Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de lcruizuscanga

Autor Mensaje
Tópico: Evita repeticiones. Revisa estos tópicos recientes relacionados con tu tema:
lcruizuscanga

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 18:35:45 Asunto: Re: Evita repeticiones. Revisa estos tópicos recientes relacionados con tu tema:
AQUI DEJO EL LINK: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&op=latest&id=178454[/url]
Tópico: Evita repeticiones. Revisa estos tópicos recientes relacionados con tu tema:
lcruizuscanga

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 17:26:16 Asunto: Re: Evita repeticiones. Revisa estos tópicos recientes relacionados con tu tema:
comparto la opinion de lobozac, de hecho, hace unas semanas atras...un servidor sugirio lo mismo...
Tópico: saldos a favor iva
lcruizuscanga

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 16:34:51 Asunto: Re: saldos a favor iva
En mi opinion si puedes utilizarlo en meses siguientes, puesto que en la LIVA no se menciona que si no lo utilizas en un mes pudiendo hacerlo perdieras el derecho a acreditartelo Por otra parte de la redaccion del articulo 6 mencionado, hay una palabra que mi parecer seria la clave de todo...[color=red][b]'PODRA',[/b][/color] que claramente viene siendo una opción de utilizarlo o no, y a raiz de eso, no existe obligacion de acreditarlo mes con mes.... saludos
Tópico: Error de fecha en declaracion provisional
lcruizuscanga

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 16:28:59 Asunto: Re: Error de fecha en declaracion provisional
ASI ES TODOS ESTAMOS EXPUESTOS A ERRORES....TENGO QUE ADMITIRLO A UN SERVIDOR TAMBIEN LE HA PASADO QUE AL MOMENTO DE SELECCIONAR EL PERIODO NO LO CAMBIA AL CORRECTO, PUES EL PORTAL DEL BANCO TRAE POR DEFAULT EL MES QUE ESTA EN CURSO... CUESTION DE PRESTAR MAS ATENCION DIJERA UN MAESTRO MIO... SALUDOS
Tópico: A EN P es sujeto de IETU
lcruizuscanga

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 13:13:40 Asunto: Re: A EN P es sujeto de IETU
De acuerdo al articulo 1 de LIETU dice que estan obligadas al pago del mismo, las PF y las PM.... Por otra parte el articulo 8 de LISR, menciona quienes son consideradas PM y entre otras esta incluida la A en P Por lo que las A en P si estarian sujetas al IETU saludos
Tópico: Error de fecha en declaracion provisional
lcruizuscanga

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2008 13:10:54 Asunto: Re: Error de fecha en declaracion provisional
Tienes que entrar al portal del SAT y hacer la correccion del periodo de pago. fundamento legal?....pues ya esta establecido en las respectivas leyes de los impuestos que pagaste, obvio, con fecha de septiembre no puedes pagar septiembre... saludos
Tópico: Facturacion en excel
lcruizuscanga

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Software Enviado: Septiembre 22, 2008 10:07:56 Asunto: Re: Facturacion en excel
ya checaste en el area de descargas... saludos
Tópico: Subordinación
lcruizuscanga

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2008 09:57:06 Asunto: Re: Subordinación
Te dejo estas otras, relativas a la subordinacion: Registro No. 205158 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta I, Mayo de 1995 Página: 289 Tesis: IV.2o. J/1 Jurisprudencia Materia(s): laboral RELACION LABORAL. LA SUBORDINACION ES EL ELEMENTO DISTINTIVO DE LA. El artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, establece que por relación de trabajo debe entenderse la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario. Así pues, la relación laboral tiene como elemento distintivo la subordinación jurídica entre patrón y trabajador, en virtud de la cual el primero se encuentra en todo momento en posibilidad de disponer del trabajo del segundo, quien a su vez tiene la obligación correlativa de acatar al patrón. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO. Amparo directo 77/90. Justo Aguilar Martínez. 16 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Amparo directo 820/93. Oscar Muñoz Jiménez. 12 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: José Garza Muñiz. Amparo directo 453/94. Marcelino Pérez Rivas. 29 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla. Amparo directo 825/94. Dolores Martínez Alanís y coag. 23 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Manuel Rodríguez Gámez. Amparo directo 96/95. Zeferino Martínez Rivera. 15 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Ejecutoria: 1.- Registro No. 3053 Asunto: AMPARO DIRECTO 96/95. Promovente: ZEFERINO MARTINEZ RIVERA. Localización: 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; I, Mayo de 1995; Pág. 290; Registro No. 219011 Localización: Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación X, Julio de 1992 Página: 416 Tesis Aislada Materia(s): laboral SUBORDINACION. ELEMENTO ESENCIAL DE LA RELACION DE TRABAJO. La sola circunstancia de que los trabajadores de una institución se presenten a la misma a cobrar su salario, ello no puede considerarse como una relación de trabajo que evidencie la prestación de sus servicios personales subordinados con la demandada pues dicha subordinación es un elemento esencial en las relaciones laborales, por lo que a falta de ella resulta inexistente la relación laboral. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 355/91. Fidencio Camacho Dueñas y otros. 22 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Nila Andrade.
Tópico: Subordinación
lcruizuscanga

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2008 09:52:23 Asunto: Re: Subordinación
[b]BUENOS DIAS, TE DEJO ESTA JURISPRUDENCIA: [/b] [b][color=blue][i]Registro No. 210655 Localización: Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación XIV, Septiembre de 1994 Página: 440 Tesis: V. 2o. 169 L Tesis Aislada Materia(s): laboral SUBORDINACION, CONCEPTO DE. Subordinación significa, por parte del patrón, un poder jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por parte de quien presta el servicio. Esto tiene su apoyo en el artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo de 1970, que obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al trabajo. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO. Amparo directo 319/94. Instituto Mexicano del Seguro Social. 15 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García. Amparo directo 240/94. Margarita Mora de Zazueta. 15 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Véase: Jurisprudencia 1822, páginas 2,938 y 2,939 Apéndice 1917- 1988. Apéndice 1985, Quinta Parte, pág. 267. [/i][/color][/b]
Tópico: Pago extemporaneo imss
lcruizuscanga

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 19, 2008 19:22:50 Asunto: Re: Pago extemporaneo imss
en este mismo foro se trato algo parecido, cuestion de utilizar el buscador... saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469