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Tópico: INSCRIPCION PATRONAL A FONACOT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 06, 2013 22:21:44 Asunto: Re: INSCRIPCION PATRONAL A FONACOT
Hola JHuerta, Y si es Persona Moral, debes firmarlo con la FIEL del representante legal. Saludos y buena suerte.
Tópico: Renovar Certificado Digital del IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 06, 2013 22:18:29 Asunto: Re: Renovar Certificado Digital del IMSS
Hola Gtzwesh, Esperas a que venza y posteriormente, cuando intentes ingresar a la página te indicará que venció el certificado y que si deseas renovarlo en línea. Sigues las instrucciones y listo. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: acreditamiento de IVA a Favor de periodo anterior pago referenciado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2013 22:13:01 Asunto: Re: acreditamiento de IVA a Favor de periodo anterior pago referenciado
Hola Alvadgelis, Debes colocar tus saldos a favor en el campo: [color=blue]'Saldo a favor'[/color] Debes ir agregando tus saldos a favor declarados hasta cubrir el impuesto a cargo o hasta utilizarlos todos, según corresponda. Espero que mi comentario, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2013 21:55:53 Asunto: Re: CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL
Hola Alicia, mmm, si los enviaste hoy, sí sucede lo que comentas por lo siguiente: 1. El acuse del envío, señala la vigencia del certificado y más o menos, su vigencia es 6 hrs después de que lo generas. Lo anterior, obviamente lo puedes corroborar en el acuse correspondiente. Entonces, una vez que inicia su vigencia, ya lo puedes recuperar y descargar. Pero... Aún no lo puedes utilizar para sellar los CFDI, sino hasta después de 36 a 48 hrs. Funciona una vez que está en la siguiente lista: [color=blue]* Información de folios de CFD asignados, Certificados de Sello Digital y Lista de validación (LCO)[/color] Lo cual lo puedes verificar en la siguiente liga: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_24571.html[/url] Espero que lo anterior, sea de tu utilidad. Saludos y buena suerte.
Tópico: CHAVALON
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2013 20:48:20 Asunto: Re: CHAVALON
Gracias Vabdo por avisar. Chavalón: Discúlpame por favor, por no preguntar si todo estaba bien. Creí que era el 'ritmo del trabajo'. Eres un buen amigo y un gran profesionista. Espero de corazón que te mejores pronto. Que Dios te bendiga siempre, amigo.
Tópico: LOS CONTRIBUYENTES QUE TENGAN INGRESOS MENORES A 250000, PODRAN SEGUIR FACTURARNDO EL CBB DE ACUERDO A ESTE A ARTICULO..
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2013 10:48:59 Asunto: Re: LOS CONTRIBUYENTES QUE TENGAN INGRESOS MENORES A 250000, PODRAN SEGUIR FACTURARNDO EL CBB DE ACUERDO A ESTE A ARTICULO..
El SAT tiene publicado en sus 'preguntas y respuestas' lo siguiente: [quote][b]Preguntas del día[/b] En 2014, ¿ya no serán deducibles los comprobantes impresos con código de barras? No, ya no tendrán validez, y tampoco los comprobantes fiscales digitales (CFD), pues será obligatorio el uso de la Factura Electrónica (CFDI) para todos los contribuyentes.[/quote] Liga: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/home.asp[/url] Buen día a todos. ¡Saludos!
Tópico: AVISOS ANTILAVADO: PERSONAL SAT NO PREPARADOS ORIENTAR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2013 22:54:06 Asunto: Re: AVISOS ANTILAVADO: PERSONAL SAT NO PREPARADOS ORIENTAR
Así es. Se les realiza una consulta y los resultados pueden ser los siguientes: 1. Ok, se está interpretando correctamente. 2. Újule no, no se está interpretando correctamente. Las anteriores son obvias, o sea, si no es una es otra, a la de 'a juerzas', pero...el problema es que, el que dependa del asesor que nos atiende el hecho de estar correctos o no, pues no ayuda en mucho y solo deja ver, que ellos y nosotros, estamos exactamente igual, o sea, CON CRITERIOS DIVIDIDOS. Y el problema no es el criterio dividido sino las multas. Una sugerencia que han hecho algunos compañero y la cual comparto totalmente, es que en casos concretos, lo más seguro es consultar directamente a la autoridad, pero por escrito. Saludos a todos. [i]Editado: Noviembre 10, 2013 22:59:53[/i]
Tópico: Prestamos a empleados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2013 22:33:46 Asunto: Re: Prestamos a empleados
Hola nuevamente, Dejo la siguiente liga de la PRODECON, [url]http://www.prodecon.gob.mx/Documentos/Legislacionprocedenciaderecursosilicitos.pdf[/url] En la misma se señala que [b]los sujetos de la Ley[/b] son: [quote]'' Personas que realizan Actividades Vulnerables (Gatekeepers**): Las personas físicas o morales que por su ocupación, profesión, actividad, giro u objeto social sean susceptibles de realizar actividades vulnerables. '' [/quote] Y a su vez, en el pie de página, señala: **[b]Es el término genérico con el cual a nivel internacional se designan a las empresas vinculadas con[/b] la práctica de juegos con apuestas y sorteos, [b]préstamos de dinero[/b], emisión de cheques de viajero, venta de joyas, venta de inmuebles, venta de vehículos, subastas de obras de arte, donativos, traslado de valores, etc. Fuente: Organización de los Estados Americanos, Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD), México. Evaluación del Progreso de Control de Drogas 2005-2006, p. 36. ------- Espero que lo anterior, sea de utilidad. Saludos y que pasen buenas noches.
Tópico: Prestamos a empleados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2013 23:35:33 Asunto: Re: Prestamos a empleados
[quote]...éstos (los préstamos) para que sean considerados actividad vulnerable, debieran cumplir con el requisito de que 'se ofrezcan habitualmente...[/quote] Y respecto a lo anterior, lo cumplen cabalmente, por ejemplo los que se dedican a hacer préstamos, como por ejemplo las cajas de ahorro y préstamos, porque ellas sí 'ofrecen' los préstamos. El siguiente artículo dispone: [b]REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.[/b] ''Artículo 13.- Las p[u]ersonas físicas o morales[/u] que por su [color=blue]ocupación, profesión, actividad, giro u objeto social sean susceptibles de realizar una Actividad Vulnerable de las establecidas en el artículo 17 de la Ley[/color], podrán enviar al SAT la información a que se refiere el artículo anterior, de manera anticipada a la realización de dichas actividades a través de los medios y formatos que para tal efecto determine y expida la UIF, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación.'' O sea, si la tienes como actividad, la realices o no de forma 'habitual' pero la realizas, es actividad vulnerable. Entonces, desde mi particular punto de vista, a contrario sensu, no lo sería. Pero, así que digamos, al 100% seguro, pues nop, sí sigo teniendo mis dudas, que espero pronto despejar, por mi propio bien :) Saludos nuevamente estimado A_Cano y que pases buenas noches.
Tópico: Prestamos a empleados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2013 23:12:47 Asunto: Re: Prestamos a empleados
Hola A_Cano, buenas noches. Agradezco mucho tu respuesta. Por favor, disculpa la tardanza en contestar. Comentas: [quote]En efecto es cuestionable que los préstamos otorgados a los empleados sean considerados como una actividad vulnerable, en virtud de que la Ley no es muy clara (Artículo 17, fracción IV de la LFPIORPI). [/quote]Totalmente de acuerdo con tu comentario, estimado compañero. Fíjate que sí he leído las disposiciones al respecto, pero...no encuentro como sustentar mi comentario de tal forma, que quien se convenza primero de que es correcto, sea...yo mismo, pero no lo logro. Ahora, lo único que me sigue dando 'vueltas' en mi cabeza es que en la fracción en comento se dispone que debe existir el 'ofrecimiento habitual', que en mi opinión, en el caso que nos ocupa, éstos (los préstamos) para que sean considerados actividad vulnerable, debieran cumplir con el requisito de que 'se ofrezcan habitualmente', situación que desde mi particular punto de vista, no se da en los préstamos a empleados. Insisto es mi particular punto de vista. Esperemos que en la marcha, se aclaren en forma concreta estas dudas - pero ojalá sea antes del 17 del presente mes :) - Nuevamente gracias por tu respuesta. Saludos

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