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Tópico: REPECOS PAGOS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Re: REPECOS PAGOS
hola tambien soy de veracruz te sugiero que leas la gaceta del 22 de agosto de 2005, ahi viene la forma de pagar los impuestos de isr e iva, asi como los formatos que se utilizaran, dichos formatos estan disponibles en la pagina de sefiplan. si quieres puedes mandarme un correo a cpruizuscanga@hotmail.com estamos en contacto suerte
Tópico: REPECOS PAGOS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Re: REPECOS PAGOS
Buenos dias: 1.Si tus ingresos no pasan de la deduccion a que tienen derecho por enajenacion o prestacion de servicios, no vas a tener base para el pago de impuestos por lo tanto no puedes tener isr a cargo, y debes de presentar una declaracion estadistica manifestando el motivo por el cual no pagas impuesto. 2.si el estado en que tienes tu domicilio fiscal tiene firmado el convenio para el cobro de los impuestos (isr e iva) de los repecos, tendras que presentarla en la oficina de hacienda del estado 3. los pagos de isr e iva de los repecos son pagos definitivos por lo tanto tienes la obligacion de presentar todos los pagos del ejercicio. Espero haberte ayudado
Tópico: DECLARACIONES REPECOS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Re: DECLARACIONES REPECOS
Buenos dias: si terefieres a la informativa de ingresos. La obligacion de presentar las informativas por los ingresos del ejercicio, es apartir del 2003, de ahi que el dim, solo tenga habilitado esos años. Espero haberte ayudado.
Tópico: Alta de contribuyente y posterior cambio de domicilio
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: Re: Alta de contribuyente y posterior cambio de domicilio
PRIMERO TENDRIAS QUE ESPERARTE A QUE VERIFIQUEN EL NEGOCIO, YA QUE SI PRESENTAS AL IMPRESOR EL CAMBIO DE DOMICILIO, PROBABLEMENTE SE LO RECHAZEN.
Tópico: consulta sobre facturación en dólares
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: Re: consulta sobre facturación en dólares
checate estos articulos LEY MONETARIA DE LOS EUM: Artículo 1º La unidad del sistema monetario de los Estados Unidos Mexicanos es el peso, con la equivalencia que por ley se señalará posteriormente. Artículo 8º La moneda extranjera no tendrá curso legal en la República, salvo en los casos en que la Ley expresamente determine otra cosa. Las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en ésta, se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica. Los pagos en moneda extranjera originados en situaciones o transferencias de fondos desde el exterior, que se lleven a cabo a través del Banco de México o de Instituciones de Crédito, deberán ser cumplidos entregando la moneda, objeto de dicha tranferencia o situación. Ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que imponga el régimen de Control de Cambios en vigor. Las obligaciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo, originadas en depósitos bancarios irregulares constituidos en moneda extranjera, se solventarán conforme a lo previsto en dicho párrafo, a menos que el deudor se haya obligado en forma expresa a efectuar el pago precisamente en moneda extranjera, en cuyo caso deberá entregar esta moneda. Esta última forma de pago sólo podrá establecerse en los casos en que las autoridades bancarias competentes lo autoricen, mediante reglas de carácter general que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación; ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que imponga el régimen de control de cambios en vigor. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION: Artículo 17.- Cuando se perciba el ingreso en bienes o servicios, se considerará el valor de éstos en moneda nacional en la fecha de la percepción según las cotizaciones o valores en el mercado, o en defecto de ambos el de avalúo. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable tratándose de moneda extranjera. Cuando con motivo de la prestación de un servicio se proporcionen bienes o se otorgue su uso o goce temporal al prestatario, se considerará como ingreso por el servicio o como valor de éste, el importe total de la contraprestación a cargo del prestatario, siempre que sean bienes que normalmente se proporcionen o se conceda su uso o goce con el servicio de que se trate. En los casos en los que se pague la contraprestación mediante transferencia electrónica de fondos, éstas se considerarán efectivamente cobradas en el momento en que se efectúe dicha transferencia, aun cuando quien reciba el depósito no manifieste su conformidad. ESPERO HABERTE AYUDADO.
Tópico: imss
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: imss
BUENAS TARDES PARA ACTUALIZAR LAS CONTRIBUCIONES A CARGO DEL FISCO FEDERAL, SE DEBEN DE UTILIZAR LOS INPC PUBLICADOS POR EL BANCO DE MEXICO, HAY QUE RECORDAR QUE DICHOS INDICES CAMBIARON Y QUE EL BANCO DE MEXICO PUBLICA LOS ACTUALES QUE SON A BASE 2002 BASE 100 (INDICE NUEVO), HAY QUE CONVERTIRLOS A BASE 1994 BASE 100, PARA QUE LOS PUEDAS CAPTURAR EN EL SUA, YA QUE DIFIEREN POR LA FOMRA EN QUE ESTAN CALCULADOS. ESPERO HABERTE AYUDADO
Tópico: Carta Administrativa
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Carta Administrativa
checate este link: http://www.fiscalia.com/postlite15001-acta.html+administrativa espero haberte ayudado
Tópico: Carta Administrativa
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Re: Carta Administrativa
solo te puedo decir que la LFT no menciona que tengan que ser tres dias consecutivos, habla de tener mas de tres faltas en un periodo de treinta dias. fundamento:art. 47 fraccion X. espero haberte ayudado
Tópico: libros auxiliares
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: libros auxiliares
o te refieres a los libros de contabilidad, como son: libro de diario, mayor.
Tópico: autofacturas (agricultura)
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: autofacturas (agricultura)
de nada estamos para ayudarnos

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