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Tópico: PAGOS FEDERALES DE ISR E IVA
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: PAGOS FEDERALES DE ISR E IVA
[quote:0d06e341bc="TEGG360101KC4"]Buenos dias: Alguien podria decirme que formato es para el pago del ISR e IVA Federal por ingresos por honorarios [b:0d06e341bc][color=red:0d06e341bc]PUEDES UTILIZAR LA HOJA DE AYUDA 9 PARA PAGO EN VENTANILLA BANCARIA O ATRAVEZ DEL PORTAL BANCARIO[/color:0d06e341bc][/b:0d06e341bc]y para pagar el ISR Federal mi pago del impuesto cedular al Estado es un gasto deduicible para el Federal. [b:0d06e341bc][color=red:0d06e341bc] SI[/color:0d06e341bc][/b:0d06e341bc]Gracias. [/quote:0d06e341bc]
Tópico: los recibos de arrendamiento caducan
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2007 Asunto: Re: los recibos de arrendamiento caducan
BUENAS TARDES CHECATE LA SIGUIENTE REGLA MISCELANEA: 2.4.19. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF: [b:7115c56435][color=red:7115c56435]I. La vigencia de dos años será aplicable únicamente a personas morales que tributen conforme al Título II de la Ley de ISR y a personas físicas con actividades empresariales y profesionales, excepto aquellas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas.[/color:7115c56435][/b:7115c56435] II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia. III. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día-, en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante. [b:7115c56435][color=blue:7115c56435]ESPERO HABERTE AYUDADO.[/color:7115c56435][/b:7115c56435]
Tópico: Curso de Formación Office 2007
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Enero 08, 2007 Asunto:
[quote:b951be4a7a="lc_psantos"]Hola, yo no te recomiendo exion, no tiene capacidad para manejar mucha informacion. ByPaco, ¿cuál es tu página? http://mx.geocities.com/bypaco2004/2005.html Saludos.[/quote:b951be4a7a]
Tópico: ANUAL PM
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
[quote:13836f7404="JABP"]Presentalas el mismo dia, la anual y el pago provisional, este presentalo en ceros, causa de no pago [b:13836f7404][color=blue:13836f7404]presentacion de la declaracion anual.[/color:13836f7404][/b:13836f7404] [/quote:13836f7404]
Tópico: ANUAL PM
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
[quote:83a86a3a18="Gi1berto"]Si presentas la anual primero y luego el provisional de diciembre, recuerda que la declaracion anual te pide el monto de los pagos provisionales [color=blue:83a86a3a18](ok, de acuerdo)[/color:83a86a3a18] lo cuales serian hasta enero como lo estas escribiendo, luego al presentar el pago provisional de diciembre, este ultimo, lo tienes que considerar para la anual del 2006, motivando con esto que tuvieras que presentar una declaracion complementaria de la anual, o como considerarias el ultimo pago provisional de diciembre 2006, contra que lo acreditarias???????? [color=blue:83a86a3a18]¿si presentara la anual, cual sería la razon de presentar el pago de diciembre sabiendo que ya sería [u:83a86a3a18][i:83a86a3a18][b:83a86a3a18][color=red] porque asi lo establece el articulo 14 de la LISR, lo unico es que te aumentaria tu saldo a favor, el cual lo podras compensar o pedir en devolucion[/color:83a86a3a18][/b:83a86a3a18][/i:83a86a3a18][/u:83a86a3a18](de acuerdo a ISR causado) un saldo a favor?[/color] Con mis planteamientos no quiero decir que yo tenga la razon o que tu no la tengas, unicamente son inquietudes con el fin de analizar el tema. [b:83a86a3a18][color=blue:83a86a3a18]PUES ESTA ES LA FINALIDAD DE LOS FOROS, EL DEBATIR LOS TEMAS AQUI PLANTEADOS Y APRENDER DE LOS DEMAS, PORQUE TODOS LOS DIAS APRENDEMOS ALGO NUEVO SALUDOS DESDE LOS TUXTLAS[/color:83a86a3a18][/b:83a86a3a18] [/quote:83a86a3a18]
Tópico: ANUAL PM
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
[quote:ad562a24a1="lcruizuscanga"]Y COMO FUNDAMENTO ART. 14 LISR Artículo 14. [b:ad562a24a1][color=red:ad562a24a1]Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago,[/color:ad562a24a1][/b:ad562a24a1] conforme a las bases que a continuación se señalan ------------------------ Ultimo parrafo Los contribuyentes [b:ad562a24a1][color=red:ad562a24a1][size=18:ad562a24a1]deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales siempre que haya impuesto a pagar, saldo a favor o cuando se trate de la primera declaración en la que no tengan impuesto a cargo.[/size:ad562a24a1][/color:ad562a24a1][/b:ad562a24a1] No deberán presentar declaraciones de pagos provisionales en el ejercicio de iniciación de operaciones, cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código Fiscal de la Federación ni en los casos en que no haya impuesto a cargo ni saldo a favor y no se trate de la primera declaración con esta característica. LISR Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultadofiscal obtenido en el [b:ad562a24a1][color=red:ad562a24a1]ejercicio[/color:ad562a24a1][/b:ad562a24a1] la tasa del 28%. CFF Artículo 11.- Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calcularán por [b:ad562a24a1][color=red:ad562a24a1]ejercicios fiscales[/color:ad562a24a1][/b:ad562a24a1], [color=red:ad562a24a1]éstos coincidirán con el año de calendario[/color:ad562a24a1] [b:ad562a24a1][color=blue:ad562a24a1]POR LO TANTO SI LOS PAGOS PROVISIONALES SON A CUENTA DE UN IMPUESTO ANUAL, Y ESTE ES DEL EJERCICIO EL CUAL DEBERA DE COINCIDIR CON EL AÑO DE CALENDARIO ENTENDIENDO EL DIA 31 DE DICIEMBRE COMO ULTIMO DIA, ENTONCES TENGO LA OBLIGACION DE EFECTUAR EL PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE.[/color:ad562a24a1][/b:ad562a24a1] Cuando las personas morales inicien sus actividades con posterioridad al 1 de enero, en dicho año el ejercicio fiscal será irregular, debiendo iniciarse el día en que comiencen actividades y terminarse el 31 de diciembre del año de que se trate. I. (Se deroga). II. (Se deroga). En los casos en que una sociedad entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, siempre que la sociedad escindente desaparezca, el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha en que entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, respectivamente. En el primer caso, se considerará que habrá un ejercicio por todo el tiempo en que la sociedad esté en liquidación. Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calculen por mes, se entenderá que corresponde al mes de calendario. [b:ad562a24a1]ES MI OPINION[/b:ad562a24a1][/quote:ad562a24a1]
Tópico: ANUAL PM
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
[quote:5b27218628="Gi1berto"]Me surge la inquietud: de acuerdo al fundamento proporcionado por lcruizuscanga los pagos provisionales son a cuenta del impuesto del ejercicio, pero entiendo que la pregunta de Cesarkondo es ¿si al dia 15 ya tiene su calculo anual de ISR y el impuesto causado es mayor a los pagos provisionales efectuados a esa fecha (de enero a noviembre), por qué efectuar el pago de diciembre? Una de las limitantes que se consideraban era el programa en que se presentaría, el cual ya está disponible; las otras limitantes: tanto las NIF's (no contemplan en uno ni otro sentido), la logica (por logica estaria cubierto con los pagos a noviembre), la cronologia (se presentaría primero la anual que el provisional de diciembre) y la teleologia (se estaria cumpliendo con el impuesto a cargo) no las entiendo como fundamento legal para no hacerlo. Con esto no necesariamente quiero decir que se pueda o no se pueda legalmente, unicamente que no le veo el justificado fundamento legal proporcionado. "......en el orden de las declaraciones...." primero se presentaría la anual (por ejemplo, 15 de enero de 2007) y despues el provisional de diciembre (17 de enero de 2007). [b:5b27218628][color=red:5b27218628]Si presentas la anual primero y luego el provisional de diciembre, recuerda que la declaracion anual te pide el monto de los pagos provisionales lo cuales serian hasta noviembre como lo estas escribiendo, luego al presentar el pago provisional de diciembre, este ultimo, lo tienes que considerar para la anual del 2006, motivando con esto que tuvieras que presentar una declaracion complementaria de la anual, o como considerarias el ultimo pago provisional de diciembre 2006, contra que lo acreditarias????????[/color:5b27218628][/b:5b27218628] [b:5b27218628][color=red:5b27218628]saludos[/color:5b27218628][/b:5b27218628] [/quote:5b27218628]
Tópico: diferencias imss
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 05, 2007 Asunto: Re: diferencias imss
BUENAS TARDES TIENES QUE TENER EL DISCO CON EL QUE PAGASTES, TIENES QUE GENERAR OTRO CALCULO INCLUYENDO LA AMORTIZACION. LUEGO SELECCIONAS CALCULO/DIFERENCIAS, TE VA A SOLICITAR EL PRIMER DISCO DE PAGO, UNA VEZ LEIDO TE PIDE EL SIGUIENTE DISCO DE LO QUE SE DEBIO PAGAR, Y ES EN ESTE PROCESO CUANDO DETERMINA LAS DIFERENCIAS Y CON RECARGOS Y ACTUALIZACIONES SI LAS HUBIERA. TE GENERA UN NUEVO ARCHIVO DE PAGO, E IMPRIMES LOS REPORTES DE LAS DIFERENCIAS QUE SI SOLO ES LA AMORTIZACION ES LO UNICO QUE TE DEBE DE APARECER EN LAS CEDULAS. ESPERO HABERTE AYUDADO.
Tópico: FORMATO RU DONDE LO PUEDO OBTENER A ALGUNA LIGA...
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2007 Asunto: Re: FORMATO RU DONDE LO PUEDO OBTENER A ALGUNA LIGA...
[quote:18f9557f11="CHAVALON"][quote:18f9557f11="contaluis780104"]FORMATO RU DONDE LO PUEDO OBTENER A ALGUNA LIGA...[/quote:18f9557f11] LA SIGUIENTE ES LA LIGA DEL SIMULADOR DEL FORMATO "RU" SIMULADOR PARA INSCRIPCIONES Y CAMBIOS EN EL R.F.C.: http://sim.plataforma.sat.gob.mx:9080/Identificacion/index.jsp [color=blue:18f9557f11]GRACIAS CHAVALON, ESTA BIEN EL SIMULADOR[/color:18f9557f11], CABE RECORDAR QUE EL FORMATO "RU" SERÂ ELECTRÔNICO, ES DECIR, SEGUN EL SAT CON LA "NO NACIDA" [color=red:18f9557f11]HAY QUE ESPERARNOS A LO MEJOR SE LLEVA 9 MESES COMO LOS BEBES PARA QUE NASCA [/color:18f9557f11]PLATAFORMA, TODOS LOS MOVIMIENTOS SE EFECTUARÂN O INICIARÂN POR INTERNET.[/quote:18f9557f11]
Tópico: ANUAL PM
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2007 Asunto: Re: ANUAL PM
[quote:6c10c8c7f4="CESARKONDO"]GRACIAS POR SUS COMENTARIOS SALUDOS [b:6c10c8c7f4]DE NADA.....IGUALMENTE[/b:6c10c8c7f4] [/quote:6c10c8c7f4]

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