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Tópico: MULTA POR NO "MOSTRAR LOS LIBROS"
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: MULTA POR NO "MOSTRAR LOS LIBROS"
PLAZOS: CFF Artículo 53.- En el caso de que con motivo de sus facultades de comprobación, las autoridades fiscales soliciten éstos, informes o documentos del contribuyente responsable solidario o tercero, se estará a lo siguiente: I. Se tendrán los siguientes plazos para su presentación: a) Los libros y registros que formen parte de su contabilidad, solicitados en el curso de una visita, deberán presentarse de inmediato, así como los diagramas y el diseño del sistema de registro electrónico, en su caso. b) Seis días contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la solicitud respectiva, cuando los documentos sean de los que deba tener en su poder el contribuyente y se los soliciten durante el desarrollo de una visita. c) Quince días contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de la solicitud respectiva, en los demás casos. Los plazos a que se refiere este inciso, se podrán ampliar por las autoridades fiscales por diez días más, cuando se trate de informes cuyo contenido sea difícil de proporcionar o de difícil obtención. II. (Se deroga).
Tópico: DECRETO DE DIVIDENDOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: DECRETO DE DIVIDENDOS
MUY BUENA PAGINA BR1 GRACIAS POR EL APORTE.
Tópico: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
bueno es que sosarceo preguntaba por los siguientes impuetos: [quote:a876c7a1ff] el nos ocmenta sin fundamentar q ellos tienen una excencion(nos e iva, isan , [b:a876c7a1ff][color=red:a876c7a1ff]isr[/color:a876c7a1ff][/b:a876c7a1ff]) alcomprar los vehiculos , alguien conoce algo sobre esto? [b:a876c7a1ff][color=blue:a876c7a1ff]PERO EN SI LA PREGUNTA PRINCIPAL ERA POR LA COMPRA DEL VEHICULO, A LA CUAL YA MENCIONASTE LA FUNDAMENTACION....[/color:a876c7a1ff][/b:a876c7a1ff] [/quote:a876c7a1ff]
Tópico: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
MUY COMPLETA LA INFORMACION BR1. EN LO PERSONAL SEÑALE LA DE ISR AL PRINCIPIO PORQUE ANDABA BUSCANDO LA DE IVA....PERO YA ESTA.
Tópico: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: diplomatico o embajador compra un vehiculo!!!
BUENAS TARDES PARA ISR ART.109 ------ XII. Las remuneraciones por servicios personales subordinados que perciban los extranjeros, en los siguientes casos: a) Los agentes diplomáticos. b) Los agentes consulares, en el ejercicio de sus funciones, en los casos de reciprocidad. c) Los empleados de embajadas, legaciones y consulados extranjeros, que sean nacionales de los países representados, siempre que exista reciprocidad. d) Los miembros de delegaciones oficiales, en el caso de reciprocidad, cuando representen países extranjeros. e) Los miembros de delegaciones científicas y humanitarias. f) Los representantes, funcionarios y empleados de los organismos internacionales con sede u oficina en México, cuando así lo establezcan los tratados o convenios. g) Los técnicos extranjeros contratados por el Gobierno Federal, cuando así se prevea en los acuerdos concertados entre México y el país de que dependan. ESPERO HABERTE AYUDADO.
Tópico: Complementarias x Dictamén ¿máximo, efectos o consecuencias?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: Complementarias x Dictamén ¿máximo, efectos o consecuenc
Y PEOR AUN CUANDO SON LOS MISMOS ASESORES Y AUDITORES, O SEA JUEZ Y PARTE....COMETEN SUS BURRADAS Y ELLOS MISMOS LAS CORRIGEN...QUE A VECES NI ESO HACEN...A PERO SI COBRAN Y BIEN. :twisted: :twisted: :twisted:
Tópico: Puedo darla de baja
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: Puedo darla de baja
si fue sorprendida en el acto, lo conveniente hubiese sido que elaboraran un acta administrativa, y ya con eso dejar evidencia para dar soprte a la rescicion laboral. Siendo un agravante por parte del trabajador, no tiene porque haber ningun problema para darla de baja.
Tópico: DEDUCIBLE INVENTARIO 2007?????
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2007 Asunto: Re: DEDUCIBLE INVENTARIO 2007?????
DICHO DECRETO FUE PUBLICADO EL DIA 5 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE.
Tópico: Complementarias x Dictamén ¿máximo, efectos o consecuencias?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2007 Asunto: Re: Complementarias x Dictamén ¿máximo, efectos o consecuenc
EN UNA OCASION ME TOPE CON ALGO PARECIDO, SE PRESENTO DECLARACION COMPLEMENTARIA DE LA ANUAL COMPLEMENTARIA POR DICTAMEN, LO QUE ME QUEDO LA DUDA SIEMPRE FUE DE QUE SI ERA NECESARIO ENVIAR NUEVAMENTE LA DECLARACION POR EL SIPRED.(CABE ACLARAR QUE EL MISMO ASESOR DE ESTA EMPRESA ERA EL MISMO QUE AUDITABA, JEJEJE COSA QUE EN LO PARTICULAR NUNCA HE VISTO BIEN...PORQUE ES JUEZ Y PARTE), OBVIAMENTE CUANDO SE HIZO LA COMPENSACION DE ESE SALDO A FAVOR DE ISR...LA AUTORIDAD NOS REQUIRIO TANTO LAS ANUALES NORMALES COMO LAS DE DICTAMEN....PERO HASTA DONDE ME QUEDE EN ESA EMPRESA...NO HABIAN AUTORIZADO LA COMPENSACION POR LAS INCONSISTENCIAS QUE HABIA EN LAS ANUALES..... CABE MENCIONAR QUE EL SALDO PROVENIA DE UNAS RETENCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO...QUE AL AUDITOR SE LE BARRIO CONTEMPLAR EN EL DICTAMEN.
Tópico: ESTE NSS NO TIENE REGISTRADO SU RFC CORRESPONDIENTE
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 23, 2007 Asunto: Re: ESTE NSS NO TIENE REGISTRADO SU RFC CORRESPONDIENTE
mas bien que es lo que tiene que hacer el trabajador...acudir al infonavit a verificar esta situacion, la cual le pudiera traer problemas a futuro.

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