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Tópico: Despensas en Efectivo
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: Despensas en Efectivo
Menciona que [b:cc3fe88264]los vales de despensa son [u:cc3fe88264]erogaciones[/u:cc3fe88264] patronales a favor de sus trabajadores [/b:cc3fe88264]que tienen por objeto satisfacer contingencias...................... Luego dice, así de conformidad con Art 109 F VI LISR, [b:cc3fe88264][u:cc3fe88264]el importe[/u:cc3fe88264] de los vales de despensa que las empresa [u:cc3fe88264]entreguen[/u:cc3fe88264] a sus trabajadores [/b:cc3fe88264]será un ingreso exento para el trabajador hasta el límite, que para previsión social establece el último párrafo del citado artículo, y deducible para el patrón........................... A mi punto de vista en ningún lado menciona que tengan que ser en especie, vales de despensa es una denominación que se le da a esa erogación, como se le puede dar a premios de asistencia, de puntualidad, de productividad (aunque a éstos de le da otro tratamiento), pero si leí mal, les agradecería me citarán el texto donde indique lo contrario a lo que digo.
Tópico: Despensas en Efectivo
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: Despensas en Efectivo
[quote:060fcefa09="paco_tuntun"]Si esta en efectivo es Gravada, todo concepto de previsión social en efectivo (excepto el Fondo de Ahorro), esta gravado para ISR. Saludos[/quote:060fcefa09] Que tal colega, ni en la ley ni el Criterio que mencioné especifican tengan que ser en especie para ser exentos, por lo que estoy en desacuerdo con tu comentario.
Tópico: Despensas en Efectivo
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: Despensas en Efectivo
Criterio Normativo SAT 59/2004/ISR.
Tópico: vales de despensa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: vales de despensa
Si se puede y son deducibles para el patrón si cumple con lo indicado en Art 31 F XII LISR y exentos para el trabajador si cumple con los límites de la previsión social. Criterio 59/2004/ISR.
Tópico: impuesto sobre hospadaje
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: impuesto sobre hospadaje
[quote:cb8ba49dc3="luikb"]La Ley del ISR, nos permite deducir impuestos que no podamos enfrentar contra ellos mismos. Es decir el TUA, el ISH, el ISAN, ya que nosotros no tenemos contra que enfrentarlos y son impuestos que gravan el consumo y no la riqueza, no los podemos provisionar y pagar en un pago provisional o cosas asi. [u:cb8ba49dc3]Igual tratamiento se le da al IVA, cuando se esta en el regimen de pequeños contribuyentes o cuando por sus actividades no se puede acreditar el Impuesto, es decir, en terminos de la ley del IVA no es acreditable, pero en terminos de las ley del ISR es "Deducible"[/u:cb8ba49dc3] Asi que redundando, agragalo al importe, como un costo final Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com[/quote:cb8ba49dc3] Así es, Art 32 F XV LISR.
Tópico: REGULARIZACIÓN SIN CONTABILIDAD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: REGULARIZACIÓN SIN CONTABILIDAD
Les agradezco sus respuestas, el cliente me comentó a cerca de interponer denuncia en el MP, para su mala fortuna nunca celebró contrato por servicios profesionales, le entregó el dinero de los impuestos en efectivo y nunca le firmó de recibido, es decir, no cuenta con prueba alguna que la contadora le haya prestado el servicio. Creo que tendré que aplicar lo que mencionas de los % de utilidad en ingresos presuntos.
Tópico: Deducción de Activo en PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: Deducción de Activo en PF
A la orden, es un gusto que te haya servido mi comentario y gracias por el tuyo. Desgraciadamente para mí, soy de los que no estaré inscrito a partir del 14 de octubre.
Tópico: cuales son las deducciones que puede tener una socio o accio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: cuales son las deducciones que puede tener una socio o a
[quote:7d81ce92b5="arreygue"]hola otra preguntita cuales son las deducciones personales que puede tener un socio o accionista[/quote:7d81ce92b5] Art 176 LISR.
Tópico: REGULARIZACIÓN SIN CONTABILIDAD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: REGULARIZACIÓN SIN CONTABILIDAD
Buenas tardes compañeros, resulta que me llegó un cliente el cual me comenta que la contadora anterior desapareció sin haber presentado declaraciones provisionales de ISR y definitivas desde algunas de 2003, 2004 y 2005, también desapareció sin entregarle la contabilidad, sólo puede pedir los estados de cuenta bancarios donde aparecen reflejados los movimientos. Suponiendo que no recupere su contabilidad y, como consecuencia sus comprobantes fiscales de ingresos y deducciones en caso de una auditoría le van a considerar los depósitos bancarios como ingresos y, gravados para IVA. Sé que puedo estimar la utilidad fiscal y en base a eso declarar impuestos, pero el contribuyente está desprotegido al no contar con lo ya mencionado. Qué me recomiendan? Les agradezco de antemano.
Tópico: Deducción de Activo en PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 10, 2005 Asunto: Re: Deducción de Activo en PF
[quote:122fb81fa8="nusvic"]claro que puede deducir los gastos del mantenimiento del automovil gasolina reparaciones pero yo no aplicaria la depreciacion[/quote:122fb81fa8] Hola que tal colega, al decir que los gastos del bien son deducibles y al mencionar que el bien no lo es, por no querer deducir la depreciación siento que no estás aplicando el mismo criterio. A mi punto de vista tanto el bien, como las erogaciones relacionadas con el mismo , siempre cuando no sobrepase el límite de los 300 mil pesos. Para darle formalidad a la operación puedes realizar un contrato de compra venta, mejor si es ante Notario.

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