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21/Feb/08 18:48
isr pagado con cas

Hola buenas tardes:
Tengo una duda si pago mi isr con cas dicho ISR lo puedo acreditar contra ietu? porque segun lo que leo en el art. 10 fracc. V no lo puedo hacer.
Ustedes que opinan al respecto.
Gracias por su atención
 

 
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ereluna
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21/Feb/08 20:41

como percibes el articulo citado, lo puedes anotar aqui para analizarlo ?......de entrada te digo que "si se puede"

saludos
 
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lobozac
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22/Feb/08 10:32
Re: isr pagado con cas

Hola Buenos dias:
Perdón por no haberle dado seguimiento al tópico hasta hoy.
En primer lugar me faltó poner que el articulo es de la ley del ietu el cual transcribo.

El pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere ese artículo, sera el efectivamente pagado, en los términos de la ley del impuesto sobre la renta, asi como el que hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiere cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales. Aqui es donde surge mi duda y que es donde yo entiendo que el si pago isr acreditandome el cas ya no se considera efectivamente pagado.
Que opinan?
 

 
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ereluna
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24/Feb/08 11:47

el CAS ES TUVO VIGENTE HASTA DIC 2007 Y OBTUVISTE EL DERECHO DE DISMINUIRLO............EL ART QUE MENCIONAS ENTRO EN VIGOR EN 2008

EN TUS PAPELES DE TRABAJO TENDRAS ...

Lunes 1 de octubre de 2007 DIARIO OFICIAL 21

Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta

ARTÍCULO TERCERO. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Primero de este Decreto, se estará a lo siguiente:


...

VI. Los retenedores que a la entrada en vigor de este Decreto tengan cantidades por concepto de crédito al salario pendientes de acreditar en los términos del artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2007, podrán acreditarlas en los términos de dicho precepto legal hasta agotarlas.


SALUDOS
 
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lobozac
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25/Feb/08 11:06
Re: isr pagado con cas

Hola Loboza:
No entendi tu respuesta puedo o no disminuir del ietu el isr pagado con cas o con subsidio al empleo?
Gracias por tu atenciòn en responderme
 

 
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ereluna
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25/Feb/08 11:34
Re: isr pagado con cas

Hola Loboza:
No entendi tu respuesta puedo o no disminuir del ietu el isr pagado con cas o con subsidio al empleo?
Gracias por tu atenciòn en responderme

1.- Dime si la LIETU, lo permite SI o NO... me parece que ya respondiste que no... ¿entonces cual es la duda? ¿la falta de inseguridad?. Vez que en apariecia se cojea de la misma pata.

2.- Dónde viene en el art 115 LISR (cuando habia CAS pagado de 2007 hacia atras) que te permita la acreditacion contra IETU o ahora que el SPE (subsidio para el empleo) se permita la acreditacion contra IETU.

Por ambos puntos, mi apreciacion seria que NO.

Pero...

Si se permite el acreditamiento con ISR... y luego que esté presentada la declaracion correspondiente, realizarse un segundo acreditamiento contra IETU...

De cierta manera primero debe procederse a acreditar el CAS o SPE contra ISR... si no se puede.... luego no se podria acreditar contra IETU.

Es decir se debe pagar ISR mediante CAS o SPE, presentarse este pago y acreditamiento, para luego proceder acreditarse AHORA EL ISR vs IETU.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/Feb/08 11:28
Re: isr pagado con cas

Hola Buenos dias:
Si efectivamente enrique9727 me siento insegura de mi interpretación de dicho articulo por eso queria saber el punto de vista de los compañeros del foro a final de cuentas para eso existen estos foros.
Muchas gracias por tu respuesta
 

 
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ereluna
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26/Feb/08 11:39
Re: isr pagado con cas

Hola eleluna:

Mi intension es de que no dudes... que tengas la seguridad. Ya tienes el razonamiento sufiente, asi lo percibi en tu escritura inicial del topico.

Si fue muy dura la respuesta mía, disculpame, mi intension no es ofender, pero si que despiertes para que tengas los animos de ser segura y tengas la confianza.

Asi que animo, solo te falta la confianza de tu interior. Pues la piezas del rompecabezas ya los tienes todas, solo tienes que tener la confianza de que en algun momento, las podrias unir de la manera correcta.

Cuando comienzas por una esquina o por algun sitio, te afianzas y sigue haciendo tu rompecabeza, a tu ritmo. Pero de que terminas, terminas, solo tienes que decidirte a hacerlo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/Feb/08 11:41
Re: isr pagado con cas

Animo ereluna :)

No te quedes con una mala imagen de los foristas, lo hacen para animarnos a leer más y no por criticar.
 
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Nex
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26/Feb/08 12:22
Re: isr pagado con cas

BUENOS DIAS

ERELUNA CHECATE EL SIGUIENTE ARTICULO:

ART.8
------

[i:6bef46648e][color=red:6bef46648e]El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal
de la Federación.[/color:6bef46648e][/i:6bef46648e]

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