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Tópico: COMO DEDUSCO UN AUTO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: COMO DEDUSCO UN AUTO.
[quote:4d4cfcfe8f="GEORGERUNJ"]GRACIAS, PERO DE PURA CASUALIDAD TENDRIA UN FUNDAMENTO POR ¡CUALQUIER COSA.?[/quote:4d4cfcfe8f] Arts 37 al 45 LISR.
Tópico: COMO DEDUSCO UN AUTO.
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: COMO DEDUSCO UN AUTO.
100,000 * 0.25 / 12 = 2,083.33 por mes y puedes comenzar a depreciarlo a partir de junio.
Tópico: DUDA EN IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: DUDA EN IVA
Si las mercancías que vendes están gravadas para IVA, ya que este impuesto grava actos o actividades y no facturas o el uso de las mercancías, no puedes dejar de trasladar el impuesto, incluso no haciéndolo tienes la obligación de enterarlo y en el caso de los contribuyentes que adquieren esas mercancías si tienen sólo actividades exentas lo deducen, no lo acreditan.
Tópico: retiro ingresos PF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: retiro ingresos PF
A la diferencia de disminuir el ISR de la utilidad fiscal puedes retirar la cantidad que desees sin estar gravada, por no hacerlo así en ningún apartado de la ley, el menos no directamente en algunos casos, pero tampoco es deducible. Es correcta tu contabilización, ya sea así o afectando gastos, ya que igualmente disminuyes el resultado del ejercicio (contable no fiscal). El retiro el patrón lo puede destinar a lo que desee.
Tópico: cuotas obrero patronalesm, etc
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto:
[quote:ac81d22e67="JOELMORA"]Yo también te recomiendo lo que menciona Ppsoto, además de visitar este foro.[/quote:ac81d22e67] Así es, con el curso que te ofrece el Licenciado y visitar el foro vas a aprender llamémosle de manera acelerada. :P
Tópico: HOLA UNA PREGUNTA OJALA ME PUEDAN AYUDAR
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: HOLA UNA PREGUNTA OJALA ME PUEDAN AYUDAR
[quote:9dcfa3e0ab="vabdo"][quote:9dcfa3e0ab="vabdo"]EFECTIVAMENTE, EL SEGURO ESTIMA LAS OBRAS EN BASE A LOS PLANOS QUE PRESENTAS Y DE ACUERDO AL TIEMPO QUE TARDA EN EFECTUARSE LA OBRA. CONSIDRENADO LA CANTIDAD DE OBREROS, DETERMINAN LOS DIAS A COTIZAR PARA LA OBRA CONSIDERNADO COMO SALARIO EL EQUVALENTE A 2.5 SALARIOS MINIMOS DIARIOS POR OBRERO :idea:[/quote:9dcfa3e0ab] Este comentariolo hago en base a mi experiencia personal, en una construccion. Claro que entiendo que es ilegal este procedimiento. pero es el que aplican en forma normal, para las construcciones. [u:9dcfa3e0ab][i:9dcfa3e0ab][b:9dcfa3e0ab]Ahora si quieres pelearlo, lo vaz ha ganar. Pero a que costo?[/b:9dcfa3e0ab][/i:9dcfa3e0ab][/u:9dcfa3e0ab] La otra alternativa es que si te dedicas a la construccion. con varias obras es dificil para el IMSS determinar los costos por obra, ya que los mismos obreros, pasan de una obra a otra[/quote:9dcfa3e0ab] Alrededor de un 25% de las diferencias de cuotas estimadas por el Imss. :P
Tópico: sobre prevision
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Re: sobre prevision
Art 31 F XII Generalidad, Art 27 LSS Integrabilidad. Este tópico te puede servir: http://www.fiscalia.com/postlite16039-generalidad.html
Tópico: pago de impuestos con recargos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: pago de impuestos con recargos
Los impuestos se pagan sobre la cantidad a cargo, por lo cual debes aplicar primeramente el CAS, si te queda diferencia positiva, esa es la base para calcular accesorios, si es negativa te queda CAs por aplicar, es decir, segunda opción.
Tópico: TIEMPO EXTRA DOBLE INTEGRA EN LAS VARIABLES?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: TIEMPO EXTRA DOBLE INTEGRA EN LAS VARIABLES?
[quote:e82994d342="DERUIZ"]Una pregunta elias2020 Como es que te esta auditando el IMSS, es decir, llegaron de repente? estas obligado? no habias cumplido con los pagos o que paso. Te pregunto ya que yo he estado pagando diferencias de años anteriores y un ejecutor me ofrecio darme el total del monto a pagar de cada uno de los 4 NRP que menejamos y hacernos rebajas de actualizaciones y recargos (por debajo del agua) claro [u:e82994d342][i:e82994d342][b:e82994d342]a cambio de una modica bueno no tan modica lana[/b:e82994d342][/i:e82994d342][/u:e82994d342], y como lo mande a volar amenazo con mandarme a los auditores. Aun no llegan los auditores pero a diario me traen diferencia de años anteriores 98 a 2000 (y sospecho que los traen por un estado de adeudo que el me enseño el cual segun el compro dentro d las oficinas del IMSS[/quote:e82994d342] Para esos casos existe la defensa fiscal con algún abogado compañero, aunque de cualquier forma, bien hecho por no haber aceptado ese trato. :P
Tópico: FACTURA DE HOSPITAL ES DEDUCIBLE EN EMPRESA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: FACTURA DE HOSPITAL ES DEDUCIBLE EN EMPRESA
En caso de haber sido atención a un empleado tienes que otorgarlo de manera general para que sea deducible, [i:2ef0e41707]es posible[/i:2ef0e41707] que lo sea (deducible), pero considero necesitas aportar más datos.

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