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Tópico: Pago de lo indevido
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto:
[quote:80bcd964d1="enriquecarde"]MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS YA LE ENTENDI LO QUE VOY A HACER UNA COMPLEMENTARIA [u:80bcd964d1][i:80bcd964d1][b:80bcd964d1]EN LA QUE COMPENSE[/b:80bcd964d1][/i:80bcd964d1][/u:80bcd964d1] ESE SALDO QUE NO DEBI [u:80bcd964d1][i:80bcd964d1][b:80bcd964d1]Y[/b:80bcd964d1][/i:80bcd964d1][/u:80bcd964d1] PAGARLO [b:80bcd964d1][i:80bcd964d1][u:80bcd964d1]Y PEDIR UNA DEVOLUCION[/u:80bcd964d1][/i:80bcd964d1][/b:80bcd964d1] A LA FECHA DEL PAGO DE LO INDEVIDO SALUDOS SI ESTOY MAL ACONSEGENME[/quote:80bcd964d1] O lo puedes compensar o solicitar en devolución. :P
Tópico: Pago de lo indevido
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Pago de lo indevido
En el Art 6 LIVA menciona que cuando obtengas saldo a favor, lo puede acreditar, entre otras opciones, pero lo que tú obtuviste es saldo a favor por pago de lo indebido, por consecuencia sólo puedes compensarlo, presentando el aviso correspondiente, o solicitarlo en devolución. No recuerdo los demás fudamentos, pero esperemos la opinión de otro colega.
Tópico: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
[quote:8851af9d01="RMZCONSULTORES"][u:8851af9d01][i:8851af9d01][b:8851af9d01]No aplica en 2005[/b:8851af9d01][/i:8851af9d01][/u:8851af9d01] Y no va aplicar en 2006 Esta lesiva y confusa reforma sera vetada en la proxima sesion del congreso en Septiembre. De buena fuente la informacion distribuir entre todos los colegas Rzmconsultores Alta consultoria ejecutiva Tax Audit Acc I/E T/Princing[/quote:8851af9d01] No estoy de acuerdo en eso, ya que para 2005 aplica en provisionales, no hay disposición alguna que niegue su aplicación, lo que es verdad es que no aplica en la anual, missveronica mencionó el fundamento. Que lo vayan a derogar es otro asunto. :P
Tópico: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
Aplica desde 2005 en provisionales, pero no así en la anual. Si lo aplicas se incrementaría la carga fiscal en la declaración anual, cuestión de analizar cada caso y planear.
Tópico: Saludos
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Saludos
A los empleados que perciben 1 SMG no se les retiene COP, sino que el patrón las cubre. Art 36 LSS. ARTICULO 28 LSS. LOS ASEGURADOS SE INSCRIBIRAN CON EL SALARIO BASE DE COTIZACION QUE PERCIBAN EN EL MOMENTO DE SU AFILIACION, ESTABLECIENDOSE COMO LIMITE SUPERIOR EL EQUIVALENTE A VEINTICINCO VECES EL SALARIO MINIMO GENERAL QUE RIJA EN EL DISTRITO FEDERAL Y COMO LIMITE INFERIOR EL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA RESPECTIVA. Para Invalidez y Vida y RCV 23 SMG. El SUA ya contempla estos límites. ***El tópico corresponde a seguridad social.
Tópico: juicio contencioso administrativo
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: juicio contencioso administrativo
Es el también conocido Juicio de Nulidad, Arts 197 al 201 CFF, el Juicio de Amparo es posterior al de nulidad que interpones posterior a una resolución negativa por parte del TFJFA.
Tópico: disminucion de sueldo
edgarecs

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: disminucion de sueldo
[quote:4515304e31="JMHS"]Buenas tardes. Espero me puedan ayudar en la siguiente situacion. El grupo en cual laboro, consta de 5 empresas, en las cuales los trabajadores de las mismas, estan en una Sociedad Civil, que es la que presta los servicios a las otras 4; la situación actual del grupo financiera mente no es muy solvente, por lo que la carga de IMSS e INFONAVIT es demasiado pesada. Un planteamiento que se propuso es dar de baja a los trabajadores que tienen el sueldo más alto de la SC y darlos de alta con un sueldo más en otra de las empresas del grupo que es una SA. Con la finalidad de bajar la carga de seguridad social. Al trabajador se le pagaria su mismo sueldo, se le respetaria la antiguedad, pero para ello sugiero que dicho convenio se hiciera por escrito, entre el trabajador y la empresa, la duracion de dicho convenio seria por un periodo de 3 meses, que es el tiempo que el grupo necesita para volver a la normalidad financiera. Mis preguntas son las iguientes: ¿Estoy en lo correcto que se hiciera por escrito?[u:4515304e31][i:4515304e31][b:4515304e31]Si lo haces es forzoso que lo hagas por escrito.[/b:4515304e31][/i:4515304e31][/u:4515304e31] ¿Que posibles repercusiones tendría en caso de tener un problema con algun trabajador? (despido, renuncia) [u:4515304e31][i:4515304e31][b:4515304e31] Tu al tenerlo por escrito estás cumpliendo con las formalidades y tratando de protegerte, he sabido de empresas que han hecho este tipo de movimientos, pero el riesgo existe, ya que en caso de algún problema la empresa está expuesta a consecuencias negativas, con todo y que hayan firmado los trabajadores.[/b:4515304e31][/i:4515304e31][/u:4515304e31] Agradezco sus comentarios y/o sugerencias.[/quote:4515304e31][/u][/i][/b]
Tópico: DUDA INDEMNIZACION A UN TRABAJADORE URGE MUCHAS GRACIAS
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: DUDA INDEMNIZACION A UN TRABAJADORE URGE MUCHAS GRACIAS
Así, en base a lo que comentas puedes considerar exenta para ISR esa cantidad.
Tópico: FACTURA DE HOSPITAL ES DEDUCIBLE EN EMPRESA
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: FACTURA DE HOSPITAL ES DEDUCIBLE EN EMPRESA
[quote:d4807c7059="pepe01"]LA FACTURA LA PAGO EL DUEÑO DE LA EMPRESA LA HIZO A NOMBRE DE LA EMPRESA PERO ES DE LA [b:d4807c7059]MAMA DE EL [/b:d4807c7059]LA PERSONA ESTA NO ES ACIIONISTA NI TRABAJA PARA LA EMPRESA[/quote:d4807c7059] En este caso coincido en que no es deducible.
Tópico: PAGOS PROVISIONALES SOBRE INVENTARIO-2004
edgarecs

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: PAGOS PROVISIONALES SOBRE INVENTARIO-2004
Primero que nada, este tópico corresponde al foro fiscal. Tienes que agregar a tu utilidad estimada la doceava parte del inventario acumulable del ejercicio elevada el mes del provisional que corresponde. Hay varios tópicos que comentan y fundamentan ampliamente el tema, puedes usar el buscador.

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