Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de mirnalcantu

Autor Mensaje
Tópico: LO HE LEIDO, PERO YA NO LO ENCUENTRO.
mirnalcantu

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto:
Con estas disposiciones los del SAT nos hace sus contadores.... saludos PD luego reviran para incluir a los de arrendamiento de nuevo... cuando se les inche un o el otro deberia de dejarse de zonceras y a jalar que la situacion se pondra del col cuando se acabe el petroleo saludos
Tópico: Anual extemporanea
mirnalcantu

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto: Re: Anual extemporanea
Hola soy persona fisicas regimen salarios, presente mi declararciòn el 2 de mayo mediante forma 13-A, tengo saldo a favor , mi pregunta es entro dentro de las devoluciones automaticas o [b:978d3cf96c][u:978d3cf96c]debo[/u:978d3cf96c][/b:978d3cf96c] de presentar la solicitud para que se me haga la devoluciòn Saludos y gracias por su ayuda Hola lupita1909 : 1.- Tanto como obligacion NO, a la SHCP no se preocuparia por eso y hasta me parece que mas gusto le diera en caso que no la presentes. 2.- Chavalon te aconsejo adecuadamente que estarias inscrito en el programa de devolucion automatica, si presentaste la palomita nike en el recuadro de devolcion y si procediese tu devolcion y anotaste tu cuenta CLABE adecuadamente o si tus calculos los correctos.... pues posiblemente te llegue la lanita del saldo a favor. 3.- Es opcion de tu parte decidir si deseas aun asi, tramitar tu saldo a favor mediante la presentacion de un aviso. La autoridad no querra recibirtela, pero si aun por tus pistolas lo deseas, estas en tu derecho de hacerlo y la SHCP en la obligacion de recibir tu tramite. Que no te hagan caso, pues es muy posible.... pero si recurres a INSISTENCIA personal por ese tramite con personal de mayor jerarquia POSIBLEMENTE te atiendan. Tal vez del tamaño de los ovarios se impresionen o por que les caes bien, sera el sereno pues olvides que del otro lado tambien es una señorita la que atiende DOLORES O LOLA, sin ofender. Es simplemente broma. 4.- Es tu decision esperarte a ver si te llega, reanalizar tu presentacion de declaracion, tal vez no este bien regularizada, y presentes tu complementaria, antes de que se venza el plazo de la devolucion automatica que durara al parecer hasta Junio de 2007. 5.- E incluso si se presentan complementarias por 2005, entran al programa 6.- Una disculpa si resulto medio embarasosa la consulta saludos
Tópico: Auditoria financiera
mirnalcantu

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto:
Excelentisimo aporte Mem: Por mi parte recomendaria que se lea cuando menos los PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE OLVIDADOS para algunos O ACEPTADOS por otros. Pero si mejor los cambia por la NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA mexicanas, seria mejor. por si acaso esta con escases de efectivo para la compra de esos libritos, degraciadamente no es facil encontrar documentacion digital al respecto. Si alguien cuenta con algo similar, espero sea esplendido y nos informe donde hay para formarnos.... como dicen los politicos. Pienso que si no se empieza por el 1, no podria seguir con el 2 Antes de ser auditor hay que ser contador, ¿si no que revisiones saldrian? Saludos
Tópico: Deduccion ciega del 35% en gast.tambien es en iva acreeditab
mirnalcantu

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto: Re: Deduccion ciega del 35% en gast.tambien es en iva acreed
Concuerdo al 100% con sosgtorreon en sus apreciaciones... saludos
Tópico: Compensación de impuestos
mirnalcantu

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto: Re: Compensación de impuestos
Hola ELNUME : Con relacion a tu pregunta tienes que poner puntos a las i (ies) siguientes: 1.- CAS que comentas me imagino que debes haber tenido comprobantes para haberte ACREDITADO como se menciona el nombre de esa nomenclatura CREDITO al salario..... En ese momento se convierte en credito, que para efectos contables ES UN CREDITO para la contabilidad de la SHCP puesto que ya no recibira un dinerito extra, mientras para la contabilidad de la EMPRESA es un CARGO (ABONO O DISMINUCION DE UN PASIVO IMPOSITIVO DE ISR) El nombre de CREDITO no fue escogido nomas al chilambalam.... La documentacion comprobatoria a que me referia en el parrafo anterior, es de que debes contar con nominas firmadas de aceptacion y aprobacion por cada trabajador que recibio es CAS. 2.- Ese CAS pagado en nominas hacia esos trabajadores, PODRIA acreditarse contra el PASIVO de algun impuesto a declarar de ISR cualquiera que sea su denominacion es decir ISR de persona moral, ISR por retenciones de salarios, ISR por retenciones de honorarios, arrendamiento, pagos al extranjero y cualquier otro ISR que pudiese ser acreedor la compañia. 3.- Si declaras el pago por ejemplo de pagos por ISPT por sueldos y salarios por $ 15,000 y tambien declaras el acreditamiento de ese CAS por $ 3,000, por resultado te salio un pago de $ 12,000 a pagar y reportado en el banco y a su vez fue una disminucion de cuenta bancaria. 4.- En el punto anterior ya se pagaron 15,000 pesos por ISPT y eso servira para la declaracion anual. Ahora que en tu ejemplo era como ISR persona moral.... seria lo mismo formaria parte de tu saldo a favor para la devolucion del ISR de ese ejercicio 5.- Si solicitas tu saldo a favor o lo compensas pues te solicitaria los pagos que realizaste donde pagas los valores primarios antes de acreditamiento, esos son los pagos reales, aunque en el flujo de efectivo hayan sido menores por los acreditamientos. 6.- La autoridad podria solicitarte la integracion de ese credito al salario, ademas solicitarte la declaracion anual de salarios, donde manifestaste ese valor por el ejercicio anual, con el fin de que no te este acreditando valores mayores a los que corresponderia. 7.- De no convencerse de lo anterior, pues hasta la integracion de ese credito al salario con sus documentacion comprobatoria de ser necesario, para poder aprobar la devolucion, compensacion, o la aclaracion de algun requerimiento. 8.- Ademas de contar con la documentacion comprobatorio de lo anterior se debe vigilar que los valores de pagos provisionales, CAS pagado, CAS acreditado, saldos a favor, se vayan reflejando adecuadamente en la contabilidad. Que viene siendo la contabilidad, pues una simple actividad de registro de operaciones con el fin de controlar recursos monetarios y dentro de estas las obligaciones fiscales. Saludos
Tópico: APORTACION EN ESPECIE
mirnalcantu

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto: Re: APORTACION EN ESPECIE
Gracias por sus comentarios sosgtorreon y Br1: No me molesta si se dirigen como mirnal.... mirna o mirnalcantu pues asi decidi entrar con Ustedes. Me es muy grato conocer opiones de todo tipo, incluso con la que no concuerdo, me agrada mucho hacerle caso a los que no concuerdo, por que busco tener algo de equidad, ecuanimidad, e incluso en varias ocasiones me sirven para recorrer y fortalecer mis conocimientos y puntos de vista, es un ejercicio agradable y en otras ocasiones cambio de mis posturas inciales, hacia una madurez, bueno eso supongo de mi parte. Seguramente en algunas ocasiones han se habran preguntado pues de que lado estas.... a mi gusta estar siempre como lo que deberia ser un juez, ni de un lado ni del otro....es muy dificil por que somos personas, por eso cuestiono todo, hasta lo que podria favorecer en un momento dado.... en ocasiones no hay tanto favorecimiento como parece y es como tomar un poco de esa medicina llamada UBICATEX, para llegar a la conclusion de que somos simplemente "personas con aciertos y errores" que los 3 elementos no podria ser disociativos, pero si mejorables. Seguramente lo mismo efectos han de tener Ustedes con este portal, de personas dedicadas, colegas y gente al fin. No solo en Monterrey hace aire, tambien en Puebla, Torreon, Chihuahua, Chiapas y por otras regiones del país y eso me causa una gratificacion muy grande. Saludos a la comunidad de foristas de Fiscalia
Tópico: OBLIGACIONES DE MENOR DE EDAD
mirnalcantu

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto:
Simplemente hay que tomar desiciones con bases, tan sencillo como eso.... Se piensa solo en beneficios y "los problemas" los hacen mas grandes (las obligaciones) Por un derecho posiblemente exista varias obligaciones..... pues que se afronte esas obligaciones para poder disfrutar del derecho. Es inmadurez querer solo los derechos.... Quien se ha casado solo para el prau prau.... seguro muchos.... pero no dura mucho los derechos, cuando las obligaciones se quedan fuera de la mente y el corazon. saludos
Tópico: ¿Cómo puedo crear una deuda en una PM?
mirnalcantu

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2007 Asunto:
Hola: Pues entre mas soportable este ese deuda, mas dificil seria probar la defraudacion. A toda luces se veria eso, pero el probarlo es otra cosa. Aqui los acreedores les faltaria la habilidad de otorgar creditos sin garantizarlos, la compañia no tuvo la habilidad para generar las utilidades para el reembolso de esos capitales. Resultado una empresa quebrada y sin bienes. Pero el hecho de no tener los suficientes elementos para probar lo anterior, tendria consecuencias penales, civiles o mercantiles muy graves. Si esos pasivos llegan ser relacionados con familiares u accionistas, facilitara las labores de demanda contra los accionistas y ademas antes de hacer un movimiento contar con la confianza de un buen abogado, una tarea doblemente dificil..... BUEN... nada facil.... ABOGADO.... no coyote..... y DE CONFIANZA casi imposible saludos
Tópico: APORTACION EN ESPECIE
mirnalcantu

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2007 Asunto: Re: APORTACION EN ESPECIE
Hola: Mirnalcantu: Significa Mirna Laura Cantu: Es precisamente el nombre de una compañera de trabajo, socia de su servidor CPC Enrique Ruiz Compartimos ciertas membrecias fiscales, ella compro la de fiscalia a recomendacion mia, y yo por mi parte otras como la de fiscalistas.net y las de IDC Saludos cordiales a los participantes
Tópico: Deduccion ciega del 35% en gast.tambien es en iva acreeditab
mirnalcantu

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2007 Asunto:
Hola marukeny: Lo que comenta Chavalon tiene mucha razon, tal vez no lo entiendas muy bien. 1.- La deduccion ciega es opcion EXCLUSIVA para ISR, no tiene nada que ver para IVA ok??? 2.- Para IVA determinar cuanto es la cobranza, este dato no varia, por que para ISR es lo mismo ok 100,000 Ingresos cobrados 3.- Para IVA habria que determinar el monto causado pues por obvias razones 15,000 (15%) me parece que no hay problema tampoco. 4.- El IVA acreditable debe ser el pagado, (que tiene que ver la deduccion ciega), en la LIVA no viene algo al respecto... o si??? 5.- El IVA acreditable debe tenerse comprobacion fiscal. 6.- Disminuir las retenciones de IVA que procedieron 7.- Monto a pagar en la declaracion mensual correspondiente. 8.- Si el contador con quien compras tus calculos pudiese considerar algunas retenciones, de no ser asi, pues quien sabe a que santo se encomendo el segundo contador para determinar un IVA a pagar muy diferente al tuyo 9.- Te invito a verificar las retenciones correspondientes de IVA que procedieron en tu calculo y si no procedio alguna pues entonces estaria bien de tu parte. 10.- La actividad de arrendamiento en persona fisica sus deducciones son limitativas, es decir la ley solo señala algunos conceptos; mas sin embargo para IVA en mi opinion estos conceptos limitativos puesto que no lo especifica la LIVA 11.- Eefectivamente a la deduccion ciega no debe aplicarse la tasa y asi determinar el 15% de IVA acreditable, debe haber documentacion comprobatoria que haya sido efectivamente pagada. Aun en ciertos casos, teniendo documentacion comprobatoria no seria suficiente. Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87