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Tópico: Persona Fisica, Reg Arrendamiento, manejo de isr retenciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2016 22:44:26 Asunto: Re: Persona Fisica, Reg Arrendamiento, manejo de isr retenciones
Hola nuevamente, Efectivamente las retenciones tienen el caracter de pago provisional, pero... En el caso de los ingresos por arrendamiento, el pago provisional no se realiza en forma acumulada. Sino que se realiza por cada mes, en forma individual e independiente de los cálculos de los meses anteriores. Por lo tanto, no pueden ni deben restarse los pagos provisionales realizados con anterioridad al impuesto del mes que corresponda. Fund. Legal: Art. 116 LISR, segundo párrafo: [quote] El pago provisional se determinará aplicando la tarifa que corresponda conforme a lo previsto en el tercer párrafo del artículo 106 de esta Ley, a[b] la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del mes o del trimestre, [u]por el que se efectúa el pago[/u][/b], el monto de las deducciones a que se refiere el artículo 115 de la misma, correspondientes al mismo periodo. [/quote] ùltimo párrafo, art. 116 LISR. [quote]... El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo.[/quote] De lo que dispone lo anterior, se tiene que, lo que resulta de conformidad al 'segundo párrafo de este artículo' es el PP que corresponde única y exclusivamente a los ingresos del mes, no a los acumulados hasta ese mes. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos a todos. Que pasen buenas noches. P.D. Por cierto, la LISR en este Capítulo no dispone en ninguna parte poder restar al impuesto del periodo o del mes de que se trate, los PP realizados con anterioridad. [i]Editado: Junio 16, 2016 22:55:06[/i]
Tópico: Persona Fisica, Reg Arrendamiento, manejo de isr retenciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2016 15:09:55 Asunto: Re: Persona Fisica, Reg Arrendamiento, manejo de isr retenciones
Hola cbtito, [quote]'Es la suma de las retenciones que le efectuaron en el mes que declara' y pues este saldo de retenciones es de meses anteriores..... [/quote] Los cálculos en el caso de Arrendamiento, se hacen por mes y solo con los datos del mes. Por lo tanto, no puedes restar en el mes que comentas lo que te haya 'sobrado' de ISR en meses anteriores. Solo puedes acreditar el ISR Ret que corresponda al mes por el que determinas tu PP. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y que tengas una buena tarde.
Tópico: descuento credito infonavit casi igual al salario
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 15, 2016 14:10:44 Asunto: Re: descuento credito infonavit casi igual al salario
Hola buenas tardes, Paco, [quote]qué debo hacer? le queda de salario 152.00!!![/quote] Debes efectuar la retención. No tienes opción. En su caso, el trabajador debe ir al INFONAVIT a ver si puede negociar que le retengan menos, pero tú, insisto, no tienes opción. O retienes y enteras desde ahora, o deberás enterar por tu cuenta lo que no le retengas al trabajador. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y que tengas una buena tarde. [i]Editado: Junio 15, 2016 14:11:35[/i]
Tópico: Pago de honorarios profesionales a gerente general
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2016 21:34:01 Asunto: Re: Pago de honorarios profesionales a gerente general
Totalmente de acuerdo con Grupoimper. O... Podrías pagarle honorarios, precisamente por el servicio que supongo sí proporciona a la empresa (supongo), que es ir a darle servicio a los equipos de cómputo que se requiera. Si fuese de esta manera, entonces, aplicas la tarifa y puede ser que no sea el 35%, sino menos. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: isr casa habitacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2016 21:21:48 Asunto: Re: isr casa habitacion
Hola Javi, buenas noches. ¿Cómo construyó el inmueble, como particular o como actividad empresarial? Saludos
Tópico: Pago de honorarios profesionales a gerente general
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2016 23:29:34 Asunto: Re: Pago de honorarios profesionales a gerente general
Hola Jlug, Sí puede hacerlo como comentas. No hay ningún inconveniente. Y sí, en la declaración anual de tu amigo, puede resultarle un saldo a favor. Aún y cuando las deducciones personales están topadas, pero sí puede ser. Como recomendación, debe solicitar comprobante fiscal de todo lo que se relaciones con su actividad para evitar impuestos altos. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: PROVISION DE PAGOS PROVISIONALES ISR P.M.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2016 22:58:37 Asunto: Re: PROVISION DE PAGOS PROVISIONALES ISR P.M.
Hola Gaby Marente, buenas noches: En tu primer caso, en mi caso, lo registro de la siguiente manera: Cargo el total del ISR, por concepto de PP a la cuenta que comentas y abono el mismo importe a Impuestos por pagar. Aplico el Subsidio al empleo, cuando realmente pago. Ahora en tu segundo caso: [quote]Otra duda es si por ejemplo tengo en mi calclulo: ISR a cargo $4,858 (-) Pagos provisionales $1,128 (-) Subsidio $2,025 ISR por pagar $1,705 En este caso como registro la provision y el pago? [/quote] Lo que debes registrar es el 'neto que te resulte en tu cálculo del pago provisional', esto es, el importe que resulta una vez restado los 'pagos provisionales realizados con anterioridad'. En tu ejemplo, se tiene: ISR a cargo es el '[color=blue]ISR determinado[/color]' $ 4,858.00 Menos: '[color=blue]Pagos provisionales efectuados con anterioridad[/color]'(Seguimos en la parte de tu cálculo) $ 1,128.00 Igual a: [color=blue]Pago provisional a enterar: [/color] $ 3,730.00 En mi caso, lo registro de la siguiente manera: Cargo: PP ISR o (cta activo) $3,730.00 Abono: ISR por pagar $3,730.00 Cuando se realiza el pago, se registra: Cargo: Impuestos por pagar: $ 3,730.00 Abonos: Subsidio al empleo: $2,025.00 Bancos: $1,705.00 De esta manera, el registro me queda tal cual como realicé mi pago. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte. [i]Editado: Junio 05, 2016 23:15:12[/i]
Tópico: METODO DE PAGO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2016 22:37:13 Asunto: Re: METODO DE PAGO
Hola Silvestre, buenas noches: Muchas gracias por la información. El SAT debería pensar bien las cosas antes de redactarlas. Te imaginas, nosotros que ya estamos en esto, estamos con que si será así o asado? Y los 'nuevos contadores' , o sea, los recien egresados? Recuerdo cuando estuve ahí...Upsss (Ja ja) Que tengan una buena noche y una buena semana. Saludos a todos!
Tópico: RMF 2.7.1.32 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2016 20:31:18 Asunto: Re: RMF 2.7.1.32 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES?
[quote]hable con el pac con el que facturo y ni enterados estaban de esta modificacion, es necesario preguntar a los pacs de esta modificacion en la facturacion.[/quote] Sipi, así es :) Totalmente de acuerdo contigo. No tenemos otra que relajarnos y bueno aplicar lo que se deba y a veces como se pueda ;) ¡Saludos!
Tópico: SOLICITUD DE DEVOLUCION POR MEDIO DEL BUZON TRIBUTARIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2016 20:18:41 Asunto: Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION POR MEDIO DEL BUZON TRIBUTARIO
Hola Mluna, Intenta con diferente explorador. Con firefox sí me deja. Está un poco lento, pero sí deja. El error que comentas, a mí me lo hace al querer ver las transacciones del contribuyente utilizando Chrome. Sólo puedo hacerlo con Explorer. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.

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