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21/Jul/08 15:14
TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

HOLA BUENAS TARDES.... OJALA ALGUIEN PUEDA AYUDARME...

PERSONA FISICA...
ABRE TIENDA DE ABARROTES...PEQUEÑA...
SE VA A INSCRIBIR AL SAT... Y LE RECOMIENDAN... REGIMEN INTERMEDIO...
ME TRAE AHORA LOS PAPALES...
SEGUN MI APRECIACION, LAS COMPRAS QUE HACE, A SELLO ROJO, , AL BIMBO A LA COCA COLA, NO CUENTAN CON LOS REQUISITOS FISCALES.... POR LO TANTO...SON NO DEDUCIBLES....

O HAY ALGO QUE YO DESCONOZCA Y QUE ESTAS COMPRAS SIN REQUISITOS SE PUEDAN CONSIDERAR DEDUCIBLES???

LUEGO ENTONCES... TODA SU VENTA SE CONVIERTE EN UTILIDAD Y GRAVA PARA ISR E ITEU....???? MINIMO UN 16.5%

NO SERIA MEJOR UN REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PARA ESTE TIPO DE GIROS???

GRACIAS..POR SU AYUDA
 
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cielo178
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21/Jul/08 15:20
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

"cielo178":
HOLA BUENAS TARDES.... OJALA ALGUIEN PUEDA AYUDARME...

PERSONA FISICA...
ABRE TIENDA DE ABARROTES...PEQUEÑA...
SE VA A INSCRIBIR AL SAT... [color=red:a97249be79][u:a97249be79]Y LE RECOMIENDAN[/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]... REGIMEN INTERMEDIO... [color=blue:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]EN QUE SE FUNDAN PARA RECOMENDAR ESTE REGIMEN [/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]


ME TRAE AHORA LOS PAPALES...


[color=red:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]SEGUN MI APRECIACION[/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79], LAS COMPRAS QUE HACE, A SELLO ROJO, , AL BIMBO A LA COCA COLA, NO CUENTAN CON LOS REQUISITOS FISCALES.... POR LO TANTO...[color=red:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]SON NO DEDUCIBLES.[/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]... [color=blue:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]MALA APRECIACION......TODAS ESAS EMPRESAS CUENTAN CON FACTURAS......SOLO PIDELAS [/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]

[color=red:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]O HAY ALGO QUE YO DESCONOZCA [/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79].... [color=blue:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]ASI COMO ESTA PLANTEADO EL TOPICO.....SI DESCONOCES "MUCHO"[/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]


Y QUE ESTAS COMPRAS [color=red:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]SIN REQUISITOS SE PUEDAN CONSIDERAR DEDUCIBLES???...... [/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79][color=blue:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]NO[/b:a97249be79][/u:a97249be79][/color:a97249be79]


LUEGO ENTONCES... TODA SU VENTA SE CONVIERTE EN UTILIDAD Y GRAVA PARA ISR E ITEU....???? MINIMO UN 16.5%........

NO SERIA MEJOR UN REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PARA ESTE TIPO DE GIROS???.......[color=blue:a97249be79][u:a97249be79][b:a97249be79]DEPENDE DEL TIPO DE CONSUMIDORES....Y MUCHOS FACTORES MAS [/u:a97249be79][/color:a97249be79]

GRACIAS..POR SU AYUDA


SALUDOS
 
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lobozac
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21/Jul/08 15:27
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

CIELO178:
COLEGA BUENAS TARDES, EN MI PUNTO DE VISTA, SI VAS A VENDER AL PUBLICO EN GENERAL MEJOR CAMBIATE A REPECO, YA QUE EN INTERMEDIO VAS A PAGAR IVA, Y EN EL REPECO SOLO TE CALCULAN UNA CUOTA BIMESTRAL DE ISR,IVA E IETU INTEGRADA, SOLO TIENES QUE DAR COMPROBANTES SIMPLIFICADOS( NOTAS DE VENTA).
TE CONVIENE MAS.



SALUDOS
 
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JAVIERROJASARREDONDO
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21/Jul/08 15:42

Hola:

Por esa actividad podría tributarse en el régimen general, en el intermedio y en del pequeño contribuyente.

Hay que analizar los pormenores y las limitaciones: si requiere facturar por su cuenta, de manera imprescindible. Pero, emitiéndose tan sólo 1 factura cuando menos, habría que tributarse mínimo en el régimen intermedio. Por lo que las obligaciones fiscales se incrementarían, además de sus controles para la fiscalización.

En el último régimen (REPECO) no requiere de deducciones autorizadas y no emitiría comprobaciones fiscales deducibles, se manifestarían tal como los que comentas u observaste.

Para IVA habría que aplicar estimaciones para el pago de este impuesto, conforme al Art. 2-C, o de lo contrario se pagaría en base a comprobaciones conforme el Art. 1 LIVA.

El IETU debe aplicar un procedimiento de tributación conforme el Art. 17 LIETU

Por ISR habría que analizar los artículos 137 al 140 LISR

Para el resto de los regímenes, se incrementarían enormente los artículos a observarse. De manera muy especial en el régimen general.


Es difícil establecer un régimen desde aca, apenas el asesor que tiene los pormenores o que debe conseguirlos para poder opinar apropiadamente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Jul/08 22:15
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

Que tal buenas noches, solo como duda adicional, si ya esta inscrito al RFC en el regimen intermedio, ya esta vendiendo, no ha expedido ninguna factura, ya no podra tributar en el Regimen de pequeños contribuyentes ? o si se puede cambiar segun art 139 lisr?, saludos.
 
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HUCU
Sargento Primero

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22/Jul/08 10:53
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

Tus compras no son deducibles porque lo que el te esta llevando son las notas de pedido que el realiza si va a seguir en ese regimen lo conveniente es que las pida y elabores una factura diaria sobre las ventas que realiza. No olvides que como regimen intermedio puede deducir los gastos de la tienda. (Luz, telefono, agua, etc.)

Lo recomendable si seria que se hubiera dado de alta como pequeño contribuyente; recuerda que jalisco tiene el convenio con secretaria de finanzas asi que la alta tendria que ser directamente en la recaudadora y pagarias bimestralmente los impuestos (ISR, IVA Y IETU) ya acumulados segun la tabla de ingresos que se publico. Lo unico que tendria que expedir son notas de ventas; ya que los repecos solo tienen la obligacion de registrar sus entradas y salidas de dinero, asi como pagar impuesto.

Yo en lo particular te recomendaria que lo cambiaras de regimen.
 
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Faby82
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22/Jul/08 10:59

cielo178, ESTAMOS EN ESPERA DE TUS VALIOSOS COMENTARIOS A FIN DE ENTENDER MEJOR EL PANORAMA


ALUDOS
 
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lobozac
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22/Jul/08 11:04
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

cielo178:

EN ESTA LIGA PUEDES CONSULTAR EL REGIMEN QUE MAS TE CONVENGA DE ACUERDO A TUS ACTIVIDAD.
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/princ_fisc_p/131_8159.html

LOS COMENTARIOS DE LOS COMPAÑEROS SON ACERTADOS, SOLAMENTE ME GUSTARÍA HACER UNA PRECISIÓN:

AL DARTE DE ALTA COMO REPECO, COMO TUS VENTAS SERÍAN 100% EN EFECTIVO, AL DEPOSITAR EN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS TE RETENDRÍAN EL 2% DE IDE.

ESA RETENCIÓN DEL 2%, CONSIDERO QUE ES MUY DIFÍCIL QUE LA RECUPERES.

ENTONCES ESTARÍAS PAGANDO LA "CUOTA FIJA" MAS EL 2% DE TUS VENTAS.

EN MI OPINIÓN TE CONVENDRÍA REGIMEN INTERMEDIO YA QUE PUEDES ACREDITAR EL 2% DE IDE Y SOLICITAR EN SU CASO, EL IVA POR LAS VENTAS DE PRODUCTOS TASA 0%, ADEMÁS DE OTRAS VENTAJAS ADICIONALES

HAZ BIEN LOS CÁLCULOS


SALUDOS
 
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CHAVALON
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22/Jul/08 11:05
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

Antes de tomar la decision de si se cambia o no de regimen fiscal, tienes que evaluar a que tipo de personas le venderas, es decir si tus operaciones van a ser 100% publico en general, pues si, si podrias tributar como REPECO

Por otra parte, recuerda que el ser tienda de abarrotes, si vendes productos a la tasa del 0% o exentos, pudiendo porque no...originar saldo a favor de IVA...

Cuestion de analizar que te conviene mas....cuestion de checar los rangos de ingresos y monto de las cuotas fijas....

saludos.
 
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lcruizuscanga
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22/Jul/08 11:08
Re: TIENDA DE ABARROTES.... LAS COMPRAS SON DEDUCIBLES???

con respecto al IDE en los formatos de cuota fija aca en veracruz tienen la opcion de disminuir el IDE...solo hay que esperar a ver que pasa despues de agosto....
 
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lcruizuscanga
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