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Tópico: Factura y cheque diferentes nombres
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2008 Asunto: Re: Factura y cheque diferentes nombres
Asi es el articulo 35 del RISR....pero habria que cumplir con los requisitos establecidos en ese numeral... saludos
Tópico: REIMPRESION DE CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2008 Asunto: Re: REIMPRESION DE CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL
De nada.... En lo personal, el contar con la informacion mas importante de la empresa en este tipo de archivos me ha sido de gran utilidad, porque aparte de que los imprimo y entrego a las personas que lo solicitan...no quiero que pase...es que les di el original y no le saque copias...y con este programa...las copias que quieran..hasta por email se los envio luego... saludos
Tópico: REIMPRESION DE CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2008 Asunto: Re: REIMPRESION DE CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL
mi estimado vabdo, lo que hace un servidor es que cuando necesito guardar siempre documentos importantes, instalo una impresora de pdf...con esto mandas a imprimir, seleccionas la impresora pdf y te guarda lo que mandes a imprimir en formato *.pdf el cual le podras poner su nombre y tenerlo en tu pc. te dejo el link: http://pdfcreator.softonic.com/ otra opcion es si tienes el acrobat profesional igual lo puedes utilizar... saludos
Tópico: Caducidad de las facturas
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: Caducidad de las facturas
Buenas tardes: [code:1:d3edcd8090] art. 29-A antepenultimo parrafo del CFF Fecha de impresión y numeración de los comprobantes fiscales II.2.4.7. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF, se estará a lo siguiente: I. Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante. II. La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerandoinclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia. CFF 29-A, (RMF 2007 2.4.19.) [/code:1:d3edcd8090]
Tópico: impuesto sobre nominas
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: impuesto sobre nominas
Tienes que checar la normatividad de tu entidad federativa...ahi viene que esta gravado y que no... saludos
Tópico: Factura y cheque diferentes nombres
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: Factura y cheque diferentes nombres
La operacion asi como la describes....cumple con los requisitos de LISR? si no los cumple...es no deducible...
Tópico: programa para leer archivos *.dec
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Software Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: programa para leer archivos *.dec
NO CREO QUE HAYA UN PROGRAMA PARA LEERLOS, SOLO LOS DEL SAT PUEDEN HACERLO.... SALUDOS
Tópico: tipo de cambio
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: tipo de cambio
CHECATE ESTO: Artículo 87lisr. Los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: I. Los libros de contabilidad y los registros, que correspondan al establecimiento en el extranjero, deberán llevarse en los términos que señale esta Ley y su Reglamento. Los asientos correspondientes podrán efectuarse de acuerdo con lo siguiente: a) En idioma español o en el oficial del país donde se encuentren dichos establecimientos. Si los asientos correspondientes se hacen en idioma distinto al español deberáproporcionarse traducción autorizada a las autoridades fiscales cuando éstas así lorequieran en el ejercicio de sus facultades de comprobación. [b:a4bb2503be] b) Registrando las operaciones en moneda nacional o en la moneda de curso legal en el país donde se encuentren dichos establecimientos. Si se registra en moneda distinta de la nacional, la conversión podrá hacerse, a elección del contribuyente, por cada operación o conforme al tipo de cambio que tenga la moneda extranjera en México al último día de cada mes de calendario.[/b:a4bb2503be] POR OTRO LADO, EL ARTICULO 20 DEL CFF PARRAFO 3 NOS DICE: [b:a4bb2503be] Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones.[/b:a4bb2503be]
Tópico: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???
con respecto al IDE en los formatos de cuota fija aca en veracruz tienen la opcion de disminuir el IDE...solo hay que esperar a ver que pasa despues de agosto....
Tópico: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???
lcruizuscanga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2008 Asunto: Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???
Antes de tomar la decision de si se cambia o no de regimen fiscal, tienes que evaluar a que tipo de personas le venderas, es decir si tus operaciones van a ser 100% publico en general, pues si, si podrias tributar como REPECO Por otra parte, recuerda que el ser tienda de abarrotes, si vendes productos a la tasa del 0% o exentos, pudiendo porque no...originar saldo a favor de IVA... Cuestion de analizar que te conviene mas....cuestion de checar los rangos de ingresos y monto de las cuotas fijas.... saludos.

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