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Tópico: ADQUISICION DE AUTO USADO GRAVA IVA.
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2010 09:30:25 Asunto: Re: ADQUISICION DE AUTO USADO GRAVA IVA.
Mi estimado Saul...ya checaste el articulo 27 de RIVA [quote] Enajenación de automóviles y camiones usados [1] Para los efectos del artículo 8o. de la Ley, para calcular el impuesto tratándose de la enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, se considerará como valor el determinado conforme al artículo 12 de la Ley, al que podrá restársele el costo de adquisición del bien de que se trate, sin incluir los gastos que se originen con motivo de la reparación o mejoras realizadas en los mismos. El impuesto que haya sido trasladado por dichas reparaciones o mejoras será acreditable en los términos y con los requisitos que establece la Ley. Requisitos al adquirirlos [2] El contribuyente al adquirir los automóviles y camiones usados deberá cumplir con los siguientes requisitos: I.- Efectuar el pago correspondiente mediante cheque nominativo a nombre del enajenante, y II.-Conservar copia de la factura, de una identificación oficial del enajenante y de los demás documentos en los que conste el nombre, domicilio y, en su caso, el registro federal de contribuyentes del enajenante, así como la marca, tipo, año modelo, los números de motor y de serie de la carrocería, correspondientes al vehículo. [/quote]
Tópico: CLIENTES Y PROVEEDORES LLENADO
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2010 12:59:26 Asunto: Re: CLIENTES Y PROVEEDORES LLENADO
si cumpliste con presentar las DIOT te exime de presentar dicha declaracion... Ahora..el limite, pues ya se te paso y no hubo prorroga, pero puedes presentarla EXTEMPORANEA de manera ESPONTANEA. Saludos
Tópico: 2 % SOBRE NOMINAS
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 03, 2010 09:02:42 Asunto: Re: 2 % SOBRE NOMINAS
[quote] ¡¡Hijole!! que tristeza que el Estado mas antiguo del pais no cuente con página de Internet. [/quote] PUES SI SI TIENE PORTAL DE INTERNET: [url]http://portal.veracruz.gob.mx/portal/page?_pageid=273,1&_dad=portal&_schema=PORTAL[/url] [i]Editado: Marzo 03, 2010 09:03:08[/i] [i]Editado: Marzo 03, 2010 09:03:37[/i]
Tópico: Reg contable de iva de cheques en transito
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 02, 2010 12:20:11 Asunto: Re: Reg contable de iva de cheques en transito
En la contabilidad se debe de registrar todas las operaciones realizadas en el mes, ya que fiscalmente haya diferencias esa es otra cosa por ejemplo para IVA Por lo general un servidor maneja 2 cuentas, IVA ACREDITABLE e IVA X ACREDITAR En la poliza de cheque registrarias el IVA ACREDITABLE. al final del mes al realizar la conciliacion bancaria, los cheques no cobrados, unicamente haria el Cargo a IVA X ACREDITAR con abono a IVA ACREDITABLE, esto para reflejar el IVA efectivamente pagado. Ya la mayoria de los programas contables traen la opcion de acreditamiento para impuestos de las polizas de cheques o movimientos en la cuenta de bancos.
Tópico: Contrato necesaro para que exista la deducción
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 14:03:35 Asunto: Re: Contrato necesaro para que exista la deducción
Es preferible que los contratos los hagas pore escrito, ya que los verbales...en conciliacion siempre seran mas proteccionista sobre el empleado Por otra parte puedes checar los siguientes articulos Articulo 31 fraccion XX de LISR: Que tratándose de pagos efectuados por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado a trabajadores que tengan derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio les correspondan a sus trabajadores y se dé cumplimiento a los requisitos a que se refieren los preceptos que lo regulan, salvo cuando no se esté obligado a ello en términos de las citadas disposiciones Articulo 113 parrafo 7 LISR Las personas físicas, así como las personas morales a que se refiere el Título III de esta Ley, enterarán las retenciones a que se refiere este artículo a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. Articulo 118 parrafo 1 LISR Efectuar las retenciones señaladas en el artículo 113 de esta Ley. Articulo 118 Fraccion V LISR Presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas a las que les hayan efectuado dichos pagos, en la forma oficial que al efecto publique la autoridad fiscal. La información contenida en las constancias que se expidan de conformidad con la fracción IV de este artículo se incorporará en la misma declaración.
Tópico: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2010 13:16:51 Asunto: Re: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
Como les mencione hace rato...yo tambien tenia un problema parecido...pero de que se pudo por internet se pudo...y es la fecha que el contribuyente aparece como repeco y asi esta en situacion fiscal por mi portal considero que no violamos ninguna ley o cff o reglamento, pues es la misma autoridad que permite estas acciones. saludos
Tópico: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2010 11:17:24 Asunto: Re: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
QUE TAL MI ESTIMADO LOBOZAC SOLO POR MENCIONAR QUE SI ACEPTA LOS CAMBIOS DE REGIMEN...COMO HACE ALGUNOS MESES COMENTE QUE NO ME DEJABAN BAJAR DE INTERMEDIO A REPECO, CLARO EN LAS OFICINAS DEL SAT, PERO POR INTERNET...SI LO ACEPTO...Y ES LA FECHA QUE NO HE TENIDO PROBLEMAS...A CLARO..CONSULTE LA SITUACION FISCAL EN MI PORTAL Y APARECE COMO REPECO... SALUDOS
Tópico: COMPRA DE FACTURAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2010 13:01:57 Asunto: Re: COMPRA DE FACTURAS
si no lo habias visto antes...bienvenido a este mundo, los empresarios siempre quieren sacar su lana para sus gastitos personales...sin que les cueste tanto $$$, claro, operaciones asi,...llevan sus riesgos...pero como te repito...son los mismos empresarios que lo propician. no digo que este mal...pero pues en esta vida hay de todo... saludos
Tópico: Puede un hospital expedir facturas con iva y sin iva ?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2010 19:51:10 Asunto: Re: Puede un hospital expedir facturas con iva y sin iva ?
CHECATE EL ARTICULO 15 FRACCION XIV DE LIVA [quote] 'Servicios médicos Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles. [/quote] JUNTO CON EL ARTICULO 41 DE RIVA SALUDOS
Tópico: Repecos en Michocan ¿Expiden comprobantes de sus ventas?
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2010 18:43:23 Asunto: Re: Repecos en Michocan ¿Expiden comprobantes de sus ventas?
Porque no checas en el convenio entre el SAT y tu entidad haber si hay alguna facilidad al respecto... saludos

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