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Tópico: llenado formato 41 electronico
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2011 12:49:05 Asunto: Re: llenado formato 41 electronico
Buen día Marifer. De nada. Saludos y buen fín de semana.
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2011 11:56:21 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Hola Wyrmvater, buenos días. En lo de la anual de IVA ¿te refieres a llenar mes a mes de manera proporcional o sólo la parte informativa, donde dice cuanto pagó cada uno de IVA? Sí que me ha constado un poco o un mucho esto de la copropiedad, a la hora de 'ejecutar' lo dispuesto en la Ley. Precisamente quise consultar con uds todos los compañeros foristas mi duda al respecto, porque como nadie lleva una copropiedad de los conocidos cercanos, pues ya te imaginarás, cuando les comentas todos te dicen algo diferente,porque solo 'suponen' que debería de ser de x o y manera, y hasta ahi. Y ya es consuelo ver que el SAT también esta 'confundido' :smile: De hecho eso del IVA, lo hice así, por la respuesta recibida, sin embargo, no tenía al 100% la seguridad de que era lo correcto, pero no entontraba el fundamento proporcionado por Memoli, debo reconocer que busqué en todo (aunque seguramente pensarán, en todo?, no fue así y tienen toda la razón) excepto en el RLIVA. Lo prometo que así fue. Pero bueno es una lección grande la que he aprendido con sus valiosos comentarios, y si estoy en un error, como dije anteriormente, entonces a corregir!!. Si veré que opina la autoridad al respecto, con sus comentarios ahora tengo la duda si 'aceptará' que se siga presentando así o no. De acuerdo a Ley es obvio que no, sin embargo, veré nuevamente que me confirme su criterio. Saludos y buen día.
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2011 00:07:31 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Mi estimada Memoli, si estoy de acuerdo en lo que indicas del art. 76 del RLIVA. Por la respuesta recibida ya no cheque más que el fundamento que ellos proporcionaron. Pero bueno, la cuestión es ver que 'acepta' el SAT, de acuerdo a lo comentado por Vabdo y Wyrmvater, ahora en la anual, veré el efecto y si hay que corregir, entonces ... a corregir .:wink: Otra vez, muchas gracias y saludos a todos.
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2011 22:54:14 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Gracias por sus comentarios, sogtorreon, a_cano,CPHugocejo. Buenas noches, Wyrmvater, gracias por tu comentario. Tú lo que haces es: En ISR: PP y anual cada copropietario. En IETU y en IVA en PP solo el rep.común. Y en la anual hace lo siguiente cada copropietario: Anual en proporción ISR así como en el IETU Y el IVA lo declaras en forma proporcional, solo en la parte donde dice 'Copropiedad, Sociedad Conyugal o Sucesión' Lo anterior, es correcto? Lo pregunto por como varía la forma en que se declara en una copropiedad por arrendamiento, o sea, el SAT acepta las 'variaciones' que hay en la presentación de las obligaciones de acuerdo a casos reales y concretos. Casos reales el tuyo y el de Vabdo y ambos obtienen devoluciones sin problema. ¿Ahora quién esta mal, Vabdo, tú o el SAT? ¿o ninguno de los tres? Porque actualmente que se inició la copropiedad, por la respuesta recibida, pues en mi caso, también el IVA lo paga en PP cada uno, obvio en proporción. Entonces, honestamente y sin intentar ofender a alguien, yo quisiera que si alguien esta mal fuera cualquiera menos Vabdo, por favor:green: No es cierto muchachones y Memoli, es broma, se agradecen enormemente sus comentarios. Saludos. [i]Editado: Mayo 06, 2011 23:55:59[/i]
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2011 22:38:57 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Buenas noches, Memoli. De hecho te comentaré que para efectos de la consulta respecto al ISR y al IETU se fundamentó de acuerdo a lo que mencioné anteriormente. Pero, para efectos del IVA ya no se fundamentó ningún artículo, sólo se aprovechó que solicitaron que se hiciciera una actualización de movimientos debido a que no se habían relacionado los RFC´S de los representados. Lo anterior no se hizo la primera vez, porque el cuestionario indica que esa relación es opcional y porque en ese momento, no conocía los RFC´S de ambos representados, entonces prefirí omitirlos. Se dió respuesta a lo anterior, sólo para tener antecedente de que ellos habian indicado que no importaba que el cuestionario no contemplara los pp de ISR-IETU y tampoco la anual de IETU. Y se aprovechó para informar que se presentaba el movimiento sugerido y a su vez, se consultó que si para efectos del IVA, también sería de manera proporcional (sin fundamento), y contestó lo copiado y pegado en mis comentarios anteriores. Gracias nuevamente y que tengas un buen fín de semana. [i]Editado: Mayo 06, 2011 23:52:45[/i]
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2011 21:59:05 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Buenas noches Vabdo, gracias por contestar. Sí asi es, si que varían los procedimientos y los criterios, como bien lo mencionas. Entonces, tú comentas que aún y con la revisión del SAT, o bueno a partir de la revisión del SAT, la sociedad conyugal cumple digamos con el pago provisional de IVA cada uno y no has tenido problema alguno. Y que para que el SAT devuelva lo que deba devolver sin 'peros', el retenedor te expide constancia con IVA e ISR retenido al 50% y 50%, a pesar de que de acuerdo a documentos el sólo le retiene a uno. Te lo comento, porque alguna vez ya me habías recomendado lo de las constancias, lo tengo presente. Y si en mi caso, para ISR también se aplica deducción ciega, ya que le conviene más a la copropiedad. Saludos y muchas gracias. [i]Editado: Mayo 06, 2011 23:41:50[/i]
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 06, 2011 11:24:12 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Hola Memoli, buenos días. mmm anoche ya no estaba conectada a la hora que dices, apague mi máquina sin cerrar mi sesión, tal vez por eso indicaba que seguía conectada. Y una disculpa Memoli, desde como a las 9:30 am vi tu comentario, pero no había podido contestarte. Gracias Memoli, mira el día de hoy es un poco pesados para mi, todos los viernes son así, pero en la noche estaré checando por fa si me enviaste el mensaje o correo., para que pueda contestarte con calma. Gracias nuevamente por tu atención. Que tengas un excelente día. Saludos. [i]Editado: Mayo 06, 2011 11:26:10[/i]
Tópico: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 22:47:52 Asunto: Re: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
Ándale Pumita, precisamente lo que comentas que le dijiste al contribuyente, es lo que tenía duda si se lo habías dicho ya, con todo y lo de las 'cheves':smile: Así es Pumita, si son deducibles por lo ya comentado; y recomendación, no tires la toalla, más bien toma en cuenta las recomendaciones que te hacen los compañeros foristas para deslindar responsabiliades y listo, ves que dicen que 'al cliente lo que pida', y no lo digo por falta de ética o de responsabilidad, sino porque a veces por más que explicas, casi casi te dicen: 'Hazlo así, es mi riesgo, que no!', Tons uno dice, 'no pues eso si', y así le hace uno, por lo menos mientras ganas terreno y lo convences; que en esto último tampoco debemos tirar la toalla, finalmente es nuestro trabajo y hay que hacerlo lo mejor que se pueda en el aspecto ético y profesional. Saludos Pumita y buena suerte.
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 21:31:56 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Buenas noches RubenPineda, gracias por tu observación. Fíjate que si lo leí, de hecho en la orientación que se hizo al SAT vía el 'Mi Portal', se pusieron los siguientes fundamentos: 108 LISR 123 RLISR 18-IV LIETU Y se le solicitaba nos orientara como corregir lo que el cuestionario había asignado a los representados porque en el cuestionario no había un campo donde se indicara que cada uno acumularía la parte proporcional que le correspondía y obviamente presentaría cada uno sus obligaciones, desde los pagos provisionales, y contestó lo siguiente: 2. EN EL CASO QUE EN LA GUÍA DE LAS OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTADOS NO SEÑALE LAS OBLIGACIONES DE DECLARACIÓN ANUAL Y PAGOS PROVISIONALES, DE NO TRATARSE DE SOCIEDAD CONYUGAL, ENTONCES CADA UNO DEBE CUMPLIR CON LA PRESENTACIÓN DE LAS MISMAS, POR LA PARTE PROPORCIONAL DE INGRESOS Y DEDUCCIONES QUE LES CORRESPONDAN A CADA UNO, ELLO INDEPENDIENTE DE QUE SU GUÍA DE OBLIGACIONES NO LO SEÑALE. 3. IGUALMENTE POR LO QUE SE REFIERE A LOS PAGOS PROVISIONALES DE IETU, DE NO TRATARSE DE SOCIEDAD CONYUGAL, DEBERÁN PRESENTARSE POR CADA REPRESENTADO POR LA PARTE PROPORCIONAL QUE LES CORRESPONDA. Hasta aqui todo estaba bien, el problema viene en la respuesta que otorga respecto a lo del IVA. Ojalá pudieras comentarme como te va en tu cita del Lunes y si no, de todos modos muchas gracias por tu atención. Saludos y buena suerte en tu cita del Lunes.
Tópico: Copropiedad en arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 21:12:59 Asunto: Re: Copropiedad en arrendamiento
Buenas noches Memoli, muchas gracias. Si deseo enviarte el correo privado, pero, ¿Cómo te lo envío? Ya chequé tu perfil y no tienes manifestado ningún correo. Esa es la forma que me sé:redface: En mi perfil puse mi correo, si no es mucha molestia ¿Puedes enviar un correo al mío? ¿O si hay otra manera, por fa me puedes decir como le hago?. Saludos Memoli y nuevamente muchas gracias por tu atención. [i]Editado: Mayo 05, 2011 22:30:10[/i]

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