Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de lcruizuscanga

Autor Mensaje
Tópico: Pequeños Contribuyentes
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: Pequeños Contribuyentes
BUENAS TARDES LOS REPECOS SOLO TIENEN LA OBLIGACION DE PRESENTAR LA INFORMATIVA DE SUS INGRESOS, EN OTRO TOPICO LOBOZAC, HIZO UNOS COMENTARIOS AL RESPECTO MUY RELEVANTES http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=30430&highlight=informativa+repecos EN CUANTO A SI LO CAMBIARIAN DE REGIMEN, LA LEY DE ISR ASI LO MARCA, PERO EN LO "PERSONAL" NO ME HA TOCADO CONOCER DE ALGUIEN QUE LO HAYAN CAMBIADO DE REGIMEN POR NO PRESENTAR LA INFORMATIVA DE INGRESOS. SALUDOS
Tópico: clave obligacion fiscal
lcruizuscanga

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: clave obligacion fiscal
MARIFER: CEHCATE ESTA REGLA MISCELANEA: 2.3.2.22. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 14, fracción III y 21, fracción I del Reglamento del CFF, los contribuyentes que tributan en los términos de los Títulos II o IV, Capítulos II o III de la Ley del ISR y que se encuentren obligados al pago del IETU, no tendrán la obligación de presentar el aviso de aumento de dicha obligación. Los contribuyentes que no tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulos II o III de la Ley del ISR, que se encuentren inscritos en el RFC y que estén obligados al pago del IETU a partir del 1 de enero de 2008, tendrán por presentado el aviso de aumento de obligaciones al presentar la declaración del primer pago provisional de IETU a que estén obligados. Tratándose de personas físicas y morales a que se refiere el primer párrafo de esta regla, que soliciten su inscripción al RFC a partir del 1 de enero de 2008, se considerarán inscritos con esta obligación. [b:8857303bd4][i:8857303bd4][color=red:8857303bd4]Asimismo, las personas morales a que se refiere el segundo párrafo de esta regla, que en el ejercicio de 2008 soliciten su inscripción al RFC y que, entre otros, estén obligados al pago del IETU, se considerará que están inscritos con esta obligación, al presentar la primera declaración de pago provisional del IETU a que están obligados.[/color:8857303bd4][/i:8857303bd4][/b:8857303bd4]
Tópico: isr pagado con cas
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: isr pagado con cas
BUENOS DIAS ERELUNA CHECATE EL SIGUIENTE ARTICULO: ART.8 ------ [i:6bef46648e][color=red:6bef46648e]El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.[/color:6bef46648e][/i:6bef46648e] SALUDOS
Tópico: clave obligacion fiscal
lcruizuscanga

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: clave obligacion fiscal
COMPLEMENTANDO LA APORTACION DE ENRIQUE: [i:b8e1c57766][color=blue:b8e1c57766]2.3.2.22. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 14, fracción III y 21, fracción I del Reglamento del CFF, los contribuyentes que tributan en los términos de los Títulos II o IV, Capítulos II o III de la Ley del ISR y que se encuentren obligados al pago del IETU, no tendrán la obligación de presentar el aviso de aumento de dicha obligación. Los contribuyentes que no tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulos II o III de la Ley del ISR, que se encuentren inscritos en el RFC y que estén obligados al pago del IETU a partir del 1 de enero de 2008, tendrán por presentado el aviso de aumento de obligaciones al presentar la declaración del primer pago provisional de IETU a que estén obligados. Tratándose de personas físicas y morales a que se refiere el primer párrafo de esta regla, que soliciten su inscripción al RFC a partir del 1 de enero de 2008, se considerarán inscritos con esta obligación. Asimismo, las personas morales a que se refiere el segundo párrafo de esta regla, que en el ejercicio de 2008 soliciten su inscripción al RFC y que, entre otros, estén obligados al pago del IETU, se considerará que están inscritos con esta obligación, al presentar la primera declaración de pago provisional del IETU a que están obligados.[/color:b8e1c57766][/i:b8e1c57766]
Tópico: Duda sobre deducciones de asalariado
lcruizuscanga

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: Duda sobre deducciones de asalariado
[quote:84693ee845="ADARTSE"]Hola Buen dia: Una consulta por fa.... Nos llego una [b:84693ee845][color=red:84693ee845]invitacion[/color:84693ee845][/b:84693ee845] [b:84693ee845][color=blue:84693ee845]Y FUNDAMENTO LEGAL???[/color:84693ee845][/b:84693ee845] para corregir una declaracion de un socio-empleado de la empresa. Pero no tenemos la seguridad si los gastos que voy a listar a continuacion realmente no sean deducibles: Analisis clinicos de laboratorio ( clinico y hormonal) (para la esposa) Aparatos ortopedicos ( plantillas para zapatos para la esposa) banco de sangre y homoterapia de Tampico (analisis de transfusion de sangre) (fue para la bebe del socio) Opticas Franklin (graduacion de anteojos) Clinica laser (fue una despigmentacion de la piel de la esposa) El hecho es que a el ya le habian regresado.....29000 de saldo a favor..[b:84693ee845][color=blue:84693ee845].Y NUNCA LES PIDIERON INFORMACION PARA VERIFICAR SI PROCEDIA O NO DICHO SALDO A FAVOR[/color:84693ee845][/b:84693ee845] y quitandole todas las deducciones el tendria que estar regresando 13,000 mas las actualizaciones y los recargos... Por fa me podrian orientar si realemnte todas esas deducciones realmente no pasan. TE SUGIERO LEAS LOS SIGUIENTES ARTICULOS DEL CFF ART.22, 22 ANTEPENULTIMO PARRAFO, 76 Y 77 Mil gracias ¡Saludos![/quote:84693ee845]
Tópico: ARRENDAMIENTO SALARIOS EXENTOS PARA ISR IGUAL PARA IETU
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2008 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO SALARIOS EXENTOS PARA ISR IGUAL PARA IETU
BUENOS DIAS: SE TENDRIA QUE VER LO SIGUIENTE: PARA EFECTOS DE ISR, SE PUEDEN NO PRESENTAR PAGOS PROVISIONALES, PERO EN LA ANUAL TENDRIAS QUE ENTERARLO, LA UNICA DEDUCCION ADICIONAL QUE TENDRIAS PARA ISR SERIA LAS DEDUCCIONES PERSONALES, PERO AL DISMINUIR ISR, SE TE VE REFLEJADO EN IETU AL INCREMENTARSE ESTE ULTIMO PARA EFECTOS DE IVA, SERIA EL EFECTIVAMENTE COBRADO. CABE RECORDAR QUE PARA IETU, NO HAY DEDUCCIONES PERSONALES. SALUDOS.
Tópico: DONATARIA RELEVADAS DE DICTAMINARSE
lcruizuscanga

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2008 Asunto: Re: DONATARIA RELEVADAS DE DICTAMINARSE
checate el siguietne link: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=30212&highlight=donatarias
Tópico: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE LEY
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2008 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE L
en cuanto a flujo de efectivo todo sigue igual tanto para isr, iva e ietu. Saludos
Tópico: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE LEY
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2008 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE L
SI TE REFIERES AL CALCULO EN LA SECCION DE DESCARGAS DE FISCALIA PUEDES ENCONTRAR ALGUNA CALCULADORA PARA 2008. SALUDOS http://www.fiscalia.com/downloads.html
Tópico: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE LEY
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2008 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES ISR 2008 PESONA FISICA REG GRAL DE L
a que te refires: 1.Calculo del ISR 2.Medios de presentacion por el portal bancario 3.Estaditiscas en ceros

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469