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Tópico: consulta del D.O.F.
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: consulta del D.O.F.
en la siguiente pagina: http://www.dof.gob.mx http://www.segob.gob.mx SALUDOS
Tópico: CHATARRIZACION
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: CHATARRIZACION
este beneficio aplica unicamente a transportistas Por lo que entendi seria asi: yo como transportista decido comprar un vehiculo ya sea nuevo o seminuevo. La distribuidora me toma mi vehiculo viejo a cuenta del nuevo, siempre y cuando cumpla con los requisitos para chatarrizarlo segun la pagina de la sct, y debera de haber cumplico minimo doce meses de servicio de autotransporte de carga federal o de pasajes una vez hecho esto, la distribuidora, armadora y el transportista acuden a la chatarrizadora para destruir el vehiculo y esta debera expedir copia del certificado de destruccion y entonces la armadora podra hacer uso del beneficio fiscal. Lo cual se traduce en tambien en un estimulo para el transportista ya que ese beneficio se descuenta del valor del vehiculo, o me equivoco?
Tópico: contestación
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: contestación
ES LA RESPUESTA DE LA PREGUNTA QUE NUNCA SE HIZO, O SI SE HIZO NO SABEMOS CUAL ES NI CUANDO SE HIZO.
Tópico: Procedimiento para confrota de SUA E IDSE?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Procedimiento para confrota de SUA E IDSE?
te sirve para detectar errores tales como: *NSS diferentes a los que tiene el imss en su base de datos *tambien te reportara diferencias, las cuales se pueden generar por ausentismos o incapacidades, que obviamente el imss no tiene *nombre de los trabajadores diferentes a los de la base del imss en si es buena herramienta, porque puedes checar en que tienes diferencias y determinar si son imputables a ti para corregirlas o en su caso estar preparados para cualquier aclaracion siempre acostumbro a imprimir la confronta y archivarla.
Tópico: solucion integral del sat
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: solucion integral del sat
asi es
Tópico: solucion integral del sat
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: solucion integral del sat
de nada mucho gusto andres y con respecto a alguna fecha probable, pues no al menos un servidor no sabe nada al respecto, solo que al preguntar en las alac, solo se limitan a decir que ni ellos mismos saben. asi que te podras imaginar para cuando estara disponible. saludos
Tópico: solucion integral del sat
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: solucion integral del sat
buenos dias siendo las 11:50:00 am, todavia no esta disponible la "desilucion integral del sat" mucho de los tramites que se hacian por internet, se tienen que hacer de manera directa en las ALR.
Tópico: Cambia el % de retencion del iva del 10 al 15% ?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Cambia el % de retencion del iva del 10 al 15% ?
[quote:c3b0995c3f="cp_pavon"]Buen día: Acabo de asistir a un curso de "Reformas Fiscales", al respecto el expositor cita lo siguiente en su material: [color=darkblue:c3b0995c3f](Fundamento art. 3 y 4 RIVA)". "Se reincorpora la relga 5.1.1 de la RMF en donde se establece una retención menor a las personas físicas 2/3 para honorarios, comisión y arrendamiento". "La Federación y sus Organismos Descentralizados solo harán una retención menor en el caso de autotransporte. En los demás casos el 100% del IVA , antes podía ser las 2/3 partes".[/color:c3b0995c3f] [b:c3b0995c3f][color=red:c3b0995c3f]PERO EL ART. 4 DE RIVA SOLO HACE MENCION DE CUANDO SE RECIBAN LOS SERVICIOS DE AUTOTRANSPORTE, POR LO TANTO LAS DEMAS RETENCIONES SE TENDRAN QUE HACER CONFORME AL ART.3 DE RIVA, ESTO CON FUNDAMENTO EN EL ART. 3 TERCER PARRAFO DE LIVA EL CUAL NOS REMITE AL ART. 1-A DE LIVA. ES MI MAS HUMILDE OPINION[/color:c3b0995c3f][/b:c3b0995c3f] Al respecto, cabe hacer la siguiente precisión: El art. 3 RIVA cita la obligación a las Personas Morales. El art. 4 RIVA cita la obigación a la Federación. Saludos.[/quote:c3b0995c3f]
Tópico: Cambia el % de retencion del iva del 10 al 15% ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2007 Asunto: Re: Cambia el % de retencion del iva del 10 al 15% ?
BUENOS DIAS COMO DICE MEM, CHECATE EL SIGUIENTE ARTICULO: RIVA Artículo 3. Para los efectos del artículo 1o.-A, último párrafo de la Ley, las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes: I. La retención se hará por las [b:c560a0e62b][color=red:c560a0e62b]dos terceras partes del impuesto[/color:c560a0e62b][/b:c560a0e62b] que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado, cuando el impuesto le sea trasladado por personas físicas por las operaciones siguientes: [b:c560a0e62b][color=red:c560a0e62b]a) Prestación de servicios personales independientes;[/color:c560a0e62b][/b:c560a0e62b] b) Prestación de servicios de comisión, y c) Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. II. La retención se hará por el 4% del valor de la contraprestación pagada efectivamente, cuando reciban los servicios de autotransporte terrestre de bienes que sean considerados como tales en los términos de las leyes de la materia. Las personas físicas o morales que presten los servicios de autotransporte de bienes a que se refiere el párrafo anterior, deberán poner a disposición del Servicio de Administración Tributaria la documentación comprobatoria, de conformidad con las disposiciones fiscales, de las cantidades adicionales al valor de la contraprestación pactada por los citados servicios, que efectivamente se cobren a quien los reciba, por contribuciones distintas al impuesto al valor agregado, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y por cualquier otro concepto, identificando dicha documentación con tales erogaciones. COMO COMENTARIO, NI EN EL REGLAMENTO NI EN LAS REGLAS MISCELANEAS SE HABLA DEL 10% DE RETENCION DE IVA, EL 10% SALE DE LA SIGUIENTE OPERACION: REGION DE IVA AL 15% 15%*2/3=10% REGION DE IVA AL 10% 10%*2/3=6.666% ESTE ARTICULO 3 DE RIVA, ANTERIORMENTE SE ENCONTRABA EN LAS REGLAS MISCELANEAS 5.1.1
Tópico: NOMINA
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2007 Asunto: Re: NOMINA
y el articulo 15 de la LSS como lo mencionaron en el foro de seguridad social

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