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21/Ene/13 13:59
NEGOCIO FAMILIAR

Buenas tardes, tengo la siguiente situación, espero me apoyen con sus comentarios.

Se trata de un negocio familiar (REPECO Tintorería) que es atendido por dos hermanos (se turnan para atenderlo y se dividen las ganancias), solamente uno de ellos ésta registrado en el SAT y en la Secretaría de Finanzas del Estado, en diversas ocasiones Finanzas ha pretendido que se realice el aumento de obligaciones como asalariado, en virtud de que consideran que independientemente del parentesco es su trabajador; cuando esto ha sucedido se realiza un escrito anexando copia de las identificaciones de los involucrados y hasta ahí a parado el asunto.

Sin embargo, en enero finanzas los visito nuevamente y ahora no aceptaron el escrito con el argumento de que con la reforma laboral ya no está permitido que los hermanos trabajen de esa forma, que en automático pasan a ser empleados, por lo que le están exigiendo que lo de alta para el pago del 2% sobre remuneraciones al estado.

Me podrían orientar con sus comentarios.

Saludos y de antemano muchas gracias.
 
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sajg
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21/Ene/13 16:14
Re: NEGOCIO FAMILIAR

Hola sajg, buenas tardes:

mmm, creo que como hermanos, quizá sí tenga razón Finanzas.

Lo anterior por lo siguiente:


LFT vigente

Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus
ascendientes, descendientes y pupilos.


LFT anterior
Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus
ascendientes, descendientes y pupilos.



Pero la Ley anterior, mencionaba lo mismo.

¿Qué fundamento te proporcionaron?


Saludos y que tengas una buena tarde.
 
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ngm
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21/Ene/13 16:24
Re: NEGOCIO FAMILIAR

Buena tarde:

En relación con los copropietarios, le sugiero analizar el tercer párrafo del artículo 137 de la LISR...

Saludos

Editado: Enero 21, 2013 16:24:51
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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21/Ene/13 16:36
Re: NEGOCIO FAMILIAR

Hola ngm, buenas tardes.

Mas que fundamento lo que pretenden es incrementar la recaudación del impuesto, ya que solamente hacen mención que no se puede por las reformas laborales que entraron en vigor, ya investigue pero no encuentro nada en concreto donde se establezca tal modificación a la ley laboral para este caso.

Buenas tardes a_cano, la copropiedad prodría ser una salida legal, ya que como hice mención actualmente solo se turnan para atender el negocio, y solamente uno de ellos es el que esta dado de alta como REPECO.

Saludos y gracias por sus comentarios
 
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sajg
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21/Ene/13 17:27
Re: NEGOCIO FAMILIAR

llegando barrido como mis 49 ^s

a mi ver no aplica la copropiedad,ver el articulo 953-954 del CCF,por lógica en un taller.
 
C.P Gumaro Martinez Discípulo del Master C.P Hugo Ocejo en www.elfiscal.net
 
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Guarumo
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22/Ene/13 11:18
Re: NEGOCIO FAMILIAR

Hola nuevamente sajg:

Así es.

Te comentaba que posiblemente Finanzas sí pueda digamos 'aferrarse' a lo que dice y quizá tenga razón, porque la LFT dispone:

Artículo 352.- No se aplican a los talleres familiares las disposiciones de esta Ley, con excepción de
las normas relativas a higiene y seguridad.


En lo que respecta a tu pregunta, digamos que la LFT sólo en los casos previstos en el art. 351 mencionado en mi comentario anterior, es como no le da el tratamiento de trabajador a un familiar, pero no considera en esa exclusión a los hermanos.

Y pues la La Ley ha estado así aún antes de la Reforma.

Comentas:
Buenas tardes a_cano, la copropiedad prodría ser una salida legal


Así es. Coincido con lo anterior, es una opción viable.



Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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22/Ene/13 12:01
Re: NEGOCIO FAMILIAR

Buenos días ngm, gracias por sus comentarios.

Antes de hacer algún movimiento voy intentar nuevamente ver este asunto directamente con el Administrador Fiscal de la oficina recaudadora.

Saludos y buen dia.
 
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sajg
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22/Ene/13 15:54
Re: NEGOCIO FAMILIAR

De nada sajg, gracias a ti también.


Buena suerte y que tengas una buena tarde.
 
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ngm
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