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Tópico: VENCIMIENTO DE DICTAMENES FISCALES
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: VENCIMIENTO DE DICTAMENES FISCALES
Hoy salio publicada esta regla miscelanea: Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet II.2.7.13. Para los efectos de los artículos 31, 32-A y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes que se encuentren obligados o que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros, deberán enviar su dictamen fiscal y demás información y documentación a que se refieren los artículos 49 y 54 del Reglamento del CFF, vía Internet a través de la página de Internet del SAT. Los contribuyentes al enviar su dictamen fiscal vía Internet, lo harán dentro del periodo que les corresponda, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda. LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVIO De la A a la F del 18 al 20 de junio de 2008 De la G a la O del 23 al 25 de junio de 2008 De la P a la Z y & del 26 al 30 de junio de 2008 Transitorios Primero. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de junio de 2008, salvo lo dispuesto en los Títulos 11 de los Libros I y II, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2008, y estará vigente hasta el 30 de abril de 2009.
Tópico: COPIA DEL CHEQUE ....Y NOS QUITAMOS DE BRONCAS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: COPIA DEL CHEQUE ....Y NOS QUITAMOS DE BRONCAS
De hecho me parece que habia una jurisprudencia al respecto de considerar el iva acreditable cuando se entregara el cheque independientemente de que si estaba cobrado o no, pues el cheque, es una garantia o compromiso de pago
Tópico: COPIA DEL CHEQUE ....Y NOS QUITAMOS DE BRONCAS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: COPIA DEL CHEQUE ....Y NOS QUITAMOS DE BRONCAS
Y nos evitamos eso de esperar a que sea efectivamente cobrado....
Tópico: Deducción de los pagos de gasolina o diesel
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Deducción de los pagos de gasolina o diesel
I.3.4.3. Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR, se entenderá que los pagos realizados por los distribuidores autorizados o las estaciones de servicio a PEMEX Refinación, reúnen los requisitos establecidos en dicho párrafo, aun cuando su monto exceda $2,000.00, siempre que correspondan a la adquisición de gasolina o diesel, así como se depositen en la cuenta o las cuentas que señale para tal efecto PEMEX y estén amparados con documentación que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales. Esto por el famoso acuerdo que llegaron los gasolineros con PEMEX para que no les afecte el Impuesto a los Depositos en Efectivo...
Tópico: Salida del 205 de la LISR
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto:
[quote:bd827c6422="vabdo"]Si existe esa norma estimado Cheque. Sin embargo, No soy muy dado a aprender los numeros de determiado Articulos y fecha de publicacion. Pero los maestors como Lobozac, lcruizusanga, Enrique o mi estimado Chavalon, deben tener algo de informacion. Saludos PD Que bueno verte de nuevo por aqui, poder leer con gusto tus comentarios.[/quote:bd827c6422] Pues en lo personal...no me considero un maestro....pero gracias....es motivante el saber que tus aportes son reconocidos... Todos aprendemos de todos....
Tópico: R.M.F. 2008-2009 CON NUEVA ESTRUCTURA
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: R.M.F. 2008-2009 CON NUEVA ESTRUCTURA
GRACIAS POR LA INFORMACION.... A PONERSE A ESTUDIAR... SALUDOS
Tópico: Regime aplicable a Asociaciones Religiosas
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto:
[quote:c842f71524="lobozac"]buena informacion gracias saludos[/quote:c842f71524] DE NADA....
Tópico: Regime aplicable a Asociaciones Religiosas
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto:
[quote:b22ad615aa="REMN"]Gracias Icruiz Creo que el antivirus bloquea este articulo por que no lo pude bajar Saludos[/quote:b22ad615aa] REVISA SI TIENES ACTIVADO LA OPCION DE BLOQUEO DE VENTANAS EMERGENTES.... SALUDOS
Tópico: DECLARACION ANUAL DOS REGIMENTES APLICA 1,800.00 DE CREDITO
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL DOS REGIMENTES APLICA 1,800.00 DE CRED
TE SUGIERO UTILIZES EL BUSCADOR...ESTE TEMA YA LO HAN TRATADO EN VARIAS OCASIONES... INCLUSO BUSCA EN ACTUALIDADES O ARTICULOS DE FISCALIA...TAMBIEN SE PRONUNCIO AL RESPECTO.... SALUDOS
Tópico: Salida del 205 de la LISR
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: Salida del 205 de la LISR
Primeramente al no ser un Residente fiscal en mexico solo pagara el isr sobre fuentes de riqueza en territorio nacional (Art. 1 de LISR) Pero si cae en alguno de los supestos establecidos en el art. 9 de CFF entonces NO le aplicaria el art. 205 de LISR

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