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Tópico: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
CFF Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. [b:d353a5d094][color=green:d353a5d094]Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad[/color:d353a5d094][/b:d353a5d094] [b:d353a5d094][color=blue:d353a5d094]QUIERE DECIR QUE CON ESTO PUEDO APLICARLE AL CALCULO DE LA NOMINA COMO DICE MEM, LAS TARIFAS DE 2008?[/color:d353a5d094][/b:d353a5d094]
Tópico: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento
[quote:c2ba433f15="enrique9727"][quote:c2ba433f15]Cuarto. Para los efectos de la regla 2.14.2., [color=green:c2ba433f15]por el periodo comprendido desde diciembre de 2006 hasta la fecha en que [u:c2ba433f15](1) se libere la aplicación[/u:c2ba433f15] actualizada del programa Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales[/color:c2ba433f15], los contribuyentes [u:c2ba433f15]no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago[/u:c2ba433f15], respecto de las siguientes obligaciones: a) Retenciones de IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de retenciones realizadas por los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR. [/quote:c2ba433f15] ---------------------------------------------------------------------------- 1 ¿Cual liberacion de la aplicacion? De que hablan los Willies del SAT, ¿donde se indica que tengo que utilizar esa aplicacion? cuando no se da el hecho generador de la obligacion. 2.14.1. Para los efectos del séptimo párrafo del artículo 20 y primer párrafo del artículo 31 del CFF, las personas obligadas a presentar pagos provisionales o definitivos del ISR, IMPAC, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de medios y formatos electrónicos, incluyendo complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, las deberán efectuar, por cada grupo de obligaciones fiscales derivadas de los citados impuestos incluyendo retenciones que tengan la misma periodicidad y la misma fecha de vencimiento legal, por medio de la página de Internet del SAT, de conformidad con el siguiente procedimiento: [b:c2ba433f15][color=darkred:c2ba433f15]I. Ingresarán al “Servicio de declaraciones y pagos, Subservicio de declaraciones de pago”, “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, contenido en la página de Internet del SAT. [/color:c2ba433f15][/b:c2ba433f15]Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su CIEC generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT, o la FIEL generada conforme a lo establecido en la regla 2.22.1. 2 ... "no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago..." ¿Cuando esta obligado en la ley de presentar la informacion de algo que nunca estuve obligado? Que bondadosa RMF que me quita la obligacion de algo que no me encuentro obligado. Gracias.[/quote:c2ba433f15]
Tópico: REGIMEN ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y SERV PROFS.
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: REGIMEN ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y SERV PROFS.
EL SALARIO DE MERCADO YA NO ESTA VIGENTE....
Tópico: pagos a proveedores en 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: pagos a proveedores en 2008
NO SON DEDUCIBLES..... DE CONFORMIDAD CON EL ART. 1-B DE LIVA Artículo 1o.-B.- Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones. [color=red:24f5377b3d]Cuando el precio o contraprestación pactados por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se pague mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el impuesto al valor agregado trasladado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha de cobro del mismo o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.[/color:24f5377b3d] SALUDOS.....
Tópico: SUSPENSION DE ACTIVIDADES PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: SUSPENSION DE ACTIVIDADES PM
SI PIENSA EN UN FUTURO REANUDAR ACTIVIDADES, BASTA CON PRESENTAR EL AVISO DE SUSPENSION DE ACTIVIDADES, YA SEA POR INTERNET O DIRECTO E LA ALAC O SI BIEN PIENSAN DESHACER LA SOCIEDAD, HAY QUE CANCELAR EL RFC.MEDIANTE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD
Tópico: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: Re: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
Pero los sueldos y salarios no se devengaron en 2007 y tengo entendido que la aplicacion de las leyes fiscales se originan cuando se dan los hechos....o situaciones....
Tópico: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2007 Asunto: Re: Declaraciones por Retencion de Iva e Isr Arrendamiento
SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2007 Y SUS ANEXOS 1, 5, 7, 10, 11, 14, 15, 17 Y 26 ........... Cuarto. Para los efectos de la regla 2.14.2., por el periodo comprendido desde diciembre de 2006 hasta la fecha en que se libere la aplicación actualizada del programa Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales, los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realizó el pago, respecto de las siguientes obligaciones: [b:b1d9c91939][color=red:b1d9c91939]a) Retenciones de IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de retenciones realizadas por los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR.[/color:b1d9c91939][/b:b1d9c91939] b) Pagos provisionales del IMPAC. Para los efectos de la regla 2.3.1.15., el dispositivo magnético a que se refiere la citada regla se presentará hasta la fecha en que se libere el servicio de la solicitud de inscripción correspondiente.
Tópico: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2007 Asunto: Re: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
tienes razon... y porque no cortar nomina al 31 de diciembre 2007 para calcular con tablas 2007 y el resto con las tablas 2008 ah pero aqui estariamos en el caso de calcular el subsidio por dia... :twisted:
Tópico: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2007 Asunto: Re: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
asi es entra en vigor el 1 de enero de 2008
Tópico: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2007 Asunto: Re: RETENCIONES A ASALARIADOS 2008
BUENAS TARDES ASI ES SE ELIMINA EL CALCULO DEL SUBSIDIO Y EL CREDITO AL SALARIO, ESTE ULTIMO ES SUSTITUIDO POR EL SUBSIDIO AL EMPLEO, LA MECANICA DE CALCULO ES MUY SIMILAR A LA ACTUAL, PERO SIN DETERMINAR SUBSIDIO ACREDITABLE CON RESPECTO AL CAMBIO DE RAZON SOCIAL, TIENES QUE PRESENTAR UNA SUSTITUCION PATRONAL, Y CON ESTO SERIA SUFICIENTE PARA SEGUIR CON LA ANTIGUEDAD DE LOS TRABAJADORES.

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