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Autor | Mensaje |
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Tópico: ¿Como declara la venta de tiempo aire que no fue comprado sino recibido como comisión por servicio? | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 22, 2019 14:26:55 Asunto: Re: ¿Como declara la venta de tiempo aire que no fue comprado sino recibido como comisión por servicio? |
Buenas; creo que aqui tu problema es que a ti no te cuesta nada tus bienes, por lo cual vas a estar acumulado el total de los cobros sin poder deducir el costo (pues no hay costo) de estos bienes, al menos que tengas otros gastos que puedan disminuir esa carga tributaria En cuanto a la declaracion de ingresos; no hay el mayor detalle, debes facturar esas ventas ya sea al publico en general o al cliente en especifico En cuanto a la adquisicion En principio, cuando tu recibes ese tiempo aire, [b]ya se considera enajenación de bienes de acuerdo al codigo fiscal de la federacion[/b], por ende, te deberian estar emitiendo un CFDI por la 'adquisicion'. Considero que hay dos vertientes 1) Te pueden hacer un CFDI con valor 0 o una cantidad simbolica 2) Te hacen un CFDI con el valor real, luego extinguen deudas mediante remision o condonacion Para efectos fiscales,[b] las dos opciones son lo mismo[/b], en la primera, no acumulas la remision/condonacion de la deuda , solo el cobro de la venta, sin embargo, deduces 0 de compras. En el punto 2, acumulas la remision (art. 101, LISR) y el cobro de la venta, sin embargo puedes deducir las compras, dando como efecto neto la acumulacion de la venta Sin embargo si es importante que te emitan el CFDI Saludos [i]Editado: Abril 22, 2019 14:48:45[/i] | |
Tópico: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2019 16:44:45 Asunto: Re: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades |
Desde el respeto difiero con el compañero legalgdl Con el dato que nos proporcionas, estamos ante una donacion que ni siquiera supera el límite que establece la LISR para informarla Se supone que para llegar a su remanente del ejercicio, los ingresos ya fueron gravados, por lo cual ese remanente o utilidad ya es un monto libre de impuestos Contablemente es asi, toda vez que el remanente o utilidad es el resultado de restarle a los ingresos, los gastos e impuestos, quedando tal remanente dentro del rubro de patrimonio contable Diferente seria que una PM transfiriera fondos a los hijos de su socio mayoritario o cualquier socio, puesto que inclusive su utilidad/aportacion estaria gravada sino proviene de la CUFIN-CUCA por lo que el socio tendria que acumular ese ingreso como un dividendo Saludos [i]Editado: Abril 16, 2019 16:52:25[/i] | |
Tópico: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2019 13:48:13 Asunto: Re: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia |
Hola Carlos Naturalmente se iria cargando a depreciación de automóviles mes a mes Te recomiendo usar el subforo de contabilidad para cualquier duda en registros contables Saludos | |
Tópico: AL COMPENSAR ISR A FAVOR vs ISR A CARGO SE DEBE PRESENTAR AVISO? | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2019 11:59:03 Asunto: Re: AL COMPENSAR ISR A FAVOR vs ISR A CARGO SE DEBE PRESENTAR AVISO? |
Hola Rosy El consenso (no esta claro por la ambigüedad de la regla) es que tratandose del mismo impuesto, no hay necesidad de presentar aviso Saludos [i]Editado: Abril 16, 2019 11:59:13[/i] | |
Tópico: Dividendos | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2019 11:54:26 Asunto: Re: Dividendos |
En efecto Los ingresos para las PF son (por lo general) al momento del cobro Al no tener cobro de dividendos, no tienes la obligacion de presentar dicha declaracion Saludos | |
Tópico: Reembolso de Gastos Médicos | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2019 11:39:45 Asunto: Re: Reembolso de Gastos Médicos |
Hola Fernando Repasando la LISR, RLISR, RMF y CNV del SAT, no encontre algo que prohibe explicitamente la duplicidad de la deduccion, sin embargo, siendo conservador, yo en lo personal solo deduciria la prima de seguro Saludos [i]Editado: Abril 16, 2019 12:03:54[/i] | |
Tópico: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 22:29:33 Asunto: Re: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades |
Buenas Se me paso por alto que también podria tratarse de alimentos, sin embargo tendria que acreditar el beneficiario que es acreedor alimentario, porque probablemente ya sea mayor de edad pues ya cuentan con cuentas bancarias aunque es una especulación al no tener los detalles Bajo ese concepto es cierto que la LISR lo considera un ingreso exento sin necesidad de declararlo Por otro lado, si es simplemente una transferencia de recuesos de línea descendente, creo que si estaríamos ante una donación Es mi humilde opinión y atendiendo al postulado de entidade económica que esta salida de efevo no debería ser nunca un gasto, sino reducir el patrimonio de la PF, toda vez que sus recursos personales son independientes de los de su actividad comercial Saludos | |
Tópico: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 16:18:18 Asunto: Re: PF Actividad Empresarial, Retiro de Utilidades |
Buenas tardes El asiento seria Patrimonio Contable (Cargo) Bancos (Abono) Seria un ingreso exento para el hijo En caso de que rebasara los 600,000 tendria que informarlo Saludos | |
Tópico: Obligado a Presentar Anual? | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 16:15:04 Asunto: Re: Obligado a Presentar Anual? |
Recordemos la naturaleza que tiene la PTU; es un pasivo, una obligacion que se genera si al final del año se arrojan utilidades fiscales, pero se paga hasta el otro año En ese sentido, no existen una subordinacion de un empleado hacia un patron que le este pagando en el año que le corresponde su PTU correspondondiente al año que laboro Solo ten en cuenta que la exencion solo aplica una vez, es decir, si obtuvo PTU por parte de dos patrones, debio de haber notificado a su actual patron para que no rebesara el tope de exencion Saludos [i]Editado: Abril 15, 2019 16:15:35[/i] | |
Tópico: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia | |
NicolasCastilloPerales Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 15:29:49 Asunto: Re: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia |
Hola Carlos No diste los detalles en tu primer publicacion El carro que se vendio, al no ser de la entidad personal moral, no figura como su activo, luego entonces, el carro que se compro asi como el dinero que el socio transifirio a la sociedad seria una aportacion de capital, A TRAVES de una quita/remision de deuda En este caso los asientos serian los siguientes: Bancos (Cargo) Capital Social (Abono) Por el efectivo que transifirio el socio a la empresa Eq. De Transporte, Automoviles (Cargo) IVA Acreditable Pagado (Cargo) Bancos (Abono) Acreedores Diversos (Abono) Por la compra del automovil (el socio paga una parte) Acreedores Diversos (Cargo) Capital Social (Abono) Capitalizacion de la deuda contra el socio Es importante ratificar la aportaciondel bien ante notario [b]En caso de que la factura sea a nombre del socio[/b], se tendria que cargar a deudores diversos y luego, si la empresa utilizara el carro, crear un contrato de comodato, pero podrias entrar en problemas de dividendos fictos Saludos [i]Editado: Abril 15, 2019 15:48:44[/i] |
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