Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de lcruizuscanga

Autor Mensaje
Tópico: requerimiento del sat por depositos bancarios de una persona que no esta inscrita en el RFC
lcruizuscanga

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 12, 2012 12:21:50 Asunto: Re: requerimiento del sat por depositos bancarios de una persona que no esta inscrita en el RFC
Buen dia con respecto a los depositos para pagos a proveedores puede utilizar el pago por medio de terceros de acuerdo al 35 de RISR el excedente, se podria encuadrar dentro de los ingresos exentos tales como Alimentos de acuerdo al articulo 109 de LISR, o tambien lo podrias manejar como Donativo de acuerdo a la fraccion XIX del mismo articulo 109 Saludos
Tópico: DEDUCCION DE GASOLINA EN EFECTIVO PARA PERSONA FISICA ACTIVIDAD PROFESIONAL
lcruizuscanga

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2012 09:52:29 Asunto: Re: DEDUCCION DE GASOLINA EN EFECTIVO PARA PERSONA FISICA ACTIVIDAD PROFESIONAL
Que tal danyboy, si tu esposa paga el combustible en efectivo, es no deducible, ahora que si lo paga con tarjeta de credito o debito, lo puedes hacer deducible, en base al articulo 35 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta. Saludos
Tópico: DONATARIA NO AUTORIZADA, GRAVA IETU?
lcruizuscanga

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2012 08:32:36 Asunto: Re: DONATARIA NO AUTORIZADA, GRAVA IETU?
Buen dia checa el articulo 4 de LIETU fraccion III Donatarias III. Los obtenidos por personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos, [color=red]autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta[/color], siempre que los ingresos obtenidos se destinen a los fines propios de su objeto social o fines del fideicomiso y no se otorgue a persona alguna beneficios sobre el remanente distribuible, salvo cuando se trate de alguna persona moral o fideicomiso autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del ordenamiento citado. saludos
Tópico: A ALGUIEN LE SALIO ESTE MENSAJE...
lcruizuscanga

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2012 13:14:14 Asunto: Re: A ALGUIEN LE SALIO ESTE MENSAJE...
Si te sale ese mensaje de que no hay informacion que desplegar, recarga la pagina u oprime F5, ya que la declaracion si fue enviada, solo el problemas es que no se visualiza. a mi ha pasado y hago eso, hasta que obtengo la visualizacion. saludos. pd no cierres la ventana o el explorador hasta que te muestre la declaracion....
Tópico: RETENCION DE LA TOTALIDAD DE IVA CON CFE
lcruizuscanga

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2012 10:19:23 Asunto: Re: RETENCION DE LA TOTALIDAD DE IVA CON CFE
Eres sujeto de iva gravado, por lo tanto, el iva que te salga a favor mes con mes lo puedes, acreditar contra meses futuros, compensarlo o pedirlo en devolucion. al ser contribuyente de iva, tienes que separarlo de tus gastos y costos, si tuvieras ingresos exentos, en primera cfe no te retendria iva, y por consiguiente, el iva que tu pagaras por tus gastos y compras, entonces si lo podrias llevar como deduccion. saludos
Tópico: FACTURA DE PROVEEDOR EXTRANJERO
lcruizuscanga

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2012 16:45:04 Asunto: Re: FACTURA DE PROVEEDOR EXTRANJERO
Bueno alternativas ya le dieron al forista. todas validas ya corresponde a SU CRITERIO Y RAZONAMIENTO escoger la mas adecuada. Porque puse en mayuscala esas dos palabras, por lo siguiente, este es un espacio 'LIBRE' hasta cierto punto, donde cada uno de los que participamos exponemos NUESTRO PUNTO DE VISTA, que cierto, puede diferir de los demas. LOS MODOS O LAS FORMAS, de exponerlas esas dependen de cada quien, pues reflejan la personalidad y caracter de quien escribe, algunos pueden utilizar un modo de escritura, amable, cortes, y otros un poco mas bruscas por no decirlo de otra manera. Aquienes hayan encontrado alguna forma BRUSCA de expresarse de algun compañero, creanme, no es nada comparado a como lo hacia otro colega en otros foros, pero creanme, ayudaba y en serio. te encaminaba a buscar, a leer, a comprender y sobre todo a entender y razonar las leyes. dijera un viejo forista que anduvo por aqui NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA. Estamos acostumbrados a pedir y que nos den todo en la boca, no señor, eso no es posible, hay que invertir esfuerzo propio y voluntada misma. Prestar atencion a las formas y modos, es perder el tiempo. No defiendo a nadie, porque simplemente creo y estoy convencido que aqui es un foro libre donde cierto hay reglas de juego como en todos lados, pero tampoco es para andar lloriqueando por cualquier cosa. Hay que saber reconocer que hay personas que saben mas que uno, tambien reconocer que como seres humanos nos equivocamos, y lo principal DIA A DIA APRENDEMOS CUALQUIER COSA, DETALLE, LO QUE SEA, SIN IMPORTAR DE QUIEN, pero si un dia no aprendemos lo mas minimo, entonces es un dia perdido. Saludos.
Tópico: base para retencion de IVA en transportistas
lcruizuscanga

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2012 12:32:58 Asunto: Re: base para retencion de IVA en transportistas
como lo menciona chavalon, pero solo cuida que no se integre tambien concpetos que cobran en la carta porte distintos al flete, tales como casetas, estadias, maniobras, etc. ya que esos conceptos no son objeto de retencion de iva. saludos
Tópico: correo del SAT Cerificados
lcruizuscanga

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2012 11:22:21 Asunto: Re: correo del SAT Cerificados
CUIDADO SON FALSOS [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/plataforma/132_12466.html[/url]
Tópico: DEPRECIACION FISCAL
lcruizuscanga

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2012 10:22:57 Asunto: Re: DEPRECIACION FISCAL
que tal Articulo 17-A quinto parrafo del CFF Cuando el resultado de la operación a que se refiere el primer párrafo de este artículo sea menor a 1, el factor de actualización que se aplicará al monto de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del fisco federal, así como a los valores de bienes u operaciones de que se traten, será 1. Saludos
Tópico: compra de auto a empresa
lcruizuscanga

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2012 12:17:05 Asunto: Re: compra de auto a empresa
primero la empresa para la cual labora su esposo, tiene la obligacion de emitir un comprobante fiscal por la enajenacion de dicho vehiculo. ya que como comprobaria la legal propiedad de dicho vehiculo. facilmente la empresa pudiera incluso reportarlo como robado y para que le cuento. Ahora veamos la forma de pagarlo: si se le descuenta via nomina, ( en caso de ser asalariado), no es una deduccion personal la compra de vehiculos, por lo tanto, no lo podria considerar dentro de dichas deducciones en la declaracion anual. ahora bien, si es comisionista o presta algun tipo de servicio profesional y esta dado de alta en hacienda, podria recurrirse a los distintos medios de extincion de obligaciones. no siempre las operaciones de iva e ietu, isr en algunos casos, se basan en flujo de efectivo. una de las formas de extinguir las obligaciones seria 'LA COMPENSACION', para lo cual el articulo 2185 del CCF, nos dice: Artículo 2185.- Tiene lugar la compensación cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469