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Tópico: CARTA PATRONAL EDITABLE
edgarecs

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto:
[quote:4b1ad6566c="lcgabrielaranda"]Solo para confirmarte que recibi tu mail donde me decias que te habia llegado bien y estoy a tus ordenes tambien saludos[/quote:4b1ad6566c] Muchas gracias, igualmente estoy a la orden.
Tópico: recargos y actualizaciones art. 9 rcff
edgarecs

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: recargos y actualizaciones art. 9 rcff
[quote:e2b001b601="patybach"]hola buenos días: Me llego una invitacion del sat para poner en orden los pagos provisionales de persona fisica del 2002, el contribuyente presento el pago provisional en ceros de i.s.r del mes de febrero y tenia que pagar y en el calculo de la anual pago la diferenca no se si puede presentar una complementaria solo pagando los recargos y si tambien aplican las actualizaciones de acuerdo al art. 9 del rcff. quiero llevar los papeles en orden para no tener ninguna diferencia con los de hacienda Muchas Gracias por su ayuda[/quote:e2b001b601] Así es, ya que al cubrir los accesorios al día del pago estás resarciendo el daño que reclama la autoridad.
Tópico: Infonavit nombro Interventor por no pagar.
edgarecs

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Infonavit nombro Interventor por no pagar.
[quote:bef9968306="Intelectual"][quote:bef9968306="jjfarias"][quote:bef9968306="Zarabanda"]Buenos Dias, Estimados foristas: Una SA no pago Infonavit, primero requirieron de pago y no lo cubrio, despues al no atender el requerimiento de pago procedieron a embargar la negociacion, Infonavit no embarga bienes; la empresa siempre no pago y ahora designaron un Interventor con cargo a caja cuya funcion segun el documento que dejaron son: Retirar diariamente de la negociacion el 10% de los Ingresos en dinero. Separar las cantidades que correspondan por conceptos de salarios y creditos garantizados con prenda e hipoteca, de alimentos y de aquellos por concepto de indemnizaciones a los trabajadores de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo Rendir Informe Mensual de su actuacion al auditor encargado de la recuperacion, en el que debera mencionar el ingreso total habido de la negociacion, los retiros de sueldos y salarios y creditos preferentes ya citados asi como el importe de los 10% de los ingresos recaudados. La pregunta es esta: ¿Hay algun medio para evitarlo? El patron dice que si va a pagar los creditos que adeuda, lo unico que necesita es una semana para ir pagandolos, son los 6 bimestres del año 2004.[/quote:bef9968306] Haz un ofrecimiento en garantía del interes fiscal, entre tanto te contesten que el Rep. Legal acuda al INFONAVIT a realizar un Convenio del Pago del Credito requerido. O en definitiva utiliza un mecanismo de defensa en contra de tal acto y solicita la suspensión, sin embargo vas a necesitar un Abogado Fiscalista. Me voy con la primera opción.[/quote:bef9968306] [b:bef9968306][color=green:bef9968306]Es muy atinada la OPINION DE JJFARIAS.. LO QUE SI ES URGENTE ES QUE CONSIGAS UN ABOGADO, PARA QUE DE LO PERDIDO RECUPERES ALGO Y NO SEA MAS COSTOSO... SALUDOS[/color:bef9968306][/b:bef9968306][/quote:bef9968306] Estoy de acuerdo, y así evitar el pago de multas por ejemplo, no así las cuotas, ya que afectaría a los trabajadores.
Tópico: calculo recargos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: calculo recargos
[quote:58cd41dd5d="kadillac79"]Que tal colegas, mi duda es la siguiente voy a pagar apenas los impuestos de julio, tengo que calcular los recargos, soy persona fisica al hacer el calculo de Isr e Isr retenido por salarios estoy restando credito al salario en el ISR propio es una parte y en el ISR retenido es total mi pregunta es la siguiente tengo que calcular los recargos sobre el impuesto a cargo o [b:58cd41dd5d]sobre la resta del impuesto menos credito al salario.[/b:58cd41dd5d] De antemano muchas gracias a todos. :) :)[/quote:58cd41dd5d] Sobre la cantidad a cargo de la diferencia de disminuir el impuesto menos el CAS, es decir, la última opción que mencionaste.
Tópico: Cambio de domicilio
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Cambio de domicilio
[quote:a652fa3052="Intelectual"][quote:a652fa3052="edgarecs"]Entonces colega mpena, desgraciadamente no es factible la sustitución patronal de acuerdo a lo comentado por el Lic. Pepe Soto, o alguna otra manera de hacer el trámite más sencillo. :?[/quote:a652fa3052] [b:a652fa3052][color=darkblue:a652fa3052]No hay opcion, cuando implica cambiar de municipio, hay que dar de baja y alta... Ya se habìa comentado esta situaciòn en topicos anteriores, pero no solo es la burocracia del tramite, si no ademas te colocaran en la prima media de la clase que te corresponde, es decir si estabas en la prima minima, vas de regreso a la media.. y a pagra mas en la rama de RT.. aunque usted no lo crea... Saludos[/color:a652fa3052][/b:a652fa3052][/quote:a652fa3052] Estoy de acuerdo, de hecho mi comentario fue afirmación no interrogante refiriendo el comentario del Licenciado. :P
Tópico: Duda.....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Duda.....
[quote:6aaa67f56a="CILT"]Ok, Gracias compañeros, tons, ese es el punto basico a considerar, lo "Estrictamente Indispensable" , no debe haber niguna otra limitante segun entiendo, es asi? . Thanks[/quote:6aaa67f56a] Así es, y claro, cumplir con el requisito del comprobante fiscal Arts 29 y 29 A CFF.
Tópico: Duda.....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Duda.....
[quote:ef68993b1c="CILT"]Buenos dias Colegas, disculpen... alguien me podria orientar en relacion a cuando se hablo algo acerca de si una persona fisica con act empresarial podria deducir al 100% los pagos de colegiaturas de una licenciatura que el mismo esta estudiando. Gracias de antemano[/quote:ef68993b1c] Es estrictamente indispensable para su actividad? Si es así, es deducible.
Tópico: ISR A CUENTA DE UNA DECLARACION. . .
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: ISR A CUENTA DE UNA DECLARACION. . .
[quote:f2310b2be8="RESPLANDOR"]SALUDOS: Se sabe que los pagos prov. de Isr son a cuenta de una declaracion anual; la pregunta es: Podré presentar de una contabilidad de 2002 sus pagos provisionales en ceros y hacer el calculo de la declaracion anual y si me da a pagar, actualizar y recargar desde la fecha de presentacion de la anual a la fecha ? y asi no actulizar ni hacer los recargos de cada uno de los pagos provisionales . . . Espero comentarios y fundamento .... Gracias. . .[/quote:f2310b2be8] En sentido estricto de la ley, tienes que enterar los pagos provisionales con sus accesorios, en caso de presentar en ceros los provisionales y cubrir su importe hasta la anual, no te libera de los mencionados accesorios.
Tópico: deducción por adaptación para discapacitados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto:
[quote:880751231b="Mem"]Abogado. Art. 222 te permite deducir de los ingresos el ISR causado de las personas discapacitadas.[/quote:880751231b] Tienes razón, además el último requisito mencionado, es decir, obtener del Imss un certificado de [i:880751231b]dis[/i:880751231b]capacidad del trabajador, no lo contempla el Imss, lo que el Instituto entrega es un certificado de [i:880751231b]in[/i:880751231b]capacidad. Por consecuencia, el estímulo es poco atractivo para los patrones y lo sujeta a una serie de requisitos difíciles de cumplir, ya sería cuestión de que un patrón por buena fé contrate a personas con discapacidad.
Tópico: INDEMNIZACION NEGOCIADA CON EL ABOGADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto:
[quote:4cfaeb6cc9="MONARCAS"]YA NO LES ENTENDI[/quote:4cfaeb6cc9] ¿Qué es lo que no entendiste?

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