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Tópico: Opcion practica para deducir gasolina en autos utilitarios
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2011 14:19:57 Asunto: Re: Opcion practica para deducir gasolina en autos utilitarios
otra opcion pudiera ser los vales de gasolina, o el manejar tarjetas de debito de debito y encuadrar esos pagos con el articulo 35 de RISR
Tópico: CITAS.......
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2011 18:57:06 Asunto: Re: CITAS.......
y para quienes utilizamos mozila firefox, es una lata porque el link para confirmar no lo abre, hay que abrirlo con el internet explorer o con un complemento de IETAB para firefox.
Tópico: NO MAS CEDULA FISCAL IMPRESA........
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2011 18:53:55 Asunto: Re: NO MAS CEDULA FISCAL IMPRESA........
y pues bueno en lo personal me toco una factura 'impresa' por una imprenta (valgase la rebusnancia), en la que el impresor solo quito la cedula fiscal e inserto el CBB, pero la leyenda no la corrijio, dejo la anterior y no la 'La repruduccion APOCRIFA......' tambien se ha presentado el caso de quienes emiten CFDI impresos pero no le agregan el CBB. Saludos
Tópico: estados de cuenta bancarios
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 17, 2011 14:04:45 Asunto: Re: estados de cuenta bancarios
CHECATE EL ARTICULO 29-C DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. Artículo 29-C. En las transacciones de adquisiciones de bienes, del uso o goce temporal de bienes, o de la prestación de servicios en que se realice el pago mediante cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario, mediante traspasos de cuenta en entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, tarjeta de crédito, de débito o de servicio o mediante monedero electrónico, podrá utilizar como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, el original del estado de cuenta de quien realice el pago citado, siempre que se cumpla lo siguiente: I. Consignen en el cheque la clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se libre el cheque. Se presume, salvo prueba en contrario, que se cumplió con este requisito, cuando en el estado de cuenta que al efecto expida la institución de crédito o casa de bolsa se señale dicha clave del beneficiario del cheque. II. Cuenten con el documento expedido que contenga la clave del registro federal de contribuyentes del enajenante, el prestador del servicio o el otorgante del uso o goce temporal de los bienes; el bien o servicio de que se trate; el precio o contraprestación; la fecha de emisión y, en forma expresa y por separado los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable. III. Registren en la contabilidad, de conformidad con el Reglamento de este Código, la operación que ampare el cheque librado o el traspaso de cuenta. IV. Vinculen la operación registrada en el estado de cuenta directamente con el documento a que se refiere la fracción II del presente artículo, con la adquisición del bien, con el uso o goce, o con la prestación del servicio de que se trate y con la operación registrada en la contabilidad, en los términos del Reglamento de este Código. V. Conserven el original del estado de cuenta respectivo, durante el plazo que establece el artículo 30 de este Código. El original del estado de cuenta que se expida en términos del primer párrafo de este artículo deberá contener la clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de quien enajene los bienes, otorgue su uso o goce, o preste el servicio. En caso de que el estado de cuenta señale los datos a que se refiere la fracción II de este artículo, no será necesario contar con el documento a que se refiere la citada fracción. Se presumirá que el estado de cuenta es original cuando el mismo sea exhibido de forma impresa, o bien de manera electrónica. Los contribuyentes que opten por aplicar lo dispuesto en este artículo, además de los requisitos establecidos en el mismo, deberán cumplir con los requisitos que en materia de documentación, cheques, monederos electrónicos y estados de cuenta, establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Quienes opten por aplicar lo dispuesto en este artículo, deberán permitir a los visitadores, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, consultar a través de medios electrónicos la información relativa a los estados de cuenta de que se trate, directamente en las instituciones de crédito o casas de bolsa, que hubiesen emitido dichos estados de cuenta. Sexto párrafo (antes quinto).- Se deroga. Lo dispuesto en este artículo se aplicará sin perjuicio de las demás obligaciones que en materia de contabilidad deban cumplir los contribuyentes. Ante el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en este artículo, o bien, en el caso de que los datos contenidos en los estados de cuenta no correspondan con la información de los estados de cuenta proporcionados por las entidades financieras, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo o las personas morales autorizadas para emitir tarjetas de crédito, de débito o de servicio o monederos electrónicos que emitan los citados estados de cuenta, los mismos no serán considerados como comprobantes fiscales para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales. SALUDOS
Tópico: Impuestos deducibles
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 03, 2011 18:13:17 Asunto: Re: Impuestos deducibles
EL ARTICULO 32 FRACCION XV, DICE QUE NI EL IVA NI EL IESPS SERAN DEDUCIBLES, SALVO QUE A QUIEN SE LE HAYA TRASLADADO Y LO HAYA PAGADO, Y ESTE NO TENGA DERECHO A ACREDITARLO: COMO POR EJEMPLO LOS DOCTORES. SALUDOS
Tópico: Pagos a Repecos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2011 18:39:50 Asunto: Re: Pagos a Repecos.
Los pagos a repecos son no deducibles. si pagas con cheque nominativo al repeco no le pasa nada, pero si le pagas con transferencia, dejara de ser repeco. siempre y cuando cumplas con los requisitos del 29-C de CFF, en cuanto al pago se refiere.
Tópico: RECOMENDACION DE UN PROVEEDOR DE FACTURACION ELECTRONICA
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2011 17:09:01 Asunto: Re: RECOMENDACION DE UN PROVEEDOR DE FACTURACION ELECTRONICA
contpaqi ya esta como pac de cfdi, ademas tiene el adminpaq (para inventarios) o el modulo de facturacion electronica saludos
Tópico: Estabilidad se refleja en familias: Cordero
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2011 17:05:48 Asunto: Re: Estabilidad se refleja en familias: Cordero
que es un esfuerzo que hacen las familias... pos como ingaos no..es un esfuerzo y suplicio vivir con 6000 o menos, vamos ya casi tirandole a un milagro. que es un esfuerzo...si porque cada dia me tengo que aguantar las ganas de decirles sus verdades a uno que otro politico rata, y ya no se diga de un servidor publico. que es un esfuerzo...si porque los que si trabajamos desde las 7:00am o antes, para ir a dejar a los hijos a la escuela de gobierno (porque por muy barata una particular en el caso de primaria no te cobra menos de 2000), de ahi a la oficina, come en la calle, regresa a la oficina y llega a casa a eso de las 8 o 9pm, y al otro dia la misma historia. Sr. Cordero. dejese de pende...y mejor no diga nada, de por si no la tiene facil con el peña nieto o el que se lanza por el pri, con sus idiote...cada dia unden mas a su partido. Sr. Cordero, lo invito y HAGA UN ESFUERZO, y gane esos 6000 de aqui a que termine el sexenio, ah y sin sus compensaciones y ayudas y apoyos.
Tópico: Estabilidad se refleja en familias: Cordero
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2011 08:44:17 Asunto: Re: Estabilidad se refleja en familias: Cordero
MIRA BARTOLA AHI TE DEJO ESTOS $6000 PESOS, PAGAS LA CASA, EL COCHE, LA ESCUELA Y LO QUE TE QUEDE ES PARA TI. ESTE SEÑOR NO TIENE NI IDEA DE LO QUE ES VIVIR EN EL MEXICO REAL, CON 6000 O MENOS, O TALVEZ, SE LE OLVIDO DECIR QUE ES LO QUE EL GANA PERO AL DIA. SEÑORES SI NO TIENEN NADA QUE DECIR...NO DIGAN ESTUPID... P.D. HASTA PARA LA CASA CHICA ALCANZA....COMO INGAOS NO P.D.2 SI GANO ARRIBA DE LOS $6,000 SERE MILLONARIO
Tópico: IDSE EN WINDOWS 7
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Software Enviado: Febrero 21, 2011 08:54:50 Asunto: Re: IDSE EN WINDOWS 7
si tienes el IE8 tienes que poner la direccion del idse en sitios seguros de internet

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