corrección: Dije: ''Ejemplo: En Noviembre 2011 se adquiere una inversión y se paga en Enero 2012, a partir de cuando se debe empezar a deducir.'' Es: En Noviembre 2011 se adquiere una inversión y se paga en Enero 2012 ¿A partir de cuándo se debe empezar a deducir? Saludos nuevamente.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:34:32 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Vabdo: Gracias a ti también. Saludos y buen día.
Tópico: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:28:42 Asunto: Re: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
Buen día Juez. Bien, respeto tu criterio. Veamos otro supuesto: LISR Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: … Fracción IX … [color=blue]Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre[/color], siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses. Ejemplo: En Noviembre 2011 se adquiere una inversión y se paga en Enero 2012, a partir de cuando se debe empezar a deducir. Con independencia de lo anterior, reitero nuevamente mi respeto hacia tu criterio. Saludos y que tengas un buen día.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:16:29 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
mmm, Vabdo, la regla ya la emitió, es la que comenta Hugo. Saludos.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:13:00 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Corrección: La regla que comenta mi estimadoHugo, dispone en una parte que: [color=blue]''El envío de la información se realizará mediante archivo electrónico a través de la página de Internet del SAT''[/color] No he checado el archivo electrónico publicado, puesto que menciona que está desactualizado, si es así, efectivamente al SAT le falta actualizarlo, pero la regla dispone que en el formato publicado en dicha página debe enviarse la información. Saludos nuevamente.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2012 10:09:19 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Buen día. Desde mi particular punto de vista, coincido en que sí se debe envíar el listado de forma anual, de acuerdo a lo siguiente: LIF 2011 Artículo 21. Para los efectos de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única se estará a lo siguiente: II. En materia de impuesto empresarial a tasa única: 1. [color=blue]Para los efectos del artículo 8 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales[/color], [u]en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011[/u], [[color=red]b]en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general[/b[/color]]. La información a que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar. Y la regla que comenta mi estimado Hugo, es:''...el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general...' De acuerdo a lo anterior, es que sí debe presentarse en el formato que publique el SAT, en su página, ya que la regla señalada así lo dispone. Saludos y buen día.
Tópico: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 22:42:22 Asunto: Re: Pasivos a PF al cierre del ejericicio son ND, y si son inversiones?
Buena noche Juez. Bien, Entonces, veamos más a detalle y precisamente con información que tú estás proporcionando: LISR Artículo 31 en su fracción II, dispone: “”Que cuando esta Ley permita la deducción de inversiones se proceda en los términos de la sección II de este Capítulo.”” Ahora, la fracción IX, dispone lo que ya se vió con anterioridad. ¿Cuál de las dos fracciones debe aplicarse? En caso de duda, ¿Cuál es más específica? Porque en última instancia, ambas fracciones se están contraponiendo, puesto que la fracción II me señala que se proceda de conformidad con la Sección II del Capítulo II del Título II, mismo que dispone lo mismo para todas las inversiones, con independencia del “origen” de las mismas, es decir, no menciona en ninguno de sus artículos (Sección II) que deban estar pagadas para que proceda su deducción, salvo, lo dispuesto en el art´. 42 en su fracción VII. Conclusión: Desde mi particular punto de vista, de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 31 LISR y la Sección II señalada, a las inversiones no les aplica que para que proceda su deducción, deban estar efectivamente pagadas. Saludos y que tengas buenas noches.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 11:38:28 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Juan, una disculpa, ya la encontré. Es la siguiente: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/reforma2008/137_10644.html[/url] Sorry, pero no la encontraba. Buen día.
Tópico: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2012 11:22:19 Asunto: Re: LISTADO ANUAL IETU FECHA DE PRESENTACION
Buen día Juanmahdez: ¿Cuál es la liga para ver lo que comentas del IETU(de lo publicado en la página del SAT? Agradezco de antemano tu atención. Saludos y que tengas un buen día.

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