Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de mirnalcantu

Autor Mensaje
Tópico: ¿Haber que les parece esto?
mirnalcantu

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: ¿Haber que les parece esto?
Prepara Hacienda 'impuesto de control' Pagarían empresarios el monto más alto que resulte entre el ISR y el nuevo tributo Dayna Meré y Mayolo López Cd. de México (15 junio 2007).- El Gobierno federal pretende crear un nuevo impuesto, llamado "de control", que cargaría una tasa de 18 por ciento sobre las utilidades de las empresas, aseguró ayer el Diputado del PRD y miembro de la Comisión de Hacienda, Pablo Trejo. Según dijo, el Secretario de Hacienda, Agustín Carstens, informó a legisladores de la oposición que la propuesta de reforma fiscal que presentará el Ejecutivo ante el Congreso incluye un esquema para aumentar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a través de ese nuevo impuesto "de control". Este gravamen sustituiría para algunos contribuyentes el pago de ISR, cuya tasa es de 28 por ciento. Sin embargo, el nuevo impuesto daría una menor posibilidad de deducir gastos respecto a lo que ofrece el ISR, por lo que para algunos contribuyentes podría resultar más caro que su carga fiscal actual. En entrevista, Trejo detalló que la propuesta plantea que el empresario tendría que pagar el monto más alto que resulte entre dos opciones: el ISR, o el impuesto de control, según lo determine la Secretaría de Hacienda. El impuesto de control señala que el empresario sólo podrá deducir la compra de insumos e inversiones inmediatas, es decir, aquellas destinadas a ampliar la planta productiva. Con este esquema, la empresa ya no podrá deducir lo que paga por concepto de nómina, explicó Trejo. Herbert Bettinger, socio director jurídico de Ernst & Young, calificó la propuesta como "tramposa", ya que con ella el Ejecutivo pretende hacerse de una mayor recaudación, pero afectará la inversión y la oferta de empleos. "La idea de esta propuesta es hacer pagar más impuestos, porque van a obligar al contribuyente a pagar más. "Además, la tasa del 28 por ciento de ISR ya es de por sí alta, y la tasa del 17 ó 18 por ciento del nuevo impuesto suena baja, pero la base sobre la cual se aplica el porcentaje va a ser más alta", dijo. Agregó que empresas grandes que son intensivas en personal, como las que administran recursos humanos, hoy pueden deducir por concepto de nómina hasta 90 por ciento de lo que pagan de ISR, posibilidad que quedaría mermada o eliminada con la nueva iniciativa. Trejo destacó que otra de las propuestas del Ejecutivo para la reforma fiscal es gravar los depósitos bancarios de más de 20 mil pesos, cuando sean realizados en efectivo. El objetivo de esta propuesta, señaló, es hacer que las operaciones bancarias se lleven a cabo por medios electrónicos, o bien, a través de cheques. La medida, expuso, tiene "dedicatoria" a los informales que buscan no ser fiscalizados, y por ello evitan realizar operaciones bancarias por medio de documentos o transacciones por internet. -------------------------------------------------------------------------------- Las personas físicas han aportado más a la recaudación total del ISR, que las personas morales o empresas. (Participación en el total de la recaudación, primer trimestre de cada año) Año P. Moral P. Física** 2002 40.8% 55.2% 2003 41.5% 55.4% 2004 36.5% 60.1% 2005 43.9% 51.5% 2006 40.9% 47.4% 2007 40.7% 48.2% *No suma 100% porque no considera retenciones a residentes extranjeros y otros rubros. **Incluye a asalariados. -------------------------------------------------------------------------- Amplían plazo para dictamen fiscal Los productores del campo, empresas de autotransporte de carga y pasajeros son los contribuyentes que tributan en este régimen Alicia Díaz Monterrey, México (15 junio 2007).- El Servicio de Administración Tributaria amplió el plazo del 30 de junio al 31 de julio para que los contribuyentes que tributan en el régimen simplificado presenten el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal del 2006, informó la dependencia a través de su portal en internet. Tributan en el Régimen Simplificado los productores del campo, y las empresas de autotransporte de pasajeros y carga. "Los contribuyentes que para efectos de la ley del ISR tributen en el Régimen Simplificado, podrán presentar el dictamen fiscal y la información, así como la documentación relativa a dicho dictamen, correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, a más tardar el 31 de julio de 2007", refiere el SAT. Refiere que los contribuyentes obligados a dictaminar y aquellos que opcionalmente presenten el dictamen de sus estados financieros, podrán presentar la información en base a cifras fiscales basadas en flujo de efectivo. "Y deberá presentarse (la información) comparativamente, es decir, se presentará la información de los ejercicios 2005 y 2006, lo anterior con la finalidad de que sea congruente con la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio reflejada en el estado de resultados", indica. ------------------------------------------------------------------------------ Quieren gravar más la gasolina Obtendrían Estados $12.4 mil millones con impuesto especial; desaparecería la Tenencia Alicia Díaz y Ricardo Galán Monterrey, México (11 junio 2007).- En caso de ser aprobado en la Reforma Fiscal un gravamen propuesto de 20 centavos por cada litro de gasolina y diesel, las Entidades del País recibirían unos 12 mil 346 millones de pesos anuales. De acuerdo con estimaciones realizadas por EL NORTE, la derrama podría alcanzar los 30 mil 864 millones de pesos si el impuesto fuera de 50 centavos. Legisladores y funcionarios estatales señalaron que existe la posibilidad de que la Reforma que se aprobará este año en el Congreso contenga la aplicación de un impuesto especial a los combustibles. Actualmente, la gasolina está gravada por el IVA y por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que varía mensualmente y se fija en base a la diferencia entre un precio fijado por el Gobierno federal y una cotización internacional de referencia. Rubén Martínez Dondé, Secretario de Finanzas de Nuevo León, dijo que la propuesta de un impuesto estatal adicional surgió en foros de la Convención Nacional Hacendaria. Para Nuevo León la aplicación del gravamen traería recursos por 782 millones de pesos anuales, si se cobraran 20 centavos por litro vendido, o de hasta mil 956 millones, si el gravamen fuera de 50 centavos. Martín López, Secretario de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja, dijo que el impuesto a los combustibles se establecería a cambio de desaparecer la Tenencia en el mediano plazo. En un principio, aclaró, subsistirían tanto el impuesto a la gasolina y el diesel como la Tenencia. El legislador panista señaló que el gravamen a los combustibles sería más generalizado, porque se aplicaría a todos los vehículos por igual, mientras que la Tenencia no grava a las unidades con más de 10 años de antigüedad. "Este impuesto tendría una función ecológica más que recaudatoria, porque desafortunadamente los carros que más contaminan son los más antiguos y son los que no pagan Tenencia", señaló. Carlos Cárdenas, socio director del despacho contable Mancera Ernst & Young, consideró que la aplicación de un nuevo impuesto a la gasolina no es conveniente, ya que actualmente un 45 por ciento de su precio corresponde a contribuciones. Además, apuntó, el pretendido gravamen distorsionaría la fórmula de referencia del precio de los combustibles, que toma en cuenta la cotización en Estados Unidos. Nuevo León sería el tercer estado que más recaudaría con un nuevo gravamen a los combustibles. (Millones de pesos al año con un impuesto de 20 centavos por litro de gasolina y diesel) DF $1,479 Jalisco $817 Nuevo León $782 Edo de México $735 Veracruz $703 Tamaulipas $616 Baja California $604 Guanajuato $524 Chihuahua $520 Coahuila $278 Fuente: Pemex Realización: Departamento de Análisis de EL NORTE. -------------------------------------------------------------------------------- Ven mejor evaluación con reforma fiscal Según Moody´s de no llevarse a cabo los cambios que se requieren, el País tendrá un crecimiento promedio de 3.5 por ciento Dayna Meré Ciudad de México (6 junio 2007).- Para que México pueda mejora la calificación de País que otorga Moody´s, es necesaria la aprobación de la reforma fiscal, o de lo contrario se estancará, dijo la calificadora. "En la medida en que haya señales de cambios, puede darse un cambio en la calificación que tiene actualmente México, y que es de BAA1", aseguró Mauro Leos, vicepresidente senior de Moody's investor service. Afirmó que de no llevarse a cabo los cambios que requiere el País, el crecimiento económico promedio será de 3.5 por ciento por año, y el incremento per cápita será de alrededor de 2 por ciento, y se requerirían 30 años para duplicar esta última cifra. Durante la Segunda Conferencia Anual sobre Finanzas Corporativas, señaló que las finanzas públicas enfrentan una baja recaudación fiscal en comparación con países de grado de desarrollo similar, así como ingresos públicos sujetos a un elevado grado de incertidumbre ante la elevada participación de ingresos petroleros. Añadió que existen crecientes requerimientos de gastos en los próximos años, así como la necesidad de incrementar recursos destinados a educación, salud e inversión pública en infraestructura. "Se requiere una reforma hacendaria para hacer frente a la volatilidad en los ingresos públicos, a la reducida recaudación, y a mayores erogaciones". Agregó que el crecimiento económico de México ha sido insuficiente para abatir rezagos económicos y sociales, y que el País no está creciendo como debería hacerlo. Por ello, dijo, es necesario generar condiciones para lograr un crecimiento mayor a lo observado durante las dos últimas décadas. -------------------------------------------------------------------------------- Negocian impuesto sobre patrimonios Jorge Estefan Chidiac, presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, recordó que muchos países del mundo gravan las herencias Alicia Díaz Monterrey, México (2 junio 2007).- La propuesta de reforma fiscal buscará gravar los signos de riqueza de los contribuyentes que evaden o eluden el pago de impuestos, como es el caso de las personas que forman un patrimonio a costa del fisco y luego lo heredan, señaló Jorge Estefan Chidiac, presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. "Tendría que ser una tasa (de impuesto) razonable, que no sea expropiatoria y que sea prudente, a efecto de que se pague un impuesto, pero no afecte el patrimonio de quienes reciben las herencias", explicó Estefan ayer en entrevista, previo a su participación en el 38 aniversario del Instituto de Especialización para Ejecutivos, que se realizó en la Ciudad. El legislador recordó que muchos países del mundo, entre ellos Estados Unidos, ya gravan las herencias. Este nuevo gravamen permitiría que quienes han acumulado riquezas, sin pagar impuestos, contribuyan al fisco, precisó. "Me parece que, bien armado, puede ser una buena forma de lograr que la gente tribute, porque al final del día ahí se manifiesta la riqueza. "Hay que buscar un mecanismo (para reducir la evasión) y yo anticipo que vamos a trabajar muy duro para encontrarlo con Hacienda, para que los que no pagan, paguen, pero no con las mismas cosas de siempre, donde se hace mucho esfuerzo y no se logra nada". El legislador priista por el Estado de Puebla dijo que esta iniciativa está abanderada por Diputados del PRI, PAN y PRD como una medida para atacar también la evasión en arrendamiento de inmuebles. Estefan y Martín López, secretario de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, confirmaron, por separado, que los Secretarios de Finanzas negocian también con Hacienda la aplicación de un impuesto local a las ventas. EL NORTE publicó ayer que, para incrementar la recaudación, los Estados tienen prácticamente amarrado con Hacienda el cobro de un impuesto del 2 por ciento sobre las ventas de cualquier bien o servicio. Y, a la par de esta propuesta, estudian otras opciones con el fin de crear nuevos gravámenes locales específicos sobre diferentes productos, como a los cigarros, alcohol, comida chatarra y refrescos, además de otro impuesto local al diesel y a las gasolinas. En relación al impuesto local a las ventas de 2 por ciento, Estefan aseguró que, de crearse, la tasa del IVA tendría que disminuir para no gravar más a los consumidores. La semana pasada se publicó que Hacienda y los Tesoreros estatales negocian cambios a la Ley de Coordinación Fiscal, con el fin de que algunos impuestos federales pasen a ser atribuciones de los Estados. López dijo que además están buscando otras opciones de ingresos para las entidades como la aplicación de derechos ecológicos y la creación de loterías estatales. Los Estados también le están pidiendo a la Federación que se quede en sus arcas la retención del ISR que pagan a sus empleados y el IVA por las inversiones públicas que realizan las entidades federativas. Lo ven complicado El presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Jorge Estefan Chidiac, dijo ayer que la implementación de más impuestos locales no es sencilla y requeriría tiempo porque implicaría reformas a la Carta Magna y a las constituciones locales. "Cualquiera de estos nuevos impuestos requeriría de una reforma constitucional y luego cada legislatura local tendría que aprobar el impuesto en lo particular, lo cual sería también otro tema desgastante y difícil de lograrse", expresó. Con información de Dayna Meré.
Tópico: Inscripcion de trabajadores
mirnalcantu

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: Inscripcion de trabajadores
Hola: Me parece que se esta exagerando.... Y la medida de la SHCP que solo reciba a trabajadores me parece la indicada. El trabajador es un contribuyente, mexicano con obligaciones... me parece que el es que deberia inscribirse y no que el patron lo inscriba.... el tramite seria una sola vez... no cada vez que le den ganas de trabajar. Asi opera con el IMSS. Por que pienso que deba ser asi, permitame explicarles. 1. Es mas su obligacion que la del patron, e incluso me parece de maneraa arbitraria que el patron tenga que inscribirlo... es una cultura muy paternalista.... pobre trabajador 2. Si los datos los proporciona el empleador, pues que orrores ocurre siempre por la falta de interes y por el desconocimiento y lo impractico que le resulta al patron esta carga incomoda..... El trabajador debe responsabilizarse por lo suyo y no el patron. Asi pasa con el IMSS ahora. 3. Si el patron desea contratarlo, pues que ya tenga las inscripciones en el IMSS y RFC si no que no los contrate. 4. Pues es trabajador no hace declaraciones o si las hace solo lo haria en una ocasion por año, pues minimo que tenga la obligacion primordial de darse de alta bien. Ese para mi es el deber ser.... claro que estamos en otra cultura y que el cambio se dara o tal vez se quede solo que posiblemente se de. Lo que si esta mal por parte de la SHCP es que no comunique su postura de antemano y realice una campaña de concientizacion con respecto a la nueva politica y solo actua de manera unilateral, me parece que los resultados de esa politica serian muy desalentadores y seria de manera regresiva Saludos
Tópico: recibo de honorarios venta de equipo
mirnalcantu

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: recibo de honorarios venta de equipo
Hola coincido totalmente con verinitis en mas de un 100% La ley indica recopilar documentacion comprobatoria y esa cumple con lo especificado con CFF art 29 y 29A, ademas aplicaria las disposiciones fiscales del IVA en cuanto a la traslacion y se trasladaria adecuadamente el bien. LISR art 31 ¿Donde se indica que solo facturas deben emplearse?, que lo fundamente quien lo afirme. Por lo pronto verinitis y tu servidor fundamentamos nuestras opiniones. saludos
Tópico: Podrian realizar comentarios de estas tesis89/2006 y 90/2006
mirnalcantu

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto:
Hola: Cheque los terminos comentados los conozco regularmente... se que interpretacion se le otorgaria en esta resolucion En si esta resolucion no me interesa... se bien que fue perdida por el contribuyente apabullantemente Lo que me interesa es conocer el contenido de las tesis jurisprudenciales del Pleno números 89/2006 y 90/2006, con el fin de estar en posibilidades de deducir lo mas que se pueda DEL COSTO DE LO VENDIDO. Se muy bien que muchas personas quieren hacer inconstitucional algo que ya se habian acostumbrado y que de la noche a la manana le dieron regresion, medio arbitrariamente, pero creo que es lo que debe de ser. Considero que no es inconstitucional deducir mediante el costo de lo vendido fiscal actual, pues a mi juicio la ley de ISR, su finalidad es gravar RENTA, es decir GANANCIAS. Como tener deducciones que no se han vendido... ni en la contabildiad se da este hecho.... no me parece muy logico de una PROPORCIONALIDAD y mas aun una EQUIDAD para el resto de los contribuyentes que no tienen costo de lo vendido fiscal como deduccion. Ademas la gravacion de la renta, mediante la deduccion del costo de lo vendido fiscal es una forma CLASICA y del derecho internacional. ¿Estarian mal una gran parte de los juristas del mundo que aplican este procedimiento de gravacion? Que revolucionarios resultan los que defiende los beneficios que en sexenios pasados se otorgaron por que estabamos casi en la bancarota y por cuestiones politicas no se regreso a la senda tradicional. Tal vez cambie esa tendencia de gravacion y se vayan a los impuestos directos y trasladados, se me hace mucho mas facil de determinar y de verificar, pues la gravacion de RENTAS, pues cada gol que le ponia a la porteria de SHPC era una coladera. Solo habria que analizar los impuestos diferidos de las grandes empresas. Me parece muy sano que la coladera siga abierta pero ya cerraron la llave y cuiden ahora el agua. Aunque hay muchas mas tomas de agua desperdiciandose, existen muchos sectores intocables todavia. Bueno pero mientras siga esta manera de tributacion, pues el COSTO DE LO VENDIDO FISCAL seria una de las deducciones de mayor importancia y que me resulta importante analizar esas dos documentos señalados. Saludos
Tópico: Declaracion inf. contraprestaciones superiores a 100,000
mirnalcantu

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: Declaracion inf. contraprestaciones superiores a 100,000
Hola sanmiguel: Tienes razon con tu apreciacion de que las NIF indica que el rubro de efectivo se encuentra incluido por fondos fijos de caja chica, bancos e inversiones temporales. Pero para efectos fiscales y en especial para esta declaracion no debe considerarse las transferencias electronicas, ni los pagos o depositos con cheques como efectivo.... esas operaciones si fuesen significativas, las mismas instituiciones financieras se lo harian saber a Doña Lola. Pero el resto de las operaciones con cash, cash.... estaban fuera de la vista de la SHCP por eso implementaron esta declaracion. Pues quien paga con $ 100,000 o mas, andate paseando con esa lana.... pues todavia los hay.... y no necesariamente son carteles. Los ganaderos y agricultores acostumbran pagarse en efectivo, como que la palabra ya no vale tanto... los billuyos... constantes y sonantes. Nuestros valores se han demeritado muchisimo. Ahora muchos contratos por todas partes.... abogados tuyos, mios y de aca por alla. Bueno que bueno que hay mas chamba. Y uno que otro empresario aplica todavia esas practicas... que el cheque nominativo... pues por el arco del triunfo.... y que ademas les daria la razon... eso es problema del SHCP que haga su chamba... por la parte del empresario es hacer economia, ganar, declarar y pagar. Saludos
Tópico: Dictamen Fiscal
mirnalcantu

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: Dictamen Fiscal
Repito lo que en otros topicos he comentado reiterativamente La RM son ceros a la izquierda como sucede con las matematicas, no tiene valor. Si no hay un beneficio importante, sugiero no seguir la RM, por que se obligarian a seguir las nuevas obligaciones de esa RM. Lo que manda es el CFF y marca que la fecha limite seria el 30 de Junio, pero si se esta por enviar un dictamen a la 11:45 PM de ese dia, con el tiempo encima para firmar electronicamente.... pues muy posiblemente no se entregue a tiempo... tal vez en forma si.... pero no SURTIRIA EFECTOS..... ¿que sucede cuando no surte efectos? Podria haber una sancion economica, no siempre lo hace la autoridad, por lo general lo hace cuando requiere el dictamen no presentado. La empresa que tiene la obligacion de presentar su dictamen, el hecho que ya haya vencido el plazo, no queda desobligada... tiene que presentarlo, solo que para SHCP, lo desconoce para efectos de derechos del contribuyente. Cuales... pues alguna revision secuencial.... habria mas directa posiblemente Saludos
Tópico: DICTAMEN FISCAL
mirnalcantu

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: DICTAMEN FISCAL
verinitis La solicitud de que se esta realizando un estudio de precios de transferencias, al auditor no le sirve de nada.... tiene que revisar que este hecho ese estudio.... si no esta... pues debe OBLIGATORIAMENTE informar que no se tiene, asi de simple. Las escusas no quedan.... El auditor es una especie de juzgador, juez.... como podria escusar a su cliente.... no es etico, a demas de falta de profesionalismo no tiene independencia de criterio o en su defecto incompetencia para ser auditor. Si la empresa quiere escusarse pude hacerlo mediante una nota informativa. Por otra parte a la empresa tampoco se le perjudica enormemente, tendria la posibilidad de realizar una declaracion complementaria despues del dictamen una vez que tenga su estudio de precios de transferencia para que ajuste su utilidad en esa complementaria. No creo que inmediatamente despues la autoridad lo multe o le requiera el ajuste, tendria la posibilidad de efectuar de manera espontanea esta declaracion. Yo diria que hasta en la opinion debe incluirse una salvedad con repecusiones fiscales por la ausencia de este estudio, pues el auditor no podria evaluar si deben ajustarse o no los resultados fiscales declarados, a menos que existan una cantidad de perdidas fiscales y la experiencia de los ajustes por años pasados, su salvedad tenga que incluirse sin repercusiones fiscales. Asi que en el informe no solo vendria esa observacion Saludos
Tópico: DUPLICIDAD? DISMINUCION PTU PAGADA
mirnalcantu

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: DUPLICIDAD? DISMINUCION PTU PAGADA
En el 2006 se cargo a resultados la PTU de ese año, pero se dedujo la pagada, es decir la de 2005. Solo que la PTU de 2006, en la conciliacion contable fiscal se hizo no deducible.... es decir solo deduces la pagada la de 2005.... En el ejercicio 2006 No hay duplicidad. Por otra parte como rgchavez te hace el comentario, la PTU pagada (2005) deducida en 2006, no se encuentra deducida en LA UTILIDAD DEL EJERCICIO, se deduce para obtenerse EL RESULTADO FISCAL Pero se requiere determinar un COEFICIENTE DE UTILIDAD, pues empleas UNA UTILIDAD FISCAL sin PTU, asi que este CU no esta bien ajustada a la PROPORCIONALIDAD que reglamenta la CPEUM Para eso se establecio una disposicion que se vaya a determinar un pago provisional y ya fue cubierta la PTU, se deduzca la PTU pagada de manera proporcional en el resto de los pagos provisionales Solo que la PTU en algunas empresas no es pagada toda en un solo mes... puede irse pagando paulatinamente durante el ejercicio y parte del siguiente... por eso se implementa esta nueva disposicion. De esa manera se REGRESA A LA PROPORCIONALIDAD, e incluso mas JUSTA PARA LA SHCP, puesto que se deducia una PTU no pagada aun en los pagos provisionales de Enero a Abril, que beneficiaba al contribuyente en cuanto a una PROPORCIONALIDAD de mas para este ultimo. Asi que rgchavez coincido totalmente contigo y no existe duplicidad a la hora de determinar los pagos provisionales, ni por el coeficiente de utilidad Fundamentacion ver art 10 LISR y un formato de la declaracion anual de personas morales donde se muestra lo expuesto por su servidor. Saludos
Tópico: !distinguir
mirnalcantu

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: !distinguir
Hola: Es mas facil conseguir la webgaster El arrendamiento financiero es un contrato mediante el cual la arrendadora se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, obligándose este último a pagar una renta periódica que cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y los gastos adicionales que contemple el contrato. La compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición, que quedará fijado en el contrato. A prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta inferior a los pagos periódicos que venía realizando, conforme a las bases que se establezcan en el contrato. A participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los bienes a un tercero Aunque el nombre de arrendamiento en esta figura, hace entrever que es un usufructuo, pues si lo es, pero no de la forma que algunos piensan que es una renta que podria cargarse a resultados. El arrendamiento puro, es el usufructuo de un bien mediante una contraprestacion, nunca se cambiaria la tenencia del bien, como podria suceder con el arrendamiento financiero, puesto que es este ultimo existe una opcion de compra y si el arrendador quisiera enajenar el bien no tiene la obligacion de participarle Si en algun arrendamiento puro existiese la opcion de compra, dejaria de ser arrendamiento puro, y mas bien seria un arrendamiento financiero. Con el arrendamiento puro, no se tiene la intencion de adquirir el bien, mientras que con el arrendamiento financiero si. Otra diferencia seria que el arrendamiento financiero implica operaciones financieras, es decir cobra de intereses debido al financiamiento, mientras que en las rentas puras es mucho menos frecuente esta modalidad. les agregaria una liga acerca de estos dos temas http://www.google.com.mx/search?hl=es&q=ARRENDAMIENTO+FINANCIERO&meta= saludos
Tópico: ANDO SOLICITANDO UN SALDO A FAVOR DE ASALARIADO
mirnalcantu

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2007 Asunto: Re: ANDO SOLICITANDO UN SALDO A FAVOR DE ASALARIADO
Hola: Entiendo que con ese folio, la fecha correspondiente podrian verificar y ratificar el saldo a favor. Pero tambien seria muy sencillo buscar la ultima declaracion del patron. A mi juicio es una tactica muy mañosa, que se saca de la manga la SHCP, legislando un RM, que no otorga un beneficio adicional y en cambio si una obligacion extra, la cual no tiene nada de fuerza legal, y que el contribuyente mal informado le daria la fuerza necesaria para llegar a tener en el tramite las tendecias dilatorias que espera la SHCP, ademas coadyuva a que el contribuyente desita por su torpeza de no ser demandante y determinante Si se exigen a los patrones emitir una constancia, pues deben darle la obligatoriedad que en la misma forma ya contenga lo que corresponda. Es como emitir una forma fiscal incompleta y luego "reformar" que agreguen lo que falte, pero que lo haga el contribuyente por que se le olvido y es que el contribuyente es un torpe y por eso no lo atiendo. Pero como la mayoria de las personas, a veces nos intimidamos con la autoridad, o nos portamos mas sumisos, sin apelar sus derechos. Deberia insistirse que el tramite prosiga y que la autoridad fundamente las exigencias de la ley, y no las ganas o el sentir de la SHCP, por lo pronto se suspenderia brevemente el tramite y si fuese subsanda la irregularidad o se sustentaria la improcedencia de las peticiones, el tramite prosegueria y finalmente, la autoridad deberia otorgar su aprobacion o desaprobacion. Lo que le falta a este tipo de tramite o a otros, es una comison revisora de los casos desaprobados, con el fin de medir la calidad de la SHCP y que sirva de capacitacion y no cometerse los mismos errores. Pero es una dependencia con ISO xxx, aunque esa eficiencia no es necesaria, ni por los auditores de calidad. Pero en lugar de lo anterior la SHCP, realiza una excelente simplificacion administrativa como es costumbre, solo que demasido beneficiosa para el lado que la ley no le manifiesta ese derecho. Aunque tambien es una opcion, el decidir de darle las buenas y las malas a Lolita, esperando haber si nos atiende y que no se moleste, y por ultimo estarle eternamente agradecidos y poner un gran sonrisa. Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87